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Documento BOE-A-1998-399

Orden de 3 de diciembre de 1997 por la que se dispone el cumplimiento, en sus propios términos, de la sentencia de la Audiencia Nacional de fecha 11 de octubre de 1996, relativa al recurso contencioso-administrativo número 1/308/1992, interpuesto por don Luis Suárez Castillo, y del Auto del Tribunal Supremo de fecha 23 de junio de 1997, relativo al recurso de casación número 3/3.360/1997, preparado por el Abogado del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 8, de 9 de enero de 1998, páginas 794 a 794 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-1998-399

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 1/308/1992, interpuesto ante la Audiencia Nacional por la representación procesal de don Luis Suárez Castillo, contra la Orden de 10 de enero de 1992 del antiguo Ministerio de Obras Públicas, relativa a legalización de usos existentes y derecho de ocupación de parcela de terreno y vivienda en la playa de "La Antilla", término municipal de Lepe (Huelva), y orden de derribo de vivienda en fecha 11 de octubre de 1996, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva, literalmente, dice:

"Fallamos: Que con estimación parcial del recurso interpuesto por el Procurador don Luciano Rosch Nadal, en representación de don Luis Suárez Castillo, debemos anular y anulamos, por contraria a derecho, la Orden recurrida tan sólo en el particular que ordena la demolición de la vivienda y en los estrictos términos del fundamento quinto de la presente; sin costas."

Asimismo, en el recurso de casación número 3/3.360/1997, preparado ante el Tribunal Supremo por el Abogado de Estado, contra la anterior sentencia de fecha 23 de junio de 1997, se ha dictado Auto, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

"La Sala acuerda declarar desierto el recurso de casación prepaparado por la Administración del Estado contra resolución dictada por la Audiencia Nacional, Sección Primera de lo Contencioso-Administrativo, en los autos número 308/1992, sin hacer expresa imposición de costas."

Este Ministerio, a los efectos de lo establecido en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumplan, en sus propios términos, los referidos sentencia y auto.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y cumplimiento.

Madrid, 3 de diciembre de 1997.-P. D. (Orden de 25 de septiembre de 1996, "Boletín Oficial del Estado" del 27), el Subsecretario, Claro José Fernández-Carnicero González.

Ilmo. Sr. Director general de Costas.

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