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Documento BOE-A-1998-27335

Orden de 3 de noviembre de 1998 por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.

Publicado en:
«BOE» núm. 284, de 27 de noviembre de 1998, páginas 39066 a 39075 (10 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-1998-27335

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 493/1998,

de 27 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" del 28), por el que

se aprueba la oferta de empleo público para 1998 y con el fin

de atender las necesidades de personal en la Administración

Pública, este Ministerio, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 13.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de

Organización y Funcionamiento de la Administración General del

Estado ("Boletín Oficial del Estado" del 15), previo informe

favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda

convocar pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Técnicos

Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio

de Medio Ambiente con sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir ocho plazas

por el sistema de promoción interna y sistema general de acceso

libre.

1.1.1 El número total de vacantes reservadas al sistema de

promoción interna asciende a una plaza, correspondiendo a la

especialidad de:

Ingeniería de Saneamiento.

1.1.2 El número total de vacantes reservadas al sistema

general de acceso libre asciende a siete plazas, correspondiendo a

las siguientes especialidades:

Dos a la de Ingeniería de Saneamiento.

Dos a la de Conservación de la Biodiversidad.

Una a la de Hidrogeología.

Una a la de Gestión de Residuos.

Una a la de Uso Público.

1.1.3 La plaza sin cubrir reservada a la promoción interna

se acumulará, en su misma especialidad, a las del sistema general

de acceso libre.

En este sentido, la fase de oposición del sistema de promoción

interna finalizará antes que la correspondiente al sistema general

de acceso libre.

1.1.4 El aspirante que ingrese por el sistema de promoción

interna, en virtud de lo dispuesto en el artículo 78.1 del

Reglamento General de Ingreso del personal al Servicio de la

Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo

y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la

Administración General del Estado, aprobado por Real

Decreto 364/1995, de 10 de marzo, tendrá, en todo caso, preferencia

sobre los aspirantes provenientes del sistema general de acceso

libre para cubrir la vacante correspondiente.

No será de aplicación en esta convocatoria lo previsto en el

punto 2 del artículo 78 del citado Reglamento.

1.1.5 Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los

dos sistemas y, en todo caso, en una sola de las especialidades

previstas en esta base.

1.2 A las presentes pruebas selectivas le serán aplicables la

Ley 30/1984, de 2 de agosto; el Real Decreto 364/1995, de 10

de marzo; la Ley 6/1997, de 14 de abril, y lo dispuesto en la

presente convocatoria.

1.3 El proceso selectivo constará de las fases de concurso,

oposición y curso selectivo previstas en el anexo I, con las

valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias que se especifican en

el mismo.

1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura en el anexo II de esta convocatoria.

1.5 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen

el proceso selectivo se efectuará, dentro de las especialidades

concretas por las que hayan optado los mismos, de acuerdo con la

puntuación total obtenida por éstos en las fases de concurso y

de oposición así como en el curso selectivo, a que se refiere el

apartado 2.3 del anexo I, una vez aplicado lo dispuesto en la

base 1.1.4 de esta convocatoria.

1.6 El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará a

partir de la primera quincena de diciembre.

Con cuarenta y ocho horas de antelación, como mínimo, a

la fecha en que dé comienzo el primer ejercicio de la fase de

oposición, el Subsecretario del Ministerio de Medio Ambiente hará

pública la lista de los aspirantes del sistema de promoción interna

con la puntuación obtenida en la fase de concurso. Dicha lista

deberá ponerse de manifiesto, en todo caso, en el local donde

se vaya a celebrar el primer ejercicio de la fase de oposición y

en el tablón de anuncios de los Servicios Centrales del Ministerio

de Medio Ambiente, plaza de San Juan de la Cruz, sin número,

28071 Madrid.

La duración máxima de las fases de concurso y oposición será

de nueve meses, contados a partir de la publicación de la presente

convocatoria.

1.7 Los aspirantes que hayan superado todos los ejercicios

obligatorios de la fase de oposición serán nombrados funcionarios

en prácticas por la autoridad convocante.

Estos funcionarios en prácticas deberán superar el curso

selectivo que se determina en el apartado 1.4 del anexo I.

El plazo máximo de comienzo del curso selectivo, una vez

superadas las fases anteriores será de dos meses a partir de la

terminación del plazo a que se refiere la base 8.1 de esta convocatoria.

Quienes no superasen el curso selectivo, de acuerdo con el

procedimiento de calificación previsto en el anexo I de la presente

convocatoria, perderán el derecho a su nombramiento como

funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad

convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación

del curso selectivo.

Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por

cumplimiento del servicio militar o prestación social sustitutoria, o por

causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por

la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad,

intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas

los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Ser español.

2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años.

2.1.3 Estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero,

Arquitecto o equivalente, o haber realizado todos los estudios

necesarios para la obtención de dicho título.

2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

2.1.5 No haber sido separado, mediante expediente

disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas

ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones

públicas.

2.2 También podrán participar los aspirantes que tengan la

condición de funcionarios de organismos internacionales, posean

la nacionalidad española y la titulación exigida en la convocatoria.

Estos aspirantes estarán exentos de la realización de aquellas

pruebas que la Comisión Permanente de Homologación, creada

por el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero ("Boletín Oficial

del Estado" del 23), considere que tiene por objeto acreditar

conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen

en el organismo internacional correspondiente.

En los ejercicios de los que se exima a los aspirantes que

ostenten la condición de funcionarios de organismos internacionales

se otorgará la calificación mínima exigida en la convocatoria para

la superación de los mismos. Los interesados podrán renunciar

a tal calificación y participar en las pruebas de las que han sido

eximidos, en igualdad de condiciones que el resto de los aspirantes

del turno libre. Tal renuncia deberá llevarse a cabo con

anterioridad al inicio de las pruebas selectivas.

2.3 Los aspirantes que concurran a estas plazas por el turno

de promoción interna deberán reunir, además, los siguientes

requisitos:

a) Pertenecer a cualquier Cuerpo o Escala del grupo B el día

de la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial

del Estado", y estar incluidos en el ámbito de aplicación de la

Ley 30/1984, de 2 de agosto, apartado 1 del artículo 1.

b) Tener una antigüedad de, al menos, dos años en el citado

Cuerpo o Escala el día de la finalización del plazo de presentación

de solicitudes.

Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978 en

puestos de trabajo con funciones o actividades semejantes a las

del Cuerpo o Escala del grupo B a que pertenezcan, serán

computables a efectos de antigüedad para participar por promoción

interna en estas pruebas selectivas.

2.4 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán

poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de

solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión

como funcionario de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

deberán hacerlo constar en instancia que será facilitada,

gratuitamente, en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno en

las Comunidades Autónomas, así como en el Centro de

Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas,

en la Dirección General de la Función Pública, en el Instituto

Nacional de Administración Pública y en la oficina de información

de los Servicios Centrales del Ministerio de Medio Ambiente.

A la instancia se acompañarán dos fotocopias del documento

nacional de identidad.

Los aspirantes que soliciten puntuación en la fase de concurso,

que no tendrá carácter eliminatorio, deberán presentar

certificación, según modelo contenido en el anexo VI, expedida por los

servicios de personal del Departamento en el que el funcionario

haya prestado o preste sus servicios, acreditativa de su antigüedad

en los Cuerpos o Escalas del grupo B a que pertenezca el mismo,

así como cuanta documentación estime oportuna para la mejor

valoración de los méritos señalados en el apartado 1.2 del anexo I

de la convocatoria.

Las instrucciones para cumplimentar la instancia serán las que

se detallan a continuación:

Instrucciones generales:

Escriba solamente a máquina o con bolígrafo, utilizando

mayúsculas de tipo de imprenta.

Asegúrese de que los datos resultan claramente legibles en

todos los ejemplares.

Evite doblar el papel y realizar correcciones, enmiendas o

tachaduras.

No escriba en los espacios sombreados o reservados.

No olvide firmar el impreso.

Instrucciones particulares:

En el recuadro correspondiente a Ministerio consigne Ministerio

de Medio Ambiente.

En el recuadro dedicado a centro gestor consigne Subsecretaría

de Medio Ambiente y código 23001.

En el recuadro relativo a la tasa de derechos de examen

consigne el código 23020.

En el recuadro donde figura el año de la convocatoria señale

los dos últimos dígitos del año en que la misma se haya publicado,

es decir, 98.

En el recuadro número 15. Cuerpo, Escala, grupo profesional

o categoría, consignar Escala de Técnicos Facultativos Superiores

de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente y

código 5900.

En el recuadro número 16. Especialidad, área o asignatura,

consignar la especialidad por la que se opte de entre las previstas

en las bases 1.1.1 y 1.1.2 de esta convocatoria.

En el recuadro número 17. Forma de acceso. Consignar la

letra L o P, según se trate del sistema general de acceso libre

o del turno de promoción interna, respectivamente.

En el recuadro número 18. Ministerio/órgano/entidad

convocante. Consignar Ministerio de Medio Ambiente y código 00023.

En el recuadro número 19. Fecha "Boletín Oficial del Estado".

Consignar la fecha de publicación en el "Boletín Oficial del Estado"

de la convocatoria.

En el recuadro número 20. Provincia de examen. Consignar

Madrid.

En el recuadro número 21. Minusvalía. Indicar el porcentaje

del grado de minusvalía según el dictamen del órgano competente.

En el recuadro número 22. Reserva para discapacitados. Se

dejará en blanco.

En el recuadro número 23. En caso de minusvalía o

discapacidad, adaptación que se solicita y motivo de la misma. El

interesado hará constar las posibles adaptaciones de tiempo y medios

para la realización de los ejercicios de las pruebas selectivas,

incluido el curso selectivo, cuando esta adaptación sea necesaria.

En el recuadro número 24. Títulos académicos oficiales.

Consignar los exigidos en la convocatoria, apartado 2.1.3 de la base 2.

En el recuadro número 25 A) se hará constar el idioma o idiomas

a que se refiere el apartado 1.3 del anexo I de la convocatoria,

de los que el aspirante desee ser examinado.

Consigne en el recuadro destinado a importe el correspondiente

a los derechos de examen, ya que es un impreso autoliquidativo.

Presente la solicitud en cualquier Banco, Caja de Ahorros o

Cooperativa de Crédito, de las que actúan como entidades

colaboradoras en la recaudación tributaria (la práctica totalidad de

las mismas).

Las solicitudes presentadas en el extranjero podrán cursarse

a través de las representaciones diplomáticas o consulares

correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario

de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta del Banco

de Santander "Tesoro Público. Ministerio de Medio Ambiente.

Cuenta restringida para la recaudación de tasas en el extranjero".

(Código: 0085/2145/82/0000000079.)

3.2 La presentación de solicitudes ("Ejemplar para la

Administración") se hará en el Registro General del Ministerio de Medio

Ambiente o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de

la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del

Estado", y se dirigirá al Subsecretario del Ministerio de Medio

Ambiente, Subdirección General de Recursos Humanos, plaza de San

Juan de la Cruz, sin número, 28071 Madrid.

3.3 Las certificaciones de homologación habrán de

presentarse, según se establece en el Real Decreto 182/1993, de 5 de

febrero ("Boletín Oficial del Estado" del 23), acompañándolas a

la solicitud para tomar parte en el proceso selectivo y, con carácter

excepcional, al Tribunal con antelación a la celebración de las

correspondientes pruebas. La eficacia de estas homologaciones

se condiciona al mantenimiento del sistema selectivo en base al

cual se produjeron. En caso de duda habrá de dirigirse el Tribunal

a la Comisión Permanente de Homologación.

3.4 Los derechos de examen serán de 4.000 pesetas.

Los aspirantes que concurran a las pruebas selectivas por el

sistema de promoción interna gozarán de una bonificación

del 50 por 100 de la tasa, siendo su cuantía de 2.000 pesetas.

Estarán exentos del pago de la tasa por derechos de examen

las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100,

debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal

condición.

La acreditación del pago de la tasa se realizará mediante

certificación mecánica por medio de impresión de máquina contable

o mediante el sello y firma autorizada en los tres ejemplares de

la solicitud. La falta de justificación del abono de los derechos

de examen determinará la exclusión del aspirante.

De conformidad con lo establecido en la Ley de Tasas y Precios

Públicos, no procederá devolución alguna de los derechos de

examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por

causa imputable al interesado.

En ningún caso la presentación y pago de la tasa supondrá

sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de

la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.

3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán

subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del

interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el

Subsecretario del Ministerio de Medio Ambiente dictará resolución,

en el plazo máximo de un mes, que se publicará en el "Boletín

Oficial del Estado", en la que, además de declarar aprobada la

lista de admitidos y excluidos, se determinará el lugar y la fecha

de comienzo del primer ejercicio, así como la relación de los

aspirantes excluidos con indicación de las causas de exclusión. En

la lista deberán constar, en todo caso, los apellidos, nombre y

número del documento nacional de identidad.

Asimismo, en el supuesto de no haberse presentado solicitudes

para concurrir a la plaza correspondiente a la especialidad de

promoción interna, en dicha resolución se determinará su

acumulación, de acuerdo con lo previsto en la base 1.1.3.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez

días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación

de la resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado

la exclusión.

Contra la resolución por la que se declare a los aspirantes

definitivamente excluidos de la realización de las pruebas

selectivas se podrá interponer, previa comunicación al órgano que la

dicte, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses,

contados a partir del día siguiente a su publicación en el "Boletín

Oficial del Estado", ante el órgano competente del orden

jurisdiccional contencioso-administrativo.

4.3 En todo caso, al objeto de evitar errores y en el supuesto

de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los

aspirantes comprobarán no sólo que no figuran recogidos en la

relación de excluidos sino, además, que sus nombres constan en

la pertinente relación de admitidos, que se expondrá en los

tablones de anuncios de los Servicios Centrales del Departamento, en

la Dirección General de la Función Pública, en el centro de

información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas

y en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno.

5. Tribunales

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura

como anexo IV a esta convocatoria.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Subsecretario del Ministerio de Medio

Ambiente, cuando concurran en ellos circunstancias de las

previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, o si se hubiesen realizado

tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los

cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal

declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias

previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la

presente base.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,

la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del

Estado", resolución por la que se nombren a los nuevos miembros

del Tribunal, que hayan de sustituir a los que hayan perdido su

condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el

Tribunal con la presencia del Presidente y Secretario o, en su caso,

de quienes les sustituyan y con la de la mitad, al menos, de sus

Vocales titulares o suplentes. Celebrará su sesión de constitución

en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación

y mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión el Tribunal acordará todas las decisiones que

les correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

5.5 A partir de su constitución, el Tribunal para actuar

válidamente requerirá la presencia del Presidente, del Secretario y

de la mitad, al menos, de sus Vocales, titulares o suplentes.

5.6 Durante el desarrollo de las pruebas selectivas el Tribunal

resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación

de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos

no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo

momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de

los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores

a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La

designación de tales asesores deberá comunicarse a la Subsecretaría

del Departamento.

5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas, en

aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los

aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la

realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En

este sentido, se establecerán, para las personas con minusvalías

que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.1, las adaptaciones

posibles en tiempo y medios para su realización.

A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso,

colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral,

sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo

y Asuntos Sociales.

5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas

oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición

que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal sean

corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes,

utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del

Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 ("Boletín Oficial

del Estado" del 22), o cualesquiera otros equivalentes, previa

aprobación por la Secretaría de Estado para la Administración Pública.

El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios

figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del

opositor.

5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Medio Ambiente, plaza

de San Juan de la Cruz, sin número, 28071 Madrid,

teléfono 91 597 69 78.

El Tribunal dispondrá que en esta sede al menos una persona,

miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean

planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá

la categoría de primera de las recogidas en el anexo IV del Real

Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"

del 19).

5.12 El Tribunal podrá aprobar en la fase de oposición un

número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

La Subsecretaría del Departamento, como órgano responsable

del resto del proceso selectivo, no podrá declarar que han superado

el mismo un número de aspirantes superior al de plazas

convocadas.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra Ñ, de conformidad con

lo establecido en Resolución de la Secretaría de Estado para la

Administración Pública de 15 de abril de 1998 ("Boletín Oficial

del Estado" del 18), por la que se publica el resultado del sorteo

celebrado el día 3 de abril de 1998.

6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser

requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar

su personalidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente

justificados y apreciados por el Tribunal.

6.4 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración

del segundo y restantes ejercicios se efectuará por el Tribunal

en los locales donde se haya celebrado el primero, así como en

la sede del Tribunal señalada en la base 5.10 y por cualesquiera

otros medios, si se juzga conveniente, para facilitar su máxima

divulgación con veinticuatro horas, al menos, de antelación a la

señalada para la iniciación de los mismos. Cuando se trate del

mismo ejercicio el anuncio será publicado en los locales donde

se haya celebrado, en la citada sede del Tribunal, y por cualquier

otro medio si se juzga conveniente, con doce horas, al menos,

de antelación.

Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el

comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de

setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.

6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal

tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple

uno o varios de los requisitos exigidos por la presente

convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su

exclusión al Subsecretario del Departamento, comunicándole,

asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante

en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos

procedentes.

Contra la resolución que declare la exclusión del aspirante

podrá interponerse, previa comunicación al órgano que la dicte,

recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses,

contados a partir del día siguiente a su publicación en el "Boletín

Oficial del Estado", ante el órgano competente del orden

jurisdiccional contencioso-administrativo.

7. Lista de aprobados

7.1 Finalizadas las fases de concurso y oposición el Tribunal

hará pública, en el lugar o lugares de celebración del último

ejercicio, así como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10

y en aquellos otros que estime oportuno, las relaciones de

aspirantes aprobados, tanto por el sistema general de acceso libre

como por el de promoción interna, por orden de puntuación

alcanzada en dichas fases, con indicación de su documento nacional

de identidad y del sistema de acceso.

En caso de empate, a los efectos antes indicados, el orden

se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida por

los aspirantes en la fase de oposición, y, en el supuesto de persistir

el empate, se estará a la mayor puntuación obtenida por los

mismos en el tercer ejercicio y, en su caso, en el segundo y primero

de dicha fase de oposición.

El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de ambas

relaciones de aprobados al Subsecretario del Ministerio de Medio

Ambiente, especificando, igualmente, el número de aprobados en

cada uno de los ejercicios.

Asimismo, el Presidente del Tribunal elevará a dicho órgano

la citada relación para su publicación en el "Boletín Oficial del

Estado".

7.2 Una vez finalizado el curso selectivo, la Subsecretaría hará

pública, en los tablones de anuncios de los servicios centrales

del Departamento y en aquellos otros lugares que estime oportuno,

la relación de los funcionarios en prácticas que hayan superado

dicho curso, por orden de puntuación obtenida en el mismo.

En caso de empate, a los efectos antes indicados, el orden

se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida por

los aspirantes en la fase teórica del curso selectivo, y, en el

supuesto de persistir el empate, se estará a la mayor puntuación obtenida

en su fase práctica.

7.3 Finalizado el proceso selectivo, la Subsecretaría hará

pública, en los tablones de anuncios de los Servicios Centrales

del Departamento y en aquellos otros lugares que estime oportuno,

las relaciones de aspirantes aprobados, tanto por el sistema

general de acceso libre como por el de promoción interna, por orden

de puntuación total alcanzada en todo el proceso selectivo, con

especificación de la puntuación obtenida en cada una de las tres

fases del mismo, así como con indicación del documento nacional

de identidad y del sistema de acceso.

En ningún caso la Subsecretaría del Departamento podrá

aprobar ni declarar que han superado el proceso selectivo un número

de aspirantes superior al de plazas convocadas. Cualquier

propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula

de pleno derecho.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales desde la publicación

en el "Boletín Oficial del Estado", de la lista de aprobados a que

se refiere la base 7.1 de la presente convocatoria, los opositores

aprobados deberán presentar en la Subdirección General de

Recursos Humanos, Ministerio de Medio Ambiente, plaza de San Juan

de la Cruz, sin número, 28071 Madrid, los siguientes documentos:

A) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.3

de esta convocatoria o certificación académica que acredite haber

realizado todos los estudios para la obtención del título.

B) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado

mediante expediente disciplinario de ninguna Administración

Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones

públicas, según el modelo que figura como anexo V a esta

convocatoria.

8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera

estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y

demás requisitos ya probados para obtener su anterior

nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de

Personal o del Ministerio u organismo del que dependieren para

acreditar tal condición, con expresión del número e importe de

trienios, así como la fecha de su cumplimiento.

Asimismo, deberán formular opción por la percepción de la

remuneración que deseen percibir durante su condición de

funcionarios en prácticas. Dicha opción deberá ser formulada

igualmente por los funcionarios interinos, por los contratados

administrativos y por el personal laboral, de conformidad con lo previsto

en el Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero ("Boletín Oficial

del Estado" de 6 de marzo).

8.3 Quienes dentro del plazo fijado, salvo en los casos de

fuerza mayor debidamente acreditada, no presentaren la

documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen

de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán

ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones,

sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por

falsedad en la solicitud inicial.

8.4 Por Orden de la autoridad convocante, y a propuesta de

la Subsecretaría del Departamento, se procederá al nombramiento

de funcionarios en prácticas, que se publicará en el tablón de

anuncios de este Ministerio, y en la que se determinará la fecha

en que empezará a surtir efectos el mismo.

8.5 Una vez finalizado el curso selectivo los opositores

aprobados deberán solicitar los destinos correspondientes, previa

oferta de los mismos.

8.6 Finalizado el proceso selectivo quienes lo hubieran

superado, cuyo número no podrá exceder, en ningún caso, al de plazas

convocadas, serán nombrados, a propuesta del Subsecretario del

Ministerio de Medio Ambiente, funcionarios de carrera, mediante

Resolución del Secretario de Estado para la Administración

Pública, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" y en la

que se indicará el destino adjudicado.

8.7 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será

efectuada en el plazo de un mes, contado desde la fecha de

publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".

8.8 En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19 de

la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma

de la Función Pública, el Ministerio de Administraciones Públicas,

a través del Instituto Nacional de Administración Pública y en

colaboración con los centros competentes de formación de

funcionarios, en cada caso, velará por la formación de los aspirantes

seleccionados en el dominio de la lengua oficial de las

Comunidades Autónomas en cuyo territorio obtengan destino, una vez

nombrados funcionarios de carrera.

9. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se

deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser

impugnados, en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, la Administración podrá en su caso, proceder a la

revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto

en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 3 de noviembre de 1998.-P. D. (Orden de 25 de

septiembre de 1996, "Boletín Oficial del Estado" del 27), el

Subsecretario, Claro José Fernández-Carnicero González.

Subsecretaría.

ANEXO I

Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos

Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente

P ROCESO DE SELECCIÓN Y VALORACIÓN

1. Proceso de selección

1.1 El proceso de selección constará de las siguientes fases:

a) Concurso.

b) Oposición.

c) Curso selectivo.

1.2 En la fase de concurso, que no tendrá carácter

eliminatorio y en la que sólo podrán tomar parte los aspirantes a que

se hace referencia en la base 2.3 de la convocatoria, se valorará

la antigüedad del funcionario en Cuerpos o Escalas del grupo B

a que pertenezca, teniéndose en cuenta a estos efectos los servicios

efectivos prestados en dicho grupo hasta la fecha de publicación

de la presente convocatoria.

Asimismo, se valorará su grado personal, el trabajo

desarrollado y los cursos de formación y perfeccionamiento superados

en el Instituto Nacional de la Administración Pública y en otros

centros oficiales de formación de funcionarios.

1.3 La fase de oposición constará de tres ejercicios

obligatorios, uno de ellos práctico, así como de una prueba voluntaria

de idiomas. Esta última podrá ser realizada por los aspirantes

que lo deseen y que hayan superado los ejercicios obligatorios.

Los tres ejercicios obligatorios tendrán carácter eliminatorio.

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un

cuestionario de preguntas, que mida el grado de comprensión del

aspirante en relación con las materias que correspondan a cada

especialidad concreta elegida por el mismo y que figuran en el

anexo II de esta convocatoria.

El cuestionario estará compuesto por un mínimo de 60

preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas correcta.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de

tres horas.

La calificación máxima de este ejercicio será de 30 puntos,

siendo necesario obtener 15 puntos para tener acceso al ejercicio

siguiente.

Segundo ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito de

un supuesto práctico propuesto por el Tribunal, que versará sobre

las materias que correspondan a la especialidad concreta elegida

por el aspirante y que figuran en el anexo II de esta convocatoria.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será

de cuatro horas, pudiendo disponer los opositores de la

documentación y material de trabajo que estimen conveniente aportar

para su realización.

La calificación máxima de este ejercicio será de 30 puntos,

siendo necesario obtener 15 puntos para superarle.

Tercer ejercicio: Constará de dos partes:

En la primera parte, los aspirantes desarrollarán por escrito

un tema, a escoger entre dos propuestos por el Tribunal, que

versará sobre las materias que correspondan a la especialidad

concreta elegida por el opositor y que figuran en el anexo II de

la convocatoria. Para ello dispondrán de un tiempo máximo de

cuatro horas.

Se calificará esta primera parte con un máximo de 30 puntos.

La segunda parte consistirá en la defensa oral, durante un

tiempo máximo de quince minutos, por parte de los aspirantes, en

sesión pública ante el Tribunal, de su historial formativo y

profesional en relación con las materias propias de las funciones de

la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos

Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente, de acuerdo con la

especialidad elegida.

A tal efecto, los opositores deberán presentar en la

Subdirección General de Recursos Humanos del Departamento una

memoria con su historial formativo y profesional, adjuntando los

documentos acreditativos de los extremos contenidos en ella, en el

plazo de quince días naturales, contados a partir del siguiente

al de la publicación de la relación de aspirantes que hayan

superado el segundo ejercicio.

El Tribunal, durante el tiempo que considere oportuno, podrá

dialogar con los aspirantes sobre el contenido de la citada memoria

y sobre aquellos aspectos más relevantes del tema desarrollado

en la primera parte de este ejercicio.

Se calificará esta segunda parte con un máximo de 10 puntos.

Deberá obtenerse en el tercer ejercicio un mínimo de 20 puntos

para poder superarlo.

Prueba voluntaria de idiomas: Esta prueba versará sobre uno

o los dos siguientes idiomas:

Francés.

Inglés.

La citada prueba consistirá en acreditar oralmente ante el

Tribunal, durante un tiempo máximo de treinta minutos, los

conocimientos suficientes de lectura, traducción y conversación del

idioma o idiomas que el opositor haya escogido en su solicitud,

a cuyo efecto el Tribunal designará el texto sobre el que se

practicará la misma.

Esta prueba se calificará otorgando hasta 2,5 puntos por

idioma, con un máximo de cinco puntos.

1.4 Curso selectivo: Como condición previa e indispensable

para obtener el nombramiento de funcionarios de carrera, los

funcionarios en prácticas deberán superar con aprovechamiento un

curso selectivo realizado en alternancia con prácticas reales,

organizado por la Subsecretaría del Ministerio de Medio Ambiente y

cuya duración máxima será de cinco meses.

La parte teórica tendrá una duración máxima de tres meses

y versará fundamentalmente sobre las materias que figuran en

el anexo III de esta convocatoria.

La Subdirección General de Recursos Humanos podrá adaptar

o reorganizar las materias que figuran en el anexo III, así como

incluir conferencias, coloquios, prácticas y aquellas otras

actividades formativas complementarias relacionadas con las

actividades propias de los funcionarios de la Escala de Técnicos

Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de

Medio Ambiente.

La parte práctica tendrá una duración máxima de dos meses

y consistirá en la realización de prácticas reales en puestos de

trabajo del Ministerio de Medio Ambiente mediante la rotación

de los funcionarios en prácticas por distintas unidades

administrativas del mismo. Durante esta parte del curso selectivo los

funcionarios en prácticas tendrán asignados tutores académicos.

En el plazo de quince días naturales desde la finalización de

las prácticas reales, los funcionarios en prácticas deberán entregar

a la Comisión de Valoración, prevista en el apartado 2.3 de este

anexo, un informe de las actividades desarrolladas.

Una vez superado el curso selectivo, y hasta tanto sean

nombrados funcionarios de carrera, continuarán como funcionarios

en prácticas.

La asistencia al curso selectivo realizado en alternancia con

prácticas reales es obligatoria y durante el mismo los aspirantes

dependerán directamente de la Subsecretaría del Departamento.

2. Valoración

2.1 Fase de concurso: La valoración de los méritos señalados

en el apartado 1.2 de este anexo se realizará de la forma siguiente:

2.1.1 Antigüedad: Se otorgará a cada aspirante por cada año

completo de servicios efectivos en Cuerpos/Escalas del grupo B

0,50 puntos, hasta un máximo de 12 puntos.

2.1.2 Grado personal: Se otorgará a cada aspirante por la

posesión de un determinado grado personal consolidado hasta

un máximo de 4 puntos, distribuidos en la forma siguiente:

Grado personal igual al 26: Cuatro puntos.

Grado personal igual al 25: 3,5 puntos.

Grado personal igual al 24: Tres puntos.

Grado personal igual al 23: 2,5 puntos.

Grado personal igual al 22: Dos puntos.

Grado personal igual al 21: 1,5 puntos.

Grado personal igual al 20: 1,25 puntos.

Grado personal igual al 19: Un punto.

Grado personal igual al 18: 0,75 puntos.

Grado personal igual al 17: 0,5 puntos.

Grado personal igual al 16: 0,25 puntos.

2.1.3 Trabajo desarrollado: Se otorgará a cada aspirante por

el desempeño de puestos de análoga naturaleza o con funciones

similares, a juicio del Tribunal, a las de la Escala objeto de esta

convocatoria un punto por cada año completo, hasta un máximo

de cuatro puntos.

2.1.4 Cursos de formación y perfeccionamiento realizados:

Se otorgará a cada aspirante 0,5 puntos, hasta un máximo

de 4 puntos, por cada curso de formación y perfeccionamiento

realizado, siempre que se refiera, a juicio del Tribunal, a materias

relacionadas con las funciones propias de la Escala objeto de esta

convocatoria.

2.2 Fase de oposición: Los ejercicios de la fase de oposición

se calificarán de acuerdo con los criterios establecidos en el

apartado 1.3 de este anexo.

En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso

podrá aplicarse para superar los ejercicios de la fase de oposición.

2.3 Curso selectivo: La calificación del curso selectivo será

otorgada por la Subsecretaría del Departamento, a propuesta de

la Comisión de Valoración, nombrada a tal efecto por la citada

Subsecretaría y que estará integrada, entre otros miembros, por

profesores y tutores que hayan participado en el curso selectivo.

La calificación máxima de cada una de las dos partes de curso

selectivo será de 50 puntos, siendo necesario obtener 25 puntos

como mínimo para superar las mismas.

La calificación máxima total del curso selectivo será de 100

puntos; siendo necesario obtener 50 puntos para superar el mismo.

2.4 Calificación total: La calificación total de las pruebas

selectivas vendrá determinada, para el sistema de promoción

interna, por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de

concurso, oposición y curso selectivo y para el sistema general de

acceso libre, por la suma de las puntuaciones obtenidas en la

fase de oposición y en el curso selectivo.

En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la

mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de

oposición y, en el supuesto de persistir el empate, se estará a la

mayor puntuación obtenida en el tercer, segundo y primer

ejercicios de la fase de oposición, por este orden.

ANEXO II

Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos

Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente

P ROGRAMA

Especialidad: Ingeniería de Saneamiento

1. La calidad del agua y la protección del Dominio Público

Hidráulico en la Ley de Aguas.

2. Directivas europeas sobre calidad de aguas y su

incorporación a la legislación española.

3. El procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

4. Legislación sobre vertidos tóxicos y peligrosos.

5. Diseño hidráulico y ambiental de redes de saneamiento.

6. Drenaje urbano.

7. Diseño y operación de sistemas de colectores unitarios.

Tendencias actuales.

8. Conducciones para saneamiento. Especificaciones técnicas

y procedimientos constructivos.

9. Aliviaderos de tormenta. Tipología, diseño y funcionalidad

dentro del sistema de saneamiento.

10. Estructuras hidráulicas auxiliares de la red de saneamiento.

Tipología y diseño.

11. Limpieza, mantenimiento y rehabilitación de

conducciones de aguas residuales.

12. Degradación y corrosión de conducciones de aguas

residuales.

13. Bombeo de aguas residuales.

14. Diseño de tratamientos físicos y físico-químicos para

aguas residuales.

15. Diseño de tratamientos biológicos para aguas residuales.

16. Tratamientos avanzados para la eliminación de nutrientes

en aguas residuales.

17. Tratamientos de desinfección de aguas residuales.

18. Tratamientos de aguas residuales industriales.

19. Tratamiento y gestión de fangos de estaciones

depuradoras de aguas residuales.

20. Sistemas de control, equipamientos auxiliares y

organización para la gestión y control de estaciones depuradoras de

aguas residuales.

21. Sistemas de saneamiento litoral. Aspectos específicos de

diseño.

22. Alivios en áreas costeras. Influencia sobre la calidad del

agua y metodología de estudio.

23. Procesos de transporte, dispersión y evolución de

contaminantes en el medio marino.

24. Objetivos y técnicas para el reconocimiento del fondo

marino en el estudio de emisarios submarinos.

25. Acciones del oleaje sobre tuberías submarinas y formas

de protección.

26. Proyecto y construcción de emisarios submarinos.

27. Modelos de calidad para sistemas generales de

saneamiento.

28. Reglamento de Vertidos a los Sistemas de Saneamiento.

29. Tarifa de utilización de los sistemas de saneamiento.

30. Planes de Vigilancia Ambiental en saneamiento.

Objetivos, definición y desarrollo.

Especialidad: Conservación de la Biodiversidad

1. Convenio sobre Diversidad Biológica. Principales

características. Principales resultados de las conferencias de las partes.

Estrategia nacional para la conservación y el uso sostenible de

la Diversidad Biológica. La estrategia comunitaria.

2. Convenio de Ramsar. Principales características y

evolución del Convenio. Aplicación en España y Europa. Proyectos

específicos. Plan estratégico.

3. Convenio de Washington (CITES). Principales

características y evolución del Convenio. Reglamento CITES comunitario.

4. Convenio de Bonn. Principales características y evolución

del Convenio. Los acuerdos regionales. Aplicación en España.

5. Convenio de Berna. Principales características y evolución

del Convenio. La estrategia paneuropea sobre conservación de

la biodiversidad y del paisaje. La Red Esmeralda.

6. Organismos internacionales para la conservación.

La UICN. El Programa MAB. Las reservas de la biosfera. La

Federación Europea de Parques Nacionales y Naturales.

7. Fundamentos de la conservación de la Biodiversidad en

la Unión Europea. El Tratado de la Unión. El V programa de acción

medioambiental y desarrollo sostenible. Relaciones con la reforma

de la PAC. Instrumentos financieros aplicables a la conservación

de la biodiversidad.

8. Las Directivas aves y hábitats. Aplicación en España y en

el resto de la Unión Europea.

9. La Ley 4/1989 y su desarrollo reglamentario. Principales

características e instrumentos. La sentencia del Tribunal

Constitucional.

10. Las áreas y los espacios naturales protegidos. La Red

Estatal de Parques Nacionales. Protección de espacios naturales

en las Comunidades Autónomas.

11. El papel de la investigación en la conservación de la

Biodiversidad. El conocimiento actual de la Biodiversidad a nivel

global.

12. Influencia del medio ambiente en las demás políticas.

Integración de diferentes instrumentos: Legislación, incentivos e

instrumentos sociales.

13. Desarrollo rural. Agricultura y medio ambiente.

14. Diagnóstico de situaciones: Problemas ambientales y

sociales.

15. Participación social en la gestión del medio natural y la

conservación de la Biodiversidad. Alternativas para el desarrollo

sostenible.

16. La diversidad biológica: Concepto y métodos de medida.

17. Inventariación de la diversidad biológica. Manejo,

ordenación y archivo de información. Manejo de bases de datos.

18. Análisis y evaluación de los componentes de la diversidad

biológica. Aplicaciones a la gestión. Ejemplos concretos.

19. Técnicas de recolección y preparación de muestras

biológicas para estudios de biodiversidad.

20. Cooperación con las Comunidades Autónomas en

programas de conservación. La Comisión Nacional de Protección de

la Naturaleza y sus Comités especializados. Principales

actividades.

21. Las zonas húmedas españolas. Principales problemas de

conservación. Ejemplos concretos.

22. El medio fluvial. Principales problemas de conservación.

Ejemplos concretos.

23. Los ecosistemas españoles de bosque caducifolio y de

bosque de coníferas. Principales problemas de conservación.

Ejemplos concretos.

24. Los ecosistemas españoles de bosque esclerófilo.

Principales problemas de conservación. Ejemplos concretos.

25. Los ecosistemas esteparios y de cultivos en España.

Principales problemas de conservación. Ejemplos concretos.

26. Planes de Ordenación de los Recursos Naturales.

Características principales. Ejemplos concretos. Aplicación a la Red

Natura 2000.

27. Planes Rectores de Uso y Gestión. Características

principales. Ejemplos concretos. Aplicación a la Red Natura 2000.

28. La conservación de especies. Catálogo Nacional de

Especies Amenazadas. Planes de recuperación. Otros planes. Ejemplos

concretos.

29. La gestión de la fauna cinegética y piscícola. Censo

Nacional de Caza y Pesca. Planes técnicos de caza.

30. La participación pública. La comunicación y la educación

ambiental.

Especialidad: Hidrogeología

1. El ciclo hidrológico. Precipitaciones. Evapotranspiración.

Escorrentía. Infiltración. Movimiento subterráneo del agua.

2. Propiedades físicas y químicas del agua. Características

físicas del agua subterránea. Características químicas del agua

subterránea. Clasificación de las aguas.

3. Elementos de Hidrología. Conceptos. Aforos en cursos de

agua. Análisis del hidrograma. Regulación.

4. Teoría elemental del flujo subterráneo. Ley de Darcy.

Porosidad y permeabilidad. Movimiento del agua en medios porosos.

5. Los acuíferos. Parámetros hidráulicos: Transmisividad y

coeficiente de almacenamiento. Homogeneidad, heterogeneidad,

isotropía y ansiotropía. Tipos de acuíferos.

6. Hidráulica de captaciones de agua subterránea. Conceptos

fundamentales. Régimen estacionario y régimen permanente.

Drenaje diferido.

7. Hidrogeoquímica. Evolución geoquímica del agua en los

acuíferos. Sistemas de representación. Flujo térmico en acuíferos.

Energía geotérmica.

8. Exploración de aguas subterráneas en distintos ámbitos

geológicos. Cartografía hidrogeológica. Inventario de puntos de

agua. Análisis e interpretación de mapas temáticos. Aplicaciones

de la teledetección.

9. Trazadores en Hidrogeología. Trazadores sísmicos y

radiactivos. Técnicas de empleo de trazadores artificiales.

Datación y trazado natural y accidental de aguas subterráneas.

10. Geofísica aplicada a la Hidrogeología. Métodos de

prospección. Aplicaciones y utilidad de los distintos métodos.

Testificación geofísica. Utilización y aplicación de los registros

geofísicos.

11. Captación de aguas subterráneas. Características

generales del diseño de una captación. Métodos de perforación de

pozos. Galerías, zanjas y drenes.

12. Entubaciones y cementaciones de pozos. Zonas filtrantes:

Rejillas y empaques de grava. Desarrollo de pozos. Control y

vigilancia de las obras.

13. Ensayos de bombeo. Ensayos en régimen permanente.

Ensayos en régimen variable. Eficiencia de un pozo. Bombeos

escalonados. Selección del material para ensayos de bombeo.

14. Maquinaria de elevación y aforos. Equipamiento de un

pozo. Instrumentación y automatización de pozos.

15. Control, mantenimiento y conservación de los pozos.

Regeneración de pozos. Abandono y sellado.

16. Contaminación de aguas subterráneas. Origen y tipos.

Alteración de la calidad en zona no saturada. Vigilancia de la

contaminación: Parámetro guía. Métodos de lucha contra la

contaminación. Preservación y protección.

17. Modelos matemáticos en Hidrogeología. Tipos. Modelos

de flujo. Métodos de elementos finitos y diferencias finitas.

Calibración de modelos.

18. La Hidrogeología en relación con el medio ambiente.

Repercusión de la extracción de aguas subterráneas en los

humedales. Impacto hidrogeológico de las extracciones de áridos.

19. Recarga artificial de acuíferos. Mecanismos de la recarga.

Metodología, aplicaciones, técnicas y procedimientos.

Planificación de la recarga.

20. Utilización conjunta de aguas superficiales y

subterráneas. Conceptos básicos. Modelos de simulación de utilización

conjunta. Aplicaciones del uso conjunto. Situaciones de sequía.

21. Relaciones agua dulce-agua salada. Explotación de

acuíferos costeros. Los problemas de la intrusión salina.

22. Sobreexplotación de acuíferos. Identificación física de la

sobreexplotación. Diseño y análisis de alternativas. Declaración

de acuíferos sobreexplotados. Plan de ordenación de extracciones.

23. Redes de observación y control. Sondeos de

reconocimiento y piezométricos: Ejecución, datos a proporcionar y

utilización. Diseño, optimización y control de redes piezométricas

y de calidad.

24. Hidrogeología en medios de baja permeabilidad.

Obtención de los parámetros hidráulicos. Utilidad de los medios de baja

permeabilidad. Aplicaciones.

25. Utilización de aguas subterráneas en España. Distribución

de las formaciones permeables: Las unidades hidrogeológicas.

Utilización directa: Usos urbanos, usos agrícolas, usos industriales.

Utilización de las descargas naturales de aguas subterráneas.

26. Calidad del agua en España. Emplazamiento de residuos

sólidos urbanos. Prevención, control y corrección de la

contaminación por actividades industriales, nitratos y pesticidas.

Perímetros de protección para captaciones de agua potable.

27. Economía del agua subterránea. Conceptos básicos.

Demanda y consumo. Costes de captación y explotación de aguas

subterráneas.

28. Aspectos normativos sobre las aguas subterráneas I.

La Ley de Aguas de 1985 y su Reglamento.

29. Aspectos normativos sobre las aguas subterráneas II.

Legislación comunitaria. El Programa de Acción Europeo de Aguas

Subterráneas.

30. El Libro Blanco de las Aguas Subterráneas.

Especialidad: Gestión de residuos

1. Legislación española anterior a la Ley 10/1998, de

Residuos.

2. Política de residuos de la Unión Europea. Principios.

3. Legislación sobre residuos de la Unión Europea y Estados

miembros.

4. Tratados internacionales sobre residuos. Oslo-París,

Barcelona, Basilea, OCDE.

5. Ley de Residuos. Principios fundamentales que la

sustentan.

6. Ley de Residuos. Producción, posesión y gestión de

residuos.

7. Ley de Residuos. Competencias de las distintas

Administraciones. Responsabilidades en la producción y gestión de los

residuos. Régimen sancionador.

8. Planes nacionales de residuos peligrosos y de suelos

contaminados.

9. Los instrumentos de mercado en la gestión de residuos.

10. Las tecnologías menos contaminantes, las mejores

tecnologías disponibles y su uso en la gestión de residuos.

11. Residuos peligrosos. Legislaciones española y de los

Estados miembros de la Unión Europea.

12. Suelos contaminados. Normativa nacional e

internacional.

13. Residuos sólidos urbanos. Normativa nacional y futuras

Directivas en discusión.

14. Residuos sólidos urbanos. Sistemas de recogida,

transporte, eliminación y tratamiento. Autorizaciones.

15. Residuos sólidos urbanos. Normativa técnica. Criterios

de diseño, explotación y mantenimiento de instalaciones.

16. Residuos sólidos urbanos. Aprovechamiento. Prevención,

reutilización, reciclado. Tecnología y sistemas para los diferentes

materiales.

17. Residuos sólidos urbanos. Situación de la gestión en

España. Plan nacional, planes autonómicos y provinciales. Planes

directores. Criterios de planeamiento.

18. Residuos de envases. La Ley 11/1997.

19. Residuos de envases. Reglamento. Real

Decreto 782/1998, de 30 de abril. Problemática. Formas de gestión.

20. Aceites minerales usados. Problemática respecto al medio

ambiente. Afección al suelo, a las aguasyalaatmósfera. Formas

de gestión.

21. Residuos de PCB's y PCT's. Problemática respecto al

medio ambiente. Afección al suelo, a las aguasyalaatmósfera.

Formas de gestión. Normativa nacional y comunitaria.

22. Residuos de vehículos fuera de uso y de neumáticos

desechables. Problemática. Formas de gestión. Normativa nacional,

autonómica y comunitaria.

23. Residuos de equipos eléctricos y electrónicos y de pilas

y baterías. Problemática. Formas de gestión. Normativa nacional,

autonómica y comunitaria.

24. Residuos sanitarios y hospitalarios y peligrosos de origen

doméstico. Problemática. Formas de gestión. Normativa nacional,

autonómica y comunitaria.

25. Residuos agroganaderos. Problemática respecto al medio

ambiente. Afección al suelo, a las aguasyalaatmósfera. Formas

de gestión. Normativa nacional y comunitaria.

26. Traslados transfronterizos de residuos. Normativa

nacional e internacional. Convenios internacionales en materia de

transporte. Normativa CEE. Competencias de la Administración del

Estado y autonómica.

27. Traslados transfronterizos. Procedimientos de traslado.

Requisitos. Obligaciones de productores y gestores. Principios

aplicables a los movimientos de residuos.

28. Suelos contaminados. Evaluación del riesgo.

Investigación y análisis. Inventario.

29. Suelos contaminados. Técnicas de recuperación.

Responsabilidad. Financiación de la recuperación.

30. La incineración de residuos. Problemática. Legislación.

Especialidad: Uso público

1. Convenio sobre Diversidad Biológica. Principales

características. Principales resultados de las Conferencias de las Partes.

Estrategia nacional para la conservación y el uso sostenible de

la diversidad biológica. La estrategia comunitaria.

2. Convenio de Ramsar. Principales características y

evolución del Convenio. Aplicación en España y Europa. Proyectos

específicos. Plan estratégico.

3. Convenio de Washington (CITES). Principales

características y evolución del Convenio. Reglamento CITES comunitario.

4. Convenio de Bonn. Principales características y evolución

del Convenio. Los acuerdos regionales. Aplicación en España.

5. Convenio de Berna. Principales características y evolución

del Convenio. La estrategia paneuropea sobre conservación de

la Biodiversidad y del paisaje. La Red Esmeralda.

6. Organismos internacionales para la conservación.

La UICN. El Programa MAB. Las reservas de la biosfera. La

Federación Europea de Parques Nacionales y Naturales.

7. Fundamentos de la conservación de la Biodiversidad en

la Unión Europea. El Tratado de la Unión. El V programa de acción

medioambiental y desarrollo sostenible. Relaciones con la reforma

de la PAC. Instrumentos financieros aplicables a la conservación

de la Biodiversidad.

8. Las Directivas aves y hábitats. Aplicación en España y en

el resto de la Unión Europea.

9. La Ley 4/1989 y su desarrollo reglamentario. Principales

características e instrumentos. La sentencia del Tribunal

Constitucional.

10. Las áreas y los espacios naturales protegidos. La Red

Estatal de Parques Nacionales. Protección de espacios naturales

en las Comunidades Autónomas.

11. El papel de la investigación en la conservación de la

Biodiversidad. El conocimiento actual de la Biodiversidad a nivel

global.

12. Influencia del medio ambiente en las demás políticas.

Integración de diferentes instrumentos: Legislación, incentivos e

instrumentos sociales.

13. Desarrollo rural. Agricultura y medio ambiente.

14. Diagnóstico de situaciones: Problemas ambientales y

sociales.

15. Participación social en la gestión del medio natural y la

conservación de la Biodiversidad. Alternativas para el desarrollo

sostenible.

16. Los instrumentos sociales en la política ambiental:

Información, sensibilización y educación.

17. La investigación social: Percepción, actitudes y

comportamiento. Técnicas de investigación social.

18. El modelo de organización social: Cultura y tecnología.

19. Economía y medio ambiente: Situación y perspectivas de

futuro.

20. Estilos de vida y consumo: La relación norte-sur.

21. Teorías sobre la toma de decisiones y la resolución de

conflictos.

22. Planes de ordenación de los recursos naturales y planes

rectores de uso y gestión, los aspectos sociales.

23. Componentes de un programa de intervención social.

24. Criterios y métodos para analizar la relación de las

poblaciones locales y el entorno natural y su participación en el uso

y gestión de áreas protegidas.

25. La modificación del comportamiento: Dimensiones

individual y social.

26. Los recursos para la realización de las acciones:

Equipamientos y materiales.

27. Tipología de los programas: Comunicación, voluntariado,

interpretación, promoción, marketing social, etc.

28. La participación pública y la construcción de consensos

sociales.

29. Formación, empleo y ambiente.

30. Evaluación de programas. Criterios de calidad.

ANEXO III

Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos

Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente

C URSO SELECTIVO

Administración y función pública

1. Administración Pública y sociedad. Evolución de la

Administración Pública española. Los retos de la Administración Pública

actual. La eficacia y la eficiencia en el sector público. Hacia la

búsqueda de la calidad total.

2. La Corona. El Tribunal Constitucional. El Poder

Legislativo. El Poder Judicial. El Poder Ejecutivo: El Gobierno y la

Administración.

3. Las Administraciones Públicas. Principios constitucionales

de organización y funcionamiento. Organización territorial de las

Administraciones Públicas. La Administración Central del Estado:

Los órganos superiores. Órganos periféricos de la Administración

del Estado.

4. Las Comunidades Autónomas. Distribución de

competencias. Relaciones de cooperación y de conflicto con el Estado. La

Administración Pública de las Comunidades Autónomas:

Organización y funcionamiento.

5. Las entidades locales. La Administración Pública local.

Relación con los otros poderes territoriales.

6. Las Comunidades Europeas. Principios básicos de

organización y funcionamiento.

7. La Organización General del Ministerio de Medio

Ambiente. Los órganos sectoriales y horizontales. La atribución y el

ejercicio de las competencias. Descentralización, desconcentración

y delegación. La organización territorial del Ministerio de Medio

Ambiente.

8. El Estado de Derecho y la Administración Pública. El

principio de jerarquía de las normas. Leyes, Decretos-leyes y Decretos

Legislativos. La legislación de las Comunidades Autónomas. Las

normas reglamentarias. Los Decretos. Las Órdenes ministeriales.

El Derecho Comunitario Europeo: Reglamentos y Directivas.

9. El régimen jurídico de las Administraciones Públicas. El

principio de legalidad. Los actos administrativos. El concepto de

interesado. Los derechos del ciudadano. Los actos presuntos. Los

procedimientos administrativos.

10. La Administración sancionadora y la Administración

responsable. Principios que informan la potestad sancionadora y el

procedimiento sancionador. Las responsabilidades de la

Administración Pública y de sus agentes.

11. La revisión de los actos en vía administrativa. La revisión

de oficio. El sistema de recursos. La reclamación

económica-administrativa. La Administración Pública y la Justicia. La

reclamación previa. El recurso contencioso-administrativo.

12. Régimen general de la función pública en España.

Características del modelo de función pública.

13. Planificación y gestión de recursos humanos. La oferta

de empleo. Los planes de empleo público. La provisión de puestos

de trabajo. Las relaciones de puestos de trabajo. Movilidad y

promoción profesional.

14. Derechos y deberes de los funcionarios. Situaciones

administrativas. Régimen disciplinario. Las incompatibilidades del

personal al servicio de las Administraciones Públicas.

15. El sistema retributivo de la función pública española.

Análisis de los conceptos retributivos. Conexión entre puestos de

trabajo y retribución.

Gestión administrativa

1. Contratación administrativa I. Marco normativo. El

contrato administrativo. Órganos de contratación.

2. Contratación administrativa II. Estudio del pliego de

cláusulas administrativas. La oferta económica.

3. Contratación administrativa III. El expediente de

contratación. La ejecución del contrato de obra pública: Régimen

jurídico. Régimen de pagos. Endose de certificaciones de obra.

4. Contratación administrativa IV. La ejecución del contrato

de obras: Tramitación.

5. Contratación administrativa V. La actividad convencional

de la Administración. Contratación de otros entes públicos. Los

recursos administrativos. Proceso contencioso-administrativo.

6. Expropiación Forzosa. Concepto. Naturaleza jurídica.

Procedimiento general.

7. Dominio público I. Concepto y naturaleza jurídica.

Clasificación. El Patrimonio del Estado. El Patrimonio Nacional.

8. Dominio público II. Régimen jurídico del dominio público.

Utilización del dominio público. Autorizaciones y concesiones.

Reservas demaniales.

9. La actividad financiera de la Administración. Concepto y

normas reguladoras. Organización de la Administración

financiera. Presupuesto y ciclo presupuestario. El ámbito jurídico de la

Administración financiera.

10. El tributo. Concepto y clases. Especial estudio de las tasas

y precios. Contenido de la relación jurídica tributaria. Liquidación

e Inspección tributaria. Recaudación y reclamación en vía

tributaria. Los tributos y el Ministerio de Medio Ambiente.

11. Los Presupuestos Generales del Estado: Contenido y

aprobación. La estructura presupuestaria: Gastos e ingresos. La

elaboración del presupuesto. Las modificaciones presupuestarias.

El presupuesto del Ministerio de Medio Ambiente.

12. Procedimientos ordinarios de ejecución y control del

gasto. Procedimiento común del gasto. Procedimiento común del

pago. Contabilidad y control del presupuesto de gastos.

13. La ejecución de los gastos públicos. Los gastos de

personal: Retribuciones y otros gastos de personal. Los gastos de

transferencias: Gestión de subvenciones. Los gastos contractuales.

Contratos administrativos y contratos privados, contrato de obras,

de suministros y de asistencia técnica.

14. Procedimientos especiales de gasto. Anticipos de caja fija.

Pagos a justificar. Obras de emergencia.

ANEXO IV

Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos

Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente

Tribunal titular

Presidente: Don José Sáenz González, Escala Técnica de

Gestión de Organismos Autónomos.

Secretaria: Doña Mercedes Montesinos del Valle, Escala de

Titulados Superiores de Organismos Autónomos del MINER.

Vocales: Don José Hernández Nieto, Escala de Titulados

Superiores de Organismos Autónomos del MINER; don Fernando

Octavio de Toledo Ubieto, Escala de Técnicos Facultativos Superiores

de Organismos Autónomos del MIMAM; don Basilio Rada

Martínez, Cuerpo de Ingenieros de Montes; don Adolfo Gallardo de

Marco, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos

Autónomos del MIMAM; don José María Díaz Ortiz, Cuerpo de

ICCP del Estado; don Benigno Elvira Payán, Cuerpo de Profesores

Titulares de Universidad (Conservación de la Biodiversidad), y don

José Antonio Corraliza Rodríguez, Cuerpo de Profesores Titulares

de Universidad (uso público).

Tribunal suplente

Presidenta: Doña Mónica Corrales Rodrigáñez, Cuerpo

Superior de Administradores Civiles del Estado.

Secretaria: Doña Isabel de Antonio Sierra, Escala Técnica de

Gestión de Organismos Autónomos.

Vocales: Doña Ana Rodríguez Cruz, Escala de Técnicos

Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del MAPA; don José

María Pernia Llera, Cuerpo de Ingenieros de Minas; don Juan

Garay Zabala, Escala de Técnicos Facultativos Superior de

Organismos Autónomos del MAPA; don José Antonio Fernández

Sánchez, Cuerpo de Ingenieros de Minas; don Luis Pinilla López-Oliva,

Cuerpo de ICCP del Estado; doña Susana Calvo Roy, Escala de

Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del

MIMAM, y don Jesús Javier González Fernández, Cuerpo Superior

de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.

ANEXO V

Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos

Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente

Don ........................................................,

con domicilio en........................................., y con

documento nacional de identidad número...............,declara

bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario

de la Escala...................................................,

que no ha sido separado del servicio de ninguna de las

Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio

de funciones públicas.

En ..................... a ........ de ..................... de 199....

ANEXO VI

(El certificado debe extenderse en fotocopia de este anexo)

Don/doña:..................................................

Cargo:.........................................................

Centro directivo o unidad administrativa:........................

Certifico: Que según los antecedentes obrantes en este centro,

el funcionario abajo indicado tiene acreditados los siguientes

extremos:

Apellidos:....................Nombre:....................

Cuerpo o Escala a que pertenece:............................

Documento nacional de identidad número:...................

Número de Registro de Personal:............................

Destino actual:..............................................

1. o Antigüedad:

Tiempo de servicios reconocidos (años completos) hasta la

fecha de publicación de la presente convocatoria, en

Cuerpos/Escalas del grupo B:..............................................

2. o Grado personal consolidado:............................

3. o Datos referidos a los puestos de trabajo desarrollados:

Denominación y años completos de servicios prestados en cada puesto de trabajo

................................................ .........años.

................................................ .........años.

................................................ .........años.

................................................ .........años.

................................................ .........años.

4. o Cursos de formación y perfeccionamiento:

Denominación: Centro que lo impartió:

............................. ..............................

............................. ..............................

............................. ..............................

............................. ..............................

............................. ..............................

Expedido en ................., a ........ de ................. de 19....

(Firma y sello)

(A cumplimentar por el órgano de selección)

Total puntuación en fase de concurso........................

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