El centro "Instituto Profesional de la Mujer", sito en calle Ruiz
Hernández, 14, de Valladolid, tenía concierto educativo para cuatro unidades
de la Rama de Servicios en Formación Profesional de primer grado y dos
unidades para ciclos formativos de grado medio, en base a lo establecido
en la Orden de 9 de mayo de 1997 ("Boletín Oficial del Estado" del 14),
por la que se resuelve la renovación y el acceso al régimen de conciertos
educativos de los centros docentes privados para el curso 1997/1998.
Por Orden de 26 de mayo de 1998 ("Boletín Oficial del Estado" de 2
de junio), por la que se resuelven los expedientes de modificación de
los conciertos educativos de los centros docentes privados para el curso
1998/1999, se aprueba concierto educativo al citado centro para dos
unidades de la Rama de Servicios en Formación Profesional de primer grado;
dos unidades para los ciclos formativos de grado medio: Cuidados
Auxiliares de Enfermería y Gestión Administrativa y tres unidades de la Rama
Administrativa-Delineación para los ciclos formativos de grado superior:
1. o C. Administración y Finanzas; 1. o C. Dietética y 1. o C. Laboratorio de
Diagnóstico Clínico, inidicándose en el apartado observaciones que, "al
tratarse de la fusión de dos centros, el concierto educativo estará
condicionado a la finalización de las obras, conforme el proyecto de obras
aprobado, y obtención de la preceptiva autorización antes del inicio del
curso escolar 1998/1999";
Considerando que, por Orden de 3 de julio de 1998 ("Boletín Oficial
del Estado" de 1 de agosto), se autoriza la apertura y funcionamiento
de los centros de Educación Secundaria "Sagrada Familia" y "Grial", sito
en la calle Ruiz Hernández, 14, de Valladolid, estableciendo la configuración
definitiva de los centros autorizados de la misma titularidad;
Considerando que, provisionalmente, hasta la implantación definitiva
de los ciclos formativos y teniendo en cuenta que en el recinto escolar
del centro de Educación Secundaria "Grial" se encontraba autorizado un
centro de Formación Profesional de primer grado, se podrán impartir
enseñanzas de Formación Profesional de primer grado;
Considerando, asimismo, que al estar acogido al régimen de conciertos
educativos el centro "Instituto Profesional de la Mujer" como consecuencia
de la Orden de 3 de julio de 1998, procede adecuar el concierto educativo
concedido al mismo por Orden de 26 de mayo de 1998 ("Boletín Oficial
del Estado" de 2 de junio).
Por todo lo anterior, este Ministerio ha dispuesto:
Primero.-Aprobar la extinción del concierto educativo concedido por
Orden de 26 de mayo de 1998 ("Boletín Oficial del Estado" de 2 de junio),
al centro privado de Formación Profesional "Instituto Profesional de la
Mujer", de Valladolid.
Segundo.-Aprobar concierto educativo al centro privado "Grial", sito
en calle Ruiz Hernández, 14, de Valladolid, para las unidades, enseñanzas
y cursos que a continuación se indican:
Dos unidades de la Rama de Servicios en Formación Profesional de
primer grado.
Dos unidades para los ciclos formativos de grado medio:
Cuidados Auxiliares de Enfermería.
Gestión Administrativa.
Tres unidades de la Rama Administrativa-Delineación para los ciclos
formativos de grado superior:
1. o C. Administración y Finanzas.
1. o C. Dietética.
1. o C. Laboratorio de Diagnóstico Clínico.
Tercero.-La Dirección Provincial de Educación y Cultura notificará
al titular del centro el contenido de esta Orden, así como la fecha, lugar
y hora en que deberá firmarse la modificación del concierto en los términos
que por la presente se acuerda.
Cuarto.-Dicha modificación se formalizará mediante diligencia firmada
por el Director provincial de Valladolid y el titular del centro o persona
con representación legal debidamente acreditada.
Entre la notificación y la firma de la misma deberá mediar un plazo
mínimo de cuarenta y ocho horas.
Quinto.-El concierto educativo que por esta Orden se aprueba tendrá
efectos desde inicios del curso 1998/1999.
Sexto.-De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 109 y 110.3 de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la
presente Orden agota la vía administrativa, por lo que contra la misma podrá
interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia
Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde la notificación de la Orden,
previa comunicación a este Departamento.
Madrid, 16 de octubre de 1998.-P. D. (Orden de 17 de junio de 1996,
"Boletín Oficial del Estado" del 19), el Secretario general de Educación
y de Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.
Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.
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