Visto el expediente de indulto de don Francisco Javier Soler Belda,
con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado
en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido
en el artículo 4. o , apartado tercero, del Código Penal, por el Juzgado de
lo Penal número 1 de Jaén que, en sentencia de fecha 5 de junio de 1993,
le condenó, como autor de un delito de negativa a la prestación del servicio
militar, a la pena de un año y seis meses de prisión menor con la accesorias
legales, por hechos cometidos en el año 1990; a propuesta de la Ministra
de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión
del día 13 de noviembre de 1998,
Vengo en indultar a don Francisco Javier Soler Belda la pena privativa
de libertad pendiente de cumplimiento, dejando subsistentes los demás
pronunciamientos contenidos en la sentencia, a condición de que no vuelva
a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de
la condena.
Dado en Madrid a 13 de noviembre de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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