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Documento BOE-A-1999-21264

Resolución de 5 de octubre de 1999, del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por la que se convoca una beca postdoctoral Consejo Superior de Investigaciones Científicas/Comunidad de Madrid/Museo Nacional de Ciencias Naturales.

Publicado en:
«BOE» núm. 261, de 1 de noviembre de 1999, páginas 38378 a 38379 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1999-21264

TEXTO ORIGINAL

La Presidencia del Consejo Superior de Investigaciones Científicas,

secundando la iniciativa de la Comunidad Autónoma de Madrid, ha

resuel

to, el 5 de octubre de 1999, convocar una beca postdoctoral, para un

joven investigador que se incorporará a la labor investigadora que se realiza

en el Museo Nacional de Ciencias Naturales, con arreglo a las bases que

se detallan en el anexo de esta Resolución.

Madrid, 5 de octubre de 1999.-El Presidente, César Nombela Cano.

ANEXO

Bases de la convocatoria

I. Plazo de solicitud

Esta beca habrá de solicitarse a partir del día siguiente al de la

publicación de la convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado" y durante un

plazo de treinta días naturales, en el Departamento de Postgrado y

Especialización del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Serrano,

113, 28006 Madrid, por correo certificado, o bien por alguno de los

procedimientos previstos en la legislación vigente.

II. Requisitos de los solicitantes

Los aspirantes a esta beca habrán de reunir los siguientes requisitos:

a) Poseer la nacionalidad española, ser nacional de un país miembro

de la Unión Europea, o extranjero residente en España en el momento

de solicitar la beca.

b) Estar en posesión del grado de Doctor en el momento de presentar

la solicitud y de todos modos antes de la toma de posesión. Se valorará

positivamente el tiempo de estancia en el extranjero.

c) Los aspirantes que hayan efectuado sus estudios en el extranjero

o en centros españoles no estatales deberán acreditar que les han sido

convalidados o reconocidos.

d) Acreditar la Dirección de Tesis por parte de un investigador del

Museo Nacional de Ciencias Naturales, así como la autorización del Director

del mismo. Ningún Director podrá dirigir a más de un becario de nueva

concesión.

e) El proyecto de investigación deberá encuadrarse dentro de una

de las siguientes líneas prioritarias:

Análisis de la diversidad biológica en el ámbito de la CAM.

Gestión y conservación de fauna y colecciones de historia natural en

la CAM.

El estudio de la ecología y dinámica de poblaciones de especies que

habitan en la CAM.

Estudios paleontológicos, geológicos y geomorfológicos en la CAM.

f) No podrán solicitar estas becas quienes hayan disfrutado de otras

de similares características durante un período de tres años. Tampoco

podrá presentarse más de una solicitud por cada candidato.

III. Dotaciones

1. La dotación de la beca será de 161.250 pesetas brutas mensuales,

siéndole de aplicación el artículo 16 de la Ley 40/1998, de 9 de diciembre,

del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

2. El becario será beneficiario de una póliza colectiva de accidentes

corporales y asistencia médica. Este último es extensible, a petición del

interesado, al cónyuge e hijos del beneficiario, siempre que no tengan

derecho a cobertura de la Seguridad Social.

3. La beca se abonará por mensualidades completas y con referencia

a la situación de derecho del becario el día 15 del mes a que se refiere.

IV. Período y condiciones de disfrute

El período de disfrute de la beca es de doce meses, pudiendo prorrogarse

una vez más por otros doce meses.

El perceptor de esta ayuda se incorporará al Museo Nacional de Ciencias

Naturales en la fecha que se indique en la comunicación de concesión

de la misma.

La beca será incompatible con el disfrute de cualquier otro tipo de

beca o ayuda y con la percepción de cualquier tipo de remuneración o

subsidio de desempleo.

No obstante, será compatible con bolsas de viaje destinadas a sufragar

los gastos de desplazamiento y a suplementar la beca cuando el becario

deba trasladarse a ejecutar aspectos concretos de su proyecto de trabajo

a un centro distinto del inicial en España o en el extranjero, por tiempo

limitado y con la autorización correspondiente del organismo.

La solicitud de prórroga deberá manifestarse al Departamento de

Postgrado y Especialización al cumplirse los nueve primeros meses de disfrute

de la beca. Para ello, el becario deberá enviar junto con la solicitud de

prórroga una memoria relativa a la labor realizada y la que se propone

llevar a cabo en caso de serle concedida dicha prórroga, acompañada del

informe del director de trabajo, con el visto bueno del Director del Museo.

A la vista de esta documentación la Comisión de Selección propondrá

a la Presidencia del Consejo Superior de Investigaciones Científicas la

correspondiente prórroga o baja.

A los efectos de concursos y oposiciones dentro del organismo se

considerará tarea investigadora el tiempo de disfrute de la beca.

V. Formalización de solicitudes

Los impresos de solicitud se encuentran a disposición de los interesados

en el Departamento de Postgrado y Especialización del Consejo Superior

de Investigaciones Científicas, Serrano, 113, 28006 Madrid.

Las solicitudes deberán ir acompañadas de los siguientes documentos:

1. Certificación académica personal completa y acreditativa de la

titulación exigida, en original o fotocopia debidamente compulsada por la

autoridad académica competente.

2. Currículum vitae del solicitante, según modelo que se facilitará

en el Departamento de Postgrado y Especialización del CSIC.

3. Memoria descriptiva del proyecto de investigación que se pretende

realizar (máximo 1.000 palabras), según el siguiente esquema:

Antecedentes y estado actual del tema. Bibliografía más relevante.

Objetivos concretos de la investigación.

Metodología y plan de trabajo.

4. Informe del director del trabajo en el que conste la aceptación,

así como el interés y la viabilidad del proyecto, los recursos disponibles

para realizarlo y si el becario se integraría en un equipo de investigación

con proyectos financiados, aportando las referencias y datos de éstos.

5. Relación de las diez publicaciones más relevantes durante los

últimos cinco años del grupo investigador receptor del becario a juicio de

los integrantes de dicho grupo.

6. Aceptación de admisión del solicitante por parte del Director del

Museo en el caso de que le sea concedida la beca.

7. Fotocopia del documento nacional de identidad.

8. Declaración comprometiéndose a renunciar, si fuera seleccionado,

a la percepción de otras remuneraciones y disfrute de otras becas o ayudas

distintas a las indicadas en el apartado IV.

VI. Selección de los becarios

Para la selección de los candidatos se nombrará una Comisión formada

por la Subdirectora general de Programación, Seguimiento y

Documentación Científica, el Vicedirector de Investigación del Museo Nacional de

Ciencias Naturales, el Coordinador del Área de Recursos Naturales y un

representante del Gobierno de la Comunidad de Madrid y será presidida

por el Vicepresidente de Investigación Científica y Técnica del CSIC.

En la selección se tendrán en cuenta, además de los requisitos

administrativos, todos los méritos académicos y científicos aportados, tanto

los que se refieren al candidato como al grupo receptor, así como el interés

y la oportunidad del tema de investigación propuesto y el carácter

formativo del plan de trabajo. Los candidatos seleccionados en esta fase

podrán ser citados para una entrevista personal. La Comisión de Selección

elevará a la Presidencia del CSIC una propuesta del candidato que deba

ser becado.

Las solicitudes desestimadas podrán ser recuperadas por los

interesados, en el plazo de cuarenta y cinco días naturales, a partir de la fecha

de la resolución de concesión de las becas. Las que no hayan sido recogidas

pasado este plazo serán destruidas.

VII. Obligaciones del becario

Primera.-Cumplir con aprovechamiento las distintas etapas del plan

de trabajo presentado.

Segunda.-Presentar al término del período de disfrute de la beca el

correspondiente informe final descriptivo de la labor realizada.

Tercera.-Permanecer asiduamente en el Museo Nacional de Ciencias

Naturales.

Cuarta.-Todas las publicaciones o informes que se realicen dentro del

marco del disfrute de estas becas deberán reconocer explícitamente el

apoyo de la CAM.

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