Visto el expediente de inscripción en el Registro de Fundaciones
Docentes de la denominada "Fundación Ecológica de Piragüismo", instituida en
Madrid y domiciliada en Villanueva de la Cañada (Madrid), calle Halconería,
número 2.
Antecedentes de hecho
Primero.-La Fundación fue constituida por don Luis Ruiz Jiménez
y otros en escritura otorgada en Madrid el día 21 de diciembre de 1995
subsanada por otra de fecha 23 de abril de 1998 y ratificada por otra
de 18 de junio de 1998.
Segundo.-Tendrá por objeto promocionar la práctica del piragüismo
y otras actividades deportivas desde una perspectiva de marcada
sensibilización ecológica, cultural y de investigación del uso y protección de
la naturaleza. Fomentar la participación de personas con minusvalías,
físicas o psíquicas, y de drogodependientes en las actividades que promueva
la Fundación. Generar un estilo de vida saludable y de respeto a la
naturaleza en todas las personas que se relacionen con la Fundación.
Tercero.-La dotación inicial de la Fundación según consta en la
escritura de constitución asciende a 1.367.800 pesetas.
Cuarto.-El gobierno, administración y representación de la Fundación
se confía a un Patronato. Las normas sobre la composición, nombramiento
y renovación del Patronato constan en los Estatutos, desempeñando los
patronos sus cargos con carácter gratuito.
Quinto.-El primer Patronato se encuentra constituido por Presidente
don Luis Ruiz Jiménez, Vicepresidente don Miguel Barcia Rodríguez,
Secretario don Jorge Trujillano Olazarri y Vocal don Diego Mariano García de
Jalón de la Lastra, habiendo aceptado todos ellos sus respectivos cargos.
Sexto.-Todo lo relativo al gobierno y gestión de la Fundación se recoge
en los Estatutos por los que se rige, sometiéndose expresamente en los
mismos a la obligación de rendición de cuentas al Protectorado,
Vistos la Constitución vigente la Ley 30/1994, de 24 de noviembre
("Boletín Oficial del Estado" del 25), de Fundaciones y de Incentivos
Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General; el
Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal de 23 de febrero de 1996
("Boletín Oficial del Estado" de 6 de marzo); el Reglamento de Fundaciones
Culturales Privadas de 21 de julio de 1972 ("Boletín Oficial del Estado"
de 30 de octubre), y demás disposiciones de general y pertinente aplicación.
Fundamentos de Derecho
Primero.-El artículo 34 de la Constitución reconoce el derecho de
fundación para fines de interés general.
Segundo.-Es competencia de la Subsecretaría la resolución de este
expediente, a tenor de lo establecido en el artículo 13.2.h) del Real Decreto
1887/1996, de 2 de agosto ("Boletín Oficial del Estado" del 6).
Tercero.-El artículo 36.2 de la Ley de Fundaciones establece que la
inscripción de las fundaciones requerirá el informe favorable del órgano
al que corresponde el ejercicio del Protectorado, en cuanto a la persecución
de fines de interés generalyaladeterminación de la suficiencia de la
dotación, considerándose competente a tal efecto la Secretaría General
del Protectorado de Fundaciones Docentes y de Investigación de acuerdo
con lo establecido en el artículo 107.10 del Reglamento de 1972.
Cuarto.-Examinados los fines de la fundación y el importe de la
dotación, la Secretaría General de Fundaciones Docentes y de Investigación
estima que aquéllos son de tipo deportivo e interés general y que la dotación
es inicialmente suficiente y adecuada para el cumplimiento de los fines,
por lo que acreditado el cumplimiento de los requisitos establecidos en
el artículo 36 de la Ley y demás formalidades legales, procede acordar
la inscripción en el Registro de Fundaciones como de ámbito estatal.
Esta Subsecretaría, vista la propuesta formulada por el Servicio de
Fundaciones y de conformidad con el informe del Servicio Jurídico del
Departamento, ha resuelto inscribir en el Registro de Fundaciones a la
denominada "Fundación Ecológica de Piragüismo", de ámbito estatal, con
domicilio en Villanueva de la Cañada (Madrid), calle Halconería, número 2,
así como el Patronato cuya composición figura en el quinto de los
antecedentes de hecho.
Madrid, 7 de octubre de 1998.-El Subsecretario, Ignacio González
González.
Sr. Secretario general de Fundaciones Docentes, Investigación y
Deportivas.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid