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Documento BOE-A-1999-17013

Orden de 18 de junio de 1999 por la que se modifica la autorización de apertura y funcionamiento del centro de Formación Profesional Específica «Escuela de Secretariado Berkley», de Oviedo (Asturias).

Publicado en:
«BOE» núm. 187, de 6 de agosto de 1999, páginas 29299 a 29300 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1999-17013

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente iniciado a instancia del representante legal de la

titularidad del centro de Formación Profesional Específica "Escuela de

Secretariado Berkley", sito en la calle Ingeniero Marquina, 3, de Oviedo

(Asturias), solicitando la modificación de la autorización del mismo,

Este Ministerio, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 14 del Real

Decreto 332/1992, de 3 de abril, ha dispuesto:

Primero.-Modificar la autorización de apertura y funcionamiento del

centro de Formación Profesional Específica "Escuela de Secretariado

Berkley", sito en la calle Ingeniero Marquina, 3, de Oviedo (Asturias), quedando

configurado como se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro de Formación Profesional Específica.

Denominación específica: Escuela de Secretariado Berkley.

Domicilio: Calle Ingeniero Marquina, 3.

Localidad: Oviedo.

Municipio: Oviedo.

Provincia: Asturias.

Titular: "British Berkley College, Sociedad Limitada".

Enseñanzas autorizadas:

Ciclos formativos de grado superior:

A) Turno diurno:

Agencia de viajes:

Capacidad: Número de grupos, uno; número de puestos escolares, 30.

Secretariado:

Capacidad: Número de grupos, uno; número de puestos escolares, 30.

B) Turno vespertino:

Información y Comercialización Turísticas:

Capacidad: Número de grupos, uno; número de puestos escolares, 30.

Secretariado:

Capacidad: Número de grupos, uno; número de puestos escolares, 30.

Segundo.-El centro deberá cumplir la norma básica para la edificación

NBE CPI/96, de condiciones de protección contra incendios en los edificios,

aprobada por el Real Decreto 2177/1996, de 4 de octubre.

Tercero.-En relación con el ciclo formativo de grado superior de

Agencias de Viajes que se autoriza en la presente Orden, el centro deberá cumplir

los requisitos de equipamiento que, previo informe de la Dirección General

de Formación Profesional y Promoción Educativa, se comunicarán al

mismo. Dicha circunstancia será comprobada por el Servicio de Inspección

Técnica de Educación.

Cuarto.-Antes del inicio de las actividades educativas del ciclo

formativo de grado superior de Agencias de Viajes, la Dirección Provincial

del Departamento en Asturias, previo informe del Servicio de Inspección

Técnica de Educación, deberá aprobar la relación del profesorado con

el que contará el centro, que cumplirá los requisitos establecidos en la

Orden de 23 de febrero de 1998 ("Boletín Oficial del Estado" del 27), por

la que se regulan las titulaciones mínimas y condiciones que deben poseer

los Profesores para impartir Formación Profesional Específica en los

centros privados y en determinados centros de titularidad pública.

Quinto.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa,

podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia

Nacional en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la

notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido en los

artículos 25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa.

Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el

plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo

con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y

del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la

Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 18 de junio de 1999.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y de 17

de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación

Profesional, Roberto Mur Montero.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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