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Documento BOE-A-1998-307

Orden de 10 de diciembre de 1997 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en el recurso contencioso-administrativo número 2.652/1994, interpuesto por la representación de doña Josefina Vicent Antonino.

Publicado en:
«BOE» núm. 7, de 8 de enero de 1998, páginas 496 a 496 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1998-307

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 2.652/1994, interpuesto por la representación de doña Josefina Vicent Antonino, contra la Orden de 14 de junio de 1994, desestimatoria del recurso de alzada interpuesto contra la resolución de la Dirección Provincial del Ministerio en Valencia de 14 de junio de 1993, sobre reversión de terrenos expropiados para la IV Planta Siderúrgica Integral de Sagunto, se ha dictado por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, con fecha 3 de julio de 1997, sentencia cuya parte dispositiva es como sigue:

"Fallamos:

Primero.-Estimar el recurso interpuesto por doña Josefina Vicent Antonino contra la Orden del Ministerio de Industria y Energía de 14 de junio de 1994, desestimatoria del recurso de alzada deducido contra la resolución de la Dirección Provincial de Industria y Energía de Valencia de 14 de junio de 1993 por la que se desestimó la petición de reversión de la finca número 1.635 del expediente expropiatorio relativo a la construcción de la IV Planta Siderúrgica Integral de Sagunto, y anular dichos actos por ser contrarios a derecho, dejándolos sin efecto, debiendo considerarse ejercitado el derecho de reversión sobre la citada finca por parte de la actora, en su condición de heredera única de su madre.

Segundo.-No efectuar expresa imposición de costas. Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación a los autos, lo pronunciamos, mandamos y firmamos."

En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 10 de diciembre de 1997.-P. D. (Orden de 17 de mayo de 1996, "Boletín Oficial del Estado" del 23), el Subsecretario, Pedro Ferreras Díez.

Ilmo. Sr. Subsecretario.

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