Vista la petición interesada por la empresa «Técnicas de Electrónica y Automatismos, Sociedad Anónima», domiciliada en la calle Espronceda, números 176-180, 08018 Barcelona, en solicitud de la primera modificación no sustancial de la aprobación de modelo de una célula de carga, marca «Utilcell», modelo 250, fabricada y comercializada por «Técnicas de Electrónica y Automatismos, Sociedad Anónima».
De acuerdo con el informe favorable emitido por el Laboratori General d’Assaigs i Investigacions, con referencia 99014763,
Esta Dirección General del Departamento de Industria, Comercio y Turismo de la Generalidad de Cataluña, de acuerdo con la Ley 3/1985, de 18 de marzo; el Decreto 199/1991, de 30 de julio, por el que se determinan los órganos competentes en materia de control metrológico; el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, y la Orden de 6 de julio de 1988, por la que se aprueba la norma metrológica de células de carga, ha resuelto:
Conceder la primera modificación no sustancial de la aprobación de modelo a favor de la entidad «Técnicas de Electrónica y Automatismos, Sociedad Anónima», de una célula de carga, marca «Utilcell», modelo 250.
Esta primera modificación no sustancial de la aprobación de modelo viene afectada por el siguiente punto:
Adición de una nueva carga nominal, Ln = 37,5 kilogramos.
El signo de aprobación de modelo será el mismo que el existente en el Certificado de Aprobación de Modelo de 3 de diciembre de 1998.
Los instrumentos correspondientes a la primera modificación no sustancial de la aprobación de modelo a que se refiere esta Resolución llevarán las mismas inscripciones de identificación en su placa de características que las existentes en el Certificado de Aprobación de Modelo, de 3 de diciembre de 1998.
Los instrumentos correspondientes a la primera modificación no sustancial de la aprobación de modelo a la que se refiere esta Resolución deberán de cumplir todos los condicionamientos contenidos en el anexo del Certificado de Primera Modificación no Sustancial de Aprobación de Modelo número 98.02.18.
Esta primera modificación no sustancial de la aprobación de modelo estará afectada por los mismos plazos de validez de la Resolución de aprobación de modelo de 3 de diciembre de 1998, de acuerdo con el artículo segundo del Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre.
Contra la presente Resolución, que no finaliza la vía administrativa, pueden interponer recurso de alzada ante el honorable Consejero de Industria, Comercio y Turismo de la Generalidad de Cataluña, en el plazo de un mes, a contar desde el día después de su notificación, sin perjuicio de poder hacer uso de cualquier otro recurso que considere oportuno.
Barcelona, 16 de septiembre de 1999.−El Director general, P. D. (Resolución de 7 de octubre de 1996, «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» de 13 de noviembre), el Jefe de Servicio de Automóviles y Metrología, Joan Pau Clar i Guevara.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid