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Documento BOE-A-1998-25989

Resolución de 14 de octubre de 1998, de la Dirección General de la Energía, por la que se inscribe a la Academia Técnica de Canarias, en el Registro Especial de Entidades para la Formación de Instaladores de Gas.

Publicado en:
«BOE» núm. 270, de 11 de noviembre de 1998, páginas 36734 a 36734 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1998-25989

TEXTO ORIGINAL

La Academia Técnica de Canarias ha solicitado, a través de esta

Dirección General, ser inscrita en el Registro Especial de Entidades para la

Formación de Instaladores de Gas, de conformidad con lo establecido en

el capítulo III de la Instrucción sobre Instaladores Autorizados de Gas

y Empresas Instaladoras, aprobada por Orden del Ministerio de Industria

y Energía de 17 de diciembre de 1985 ("Boletín Oficial del Estado" de

9 de enero de 1986).

Vista la solicitud presentada y demás documentación complementaria

y la Orden de 17 de diciembre de 1985,

Esta Dirección General de la Energía, teniendo en cuenta el informe

favorable emitido por la Consejería de Industria y Comercio, Dirección

General de Industria y Energía del Gobierno de Canarias, ha resuelto

inscribir a la Academia Técnica de Canarias en el Registro especial de

Entidades para la Formación de Instaladores de Gas, existente en esta Dirección

General de la Energía del Ministerio de Industria y Energía, con arreglo

a las siguientes condiciones:

Primera.-El ámbito geográfico territorial de actuación para la

impartición de los cursos de instaladores de gas, de categoría IG-I e IG-II a

que se refiere esta inscripción, estará limitado a la provincia de Tenerife.

Segunda.-Cada uno de los cursos teórico-prácticos para la formación

de instaladores de gas, que vaya a impartir la Academia Técnica de

Canarias, deberá ser autorizado previamente por los órganos territoriales

competentes.

Tercera.-La Academia Técnica de Canarias deberá presentar

anualmente en los organismos territoriales competentes y en la Dirección

General de la Energía del Ministerio de Industria y Energía, una Memoria de

actuaciones de conformidad con lo previsto en el capítulo III de la citada

Instrucción sobre Instaladores Autorizados de Gas y Empresas

Instaladores.

Cuarta.-La inscripción a que se refiere la presente Resolución tendrá

un plazo de vigencia de tres años, pudiendo el interesado solicitar la

prórroga de dicho plazo dentro de los seis meses anteriores a la finalización

de mismo.

Madrid, 14 de octubre de 1998.-El Director general, Antonio Gomis

Sáez.

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