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Documento BOE-A-1999-17005

Orden de 11 de junio de 1999 por la que se modifica la autorización de apertura y funcionamiento del centro de Educación Secundaria «Nuestra Señora de la Providencia», sito en Pinto (Madrid).

Publicado en:
«BOE» núm. 187, de 6 de agosto de 1999, páginas 29294 a 29295 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1999-17005

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente iniciado a instancia de la representante legal de

la titularidad del centro de Educación Secundaria "Nuestra Señora de la

Providencia", sito en la calle San José, 1, de Pinto (Madrid), solicitando

la modificación de la autorización de apertura y funcionamiento,

Este Ministerio, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 14 del Real

Decreto 332/1992, de 3 de abril, ha dispuesto:

Primero.-Modificar la autorización de apertura y funcionamiento del

centro de Educación Secundaria "Nuestra Señora de la Providencia", sito

en la calle San José, 1, de Pinto (Madrid), quedando configurado como

se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria.

Denominación específica: "Nuestra Señora de la Providencia".

Domicilio: Calle San José, 1.

Localidad: Pinto.

Municipio: Pinto.

Provincia: Madrid.

Titular: Religiosas Teatinas de la Inmaculada.

Enseñanzas autorizadas:

a) Educación Secundaria Obligatoria:

Capacidad:

Número de unidades: Ocho.

Número de puestos escolares: 240.

b) Bachillerato:

Modalidad de Ciencias de la Naturaleza y de la Salud.

Capacidad:

Número de unidades: Dos.

Número de puestos escolares: 68.

Modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales:

Capacidad:

Número de unidades: Dos.

Número de puestos escolares: 65.

c) Ciclos formativos de grado medio:

Turno vespertino:

Gestión Administrativa:

Capacidad:

Número de grupos: Uno.

Número de puestos escolares: 20.

Segundo.-El centro deberá cumplir la norma básica para la edificación

NBE CPI/96, de condiciones de protección contra incendios en los edificios,

aprobada por el Real Decreto 2177/1996, de 4 de octubre.

Tercero.-En relación con el ciclo formativo de grado medio de Gestión

Administrativa, el centro deberá cumplir los requisitos de equipamiento

que, previo informe de la Dirección General de Formación Profesional

y Promoción Educativa, se comunicarán al centro. Dicha circunstancia

será comprobada por el Servicio de Inspección Técnica de Educación.

Cuarto.-Antes del inicio de las actividades educativas del ciclo

formativo de grado medio de Gestión Administrativa, la Dirección Provincial

del Departamento en Madrid, previo informe del Servicio de Inspección

Técnica de Educación, deberá aprobar la relación del profesorado con

el que contará el centro, que deberá cumplir los requisitos establecidos

en la Orden de 23 de febrero de 1998 ("Boletín Oficial del Estado" del 27),

por la que se regulan las titulaciones mínimas y condiciones que deben

poseer los Profesores para impartir Formación Profesional específica en

los centros privados y en determinados centros de titularidad pública.

Quinto.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa,

podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia

Nacional en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al

de la notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido en los

artículos 25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa.

Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el

plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo

con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y

del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la

Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 11 de junio de 1999.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y de 17

de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación

Profesional, Roberto Mur Montero.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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