En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta
Universidad, aprobados por Decreto 173/1985, de 31 de julio, del
Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, y en la disposición
adicional vigésimo segunda de la Ley 30/1984, de 2 de agosto,
de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en la redacción
que le ha sido dada por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre,
y con el fin de atender las necesidades de personal de
Administración y Servicios, este Rectorado, en uso de las competencias
que le están atribuidas en el artículo 18 de la Ley de Reforma
Universitaria, en relación con el artículo 3.2, e) de la misma, así
como en los Estatutos de esta Universidad, resuelve convocar
pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Técnicos de Gestión
de la Universidad de Málaga, con sujeción a las siguientes
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 Número de plazas convocadas.-Se convocan pruebas
selectivas para cubrir seis plazas de funcionarios de la Escala de
Técnicos de Gestión de esta Universidad, por el sistema de
promoción interna.
1.2 Disposiciones aplicables.-A las presentes pruebas
selectivas les serán aplicables la Ley 30/1984, de 2 de agosto,
modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, y por la Ley 42/1994,
de 30 de diciembre; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,
los Estatutos de la Universidad de Málaga, y lo dispuesto en la
presente convocatoria.
2. Requisitos de los aspirantes
2.1 Requisitos generales.-Para ser admitidos a la realización
de estas pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los
requisitos generales de acceso a la función pública y, en particular:
a) Hallarse en posesión del título de Licenciado, Ingeniero,
Arquitecto o equivalente o en condiciones de obtenerlo en la fecha
en que termine el plazo de presentación de solicitudes o reunir,
igualmente, al último día de presentación de solicitudes, los
requisitos que pueda establecer la legislación vigente si ésta se viera
modificada.
b) Ostentar la condición de funcionario de carrera de la Escala
de Gestión Universitaria de la Universidad de Málaga, o de otro
Cuerpo o Escala del grupo B del área de actividad o funcional
correspondiente a la Escala a la que se pretende acceder y tener
destino definitivo en la Universidad de Málaga.
c) Poseer una antigüedad de, al menos, dos años en el Cuerpo
o Escala desde el que se accede.
2.2 Todos los requisitos deberán poseerse en el día de
finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos
hasta el momento de la toma de posesión.
3. Solicitudes
3.1 Modelo de solicitud.-Quienes deseen tomar parte en
estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia que
será facilitada gratuitamente en el Rectorado de la Universidad
de Málaga, según modelo que se acompaña como anexo IV.
Los aspirantes unirán a su solicitud certificación expedida por
el Servicio de Personal de Administración y Servicios, según anexo
III, acreditativa de la antigüedad en el Cuerpo o Escala desde
el que acceden, del grado personal consolidado y del nivel del
complemento de destino del puesto que ocupan, así como copia
de los documentos acreditativos de los restantes méritos valorables
en la fase de concurso.
3.2 Recepción de solicitudes.-La presentación de solicitudes
se hará en el Registro General de esta Universidad, plaza de El
Ejido, sin número, edificio Rectorado, o en las formas establecidas
en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días
naturales a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria
en el "Boletín Oficial del Estado" y se dirigirán al excelentísimo
señor Rector Magnífico de la Universidad de Málaga.
3.3 Derechos de examen.-Los derechos de examen serán de
5.000 pesetas y se ingresarán en el Banco Español de Crédito
cuenta corriente número 0870226-271, bajo el nombre de
"Universidad de Málaga. Pruebas Selectivas P.A.S.". En la solicitud
deberá figurar el sello del mencionado banco, acreditativo del pago
de los derechos o ir acompañada del resguardo de transferencia,
y cuya falta determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso, se dará carácter de solicitud al simple abono
de dichos derechos en la entidad bancaria correspondiente.
3.4 Adaptaciones.-Los aspirantes que padezcan alguna
discapacidad podrán indicarlo en el recuadro correspondiente de la
solicitud y, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y
medios para la realización del ejercicio en el que esta adaptación
sea necesaria.
3.5 Vinculación a los datos.-Los aspirantes quedan
vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes,
pudiendo demandar su modificación mediante escrito motivado,
dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes.
Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta
naturaleza.
3.6 Subsanación de errores.-Los errores de hecho que
pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio
o a petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Relación de admitidos y excluidos.-Expirado el plazo de
presentación de instancias, el Rector de la Universidad de Málaga
dictará resolución en el plazo máximo de un mes, que se publicará
en el "Boletín Oficial del Estado", declarando aprobada la lista
de admitidos y excluidos a las pruebas selectivas.
En dicha Resolución, se indicarán los lugares en que se
encuentran expuestas al público las listas certificadas completas de
aspirantes admitidos y excluidos y se determinará el lugar y la fecha
de celebración del primer ejercicio. Dichas listas deberán ponerse
de manifiesto en todo caso en la Universidad de Málaga (Rectorado)
y en la Subdelegación del Gobierno de la misma provincia. En
ellas constarán al menos los apellidos, nombre y número de
documento nacional de identidad, así como las causas de exclusión.
4.2 Plazo de subsanación.-Los aspirantes excluidos o que
no figuren en la relación de admitidos dispondrán de un plazo
de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la
publicación de la Resolución en el "Boletín Oficial del Estado"
para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión
o la omisión.
Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen
la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser
incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente
excluidos de la realización de las pruebas. A estos efectos, los aspirantes
deberán comprobar fehacientemente, no sólo que no figuran
recogidos en la relación de excluidos sino, además, que sus nombres
constan en la pertinente relación de admitidos.
4.3 Devolución de derechos.-Únicamente procederá la
devolución de los derechos de examen a los aspirantes que hayan
sido definitivamente excluidos de estas pruebas selectivas. A tal
efecto, el reintegro se realizará de oficio.
5. Procedimiento de selección
5.1 Sistema de selección.-El sistema de selección de los
aspirantes será el de concurso-oposición.
5.2 Fase de oposición.-La fase de oposición estará integrada
por los ejercicios que a continuación se indican, siendo
eliminatorios la totalidad de los mismos, excepto la prueba prevista
en el apartado 5.2.3.
5.2.1 Primer ejercicio.-Los aspirantes deberán desarrollar
por escrito, durante un tiempo máximo de tres horas, dos temas
de entre cinco propuestos por el Tribunal, relacionados con el
contenido de las materias de Gestión Universitaria y Derecho
Administrativo y Ciencia de la Administración, recogidas en el anexo II.
5.2.2 Segundo ejercicio (práctico).-Consistirá en la
resolución, durante un tiempo máximo de cinco horas, de dos supuestos
prácticos de entre cuatro propuestos por el Tribunal y relacionados
con las restantes materias del anexo II no incluidas en el primer
ejercicio, debiendo los aspirantes redactar además la consiguiente
propuesta de resolución.
Los aspirantes podrán utilizar los textos y apuntes que
consideren necesarios, aportados por los mismos o de los existentes
en la Biblioteca del Centro, que oportunamente determine el
Tribunal.
5.2.3 Tercer ejercicio (idiomas).-Voluntario y de méritos.
Dicha prueba será escrita y versará sobre un idioma, inglés o
francés, a elección del aspirante. Consistirá en la traducción
directa sin diccionario, durante un período máximo de una hora, de
un texto determinado por el Tribunal. Al término de la realización
del ejercicio el opositor deberá proceder a su lectura ante el
Tribunal, que podrá estar asistido de asesores en materia lingüística.
Cada opositor hará constar en la instancia por la que solicita
su participación en estas pruebas selectivas el idioma o idiomas
por los que desea ser examinado.
5.2.4 Los aspirantes que, reuniendo los requisitos
establecidos en la base 2, pertenezcan a los Cuerpos o Escalas que se
señalan en el anexo V de esta convocatoria estarán exentos de
examinarse de las materias de "Organización Política y
Administrativa del Estado. Las Comunidades Europeas" y "Estructura
Económica y Social de España" que figuran en el anexo II de la misma.
5.2.5 Calificación de los ejercicios:
Primer ejercicio: Se calificará de 0 a 50 puntos cada uno de
los temas desarrollados, superando el mismo aquellos aspirantes
que obtengan en su conjunto 60 puntos y no hayan obtenido
menos de 15 puntos en alguno de los temas.
Segundo ejercicio: Igualmente, se calificará de 0 a 50 puntos
cada uno de los supuestos prácticos desarrollados, superando el
mismo aquellos aspirantes que obtengan en su conjunto 60 puntos
y no hayan obtenido menos de 15 puntos en alguno de los
supuestos.
Tercer ejercicio: Se calificará de 0 a 5 puntos, no teniendo
este ejercicio carácter eliminatorio.
5.3 Fase de concurso.-Finalizada la fase de oposición tendrá
lugar la fase de concurso. Tan sólo participarán en esta fase
aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición. En ella
se valorarán, al último día del plazo de presentación de solicitudes,
los méritos relacionados con la carrera profesional, el puesto
desempeñado, el nivel de formación y la antigüedad, del modo
que a continuación se indica y conforme al baremo que se señala
en cada caso:
a) Grado personal consolidado: Se valorará el grado personal
consolidado por cada aspirante, otorgándose los puntos que se
indican:
Grado 18 ó inferior: 12,00 puntos.
Grado 19: 12,50.
Grado 20: 13,00.
Grado 21: 13,50.
Grado 22: 14,00.
Grado 23: 14,50.
Grado 24: 15,00.
Grado 25: 15,50.
Grado 26: 16,00.
En el supuesto de no haber consolidado aún ningún grado
personal se atenderá al mínimo correspondiente a la Escala de
pertenencia, en la Universidad de Málaga.
b) Trabajo desarrollado. Se valorará el nivel de complemento
de destino correspondiente al puesto de trabajo que se desempeñe,
obtenido por concurso, con la siguiente puntuación:
Nivel 15 ó inferior: 16,00 puntos.
Nivel 16: 16,75 puntos.
Nivel 17: 17,50 puntos.
Nivel 18: 18,25 puntos.
Nivel 19: 19,00 puntos.
Nivel 20: 19,75 puntos.
Nivel 21: 20,50 puntos.
Nivel 22: 21,25 puntos.
Nivel 23: 22,00 puntos.
Nivel 24: 22,75 puntos.
Nivel 25: 23,50 puntos.
Nivel 26 ó superior: 24,25 puntos.
c) Formación. Se valorarán los cursos de formación recibidos,
directamente relacionados con las funciones propias de
administración general, siempre que se acredite certificado de asistencia
o aprovechamiento expedido por un centro oficial u homologado,
a razón de 0,10 puntos por cada curso.
Los cursos igualmente relacionados con las funciones de
administración en general, impartidos por el Gabinete de Formación
del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de
Málaga, se valorarán a razón de 0,10 puntos por cada 10 horas
lectivas.
Los aspirantes podrán obtener en este apartado c) en su
conjunto una puntuación máxima de 7 puntos.
d) Antigüedad: Se valorará a razón de 0,75 puntos por cada
año de antigüedad reconocida o fracción superior a seis meses,
pudiendo obtener un máximo de 18 puntos por este concepto.
5.4 Valoración final.-La valoración final del proceso selectivo
vendrá dada por la suma de las puntuaciones obtenidas en ambas
fases (oposición y concurso), no pudiendo resultar aprobados, tras
la suma de ellas, un número mayor de aspirantes que el de plazas
convocadas.
Para superar las presentes pruebas selectivas y obtener alguna
de las plazas convocadas, será necesario, pues, aprobar la fase
de oposición y encontrarse, una vez sumada la puntuación de
la fase de concurso, en un número de orden no superior al número
de plazas convocadas.
En caso de igualdad en la puntuación total, una vez sumadas
las fases de concurso y oposición, se dará prioridad al aspirante
que mayor puntuación hubiera obtenido en el primer ejercicio
de la fase de oposición, y en caso de persistir la igualdad, a aquel
aspirante con mayor puntuación en la valoración del mérito de
la fase de concurso que aparezca enunciado en primer lugar, y
así sucesivamente con los siguientes méritos de persistir la
igualdad. Si una vez aplicadas estas reglas no se ha dirimido el empate,
éste se resolverá finalmente por sorteo entre los aspirantes
igualados.
6. Tribunal calificador
6.1 Composición.-El Tribunal calificador de estas pruebas
es el que figura en el anexo I de esta convocatoria.
6.2 Abstención y recusación.-Los miembros del Tribunal
deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la
Universidad de Málaga, cuando concurran en ellos circunstancias
de las previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, o si hubiesen realizado tareas de preparación de
aspirantes a pruebas selectivas de acceso al Cuerpo o Escala, en los
cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal
declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias
previstas en dicho artículo.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran algunas de dichas circunstancias.
6.3 Cambio en la composición.-Con anterioridad a la
iniciación de las pruebas selectivas la autoridad convocante publicará
en el "Boletín Oficial del Estado", resolución por la que se nombre
a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los
que hubieran perdido su condición por alguna de las causas
previstas en la base 6.2.
6.4 Constitución.-Previa convocatoria del Presidente, se
constituirá el Tribunal con asistencia obligada de Presidente,
Secretario y de la mitad, al menos, de sus miembros.
Celebrará su sesión de constitución con una antelación mínima
de diez días antes de la realización del primer ejercicio de la fase
de oposición.
En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que
le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas (Concurso-oposición).
6.5 Sesiones.-A partir de su constitución y para el resto de
las sesiones, el Tribunal requerirá, para actuar válidamente, la
misma mayoría indicada en el apartado anterior de sus miembros,
titulares o suplentes.
6.6 Actuación del Tribunal.-A lo largo del proceso selectivo
el Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación
de estas normas, acordando las medidas necesarias para resolver
cuantas cuestiones no están previstas en la presente convocatoria.
6.7 Asesores.-El Tribunal podrá disponer la incorporación
a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas
correspondientes de los ejercicios que se estime pertinentes, limitándose
dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades
técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse
al Rector de la Universidad de Málaga.
6.8 Adaptaciones para minusválidos.-El Tribunal adoptará
las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario,
de forma que los aspirantes con minusvalía gocen de similares
condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de
los demás participantes. En este sentido, se establecerán para
las personas con minusvalía que lo soliciten las adaptaciones
posibles en tiempo y medios para su realización.
6.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas
necesarias para que los ejercicios de la fase de oposición se realicen
de forma conjunta y coordinada, para lo cual podrá nombrar
colaboradores en número suficiente para garantizar el correcto y
normal desarrollo de los ejercicios. Asimismo, se adoptarán las
medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de
oposición sean corregidos sin que se conozca la identidad de los
aspirantes, utilizando para ello los impresos aprobados por la
Orden del Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985
o cualquier otro equivalente. El Tribunal excluirá a aquellos
opositores en cuyo ejercicio figuren nombres, rasgos, marcas o signos
que permitan conocer la identidad de los mismos.
6.10 Información a los participantes.-A efectos de
comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el
Rectorado de la Universidad de Málaga Plaza de El Ejido, sin
número, 29071 Málaga, 952 13 10 00. El Tribunal dispondrá que en
esa sede al menos una persona, miembro o no del mismo, atienda
cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas
selectivas.
6.11 En ningún caso el Tribunal podrá declarar que han
superado las pruebas selectivas, un número superior de aspirantes
que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta que contravenga
lo establecido en este punto será nula de pleno derecho.
7. Desarrollo de los ejercicios
7.1 Publicación de fechas.-El primer ejercicio de la fase de
oposición no se realizará antes del mes de febrero del año 2000;
publicándose en el "Boletín Oficial del Estado", en la misma
resolución a la que se refiere la base 4.1, el lugar, fecha y hora de
su celebración.
La publicación de las fechas de celebración del segundo y tercer
ejercicios se efectuará por el Tribunal en los locales donde se
haya celebrado el primero y segundo respectivamente así como
en la sede del Tribunal, y por cualquier otro medio si juzga
conveniente para facilitar su máxima divulgación, con veinticuatro
horas al menos de antelación a la señalada para la iniciación
de los mismos.
7.2 Llamamiento único.-Los aspirantes serán convocados,
para la realización de cada ejercicio, en único llamamiento, siendo
excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los
casos de fuerza mayor debidamente justificados y libremente
apreciados por el Tribunal.
7.3 Orden de actuación.-El orden de actuación de los
opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra que
corresponda, al día de publicación de la presente convocatoria,
atendiendo al sorteo realizado anualmente por la Secretaría de
Estado para la Administración Pública y de conformidad con lo
establecido en la correspondiente Resolución de la mencionada
Secretaría de Estado.
7.4 Acreditación de la identidad.-En cualquier momento los
aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal
con la finalidad de acreditar su personalidad.
7.5 Exclusión de participantes.-En cualquier momento del
proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que
alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos
por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado,
deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad,
comunicándole asímismo las inexactitudes o falsedades formuladas por
el aspirante en su solicitud de admisión a las pruebas selectivas,
a los efectos procedentes.
8. Lista de aprobados
8.1 Finalizados cada uno de los ejercicios que componen la
fase de oposición el Tribunal hará pública, en el lugar de
celebración de cada uno de ellos y en el Rectorado de la Universidad,
la relación de aspirantes aprobados por orden de puntuación
alcanzada, con indicación de su documento nacional de identidad.
8.1.1 Concluida la fase de oposición el Tribunal hará pública,
en el lugar de celebración del tercer ejercicio así como en el
Rectorado, la relación de aspirantes aprobados por orden de
puntuación total alcanzada.
8.2 Igualmente, una vez finalizada la fase de concurso, el
Tribunal hará pública en los lugares indicados en la base 8.1.1,
la relación de puntuaciones obtenidas en esta fase por los
aspirantes que superaron la fase de oposición, con indicación expresa
de la calificación obtenida en cada uno de los méritos objeto de
valoración.
8.3 Concluidas ambas fases, el Tribunal hará pública la
relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo de acceso
a las plazas convocadas. En esta lista los aspirantes aparecerán
ordenados por la puntuación total obtenida en el proceso selectivo
(fase de oposición más fase de concurso) y, asimismo, figurarán
las puntuaciones totales obtenidas en cada fase. En esta lista no
podrá figurar un número mayor de personas que el de plazas
convocadas, siendo de aplicación lo previsto en la base 6.11. La
motivación de la presente lista, en cuanto acto administrativo
emanado de la discrecionalidad técnica del Tribunal y que pone fin
al proceso selectivo, estará referida al cumplimiento de las normas
reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
8.4 Finalmente, el Presidente del Tribunal elevará al
excelentísimo señor Rector magnífico la correspondiente propuesta
de nombramiento de funcionarios de carrera, a favor de los
aspirantes que hayan superado el proceso selectivo.
9. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios
de carrera
9.1 Documentación a presentar.-En el plazo de veinte días
naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación
en el "Boletín Oficial del Estado" de la lista de aprobados en el
proceso selectivo, los aspirantes deberán presentar en el Servicio
de Personal de Administración y Servicios copia compulsada de
aquellos documentos que acrediten las condiciones y requisitos
exigidos para el acceso a la Escala de Técnicos de Gestión de
la Universidad de Málaga, a excepción de aquéllos que obren ya
en poder del citado Servicio como consecuencia de la aportación
realizada para su anterior nombramiento como funcionario de
carrera.
9.2 Anulación de actuaciones.-Quienes dentro del plazo
fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaran los
documentos o del examen de los mismos se dedujera que carecen de
algunos de los requisitos señalados, no podrán ser nombrados
funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones sin perjuicio
de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en
la solicitud inicial.
9.3 Destino.-A los aspirantes aprobados se les adjudicará
como primer destino el mismo puesto de trabajo que vinieran
ocupando con carácter definitivo como funcionarios de carrera
del Cuerpo o Escala desde el que acceden.
9.4 Nombramientos.-Por la autoridad convocante, vista la
propuesta del Tribunal calificador, se procederá al nombramiento
de funcionarios de carrera, mediante resolución que se publicará
en el "Boletín Oficial del Estado", con indicación de los destinos
adjudicados.
10. Norma final
10.1 Los aspirantes, por el hecho de participar en las
presentes pruebas selectivas, se someten a las bases de esta
convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal,
sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal se halla
facultado para resolver dudas que se presenten en todo lo no
previsto en las bases, así como para la adopción de los acuerdos
necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas.
10.2 Contra la presente convocatoria se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía,
en el plazo de dos meses desde su publicación, previa
comunicación al Rectorado de la Universidad de Málaga, conforme a lo
previsto en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, cuantos actos
administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal
podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la
forma establecidos en la citada Ley.
Málaga, 5 de noviembre de 1999.-El Rector, Antonio Díez
de los Ríos Delgado.
ANEXO I
Tribunal calificador
El Tribunal estará compuesto por los siguientes miembros:
Titulares:
Presidente: Don Antonio Díez de los Ríos Delgado,
perteneciente al Cuerpo de Catedráticos de Universidad y Rector de la
Universidad de Málaga.
Secretario: Don Miguel Porras Fernández, perteneciente a la
Escala de Técnicos de Gestión de la Universidad de Málaga.
Vocales: Don Filiberto López-Quiñones Maján, perteneciente
a la Escala de Economistas AISS del Ministerio de Trabajo y
Asuntos Sociales; don Antonio Narváez Bueno, perteneciente al Cuerpo
de Catedráticos de la Universidad de Cádiz; don Luis Colomer
Real, perteneciente al Cuerpo de Profesores Titulares de Escuela
Universitaria de la Universidad de Málaga; don Francisco José
Andrade Núñez, perteneciente a la Escala de Técnicos de Gestión
de la Universidad de Málaga y doña Trinidad Díez de los Ríos
Delgado, perteneciente a la Escala de Técnicos de Gestión de
la Universidad de Málaga.
Suplentes:
Presidenta: Doña Adelaida de la Calle Martín, perteneciente
al Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad de la Universidad
de Málaga.
Secretario: Don Benito Márquez Medina, perteneciente al
Cuerpo de Profesores Asociados de la Universidad de Málaga.
Vocales: Don Rafael Marín Cárdenas, perteneciente al Cuerpo
de Intervención de la Seguridad Social; don José Palao Sánchez,
perteneciente a la Escala de Técnicos de Gestión de la Universidad
de Cádiz; don Sebastián Morales Gallego, perteneciente al Cuerpo
de Profesores Titulares de Escuela Universitaria de la Universidad
de Málaga; don Antonio J. Guevara Plaza, perteneciente al Cuerpo
de Profesores Titulares de Universidad de la Universidad de Málaga
y don Daniel Carrasco Díaz, perteneciente al Cuerpo de Profesores
Titulares de Universidad de la Universidad de Málaga.
ANEXO II
I. Estructura económica y social de España
1. La población. Estructura y evolución. Movimientos
naturales y migraciones. Estratificación y movilidad social. El mercado
de trabajo en España. Población activa, ocupación y paro.
Distribución por sectores económicos, territorial y por edad.
2. El sector primario en la economía española. Principales
macromagnitudes. Evolución histórica. Problemas técnicos y
sociales.
3. El sector industrial en la economía española. Principales
macromagnitudes. El modelo español de crecimiento.
4. El sector servicios en la economía española. Principales
macromagnitudes y distribución por ramas productivas. El
turismo. La influencia del turismo en el crecimiento económico español.
5. La renta nacional en España, evolución y distribución
actual. Su financiación.
6. La balanza de pagos en España. Las subbalanzas. Especial
consideración de la balanza comercial.
7. El gasto público en España. Evolución, características y
distribución actual. Los ingresos públicos en España. Su estructura
y evolución.
8. El sistema fiscal español. Evolución y reforma. Estructura
actual del sistema. Análisis de los principales impuestos. Las tasas
y los precios públicos.
II. Gestión financiera
1. Los presupuestos del sector público. Significado político
y económico. El déficit público: Su financiación y efectos
económicos.
2. El presupuesto. Concepto clásico y evolución de las
funciones del presupuesto. Principios presupuestarios. Crisis de
Presupuesto clásico y nuevas técnicas presupuestarias, especial
referencia al presupuesto por programas.
3. Aspectos básicos de la gestión de los presupuestos
generales del Estado: Presupuesto de gastos. Nivel de vinculación de
créditos presupuestarios. Gastos de proyección plurianual.
Proyectos de inversión vinculantes y no vinculantes. Objetivos de los
programas de gastos e indicadores para su seguimiento.
4. La Ley General Presupuestaria: Características y
estructura. La Ley anual de Presupuestos. Presupuestos Generales del
Estado. Su estructura.
5. El presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Su estructura. Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma
Andaluza.
6. El ciclo presupuestario I. Elaboración de la Ley anual de
presupuestos. Situación actual. Problemas planteados y posibles
líneas de reforma. Tramitación parlamentaria.
7. El ciclo presupuestario II. Modificaciones de los créditos
presupuestarios. Clasificación por razón de la autoridad
competente para aprobarlas. Clasificación por su contenido.
8. El ciclo presupuestario III. Gestión y liquidación de los
presupuestos generales del Estado. Presupuesto de ingresos.
Procesos de Gestión del gasto público. Procedimiento general de
gestión. Procedimiento de gestión contable y rendición de cuentas.
Liquidación de los Presupuesto Generales del Estado.
9. El ciclo presupuestario IV. El control presupuestario.
Control previo y posterior. Análisis crítico del sistema actual y
proyección futura. Tipos de controles. La auditoria como instrumento
al servicio del control.
10. El Plan General de Contabilidad Pública. Exposición,
ámbito y contenido. Principios contables.
III. Derecho Laboral
1. El Estatuto de los Trabajadores. Principios generales,
estructura y contenido. La Ley Orgánica de Libertad Sindical.
2. Los Convenios Colectivos de trabajo. Concepto,
naturaleza. Régimen jurídico. Partes. Procedimiento. Contenido.
3. El contrato de trabajo. Concepto. Naturaleza. Sujetos.
Forma. Contenido y régimen jurídico. Extinción.
4. Los conflictos colectivos. Concepto, tipos y procedimientos
de solución. Regulación.
5. Régimen disciplinario laboral. Jurisdicción laboraL El
procedimiento laboral.
6. La Seguridad Social. Régimen general. Afiliación y
cotización. Acción protectora: Contingencias y prestaciones.
Regímenes especiales.
IV. Organización política y administrativa del Estado.
La Unión Europea
1. La organización política y administrativa del Estado
español en la Constitución de 1978. La organización territorial del
Estado.
2. La Corona. Funciones y poderes, según la Constitución
española.
3. El Tribunal Constitucional. Organización del Tribunal.
Competencias, materias y procedimientos de los recursos ante
el Tribunal.
4. Las Cortes Generales. Congreso de los Diputados y Senado:
Composición y funciones. Aspectos básicos del procedimiento de
elaboración y aprobación de leyes.
5. La función parlamentaria de control del Gobierno en
España: Distintas modalidades. La Administración Pública. Principios
constitucionales informadores. La Administración Civil y Militar.
órganos superiores de la Administración Civil.
6. Los organismos autónomos y las empresas nacionales.
Regulación y situación actual.
7. Las Comunidades Autónomas I. Los Estatutos de
Autonomía: Naturaleza y tipología. Órganos y funciones. Analogías
y diferencias fundamentales entre sus instituciones y las
competencias asumidas.
8. Las Comunidades Autónomas II. Financiación. Principios
constitucionales estatutarios. La Ley Orgánica de Financiación de
las Comunidades Autónomas. Los instrumentos de nivelación
financiera. Los sistemas de concierto y convenio.
9. La Comunidad Autónoma de Andalucía. El ordenamiento
estatutario: Antecedentes, formación y contenido. Competencias
estatutarias. La reforma del Estatuto.
10. Las Instituciones del poder andaluz. El Parlamento.
Órganos dependientes. La Junta y su Presidente. La Administración
Pública andaluza.
11. El municipio y la provincia. Líneas generales de la
organización y competencias de Ayuntamientos y Diputaciones.
Especial referencia a las competencias municipales en materia
urbanística. Los regímenes municipales especiales.
12. Las Comunidades Europeas: Sus antecedentes
inmediatos. Los Tratados originarios y modificativos. Objetivos de las
Comunidades.
13. El Consejo y la Comisión: Composición y funciones. El
procedimiento decisorio. La participación de los Estados miembros
en las diferentes fases del proceso.
14. Medios financieros y personales de las Comunidades. El
presupuesto y la función pública comunitaria.
15. Las libertades básicas del sistema comunitario: Libre
circulación de mercancías, libre circulación de trabajadores, derecho
de establecimiento y libre prestación de servicios. La libertad de
circulación de capitales.
V. Derecho Administrativo y ciencia de la Administración
1. Administración Pública y Derecho. El principio de
legalidad. El sentido de la legalidad para la Administración Pública.
2. Administración Pública y Derecho. El concepto de
potestad. Potestades regladas y discrecionales. Los conceptos jurídicos
indeterminados.
3. La potestad organizatoria. Teoría del órgano. Principios
de organización. La competencia administrativa. La jerarquía.
4. Sistemas de organización: Centralización y
descentralización. La autonomía. La tutela administrativa.
5. Desconcentración, delegación, sustitución, avocación,
suplencia, subrogación. La coordinación administrativa. El
principio de eficacia.
6. La Ley. Las Leyes Orgánicas. Leyes Ordinarias.
Decretos-Leyes y Decretos Legislativos.
7. La legislación de bases. Especial referencia al artículo
149.1.18.ª de la Constitución. Atribución y delimitación de
competencias del Estado y de las Comunidades Autónomas.
8. El Reglamento. Clases de reglamentos. Fundamentos y
límites de la potestad reglamentaria. Los Principios Generales del
derecho y de la jurisprudencia.
9. Reglamentos ilegales. Reglamentos de los órganos
constitucionales. Relaciones entre Ley y Reglamento. La reserva de
Ley de la reserva reglamentaria.
10. La relación jurídico-administrativa. Concepto. Sujetos de
la relación jurídico-administrativa. La personalidad jurídica de las
Administraciones Públicas. Su clasificación y capacidad jurídica.
11. El ciudadano como titular de derechos frente a la
Administración. Los derechos públicos subjetivos. Los intereses
legítimos. Las situaciones especiales de poder y sujeción. El régimen
especial de los derechos fundamentales y libertades públicas en
relación con la Administración. Capacidad jurídica y capacidad
de obrar en el Derecho Administrativo.
12. El acto administrativo: Concepto y clases. Elementos del
acto administrativo: Sujeto, causa, fin y forma. Los actos políticos.
13. La eficacia del acto administrativo: Principios generales.
Ejecutoriedad del acto administrativo. Procedimiento de ejecución.
Nulidad de pleno derecho, anulabilidad y revocación de los actos
administrativos.
14. El procedimiento administrativo I: Concepto y naturaleza.
El procedimiento administrativo como garantía. La Ley del
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común: Ámbito de aplicación y principios
informadores.
15. El procedimiento administrativo II: Iniciación,
ordenación, instrucción y terminación del procedimiento administrativo.
Los procedimientos especiales.
16. La potestad sancionadora de la Administración.
Procedimiento sancionador. Principios generales. Sanciones
administrativas y medidas sancionadoras.
17. Los recursos administrativos. Concepto y clases.
Requisitos generales de los recursos administrativos: Materia recurrible,
legitimación y órgano competente.
18. Estudio de los recursos de alzada, reposición y revisión.
Las reclamaciones previas al ejercicio de acciones en vía judicial.
Las reclamaciones económico-administrativas.
19. La jurisdicción contencioso-administrativa. Capacidad
procesal, legitimación, representación y defensa. Actos
impugnables.
20. El recurso contencioso-administrativo. Procedimiento
general: Requisitos previos, iniciación, tramitación. Recursos de
súplica, apelación y revisión. Ejecución de sentencias.
21. Los contratos administrativos: Naturaleza, caracteres y
clases. Elementos: Sujetos, objeto, causa y forma. Principios
básicos de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Formas de contratación.
22. Contenidos y efectos de los contratos administrativos.
Prerrogativas de la Administración y equilibrio financiero. La
extinción de los contratos administrativos. El cumplimiento y la
resolución. Los Convenios Administrativos.
23. Las propiedades administrativas en general. Clases. El
dominio público. Concepto, naturaleza jurídica y elementos.
Régimen jurídico del dominio público.
24. Expropiación forzosa. Potestad expropiatoria: Naturaleza
y justificación. Elementos de la expropiación. Idea general del
procedimiento expropiatorio. Garantía patrimonial.
Expropiaciones especiales.
25. La clasificación tradicional de las formas de acción
administrativa. Fomento, política y servicio público. La actividad
administrativa de servicio público. Formas de gestión de los servicios
públicos.
26. La Administración Pública en sus relaciones con los
poderes públicos. Conflictos jurisdiccionales. Cuestiones de
competencia. Conflictos de atribuciones. Conflictos constitucionales.
27. La responsabilidad patrimonial de la Administración.
28. Selección de los funcionarios públicos. Adquisición de
la condición de funcionario público. Formación y
perfeccionamiento. La carrera administrativa.
29. Situaciones administrativas. Función pública del Estado
y Comunidades Autónomas. Deberes e incompatibilidades de los
funcionarios públicos.
30. Los derechos de los funcionarios públicos. Los derechos
económicos. Los derechos de sindicación, representación y
huelga.
31. La responsabilidad de los funcionarios públicos y de los
agentes de la Administración. Régimen disciplinario de los
funcionarios públicos. Responsabilidad penal y patrimonial.
32. La Seguridad Social de los funcionarios públicos.
Extinción de la relación funcionarial.
33. Personal laboral al servicio de las Administraciones
Públicas. Régimen General. Contratación.
34. La negociación colectiva en relación con el personal
laboral de la Administración. Contenido. Procedimiento. El acuerdo
marco del personal laboral al servicio de la Administración del
Estado.
VI. Gestión universitaria
1. La autonomía universitaria en la Constitución española.
Concepto genérico de autonomía. Discusiones doctrinales sobre
la autonomía universitaria. La autonomía de la Universidad en
la Ley de Reforma Universitaria: Extensión y límites.
2. Doctrina del Tribunal Constitucional sobre la autonomía
universitaria. Configuración técnica sobre derecho fundamental,
consecuencias generales y en los controles del Estado y de las
Comunidades Autónomas sobre las Universidades.
3. Las competencias autónomas de la Universidad. Relación
con las competencias del Estado y de las Comunidades Autónomas.
El Consejo de Universidades, especialidades de la jerarquía
normativa en materia universitaria.
4. La naturaleza jurídica de las Universidades. Discusiones
doctrinales. La Universidad como Administración autónoma.
5. Los Estatutos de las Universidades. Naturaleza normativa.
Los Estatutos de la Universidad de Málaga. Redacción originaria.
Modificaciones introducidas.
6. Organización académica de la Universidad de Málaga.
Departamentos, Institutos, Facultades, Escuelas Técnicas
Superiores, Escuelas Universitarias, Colegios Universitarios.
7. Órganos de gobierno: El Rector, los Vicerrectores, el
Secretario general, los Decanos y Directores, el Gerente. Órganos
colegiados del gobierno, especial referencia al Consejo Social.
8. Función económico-administrativa de la Universidad. El
presupuesto universitario. Estructura y dimensión de presupuesto
de ingresos: Ingresos incondicionales y condicionados. Las tasas
académicas. Relación de los ingresos universitarios con los
presupuestos de la Comunidad Autónoma y del Estado.
9. Estructura y dimensión del presupuesto de gastos: Los
controles de la Comunidad Autónoma sobre los gastos de personal
y sobre los de inversiones. La ejecución del presupuesto. Rendición
de cuentas.
10. La gestión de la actividad investigadora de la Universidad.
El artículo 11 de la Ley de Reforma Universitaria.
11. Clases y régimen jurídico del Profesorado universitario.
12. Clases y régimen jurídico del personal de Administración
y Servicios. El Convenio Colectivo del Personal Laboral de las
Universidades Públicas de Andalucía.
13. La representación del personal de la Universidad. Mesas
generales de negociación de Estado y de la Comunidad Autónoma
en relación con el personal de las Universidades. Estructura de
competencias de las distintas Administraciones y órganos de
representación.
14. Régimen de alumnado. Acceso, permanencia y colación
de grados. El Reglamento de Gestión Académica de la Universidad
de Málaga. La expedición de títulos académicos. Competencias
estatales y universitarias. El sistema de becas al estudio.
15. La transferencia de las competencias universitarias
estatales a la Comunidad Autónoma de Andalucía. Organización actual
de la Consejería de Educación.
16. Ley de Coordinación del Sistema Universitario Andaluz.
ANEXO III
Don ........................................................,
en calidad de ...................................................
CERTIFICO: Que de los antecedentes obrantes en este Servicio,
relativos al opositor abajo indicado, se justifican los
siguientes extremos:
Datos del opositor:
Apellidos y nombre .........................................,
Categoría laboral y grupo al que pertenece .....................,
DNI: .........., NRP: .......... Fecha de nacimiento ..........,
lugar de nacimiento ...............
Número de opositor: ...............
1. Destino actual: ..........................................
2. Antigüedad reconocida en la Universidad de Málaga:
......... años, ......... meses y ......... días.
3. Antigüedad en el categorías profesionales pertenecientes
al grupo II:
......... años, ......... meses y ......... días.
......... años, ......... meses y ......... días.
......... años, ......... meses y ......... días.
Y para que conste, expido la presente certificación en ........
a ... de ......... de 199 ...
(firma y sello)
ANEXO IV (Ver imagen página 40666)
ANEXO V
Escala de Gestión Universitaria de la Universidad de Málaga.
Cuerpo General de Gestión de la Administración Central del
Estado.
Escala de Gestión Universitaria de Organismos Autónomos.
Escala de Gestión Universitaria de Universidades Públicas.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid