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Documento BOE-A-1998-391

Orden de 3 de diciembre de 1997 por la que se dispone el cumplimiento, en sus propios términos, de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, de fecha 10 de diciembre de 1996, recaída en el recurso contencioso-administrativo número 1/2.165/1994, interpuesto por la representación procesal de doña Carmen García Sala y doña Carmen Brotons García, así como el cumplimiento de Auto de fecha 2 de junio de 1997, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, inadmitiendo el recurso de casación interpuesto por doña Carmen Brotons García contra la sentencia citada anteriormente.

Publicado en:
«BOE» núm. 8, de 9 de enero de 1998, páginas 791 a 791 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-1998-391

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 1/2.165/1994, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, por la representación procesal de doña Carmen García Sala y doña Carmen Brotóns García, contra la Resolución de la Dirección General de Costas de 24 de junio de 1994, desestimatoria de la reposición deducida contra otra de 5 de junio de 1993, relativa a desestimación de alzada planteada contra acuerdo del Servicio de Costas de Alicante de 10 de julio de 1991, sobre sanción por instalación de sombrillas, mesas y sillas sin la debida autorización administrativa en la playa de San Juan, término municipal de Alicante, y contra otra del mismo órgano directivo de 30 de noviembre de 1993, recaída en el expediente sancionador S-18/1993, en fecha 10 de noviembre de 1996, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva, literalmente, dice:

"Fallamos: Que estimando parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña Carmen García Sala y doña Carmen Brotóns García, contra Resolución del Servicio Provincial de Costas de Alicante, de 10 de julio de 1991, que imponía la multa de 930.000 pesetas, y concedía un plazo de quince días para la demolición y retirada del dominio público, por la infracción consistente en "instalación de toldo de cañizo y tubos de hierro con mesas y sillas, sin previa autorización administrativa, en zona de dominio público, entre los mojones MT-33 y MT-34 en la playa de San Juan, término municipal de Alicante" (expediente S-35/1991). Declaramos contraria a Derecho, anulamos y dejamos sin efecto la sanción, que deberá ser reducida a la multa de 5.000 pesetas.

Desestimamos el mencionado recurso interpuesto contra Resolución del mismo órgano de 30 de noviembre de 1993, que imponía a la demandante la multa de 990.000 pesetas, y demolición y retirada, por la infracción consistente en la "instalación de tubos metálicos de soporte de un toldo de lona, así como sillas y mesas, sin previa autorización administrativa, en zona de dominio público, entre los hitos M-32 y M-35 de la misma playa y término municipal" (expediente S-18/1993). Sin hacer expresa imposición de las costas procesales."

Asimismo, y en el recurso de casación número 2.002/1997, preparado ante el Tribunal Supremo por la representación de doña Carmen Brotóns García, contra la anterior sentencia, en fecha 2 de junio de 1997 se ha dictado Auto, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

"La Sala acuerda: Declarar la inadmisión del recurso de casación interpuesto por la representación procesal de doña Carmen Brotóns García, contra sentencia de 10 de diciembre de 1996, dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana en el recurso contencioso-administrativo número 2.165/1994, resolución que se declara firme, con imposición de las costas procesales causadas en este recurso a la parte recurrente."

Este Ministerio, a los efectos de lo establecido en el artículo 125, en relación con los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla, en sus propios términos, los referidos sentencia y auto.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y cumplimiento.

Madrid, 3 de diciembre de 1997.-P. D. (Orden de 25 de septiembre de 1996, "Boletín Oficial del Estado" del 27), el Subsecretario, Claro José Fernández-Carnicero González.

Ilmo. Sr. Director general de Costas.

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