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Documento BOE-A-1999-17966

Resolución de 4 de agosto de 1999, de la Universidad de A Coruña, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala Administrativa de esta Universidad, por el sistema de promoción interna.

Publicado en:
«BOE» núm. 200, de 21 de agosto de 1999, páginas 31327 a 31331 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1999-17966

TEXTO ORIGINAL

Existiendo plazas de adscripción indistinta a los grupos D

y C de las Escalas de funcionarios de la Universidad de A Coruña,

ocupadas por funcionarios de la Escala D, con el fin de facilitar

la promoción del personal aun manteniendo sus propios puestos

de trabajo, de acuerdo con el artículo 22 de la Ley 30/1984,

de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública,

y el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, que aprueba el

Reglamento general de Ingreso, Provisión y Promoción del

Personal al Servicio de la Administración, de conformidad con lo

dispuesto en los Estatutos de esta Universidad, aprobados por

el Decreto 253/1992, de 10 de septiembre, y con el fin de atender

las necesidades de personal de Administración y Servicios,

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 18 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto,

de Reforma Universitaria, en relación con el artículo 3. o 2.e) de

la misma norma, así como en los Estatutos de esta Universidad,

aprobados por Decreto 253/1992, de 10 de septiembre,

modificado por Decreto 245/1998, de 30 de julio, resuelve:

Primero.-Convocar pruebas selectivas para cubrir 21 plazas

de la Escala Administrativa de la Universidad de A Coruña, por

el sistema de promoción interna y por el procedimiento de

concurso-oposición, con sujeción a las bases que a continuación se

indican.

La presente convocatoria no generará plazas vacantes en el

Cuerpo o Escala Auxiliar de la que proceden los aspirantes.

Bases de la convocatoria

1. Solicitudes

1.1 Los que deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

deberán solicitarlo en la instancia según modelo que figura como

anexo IV de esta convocatoria. A la instancia se acompañará

fotocopia del documento nacional de identidad, acreditándose,

además, el pago de los derechos de examen en la forma prevista

en el punto 1.2.

Las solicitudes se dirigirán al excelentísimo señor Rector de

la Universidad de A Coruña, en el plazo de veinte días naturales

contados a partir del siguiente al de la publicación de esta

convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".

La presentación de las solicitudes se hará en el Registro General

de la Universidad de A Coruña (edificio del Rectorado, rúa da

Maestranza, sin número, código postal 15001), en Ferrol (Doctor

Vázquez Cabrera, sin número, código postal 15403), o en las

restantes formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín

Oficial del Estado" del 27).

1.2 Los derechos de examen serán de 7.515 pesetas, que

se ingresarán, directamente o mediante transferencia, en

cualquiera de las oficinas de la Caja Postal, en la cuenta corriente

número 1302-1700-42-0017957982, "Pruebas selectivas para acceso

a la Escala Administrativa", a nombre de la Universidad de A

Coruña. La solicitud deberá ir acompañada del resguardo acreditativo

del ingreso; su falta determinará la exclusión del aspirante. En

ningún caso el pago supondrá la sustitución del trámite de

presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano

expresado en el punto 1.1

1.3 Los aspirantes que aleguen méritos en la fase de concurso

deberán acreditarlos mediante certificación expedida por la

Gerencia de la Universidad. Esta certificación, referida a la fecha de

publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de la presente

convocatoria, deberá incorporarse a la solicitud.

1.4 Los aspirantes que padezcan alguna discapacidad podrán

indicarlo en el recuadro número 14 de la solicitud y solicitar,

en su caso, las posibles adaptaciones de tiempos y medios para

la realización de los ejercicios en los que esta adaptación sea

necesaria, expresándolo en el recuadro número 15.

1.5 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hagan

constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su

modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo

establecido en la base 1.1 para la presentación de solicitudes.

Transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta

naturaleza, excepto causa excepcional sobrevenida y justificada, y

discrecionalmente apreciada por el Tribunal.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a la realización de estas pruebas

selectivas los aspirantes deberán reunir y mantener los siguientes

requisitos:

a) Ser funcionario de carrera de cualquier Cuerpo o Escala

del grupo D, con destino definitivo en la Universidad de A Coruña,

y poseer una antigüedad de, al menos, dos años en dicho Cuerpo

o Escala.

Asimismo, podrán participar en esta convocatoria, con los

mismos requisitos de titulación y antigüedad exigidos a los

funcionarios de la Escala Auxiliar, el personal laboral fijo a extinguir

de esta Universidad perteneciente a la categoría laboral de Auxiliar

administrativo. Para el cómputo de la antigüedad y demás efectos,

la antigüedad en la categoría profesional de Auxiliar

administrativo, como personal laboral fijo, se asimilará a la pertenencia a

un Cuerpo o Escala del grupo D.

b) Estar en posesión del título de Bachillerato Superior o

Formación Profesional de segundo grado o equivalente, o estar en

condiciones de obtenerlo en la fecha en la que finalice el plazo

de presentación de las solicitudes. Asimismo, a efectos de la

presente convocatoria, se considerarán equivalentes a la posesión

de la titulación:

Tener aprobadas las pruebas de acceso a la Universidad para

mayores de veinticinco años o estar en condición de obtener el

certificado correspondiente en la fecha en la que finalice el plazo

de presentación de solicitudes.

Tener una antigüedad de diez años en un Cuerpo o Escala

del grupo D o como personal fijo en la categoría profesional de

Auxiliar administrativo.

Tener una antigüedad de cinco años en un Cuerpo o Escala

del grupo D o como Auxiliar administrativo laboral fijo, y tener

superado el curso específico de formación convocado por

Resolución rectoral de la Universidad de A Coruña de 5 de octubre

de 1998.

c) No estar separado, mediante expediente disciplinario, del

servicio de cualquiera de las Administraciones públicas, ni estar

inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por

sentencia firme.

2.2 Todos los requisitos deberán poseerse en el momento

de finalizar el plazo del presentación de las solicitudes y gozar

de los mismos durante el proceso selectivo.

3. Lista de admitidos y excluidos

3.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, en el

plazo máximo de veinte días naturales, el Rector de la Universidad

dictará resolución declarando aprobadas las listas de aspirantes

admitidos y excluidos, que serán hechas públicas en el tablón

de anuncios del Rectorado de la Universidad y en el Vicerrectorado

del campus de Ferrol, con mención expresa del nombre, apellidos

y documento nacional de identidad y, en su caso, las causas de

exclusión.

Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días,

contados a partir de la publicación de la referida resolución, para

subsanar el efecto que motivase la exclusión. Transcurrido dicho

plazo, el Rector dictará resolución declarando aprobada la lista

definitiva de admitidos y excluidos, que será publicada en los

tablones de anuncios del Rectorado y Vicerrectorado de Ferrol, contra

la que los interesados podrán interponer recurso

contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en

el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación

de la resolución.

3.2 El hecho de figurar en la lista de admitidos no prejuzga

que se les reconozca a los interesados la posesión de los requisitos

exigidos, que tendrán que acreditarse en su momento, de acuerdo

con lo previsto en la base 8.1 de esta convocatoria.

4. Sistema selectivo

4.1 El procedimiento de selección de los aspirantes será el

de concurso-oposición, con la valoración de méritos, ejercicios

y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

4.2 El programa de las pruebas de la fase de oposición es

el que figura como anexo II.

5. Tribunal calificador

5.1 El Tribunal calificador es que el figura como anexo III

de la presente convocatoria.

5.2 El Tribunal en su constitución, composición y

funcionamiento se atendrá a lo dispuesto en el artículo 13 del Real

Decreto 364/1995 y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" del 27).

5.3 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas en el número que estime necesario.

5.4 El Tribunal tendrá la categoría 2.ª de las recogidas en

el Decreto 299/1990, de 24 de mayo ("Diario Oficial de Galicia"

de 1 de junio).

6. Calendario de las pruebas

6.1 El lugar y fecha de comienzo de los ejercicios será hecho

público en la Resolución rectoral que apruebe las listas definitivas

de aspirantes admitidos y excluidos.

6.2 La duración máxima de las pruebas selectivas será de

seis meses desde la fecha de publicación de la presente

convocatoria.

6.3 El orden de actuación de los aspirantes será el que

determine, con carácter general, la Dirección General de la Función

Pública de la Comunidad Autónoma para el año en que se realice

la prueba.

7. Lista de aprobados

7.1 El Tribunal hará pública la valoración de los méritos de

la fase de concurso una vez realizado el último ejercicio de la

fase de oposición.

7.2 Concluido el ejercicio de la fase de oposición, el Tribunal

calificador hará pública en el Rectorado de A Coruña, en el

Vicerrectorado del campus de Ferrol y en lugar o lugares de

celebración del mismo, así como en aquellos otros que estime

oportuno, la relación de los aspirantes que lo superasen, con indicación

de la puntuación obtenida en cada una de las pruebas.

7.3 La calificación final se realizará de acuerdo con lo previsto

en el anexo I de la presente convocatoria.

7.4 El Tribunal hará pública la relación de los aspirantes que

superaron las pruebas selectivas, constituida por aquellos

aspirantes que, en número no superior al de las plazas convocadas,

obtuvieran la mayor puntuación en las mismas.

8. Presentación de documentos

8.1 En el plazo de veinte días naturales a contar desde el

día siguiente al que se hiciese pública la relación definitiva de

aprobados en las pruebas selectivas, éstos deberán presentar en

el Servicio de Personal de la Universidad de A Coruña (rúa de

la Maestranza, sin número) los siguientes documentos:

a) Certificado de la Gerencia que acredite el cumplimiento

de las condiciones exigidas en el apartado a) del punto 2.1 de

esta convocatoria.

b) Fotocopia compulsada del título exigido para acceder a

las pruebas y, en su caso, certificación de la Gerencia que acredite

tener la antigüedad equivalente a que se refiere el apartado b)

del punto 2.1 de esta convocatoria.

9. Nombramiento de funcionarios y toma de posesión

9.1 Cumplimentados debidamente por los aspirantes que

superaron las pruebas selectivas los trámites de presentación de

documentos, el Tribunal elevará al Rector la relación definitiva

de los aspirantes con propuesta de que sean nombrados

funcionarios de la Escala Administrativa.

9.2 Los nombramientos especificarán el destino adjudicado.

Dada las peculiaridades de este proceso de promoción interna,

se excluye la adjudicación de destino en base al orden de

puntuación obtenida en el proceso selectivo, adscribiéndose a los

aspirantes al mismo puesto que vengan desempeñando como titulares.

La adjudicación tendrá carácter definitivo si el puesto de trabajo

se encuentra adscrito en la vigente relación de puestos a la Escala

a que aspiran, y carácter provisional en el caso de que no esté

incluido en la relación de puestos en esa Escala. En este último

supuesto el destino se consolidará como definitivo en el caso de

que en la próxima relación de puestos la plaza figure adscrita

a la Escala a la que accedió el funcionario.

9.3 Aquellos funcionarios que, en virtud de lo dispuesto en

el párrafo anterior, accedan a la Escala superior con carácter

provisional, y mientras permanezcan en esa situación, percibirán el

complemento de destino correspondiente al puesto base de la

Escala a la que accedan, salvo que el puesto que desempeñen tenga

asignado un nivel superior. El complemento específico será el

correspondiente al puesto de trabajo realmente desempeñado.

9.4 La toma de posesión de los aspirantes aprobados se

efectuará en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación

de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".

Segundo.-Las presentes pruebas selectivas se ajustarán a lo

dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para

la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto 364/1995,

de 10 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" de 10 de abril), que

aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio

de la Administración General del Estado, y los Estatutos de esta

Universidad, aprobados por Decreto de la Junta de

Galicia 253/1992, de 10 de septiembre ("Diario Oficial de Galicia"

del 17), y las bases de esta convocatoria.

Tercero.-La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos

administrativos se deriven de ellas podrán ser impugnados ante

la jurisdicción de los contencioso-administrativo en los casos y

en la forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado"

del 27).

Asimismo, los interesados podrán interponer recurso ordinario

contra los actos del Tribunal calificador de las pruebas ante el

Rector de la Universidad de A Coruña, en los términos previstos

en los artículos 114 y concordantes de la mencionada Ley.

A Coruña, 4 de agosto de 1999.-El Rector, José Luis Meilán

Gil.

ANEXO I

Procedimiento de selección

El procedimiento de selección será el de concurso-oposición,

que consta de las siguientes fases:

1. Fase de oposición, que constará de los siguientes ejercicios:

1.1 Primer ejercicio, de carácter eliminatorio. Prueba escrita

constituida por 110 preguntas tipo test, relativas a todo el temario,

con una sola respuesta verdadera. El tiempo de realización de

este ejercicio será de una hora cincuenta minutos.

Todas las preguntas tendrán la misma valoración y no

puntuarán negativamente las respuestas incorrectas.

La puntuación será de cero a 70 puntos, siendo necesario para

aprobar obtener un mínimo de 35.

1.2 Prueba de gallego, no eliminatoria y de mérito. Consistirá

en la traducción, sin diccionario, de un texto del castellano para

el gallego, y del gallego para el castellano, elegido por sorteo

entre tres propuestos por el Tribunal.

El tiempo máximo de realización de este ejercicio será de una

hora y se valorará de cero a cinco puntos.

2. Fase de concurso: Para los aspirantes que superen la fase

de oposición, la valoración de méritos se hará de la siguiente

forma:

2.1 Antigüedad: Máximo 12,50 puntos. Se valorará la

antigüedad reconocida, referida a la fecha de finalización del plazo

de presentación de las solicitudes, de la siguiente forma:

Por cada año completo de servicios: 0,625 puntos.

Por cada mes completo de servicios que reste: 0,052 puntos.

2.2 Nivel de complemento de destino: Máximo 12,50 puntos.

Por el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto

de trabajo que se desempeñe en la fecha de publicación de la

convocatoria, de acuerdo con la siguiente puntuación:

Nivel 22: 12,50 puntos.

Nivel 20: 10,50 puntos.

Nivel 18: 8,50 puntos.

Nivel 16: 6,50 puntos.

Nivel 14: 4,50 puntos.

En el caso del personal laboral se computará el nivel del puesto

de trabajo que efectivamente esté desempeñando.

2.3 Cursos de formación: Máximo cinco puntos. Los cursos

de formación puntuarán de la siguiente forma:

a) Cursos de formación recibidos:

Cursos de aptitud: 0,02 puntos/hora.

Cursos de asistencia: 0,01 puntos/hora.

Curso de iniciación de la lengua gallega: 0,01 puntos/hora.

Curso de perfeccionamiento de la lengua gallega: 0,02

puntos/hora.

En el caso de tener los cursos de iniciación y perfeccionamiento

de gallego, sólo puntuará el de perfeccionamiento.

b) Cursos de formación impartidos: 0,03 puntos/hora.

En los cursos en que no figure el número de horas, la puntuación

se hará por el mínimo de 10 horas.

3. Puntuación del proceso selectivo: La puntuación de la fase

de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones

obtenidas en los distintos ejercicios. La puntuación del proceso

selectivo vendrá determinada por la suma de la fase de oposición,

más los méritos de la fase de concurso, siempre que los aspirantes

tuviesen superada la fase de oposición.

En caso de empate se dará preferencia atendiendo a la

puntuación obtenida en el primer ejercicio, y, de persistir éste, a favor

del candidato que tuviese mayor antigüedad en el Cuerpo o Escala

a la que pertenezca en la fecha de finalización del plazo de

presentación de solicitudes.

ANEXO II

Programa

1. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Pública y del Procedimiento Administrativo Común: Concepto y ámbito

de aplicación. Los órganos de las Administraciones públicas:

Principios generales y competencias. Los órganos colegiados. De las

actividades de las Administraciones públicas: Derechos de los

ciudadanos. El registro. La compulsa, el cotejo y la copia autorizada.

2. Los actos administrativos: Concepto, clases y elementos.

Eficacia y validez. Su motivación, notificación y publicación. La

revisión de los actos: Anulación y revocación.

3. El procedimiento administrativo. Fases. Iniciación.

Ordenación: Tramitación, comunicación y notificación. Instrucción:

Informes, propuestas de resolución y audiencia del interesado.

Terminación: Formas. El silencio administrativo. Especial

referencia a la certificación de los actos presuntos.

4. La revisión de los actos en vía administrativa. La revisión

de oficio. Los recursos administrativos: Principios generales. El

recurso ordinario. El recurso de revisión. La jurisdicción

contencioso-administrativa. Actos impugnables. Reclamaciones previas

a las vías judiciales civil y laboral. La responsabilidad de las

Administraciones públicas y del personal a su servicio.

5. El personal de Administración y Servicios de la Universidad

de A Coruña. Selección. Personal funcionario: Ingreso y provisión

de puestos y promoción profesional. El personal laboral: Régimen

jurídico.

6. El profesorado universitario: Clases y régimen jurídico.

Concursos para la provisión de plazas docentes.

7. Las incompatibilidades del personal al servicio de las

Administraciones públicas. Situaciones administrativas.

8. Régimen retributivo del personal funcionario, docente y

laboral. Conceptos retributivos. Reconocimiento de servicios

previos. Cotizaciones correspondientes a la Seguridad Social:

Régimen general. Derechos pasivos. MUFACE.

9. Las condiciones de trabajo del personal de la

Administración pública: Jornada y horario de trabajo; vacaciones,

permisos y licencias. Las Juntas de Personal y el Comité de Empresa.

10. El presupuesto. Características y estructura. Créditos

presupuestarios. Las principales modificaciones presupuestarias.

Incorporaciones de crédito. Créditos extraordinarios. Suplementos

de crédito. Anticipos de tesorería. Ampliaciones de crédito.

Transferencias de crédito. Generaciones de crédito.

11. Ordenación del gasto y ordenación del pago. Órganos

competentes. Fases del procedimiento y documentos contables.

Compromisos de gasto para ejercicios posteriores.

12. El procedimiento de ejecución de los gastos. Pagos:

Concepto y clasificación. Pago por obligaciones presupuestarias.

Pagos en firme y para justificar.

13. Régimen económico y financiero en los Estatutos de la

Universidad de A Coruña. El patrimonio. Financiamiento y control

del gasto. Especial referencia a los reglamentos de gestión

presupuestaria y de contratación administrativa.

14. Los contratos administrativos: Concepto y clases. El

procedimiento de contratación. El cumplimiento o incumplimiento

contractual. La revisión de precios y otras alteraciones

contractuales. Sistemas de adjudicación de los contratos.

15. Procedimiento para el ingreso en los centros de la

Universidad de A Coruña. Matrícula. Simultaneidad de estudios.

Régimen de permanencia. Traslados de expedientes. Convalidación

de estudios españoles y extranjeros: Procedimiento.

16. Estructura de los estudios universitarios: De primer ciclo.

De primer y segundo ciclos. De segundo ciclo. Estudios de

doctorado y postgrado.

17. Planes de estudios: Directrices generales comunes a los

planes de estudios de las titulaciones de carácter oficial y validez

en todo el territorio nacional. Obtención, expedición y

homologación de los títulos universitarios. Las titulaciones propias de

la Universidad de A Coruña.

18. Becas y ayudas al estudio: Clases. Requisitos de carácter

económico y académico. Procedimiento. Otras ayudas.

ANEXO III

Tribunal calificador

Titulares:

Presidente: Don José Luis Meilán Gil, Rector de la Universidad.

Vocales: Don Víctor Manuel Cabrera Sánchez, Gerente de la

Universidad; don Alfonso Barca Lozano, Secretario general de la

Universidad; don Juan Pombo Prieto, Jefe de la Sección de

Tesorería, y un representante sindical.

Secretario: Don Justiniano Rodríguez Soto, Jefe del Servicio

de Personal.

Suplentes:

Presidente: Don Alejandro Pazos Sierra, Vicerrector de

Organización Docente y Profesorado.

Vocales: Don Juan Ramón Rego Álvarez de Mon, Vicegerente

de la Universidad; don Alfonso Vidal Carnota, Jefe de Sección

de Estudiantes; don Manuel Quintela Fuciños, Administrador de

la Escuela Universitaria de Fisioterapia, y un representante

sindical.

Secretario: Don Daniel Miguélez Costa, Jefe de Sección de

Selección de Personal.

ANEXO: (Ver imagen página 31331).

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