Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Séptima), de la Audiencia Nacional, el recurso 7/511/1997, interpuesto por la Procuradora de los Tribunales doña María Jesús Ferrer Pastor, en nombre y representación de don Miguel Bueno Cuenca, sobre sanción disciplinaria, la citada Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Séptima), de la Audiencia Nacional, ha dictado sentencia de 20 de julio de 1998, cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora de los Tribunales doña María Jesús Ferrer Pastor, en nombre y representación de don Miguel Bueno Cuenca, contra la resolución del Director general de Instituciones Penitenciarias por delegación del Ministro, de 30 de abril de 1997, que le impuso la sanción de tres años de suspensión de funciones como autor de una falta muy grave del artículo 6.h) del Reglamento, debemos confirmar y confirmamos dicha resolución administrativa por ser conforme a derecho; sin hacer condena en costas.»
En su virtud, esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla, en sus propios términos, la expresada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 16 de noviembre de 1998.‒El Director general, Ángel Yuste Castillejo.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal de Instituciones Penitenciarias.
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