Visto el expediente iniciado a instancia de la representante legal de
la titularidad del centro de Educación Secundaria "Grial", sito en la calle
Ruiz Hernández, 14, de Valladolid, solicitando la modificación de la
autorización de apertura y funcionamiento,
Este Ministerio, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 14 del Real
Decreto 332/1992, de 3 de abril, ha dispuesto:
Primero.-Modificar la autorización de apertura y funcionamiento de
Centro de Educación Secundaria "Grial", sito en la calle Ruiz Hernández,
número 14, de Valladolid, quedando configurado como se describe a
continuación:
Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria.
Denominación específica: "Grial". Domicilio: Calle Ruiz Hernández, 14. Localidad:
Valladolid. Municipio: Valladolid. Provincia: Valladolid. Titular: Casa Social
Católica.
Enseñanzas autorizadas:
a) Bachillerato:
Modalidad de Ciencias de la Naturaleza y de la Salud.
Capacidad: Número de unidades, dos; número de puestos
escolares, 70.
Modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales.
Capacidad: Número de unidades, cuatro; número de puestos
escolares, 140.
Modalidad de Tecnología.
Capacidad: Número de unidades, dos; número de puestos
escolares, 70.
b) Ciclos formativos de grado medio:
Gestión Administrativa.
Capacidad: Número de grupos, uno; número de puestos escolares, 30.
Cuidados Auxiliares de Enfermería.
Capacidad: Número de grupos, uno; número de puestos escolares, 30.
c) Ciclos formativos de grado superior:
Administración y Finanzas.
Capacidad: Número de grupos, dos; número de puestos escolares, 60.
Laboratorio de Diagnóstico Clínico.
Capacidad: Número de grupos, dos; número de puestos escolares, 60.
Dietética.
Capacidad: Número de grupos, dos; número de puestos escolares, 60.
Segundo.-El centro deberá cumplir la norma básica para la edificación
NBE CPI/96, de condiciones de protección contra incendios en los edificios,
aprobada por el Real Decreto 2177/1996, de 4 de octubre.
Tercero.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa,
podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia
Nacional en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la
notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido en los artículos
25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el
plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo
con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la
Ley 4/1999, de 13 de enero.
Madrid, 4 de junio de 1999.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de
junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional,
Roberto Mur Montero.
Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid