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Documento BOE-A-1999-12319

Orden de 21 de mayo de 1999 por la que se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico de 1999 las subvenciones correspondientes a programas de apoyo a la creación y fomento del empleo, ayudas previas a la jubilación ordinaria en el sistema de la Seguridad Social, Formación Profesional Ocupacional, Escuelas-Taller, Casas de Oficios y Talleres de Empleo.

Publicado en:
«BOE» núm. 130, de 1 de junio de 1999, páginas 20800 a 20806 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1999-12319

TEXTO ORIGINAL

El artículo 153 de la Ley General Presupuestaria, cuyo texto refundido fue aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, y modificado por Ley 13/1996, de 30 de diciembre, establece que la Conferencia Sectorial correspondiente acordará los criterios objetivos de distribución de los créditos destinados al cumplimiento de planes y programas conjuntos referidos a competencias de las Comunidades Autónomas y que los compromisos financieros resultantes serán formalizados mediante acuerdo del Consejo de Ministros.

Acordados los criterios de distribución por la Conferencia Sectorial para Asuntos Laborales, en su reunión de 15 de marzo de 1999, el Consejo de Ministros, en su reunión de 16 de abril de 1999, decidió su formalización, por lo que debe procederse a la distribución de las cantidades asignadas a cada Comunidad Autónoma.

En consecuencia, he dispuesto:

Artículo 1.

La distribución territorial de las subvenciones correspondientes a programas de apoyo a la creación y fomento del empleo y ayudas previas a la jubilación ordinaria en el sistema de la Seguridad Social a trabajadores afectados por procesos de reestructuración de empresas, Formación Profesional Ocupacional, Escuelas-Taller, Casas de Oficios y Tallesres de Empleo, se llevará a cabo, en el ejercicio económico de 1999, de acuerdo con los criterios objetivos que figuran en el anexo I de esta Orden, en el que aparecen también los porcentajes y cantidades correspondientes a cada una de las Comunidades Autónomas.

Artículo 2.

De conformidad con lo establecido en la regla octava del artículo 153 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, finalizado el ejercicio económico, las Comunidades Autónomas deberán remitir a la Secretaría General Técnica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales un estado comprensivo de las obligaciones reconocidas y los pagos realizados, hasta el cierre del ejercicio económico, por las subvenciones gestionadas.

Los documentos justificativos, firmados por el titular del centro directivo que gestione la subvención o subvenciones y adverados por el Interventor, se ajustarán a los modelos que aparecen como anexo II. Dichos documentos justificativos deberán acompañarse de los soportes informativos que se determinen en la resolución correspondiente.

Los remanentes de fondos resultantes al finalizar cada ejercicio que se encuentren en poder de las Comunidades Autónomas, seguirán manteniendo el destino específico para el que fueron transferidos y se utilizarán en el siguiente ejercicio, como situación de tesorería en el origen, para la concesión de nuevas subvenciones, tal como establece la regla séptima del artículo 153 de la Ley General Presupuestaria.

Con objeto de su posible inclusión en las solicitudes de pago al Fondo Social Europeo, según lo dispuesto en los artículos 7 y 8 del Real Decreto 1492/1987, de 25 de noviembre, las Comunidades Autónomas facilitarán a la Dirección General de Fomento de la Economía Social y al Instituto Nacional de Empleo, respecto a los programas cuya gestión ambos tenían encomendada antes de la transferencia, los datos y justificantes que se determinan en las Resoluciones correspondientes en los plazos que, asimismo, se establezcan en las mismas.

Artículo 3.

Al objeto de adecuar las certificaciones de ejecución de las acciones de Formación Profesional Ocupacional del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional, cuya participación se prolongue excepcionalmente durante dos ejercicios económicos, a las correspondientes justificaciones al Fondo Social Europeo, así como para deducir la cuantía destinada a subvencionar a los centros colaboradores del Instituto Nacional de Empleo por el concepto de gastos de difícil justificación (hasta el 10 por 100), los responsables de la gestión transferida en las Comunidades Autónomas deberán remitir al Instituto Nacional de Empleo, debidamente cumplimentados los anexos III y IV que aparecen en esta Orden, en el plazo que se establezca en la Resolución correspondiente.

Artículo 4.

Respecto a las ayudas previas a la jubilación ordinaria en el sistema de la Seguridad Social, y a los efectos de conocer el crédito total a transferir, el estado comprensivo a que se refiere el artículo 2 de la presente Orden, junto con las posibles peticiones adicionales con cargo a la reserva establecida, deberá obrar en poder del Departamento en el plazo máximo de un mes a contar desde la publicación de la Orden anual de distribución.

Disposición adicional primera.

A las Comunidades Autónomas que asuman la gestión de estas ayudas a lo largo del presente ejercicio económico, les serán transferidos los remanentes que queden en poder de la Administración Central en la fecha en que tenga efectividad el traspaso de funciones.

Disposición adicional segunda.

Las cuantías acordadas para las Comunidades Autónomas que asuman los traspasos en el transcurso de 1999 sufrirán el ajuste oportuno derivado de las obligaciones reconocidas por el Instituto Nacional de Empleo hasta la fecha de efectividad de los correspondientes Acuerdos de traspasos.

Disposición final única.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 21 de mayo de 1999.

PIMENTEL SILES

Ilmos. Sres. Subsecretario de Trabajo y Asuntos Sociales, Secretario general de Empleo, Directores generales de Trabajo, de Fomento de la Economía Social y del Instituto Nacional de Empleo e Interventores Delegados de Hacienda en este Ministerio y en el Instituto Nacional de Empleo.

ANEXO

I

Programas de empleo

PROGRAMA DE INTEGRACIÓN LABORAL DE MINUSVÁLIDOS

Criterios de distribución: En el Presupuesto para 1999 hay una consignación para las Comunidades Autónomas con competencia de gestión en esta materia (Concepto 453, por un importe de 20.000 millones de pesetas), por lo que la distribución sólo ha de realizarse entre las catorce Comunidades Autónomas con gestión transferida.

El presupuesto destinado a mantenimiento de puestos de trabajo de minusválidos en centros especiales de empleo, 8.418 millones de pesetas, se distribuye en función de las plantillas existentes a 31 de diciembre de 1998.

La parte correspondiente a la creación de nuevos puestos de trabajo, 11.582 millones de pesetas, se distribuye según el porcentaje de demandantes minusválidos en cada Comunidad Autónoma sobre el total de las que han de participar en el reparto.

Integración laboral de minusválidos (mantenimiento de puestos y creación)

Comunidad Autónoma

Asignación presupuesto

Pesetas

Andalucía (*). 3.432.323.093
Aragón. 1.134.592.921
Baleares. 314.618.940
Canarias. 512.620.495
Cantabria. 545.111.980
Castilla-La Mancha. 690.511.716
Castilla y León. 1.619.246.435
Cataluña. 4.031.950.236
Comunidad Valenciana. 2.236.995.318
Extremadura. 677.897.937
Galicia. 937.476.605
Madrid. 2.944.749.741
Murcia. 696.388.265
La Rioja. 225.516.318
 Total territorio transferido. 20.000.000.000

(*) Datos de plantilla a 31 de diciembre de 1998 estimados.

PROGRAMA DE PROMOCIÓN DEL EMPLEO AUTÓNOMO

Criterios de distribución: Media ponderada de paro registrado al 80 por 100 y demandantes de empleo no ocupados al 20 por 100, sin que ninguna Comunidad Autónoma perciba menos de 100.000.000 de pesetas.

Promoción del empleo autónomo (subvenciones financieras y rentas de subsistencia)

Comunidad Autónoma

Asignación presupuesto

Pesetas

Andalucía. 2.274.649.094
Aragón. 227.104.179
Baleares. 125.038.459
Canarias. 526.523.933
Cantabria. 123.126.203
Castilla-La Mancha 413.095.299
Castilla y León. 572.827.977
Cataluña. 1.132.023.577
Comunidad Valenciana. 1.003.847.726
Extremadura. 332.054.095
Galicia. 798.674.573
Madrid. 1.211.805.872
Murcia. 220.755.013
La Rioja. 100.000.000
 Total territorio transferido. 9.061.526.000

Información, orientación, búsqueda empleo y autoempleo

Comunidades Autónomas Asignación presupuesto Total
Administración del Estado Empresas públicas Comunidades Autónomas Corporaciones Locales Entidades
Cataluña. 46.282.528 34.711.896 38.001.586 1.018.442.499 794.062.987 1.931.501.496
Comunidad Valenciana. 41.030.219 30.772.665 33.689.028 902.865.956 703.949.843 1.712.307.712
Galicia. 32.638.031 24.478.523 26.798.383 718.196.677 559.966.222 1.362.077.836

INEM-CORPORACIONES LOCALES

Mejora de la ocupabilidad de los demandantes de empleo mediante la contratación temporal de trabajadores desempleados en la realización de obras y servicios de interés general y social por las Corporaciones Locales.

Criterios de distribución: A cada territorio se le asigna inicialmente el 60 por 100 de lo que les correspondió el año 1998. El resto del presupuesto ‒8.375 millones‒ se reparte según la media ponderada de paro registrado al 80 por 100 y demandantes de empleo no ocupados al 20 por 100. En ambos casos se excluyen las cifras correspondientes a Andalucía y Extremadura y los parados agrarios de la Comunidad Valenciana.

Comunidades Autónoma

Presupuesto

Pesetas

Cataluña. 3.798.030.000
Comunidad Valencia. 3.001.670.000
Galicia. 4.327.110.000

CREACIÓN DE ACTIVIDAD (DESARROLLO LOCAL, AGENTES DE EMPLEO E ILES)

Contratatación por las Corporaciones Locales de Agentes de Empleo y Desarrollo Local. Fomento de las Iniciativas Locales de Empleo.

Criterios de distribución: Media ponderada de paro registrado al 80 por 100 y demandantes de empleo no ocupados al 20 por 100.

INEM-ORGANISMOS

Mejora de la ocupabilidad de los demandantes de empleo mediante la contratación temporal de trabajadores desempleados en la realización de obras y servicios de interés general y social por la Administración General del Estado y sus organismos autónomos, las Comunidades y sus respectivos organismos, empresas públicas y entes públicos y entidades sin ánimo de lucro.

Criterios de distribución: Media ponderada de pago registrado al 80 por 100 y demandantes de empleo no ocupados al 20 por 100.

INEM-organismos

Comunidades Autónomas Asignación presupuesto Total
Administración Estado Empresas públicas Comunidades Autónomas Entidades
Cataluña. 793.836.111 113.437.570 289.265.802 284.728.299 1.481.267.783
C. Valenciana. 703.748.715 100.564.263 256.438.872 252.416.301 1.313.168.151
Galicia. 559.806.231 79.995.175 203.987.695 200.787.888 1.044.576.989

INFORMACIÓN, ORIENTACIÓN, BÚSQUEDA EMPLEO Y AUTOEMPLEO

Mejora de la ocupabilidad de los demandantes de empleo mediante acciones de información, orientación y búsqueda activa de empleo, por cuenta propia o ajena desarrolladas con entidades colaboradoras.

Criterios de distribución: Media ponderada de pago registrado al 80 por 100 y demandantes de empleo no ocupados al 20 por 100.

Creación de actividad (Desarrollo Local, Agentes de Empleo e ILES)

Comunidades Autónomas Asignación presupuesto Total
Desarrollo Local Agentes Empleo ILES/Promotores
Cataluña. 775.459.225 1.436.573.380 680.625.417 2.892.658.022
C. Valenciana. 687.457.304 1.273.545.831 603.385.580 2.564.388.715
Galicia. 546.847.013 1.013.058.890 479.971.047 2.039.876.950

OTROS PROGRAMAS (GESTIÓN DIFERENTES PROGRAMAS A COMUNIDADES AUTÓNOMAS CON GESTIÓN TRANSFERIDA Y CUOTAS SEGUROS PRUEBAS CALIFICACIÓN)

En el reparto sólo intervienen las Comunidades Autónomas que tienen transferida la gestión del empleo o están próximas a ello.

Criterios de distribución: Media ponderada de paro registrado al 80 por 100 y demandantes de empleo no ocupados al 20 por 100.

Otros programas (gestión de diferentes programas a Comunidades Autónomas con gestión transferida y cuotas seguros pruebas calificación)

Comunidades Autónomas Asignación presupuesto Total

Comunidades Autónomas gestión transferida

Cuotas seguros
Cataluña. 124.182.912 4.864.997 129.047.909
C. Valenciana. 110.116.594 4.312.900 114.429.494
Galicia. 87.607.405 3.430.753 91.038.158

PROGRAMA DE BONIFICACIÓN DE CUOTAS EMPRESARIALES A LA SEGURIDAD SOCIAL A PERCEPTORES DE PRESTACIONES POR DESEMPLEO EN SU MODALIDAD DE PAGO ÚNICO

Criterios de distribución: Porcentaje de beneficiarios de prestaciones por desempleo en su modalidad de Pago Único durante 1997 de cada Comunidad Autónoma en relación con el total nacional de beneficiarios.

Bonificación de cuotas perceptores pago único (bonificación de cuotas empresariales a la Seguridad Social a perceptores de prestaciones por desempleo en su modalidad de pago único)

Comunidades Autónomas

Asignación presupuesto

Pesetas

Cataluña. 879.561.850
Comunidad Valenciana. 404.044.166
Galicia. 65.274.283

PROGRAMA DE SUBVENCIONES POR CONTRATACIÓN INDEFINIDA DE MINUSVÁLIDOS

Criterio de distribución: Porcentaje de demandantes minusválidos inscritos en cada Comunidad Autónoma sobre el total nacional (datos de Registro del INEM a 14 de diciembre de 1998).

Subvenciones por contratación indefinida de minusválidos

Comunidades Autónomas

Asignación

Presupuesto

Pesetas

Cataluña. 360.206.535
Comunidad Valenciana. 687.717.400
Galicia. 254.361.230

PLAN DE FORMACIÓN E INSERCIÓN PROFESIONAL

Criterios de distribución: A cada territorio se le asigna inicialmente el 60 por 100 de lo que le correspondió el año 1998, en el caso de las Comunidades Autónomas que no tenían transferida la gestión, el 60 por 100 de lo que teóricamente les hubiera correspondido. El resto del presupuesto se reparte según la media ponderada de paro registrado al 80 por 100 y demandantes de empleo no ocupados al 20 por 100.

Plan de Formación e Inserción Profesional

Comunidades Autónomas

Asignación Presupuesto

Pesetas

Andalucía. 22.032.864.674
Aragón. 2.299.883.807
Baleares. 1.402.494.624
Canarias. 5.277.704.630
Cantabria. 1.218.496.801
Castilla-La Mancha. 4.110.798.093
Castilla y León. 5.356.989.986
Cataluña. 12.429.193.592
Comunidad Valenciana. 10.470.110.165
Extremadura. 3.124.258.605
Galicia. 7.840.771.986
Madrid. 12.252.103.643
Comunidad Foral de Navarra. 1.084.034.224
La Rioja. 452.617.810
 Total territorio transferido. 89.352.322.640

Para las Comunidades Autónomas que han asumido la competencia de gestión de la Formación Profesional Ocupacional del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional, con efectos de 1 de enero de 1999, se deducirán de la asignación prevista para dicho ejercicio económico, las actualizaciones de crédito derivadas de compromisos de ejercicios anteriores y que se encuentren pendientes de ejecutar por el Instituto Nacional de Empleo.

La distribución a las Comunidades Autónomas que asuman la competencia de gestión a lo largo de 1999 se efectuará mediante la aplicación de estos mismos criterios objetivos, deduciendo las cuantías que el Instituto Nacional de Empleo haya ejecutado a nivel de obligación reconocida hasta la fecha de efectividad del traspaso.

PROGRAMA DE ESCUELAS-TALLER, CASAS DE OFICIOS Y TALLERES DE EMPLEO

Criterio de distribución: Una parte de los fondos (49.000 millones, correspondientes a Escuelas-Taller y Casas de Oficio) se distribuye en función de los demandantes de empleo no ocupados —DENOS—, menores de veinticinco años, y otra parte (10.000 millones, correspondientes a Talleres de Empleo), en función de los mayores de esa edad.

En ambos casos la cifra de demandantes de empleo se ha ponderado por la inversa de la renta. El criterio de rentas utilizado ha sido la renta familiar disponible en 1996. La ponderación se ha hecho sólo al 50 por 100, es decir, sólo se ha considerado la mitad de la desviación respecto al promedio de la renta familiar disponible de cada Comunidad Autónoma.

Escuelas-Taller, Casas de Oficios y Talleres de Empleo

Comunidades Autónomas Asignación presupuesto Totales
Escuelas-Taller y Casas de Oficios Talleres de Empleo
Cataluña. 4.770.000.000 1.085.000.000 5.855.000.000
Galicia. 3.324.000.000 722.000.000 4.046.000.000
Comunidad Valenciana. 4.837.000.000 883.000.000 5.720.000.000

II

Programas de apoyo a la creación de empleo en cooperativas y sociedades laborales

1. Aplicación presupuestaria: 19.03.322C.452 (transferencias a las Comunidades Autónomas para la gestión de los programas de fomento de la economía social).

Dotación: 721.052.000 pesetas.

Criterios de distribución:

Gestión de los últimos tres años (25 por 100).

Población activa (25 por 100).

Número de parados (25 por 100).

Empleo generado en cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales (25 por 100).

Para el criterio de población activa se han utilizado los datos de la EPA (medias año 1998), para el número de parados los datos del paro registrado (estadística de empleo Instituto Nacional de Empleo, medias año 1998), y para el empleo generado se ha utilizado el número de socios de las cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales constituidas durante 1998.

Clases de subvenciones: Con cargo a esta aplicación del programa «De-sarrollo de la Economía Social» y según la normativa en vigor; Orden de 29 de diciembre de 1998 («Boletín Oficial del Estado» de 14 de enero de 1999), se podrán conceder subvenciones en concepto de asistencia técnica a cooperativas y sociedades laborales, subvenciones a cooperativas y sociedades laborales y ayudas a la formación y promoción.

2. Aplicación presupuestaria: 19.03.322C.459 (transferencias a las Comunidades Autónomas para la gestión de los programas de fomento de la economía social, cofinanciados por el Fondo Social Europeo).

Dotación: 945.722.000 pesetas. Criterios de distribución:

Número de parados (50 por 100).

Empleo generado en cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales (50 por 100).

El índice resultante para las Comunidades Autónomas situadas en zonas objetivo 1 del Fondo Social Europeo se ha multiplicado por 1,3 para obtener el porcentaje de participación.

Para el criterio número de parados se han utilizado los datos del paro registrado (Estadística de Empleo INEM, medias año 1998), y para el empleo generado se ha utilizado el número de socios de las cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales constituidas durante 1998.

Con cargo a esta aplicación se podrán conceder ayudas para la incorporación de desempleados como socios a cooperativas y sociedades laborales.

En el supuesto de que se genere crédito en esta aplicación por ingresos procedentes de la Unión Europea se distribuirá en proporción al importe con el que cada Comunidad Autónoma haya contribuido a la solicitud de pago final, en términos de ayuda del Fondo Social Europeo para el ejercicio 1998.

Dirección General de Fomento de la Economía Social y del Fondo Social Europeo

Aplicación 19.03.322C.452

Distribución territorial (de la cantidad total se han detraído un 1 por 100 para Canarias; así, pues, se distribuyen 713.841.480 pesetas)

Comunidades Autónomas 25 por 100 gestión ajustada 25 por 100 número de parados 25 por 100 población activa 25 por 100 empleo generado Porcentaje a efecto de distribución

Asignación

Pesetas

Andalucía (*). 5,160 5,768 4,585 5,514 21,027 150.099.448
Aragón (*). 0,839 0,621 0,804 1,363 3,627 25.891.030
Asturias. 0,766 0,892 0,642 0,603 2,903 20.722.818
Baleares (*). 0,371 0,350 0,533 0,181 1,435 10.243.625
Canarias (*). 1,107 1,464 1,101 1,160 4,832 41.703.340**
Cantabria (*). 0,307 0,339 0,347 0,187 1,180 8.423.329
Castilla-La Mancha. 1,247 1,139 1,082 1,453 4,921 35.128.139
Castilla y León (*). 1,392 1,563 1,631 1,266 5,852 41.774.003
Cataluña (*). 4,412 2,989 4,455 4,936 16,792 119.868.261
Comunidad Valenciana. 2,599 2,715 2,727 2,168 10,209 72.876.077
Extremadura (*). 0,679 0,841 0,674 0,632 2,826 20.173.160
Galicia (*). 1,631 2,210 1,832 1,099 6,772 48.341.345
Madrid (*). 3,294 3,273 3,595 2,516 12,678 90.500.823
Murcia (*). 1,027 0,604 0,737 1,753 4,121 29.417.407
La Rioja (*). 0,144 0,129 0,165 0,097 0,535 3.819.052
Ceuta y Melilla. 0,025 0,103 0,090 0,072 0,290 2.070.143
 Total. 25,000 25,000 25,000 25,000 100,000 721.052.000

(*) Comunidades Autónomas que han asumido la gestión del programa.

(**) Sumado el 1 por 100 de 721.052.000 pesetas.

Aplicación 19.03.322C.459

Distribución territorial

Comunidades Autónomas

Participación

Porcentaje

Asignación

Pesetas

Andalucía (*). 24,418 230.926.398
Aragón (*). 3,302 31.227.740
Asturias. 3,237 30.613.021
Baleares (*). 0,884 8.360.182
Canarias (*). 5,678 53.698.095
Cantabria (*). 1,138 10.762.316
Castilla-La Mancha. 5,611 53.064.461
Castilla y León (*). 6,125 57.925.473
Cataluña (*). 13,194 124.778.561
Comunidad Valenciana. 10,569 99.953.358
Extremadura (*). 3,190 30.168.532
Galicia (*). 7,162 67.732.610
Madrid (*). 9,638 91.148.686
Murcia (*). 5,101 48.241.279
La Rioja (*). 0,379 3.584.286
Ceuta y Melilla. 0,374 3.537.002
 Total. 100,000 945.722.000

III

Ayudas previas a la jubilación ordinaria en el sistema de la Seguridad Social Criterios de distribución

1. Establecer una reserva sobre el crédito inicial en virtud del artículo 153 de la Ley General Presupuestaria, para dar cobertura a las necesidades imprevistas que surjan durante la ejecución del presupuesto, tanto en las Comunidades Autónomas que han asumido la gestión de las ayudas, como en aquellas a las que no se ha transferido la competencia, así como a las que puedan producirse respecto de las ayudas que gestiona la Dirección General de Trabajo, en uso de su propia competencia.

Teniendo en cuenta las previsiones de gasto comunicadas por las Comunidades afectadas, la reserva se ha estimado en un 15 por 100.

2. Se mantiene la rúbrica «Obligaciones derivadas de las competencias propias de la Dirección General de Trabajo», bajo la cual se contempla el montante previsto para cubrir la financiación de las ayudas de trabajadores de empresas públicas y de ámbito supraautonómico, cuya concesión es competencia de la Dirección General de Trabajo.

3. La diferencia entre el crédito inicial y la suma de las dos rúbricas anteriores será el crédito a distribuir.

Del total del crédito a distribuir se asignará a las Comunidades Autónomas que han asumido la gestión de las ayudas las cantidades obtenidas de aplicar el porcentaje de población ocupada de cincuenta y cinco años y más, en relación con el total nacional, según la Encuesta de Población Activa media anual, de 1998.

Crédito inicial: 17.000.000.000 de pesetas.

Reserva del 15 por 100, artículo 153 de la Ley General Presupuestaria: 2.550.000.000 de pesetas.

Obligaciones derivadas de las competencias propias de la Dirección General de Trabajo: 12.950.000.000 de pesetas.

Total: 15.500.000.000 de pesetas.

Crédito a distribuir: 1.500.000.000 de pesetas.

Encuesta de población activa: 1998

Ocupados de cincuenta y cinco y más años

Comunidades Autónomas Primer trimestre Segundo trimestre Tercer trimestre Cuarto trimestre Media cuatro trimestres Índice cuatro trimestres

Asignación

Pesetas

Andalucía. 193,6 187,40 189,90 207,2 194,52 12,48 187.200.000
Aragón. 55,3 58,2 52,7 52,2 54,6 3,5 52.500.000
Asturias. 34,8 35,2 34,3 33 34,32 2,2 33.000.000
Baleares. 32,6 31,6 30,8 28,4 30,85 1,98 29.700.000
Canarias. 55,9 52,8 54,1 55 54,45 3,49 52.350.000
Cantabria. 20,7 21,3 19,8 17 19,7 1,26 18.900.000
Castilla y León. 115,7 115,7 114,1 108 113,37 7,27 109.050.000
Castilla-La Mancha. 62,6 65,7 65,1 66,2 64,9 4,16 62.400.000
Cataluña. 282,6 288,8 291,3 275,6 284,57 18,25 273.750.000
Comunidad Valenciana. 154,2 159 154,7 157,4 156,32 10,03 150.450.000
Extremadura. 34,7 33,8 33,9 33,5 33,97 2,18 32.700.000
Galicia. 144,1 143,3 145,6 145,5 144,62 9,28 139.200.000
Madrid. 213 218,8 231,2 206,6 217,4 13,94 209.100.000
Murcia. 40,5 41,5 40,2 39,7 40,47 2,6 39.000.000
Navarra. 22,9 23,1 23,5 22 22,87 1,47 22.050.000
País Vasco. 76,4 76,5 80,1 76,7 77,42 4,96 74.400.000
La Rioja. 10,6 11 11,1 10,2 10,72 0,69 10.350.000
Ceuta y Melilla. 4,2 4 3,8 4,3 4,07 0,26 3.900.000
 Total. 1.554,40 1.567,70 1.576,20 1.538,5 1.559,14 100 1.500.000.000
ANEXO II.I
Estado justificativo de la gestión de las subvenciones correspondientes al ejercicio 1999
Programa Concepto Denominación Asignación (1) Obligaciones reconocidas (2) Pagos realizados (3) Remanentes (1-2) Obligaciones pendientes de pago (2-3)
             
Fecha:      
  Visto bueno: El Interventor   El Director
Sello:   Sello:  
Firmado:   Firmado:  
ANEXO II.II
Estado justificativo de la gestión de las subvenciones en materia de formación profesional ocupacional del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional

EJERCICIO 1999

Don/Doña .............................................. Director/a general de .................................................... de la ...........................................

CERTIFICA: Que la gestión de las subvenciones reseñadas, resultantes del traspaso de competencias en dicha materia presenta la siguiente ejecución:

Cuantificación de las subvenciones concedidas por Acuerdo de Consejo de Ministros de 16 de abril de 1999 Obligaciones reconocidas y explicación del gasto Remanentes
(1) Importes (2) Importes

Contratación expertos docentes FPO

Seguros de accidentes alumnos

Becas y ayudas alumnos

Subvención Ent, colaboradoras

 

Contratación expertos docentes FPO

Seguros de accidentes alumnos

Becas y ayudas alumnos

Subvención Ent, colaboradoras

   
 Total 0   0  

Y para que surta efectos ante el Instituto Nacional de Empleo, se expide el presente certificado en .................................. a (fecha) ......................

Conforme, el Interventor responsable de la .....................................................

(Firma y sello)

ANEXO III

Don/Doña ......................................... Director/a General de .................................... de la Comunidad Autónoma de .................................................................., certifica que el presente documento concuerda fielmente con la ejecución presupuestaria del ejercicio económico de .......................................... 1999.

INEM/F.S.E.

Conceptos

Seguimiento presupuestario justificación F.S.E.

Capítulos presupuestarios

I II IV VI Total

Personal impartición Direct, cursos Personal técnico FPO Personal de apoyo.

Personal impartición Direct, cursos.

Personal técnico FPO.

Personal de apoyo.

Total capítulo I.

Gastos funcionamiento cursos MM.PP.

Otros costes imputables programas FPO.

Total capítulo II.

Becas alumnos menores de veinticinco años.

Becas alumnos mayores o iguales de veintinco años.

Ayudas al transporte alumnos menores de veinticinco años.

Ayudas alojamiento alumnos menores de veintinco años.

Ayudas al transporte alumnos mayores o iguales de veinticinco años.

Ayudas alojamiento alumnos mayores o iguales de veintinco años.

Becas Formador de Formadores.

Ayudas Formador de Formadores.

Seguro de accidentes de alumnos.

Subvención entidades colaboradoras:

Subvención C.C. (modelo A).

Subvención C.C. (modelo B).

Subvención C.C. (10 por 100 Gast. Dif. Jus.) Subvención Emp. Prac, profesionales.

 Total capítulo IV.

Inversión Equi. Doc, normales.

Inver Equi. Doc, nuevas tecnologías.

 Total capítulo VI.

 Total gasto.

         
         
         
         
         
         

En ................................................ a ........ de ....................... de 1999.

Conforme, el Interventor responsable de la ......................................... Firmado,

(Firma y sello)

ANEXO IV
Estado justificativo de la gestión de las subvenciones en materia de Formación Profesional Ocupacional del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional que no han sido liquidadas en su totalidad con cargo al ejercicio económico de 1999

Ejercicio 1999

Don/Doña, ................................... Directora general de ............................ de la ..........................................

CERTIFICA: Que la gestión de las subvenciones reseñadas, resultantes del traspaso de competencias en dicha materia no se encuentran totalmente ejecutadas con cargo al ejercicio presupuestario de 1999.

Entidad Número censo C.C. Número curso (2) Importe abonado con cargo a 1998 (1)
       
     
     
     
 Total      

(1) Se incluirá la cuantía del anticipo reconocida en obligación y/o pago a 31 de diciembre de 1999. Caso de no haber abonado ningún anticipo se reseñará cero.

(2) Se incluirán todos los cursos de centros colaboradores cuya finalización se produzca después de 31 de diciembre de 1999.

Y para que surta efectos ante el Instituto Nacional de Empleo, para justificación al Fondo Social Europeo, se expide el presente certificado en ................................................................. a (fecha) .............................

Conforme, el Interventor responsable de la ......................................... Firmado,

(Firma y sello)

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