Por Resolución de la Secretaría de Estado de Universidades,
Investigación y Desarrollo de 18 de enero de 1999 ("Boletín Oficial del Estado"
de 3 de febrero) por la que se convoca la presentación de solicitudes de
subvención para diversas acciones con cargo al Programa Sectorial de
Promoción General del Conocimiento.
Conforme a lo establecido en el punto 6.1 de dicha Resolución la
Comisión de Selección, a la vista de los informes elaborados por la ANEP,
ha elevado propuesta de financiación de las solicitudes que han cumplido
los requisitos exigidos en la convocatoria. En consecuencia, en uso de
las atribuciones conferidas por la Resolución de 18 de enero de 1999,
he acordado:
Primero.-La concesión de 192 subvenciones por importe total
de 117.943.000 pesetas a los organismos relacionados en el anexo I del
presente Acuerdo destinadas a financiar la organización de los congresos,
cursos, seminarios y reuniones de carácter científico que en el mismo
se reseñan.
La cuantía de las subvenciones se abonará con cargo al crédito 18.07.780
del Programa 542A de los Presupuestos Generales del Estado para 1999
y sus importes se librarán a los organismos contenidos en dicho anexo.
La justificación y seguimiento de las acciones subvencionadas se
ajustará a lo dispuesto en los puntos7y8delaresolución de convocatoria.
Segundo.-La denegación de las solicitudes de subvención que se
relacionan en el anexo II por no haber alcanzado en el proceso de evaluación
el orden de prioridad impuesto por las disponibilidades económicas del
programa.
La presente Resolución podrá ser recurrida potestativamente en
reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado,
de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, en redacción dada por la
Ley 4/1999, de 13 de enero.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa,
cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo
establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por
la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses, de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Madrid, 30 de julio de 1999.-El Director general, Tomás García-Cuenca
Ariati.
Ilma. Sra. Subdirectora general de Formación, Perfeccionamiento y
Movilidad de Investigadores.
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