Suscrita, previa tramitación reglamentaria, entre el Ministerio de Medio
Ambiente y la Consejería de Medio Ambiente de la Generalidad de Cataluña,
el día 23 de octubre de 1998 la Adenda al Convenio de colaboración entre
el suprimido Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente
y el Departamento de Medio Ambiente de la Generalidad de Cataluña,
sobre actuaciones derivadas del Plan Nacional de Residuos Peligrosos
1995-2000, y en cumplimiento de lo establecido en el punto noveno del
Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990 ("Boletín Oficial
del Estado" del 16), procede la publicación de dicha Adenda, que figura
como anexo de esta Resolución.
Madrid, 3 de noviembre de 1998.-La Directora general, Dolores Carrillo
Dorado.
ADENDA AL CONVENIO SUSCRITO ENTRE EL SUPRIMIDO
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, TRANSPORTES Y MEDIO AMBIENTE
Y LA GENERALIDAD DE CATALUÑA, SOBRE ACTUACIONES
DERIVADAS DEL PLAN NACIONAL DE RESIDUOS PELIGROSOS 1995-2000,
POR EL QUE SE DEFINEN LOS COMPROMISOS DE GASTO PARA 1997
(ANEXO I)
En Madrid, a 23 de octubre de 1998.
REUNIDOS
De una parte, la excelentísima señora doña Isabel Tocino Biscarolasaga,
Ministra de Medio Ambiente, cargo para el que fue nombrada por Real
Decreto 762/1996, de 5 de mayo.
De otra parte, el honorable señor don Joan Ignasi Puigdollers i Noblom,
Consejero de Medio Ambiente de la Generalidad de Cataluña y Presidente
de la Junta de Residuos.
EXPONEN
Primero.-Con fecha 27 de febrero de 1995, fue suscrito un Convenio
entre el suprimido Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio
Ambiente y la Generalidad de Cataluña sobre actuaciones derivadas del
Plan Nacional de Residuos Peligrosos 1995-2000.
En el texto del citado Convenio se establecen las condiciones básicas
de colaboración entre ambas instituciones para financiar las actuaciones
encaminadas a la consecución de los objetivos marcados en el Plan Nacional
de Residuos Peligrosos 1995-2000, aprobado por Consejo de Ministros de 17
de febrero de 1995, así como se regulan los criterios generales de
financiación con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.
Posteriormente, con fecha de noviembre de 1996, se firmó la Adenda
al Convenio donde se establece la forma de pago.
Asimismo, el Gobierno de la nación, en su reunión de 21 de julio de 1995,
acordó la delegación de la competencia en los titulares de los
Departamentos ministeriales, en su ámbito funcional correspondiente, para la
celebración de Convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas
("Boletín Oficial del Estado" de 4 de agosto).
Por Real Decreto 758/1996, de 5 de mayo, se reestructuran los
Departamentos ministeriales y se crea el Ministerio de Medio Ambiente; este
Departamento asume las competencias correspondientes a la Secretaría
de Estado de Medio Ambiente y Vivienda, atribuidas hasta ese instante
al Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, con
excepción de las relativas a vivienda y urbanismo, así como las competencias
de Obras Hidráulicas y las Confederaciones Hidrográficas.
Segundo.-La Generalidad de Cataluña viene desarrollando su
Programa de Residuos a través de la Junta de Residuos, como organismo
competente en todo el territorio de Cataluña, de acuerdo con la legislación
de residuos allí vigente, para la planificación, la información, la promoción,
la autorización, la organización, la gestión y el control de las acciones
concernientes a los residuos industriales.
Con la finalidad de conseguir un mayor perfeccionamiento en el
desarrollo y ejecución del Convenio, y en cumplimiento de la normativa
sobre el gasto público, se establecen las siguientes adiciones a las cláusulas
ya convenidas.
CLÁUSULAS
1. La cláusula segunda del Convenio, relativa a la financiación, queda
redactada de la manera siguiente:
"La financiación correspondiente al ejercicio de 1997 asciende a la
cantidad de 643.750.000 pesetas, según se desglosa en el anexo I."
a) Igualmente, y conforme a la normativa sobre plurianualización del
gasto, se añade al Convenio un anexo III; en este anexo figuran las
aportaciones del Ministerio de Medio Ambiente correspondientes a los ejercicios
de 1998, 1999 y 2000, siendo éstas las siguientes:
En el ejercicio de 1998, asciende a la cantidad de 326.261.483 pesetas.
En el ejercicio de 1999 asciende a la cantidad de 279.652.699 pesetas.
En el ejercicio de 2000 asciende a la cantidad de 233.043.915 pesetas.
Las cantidades que durante la vigencia del Plan se habiliten para cada
ejercicio (anexos I y III) con cargo a los Presupuestos Generales del Estado
se harán efectivas de la siguiente forma:
a) El 50 por 100 de las cantidades previstas en los anexosIyIII
del Convenio, antes del 31 de marzo de cada año, mediante transferencia
como anticipo de fondos para hacer frente a las primeras actuaciones.
b) La Junta de Residuos del Departamento de Medio Ambiente
presentará, trimestralmente, certificados de las actuaciones llevadas a cabo,
así como de las ayudas reconocidas con cargo al Plan, siendo la última
de ellas de fecha 30 de noviembre, contra las cuales se abonarán las
cantidades pendientes con cargo al ejercicio corriente.
En el supuesto de que por parte de la Junta de Residuos del
Departamento de Medio Ambiente no se justifique la totalidad del crédito
anticipado conforme a lo previsto en esta cláusula, la cantidad total pendiente
de justificar se minorará de la cantidad prevista como anticipo para el
ejercicio siguiente.
2. Se añade a la cláusula cuarta del Convenio, relativa al acceso a
los Fondos de Cohesión, lo siguiente:
"Asimismo, el compromiso de presentación de proyectos para su
financiación por el Fondo de Cohesión se entenderá condicionado a la
programación que para dicho fondo establece el Ministerio de Economía y
Hacienda a través de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos.
Finalmente, el contenido del Convenio se adecuará a lo que el Consejo
de Política Fiscal y Financiera disponga para los años 1997 y siguientes
sobre acceso a los instrumentos financieros previstos, en especial para
tener en cuenta posibles cambios en el vigente sistema de financiación
de las Comunidades Autónomas."
3. Se adiciona a la cláusula séptima del Convenio, relativa a la
Comisión Bilateral de Seguimiento, lo siguiente:
"La Junta de Residuos informará periódicamente al Ministerio de Medio
Ambiente, de acuerdo con el esquema que se establezca por la Comisión
de Seguimiento del Convenio."
4. Se modifica la cláusula décima, relativa a la vigencia del Convenio,
quedando como sigue:
"El presente Convenio entrará en vigor a partir de la fecha de su
formalización, y tendrá vigencia hasta la fecha de finalización del Plan
Nacional de Residuos Peligrosos 1995-2000, indicado en la cláusula primera
del Convenio."
La Ministra de Medio Ambiente, Isabel Tocino Biscarolasaga.-El
Consejero de Medio Ambiente, Presidente de la Junta de Residuos, Joan Ignasi
Puigdollers i Noblom.
ANEXO I
Actuaciones programadas para el año 1997, a financiar en los porcentajes indicados, entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Comunidad
Autónoma de Cataluña
Programas Ap. Comunidad Autónoma Ap. Estado Total
1. Prevención y reducción en origen (al 50 por 100 con la Comunidad Autónoma)........... 186.688.000 186.688.000 373.376.000
2. Infraestructuras........................................................................................... 731.268.000 243.756 975.024.000
2.1 Reutilización y reciclaje (al 25 por 100 con la Comunidad Autónoma).
2.2 Tratamiento fin de línea (al 25 por 100 con la Comunidad Autónoma).
2.3 Infraestructuras de eliminación (al 25 por 100 con la Comunidad Autónoma).
3. Estudios, estadística y base de datos (al 50 por 100 con la Comunidad Autónoma)....... 84.636.000 84.636.000 169.272.000
4. Investigación y desarrollo (al 50 por 100 con la Comunidad Autónoma)..................... 80.070.000 80.070.000 160.140.000
5. Comunicación (al 25 por 100 con la Comunidad Autónoma).................................... 139.800.000 46.600.000 186.400.000
6. Formación (al 50 por 100 con la Comunidad Autónoma)........................................ 2.000.000 2.000.000 4.000.000
Total....................................................................................................... 1.224.462.000 643.750.000 1.868.212.000
ANEXO III
Actuaciones programadas para el período 1997-2000, a financiar, en los porcentajes indicados, entre el Ministerio de Medio Ambiente
y la Comunidad Autónoma de Cataluña
Aportación Comunidad Autónoma Aportación Estado
1997 1998 1999 2000 1997 1998 1999 2000
Programas
1. Prevención y reducción en origen
(al 50 por 100 con la Comunidad
Autónoma)................................. 186.688.000 162.117.507 138.957.863 115.798.219 186.688.000 162.117.507 138.957.863 115.798.219
2. Gestión adecuada de los residuos
(al 25 por 100 con la Comunidad
Autónoma)................................. 731.268.000 518.776.021 444.665.161 370.554.301 243.756.000 129.694.005 111.166.290 92.638.575
3. Estudios, estadísticas y bases de
datos (al 50 por 100 con la
Comunidad Autónoma............................ 84.636.000 4.052.938 3.473.947 2.894.955 84.636.000 4.052.938 3.473.947 2.894.955
4. Investigación y desarrollo (al 50 por
100 con la Comunidad Autónoma) ... 80.070.000 24.317.626 20.843.679 17.369.733 80.070.000 24.317.626 20.843.679 17.369.733
5. Comunicación (al 25 por 100 con la
Comunidad Autónoma)................. 139.800.000 16.211.751 13.895.786 11.579.822 46.600.000 4.052.938 3.473.947 2.894.955
6. Formación (al 50 por 100 con la
Comunidad Autónoma)................. 2.000.000 2.026.469 1.736.973 1.447.478 2.000.000 2.026.469 1.736.973 1.447.478
Total.....................................1.224.462.000 727.502.312 623.573.409 519.644.508 643.750.000 326.261.483 279.652.699 233.043.915
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