Está Vd. en

Documento BOE-A-1999-23784

Orden de 29 de noviembre de 1999 por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso por promoción interna en el Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social, especialidad de Auditoría y Contabilidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 298, de 14 de diciembre de 1999, páginas 43333 a 43343 (11 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1999-23784

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 521/1999,

de 26 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" del 27), por el que

se aprueba la oferta de empleo público para 1999, y con el fin

de atender las necesidades de personal en la Administración

General del Estado ("Boletín Oficial del Estado" del 15), previo informe

favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda

convocar pruebas selectivas para ingreso por promoción interna

en el Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad

Social, especialidad de Auditoría y Contabilidad, con sujeción a

las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir, por

promoción interna, quince plazas del Cuerpo de Gestión de la

Administración de la Seguridad Social, especialidad de Auditoría y

Contabilidad, desde Cuerpos o Escalas del Grupo C.

1.1.1 Del total de plazas se reservará una plaza para ser

cubierta por persona con minusvalía con grado de discapacidad

igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición

adicional decimonovena de la Ley 23/1988, de 28 de julio, y

el artículo 14 del Real Decreto 521/1999, de 26 de marzo.

1.1.2 La plaza sin cubrir del cupo de reserva de discapacitados

se incorporará a las generales de promoción interna.

1.2 La adjudicación de las plazas, tras la superación del

proceso selectivo, se efectuará de acuerdo con la puntuación total

obtenida por los aspirantes, según la petición de destino a la vista

de los puestos de trabajo vacantes que se ofrezcan.

No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un número

de aspirantes superior al de plazas convocadas, por tanto, este

número no podrá ser superior a quince.

1.3 El procedimiento de selección de los aspirantes constará

de dos fases:

A) Oposición.

B) Curso selectivo.

1.4 El proceso selectivo estará formado por las dos fases

indicadas. Los ejercicios y valoraciones se especifican en el anexo

I de esta Orden, desarrollándose con arreglo al siguiente

calendario:

1.4.1 Fase de oposición: El primer ejercicio se realizará en

las fechas y lugares que se determinen en la Resolución a la que

se hace referencia en la base 4.1.

La duración máxima de celebración de la fase de oposición

será de nueve meses a contar desde la fecha de celebración de

la fase escrita del primer ejercicio.

1.4.2 Curso selectivo: Se realizará a continuación de la fase

de oposición para aquellos aspirantes que hayan superado la

misma.

1.5 El temario que ha de regir las pruebas selectivas es el

que figura como anexo II.

1.6 En el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán

las adaptaciones posibles de tiempo y medios de realización, para

las personas con discapacidad que lo soliciten en la forma

establecida en la base 3.2.6.

1.7 A las presentes pruebas selectivas le serán aplicables la

Ley 30/1984, de 2 de agosto; la Ley 23/1988, de 28 de julio;

el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; el Real Decreto

521/1999, de 26 de marzo; la Orden de 5 de junio de 1996

dell Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y las bases de la

presente convocatoria.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas

selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no haber

alcanzado la edad de jubilación.

2.1.2 Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de

los Cuerpos o Escalas del Grupo C relacionados en el anexo VI

de estas bases.

2.1.3 Estar incluido a efectos de promoción profesional en

el ámbito de aplicación del Real Decreto 364/1995, de 10 de

marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso

del Personal al servicio de la Administración General del Estado

y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional

de los Funcionarios Civiles de la Administración General del

Estado.

2.1.4 Estar en posesión del título de Ingeniero técnico,

Diplomado universitario, Arquitecto técnico, Formación Profesional de

tercer grado o equivalente o en condiciones de obtenerlo antes

de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

2.1.5 En el caso de los aspirantes que opten por el cupo

de reserva previsto en la base 1.1.1, presentar una minusvalía

con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100.

2.1.6 No haber sido separado, mediante expediente

disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas,

ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones

públicas.

2.1.7 Tener reconocida la condición legal de discapacitado,

en el caso de aquellos aspirantes que se presenten por el cupo

de reserva previsto en la base 1.1.1.

2.2 Los aspirantes que concurran a estas plazas deberán ser

personal de las administraciones u organismos señalados en el

artículo 1.1 de la Ley 30/1984, tener una antigüedad de, al menos,

dos años de servicios efectivos prestados en Cuerpos o Escalas

del grupo C, y reunir los demás requisitos exigidos en esta

convocatoria.

Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, en

alguno de los Cuerpos o Escalas del Grupo C, incluidos en el

ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, serán

computables a efectos de antigüedad para participar por el sistema

de promoción interna.

2.3 Todos los requisitos enumerados en las bases anteriores

deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación

de solicitudes y mantenerse hasta la toma de posesión como

funcionarios de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

presentarán su solicitud (ejemplar autocopiativo en cuyo ángulo

superior derecho figura "Modelo 750"), que será facilitado

gratuitamente en las Subdelegaciones del Gobierno de cada provincia,

en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades y Provincias

Autónomas, en el Centro de Información Administrativa del

Ministerio de las Administraciones Públicas (calle María de Molina,

número 50, 28006 Madrid), en la Dirección General de la Función

Pública (calle María de Molina, número 50, 28006 Madrid), en

el Instituto Nacional de Administración Pública (calle Atocha,

número 106, 28012 Madrid), así como en las representaciones

diplomáticas o consulares de España en el extranjero.

3.2 En la cumplimentación de la solicitud deberá tenerse en

cuenta:

3.2.1 En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro

correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán:

"Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales". En el recuadro relativo a

centro gestor se hará constar "Subsecretaría". En el espacio

destinado a código que figura debajo, se cumplimentará el 19001.

En el recuadro relativo a la tasa de derechos de examen, en el

espacio destinado a código se hará constar 19.020, rellenándose

sólo los dos primeros dígitos.

3.2.2 En el apartado 15. Cuerpo o Escala, se hará constar

"Cuerpo de Gestión de la Seguridad Social. Promoción interna",

y en el recuadro correspondiente a código figurará "1610".

3.2.3 En el apartado 16. Especialidad, área o asignatura,

se hará constar "Especialidad de Auditoría y Contabilidad".

3.2.4 En el apartado 17, forma de acceso, los aspirantes que

pertenezcan a los Cuerpos o Escalas que se detallan en el apartado

A) del anexo I de esta convocatoria, consignarán necesariamente

la letra (A). Los restantes opositores consignarán la letra (B).

En el recuadro número 18 se señalará "Ministerio de Trabajo

y Asuntos Sociales". No se cumplimentará el espacio destinado

a "Código" que figura a su lado.

En el recuadro número 19 se especificará la fecha del "Boletín

Oficial del Estado" en que se haya publicado la presente

convocatoria.

3.2.5 En el recuadro número 20 de la solicitud destinado

a "Provincia de examen" los aspirantes que concurran a la

celebración de estas pruebas harán constar "Madrid".

3.2.6 Los aspirantes con discapacidad deberán indicarlo en

la solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro número 21 de

la misma. Igualmente, deberán solicitar, expresándolo en el

recuadro número 23, las adaptaciones posibles de tiempos y medios

para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea

necesaria.

Los aspirantes con discapacidad con grado igual o superior

al 33 por 100 que opten por el cupo de reserva deberán indicarlo,

en su caso, expresamente en el recuadro número 22 de la solicitud.

3.2.7 En el recuadro del epígrafe 24, denominado "Exigido

en la convocatoria", se indicará, de las siguientes opciones, el

dígito que corresponda de acuerdo con la mayor titulación

académica poseída:

Dígito "1": Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto

o equivalente.

Dígito "2": Título de Ingeniero técnico, Diplomado

universitario, Arquitecto técnico, Formación Profesional de tercer grado

o equivalente.

3.2.8 Epígrafe 25: "Datos a consignar según las bases de la

convocatoria": En el recuadro A) los aspirantes deberán indicar

el código del Cuerpo o Escala desde el que participan, según los

códigos de Cuerpos o Escalas que figuran en el anexo VI de estas

bases.

3.2.9 Las solicitudes (ejemplar número 1, "Ejemplar para la

Administración" del modelo de solicitud), se dirigirán debidamente

cumplimentadas al ilustrísimo señor Subsecretario del Ministerio

de Trabajo y Asuntos Sociales, calle Agustín de Bethencourt,

número 4, 28071 Madrid.

3.3 De conformidad con lo establecido en el apartado 6 del

artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas

Fiscales, Administrativas y del Orden Social, la tasa de derechos

de examen será de 1.500 pesetas.

Del pago de esta tasa de derechos de examen estarán exentas

las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100.

El importe de la tasa por derechos de examen se consignará

en el recuadro destinado al mismo en el modelo de solicitud. El

ingreso de dicho importe se efectuará, junto con la presentación

de la solicitud en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa

de crédito, de las que actúan como entidades colaboradoras en

la recaudación tributaria.

En la solicitud deberá constar que se ha realizado el

correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante la

validación por la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso,

a través de certificación mecánica o en su defecto sello y firma

autorizada de la misma en el espacio destinado a estos efectos.

La falta de la justificación del abono de los derechos de examen

determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la mera presentación y pago en la entidad

colaboradora supondrá sustitución del trámite de presentación,

en tiempo y forma, del impreso de solicitud con arreglo a lo

dispuesto en las bases 3.4 y 3.5.

3.4 La presentación de solicitudes (ejemplar número 1), podrá

hacerse en el Registro General del Ministerio de Trabajo y Asuntos

Sociales, calle Agustín de Bethencourt, número 4, 28071 Madrid,

o en la forma establecida en el artículo 38 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada

por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Las solicitudes suscritas en el extranjero deberán causarse, en

el plazo expresado en la base 3.5, a través de las representaciones

diplomáticas o consulares españolas correspondientes que las

remitirán seguidamente al organismo competente. El interesado

adjuntará a la solicitud el comprobante bancario de haber

satisfecho los derechos de examen, mediante el oportuno ingreso del

importe correspondiente en la cuenta corriente número

1302/9002/26/0236447145, abierta en la sucursal 9002, paseo

de la Castellana, número 67, 28046 Madrid, de la Caja Postal,

a nombre de "Tesoro Público. Ministerio de Trabajo y Asuntos

Sociales. Cuenta restringida para la recaudación de tasas en el

extranjero. Tasa 19.020". El ingreso podrá efectuarse mediante

transferencia desde cualquier entidad bancaria. A estos efectos,

los importes correspondientes a la tasa por derechos de examen

son los que se establecen en la base 3.3 de la presente

convocatoria.

3.5 El plazo de presentación de solicitudes será de veinte

días naturales, contados a partir del siguiente al de publicación

de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".

3.6 A la solicitud "Ejemplar para la Administración" se

acompañará, grapada, una fotocopia del documento nacional de

identidad.

3.7 Los errores de hecho que de la solicitud pudieran

advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a

petición del interesado.

3.8 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan

hecho constar en sus solicitudes y documentación anexa.

3.9 Los aspirantes no podrán presentar más de una solicitud.

Quienes soliciten su participación en las plazas de reserva de

discapacitados únicamente podrán presentarse por este cupo.

La contravención de alguna de estas normas determinará la

exclusión de los aspirantes que no las hubiesen observado.

3.10 Los aspirantes deberán presentar, unida a su solicitud,

certificación expedida, en el modelo que se adjunta como anexo

V de esta convocatoria, por los servicios de personal de los

Ministerios, organismos o entidades gestoras y Servicio Común de la

Seguridad Social, donde hayan prestado y presten sus servicios,

en la que, entre otros extremos, se contenga mención expresa

de los años de servicio prestados en alguno de los Cuerpos o

Escalas del Grupo C recogidos en el anexo VI de estas bases.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el

Subsecretario del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, dictará

Resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada

provisional la lista de admitidos y excluidos. En dicha Resolución,

que deberá publicarse en el "Boletín Oficial del Estado", se

indicarán los lugares en que se encuentra expuesta al público la lista

certificada completa de aspirantes admitidos y excluidos y el lugar,

fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.

Dicha lista provisional de admitidos deberá ser expuesta, en

todo caso, en el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en

la Dirección General de la Función Pública, en el Centro de

Información Administrativa del Ministerio de Administraciones

Públicas, en las Subdelegaciones del Gobierno en cada provincia y

en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades y Provincias

Autónomas.

En la lista deberán constar los apellidos, nombre y número

de documento nacional de identidad, así como, en su caso, las

causas de exclusión de los aspirantes.

4.2 Los aspirantes excluidos provisionalmente dispondrán de

un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al

de la publicación de la citada Resolución, para poder subsanar

el defecto que haya motivado su exclusión u omisión.

Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la

exclusión o aleguen la omisión, serán definitivamente excluidos

de la participación en las pruebas.

Contra la presente Resolución definitiva que resuelva los

escritos de subsanación, presentados, podrá interponerse recurso

contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a

partir del día siguiente a su publicación, ante el órgano jurisdiccional

competente, a elección del recurrente. Con carácter potestativo,

previamente, podrá interponerse recurso de reposición en el plazo

de un mes ante el mismo órgano que dictó el acto.

En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto

de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los

aspirantes comprobarán fehacientemente no sólo que no figuran

recogidos en la relación de excluidos, sino además, que sus

nombres constan en la pertinente relación de admitidos.

4.3 No se procederá a la devolución de los derechos de

examen, en los supuestos de exclusión de los aspirantes de las pruebas

selectivas por causas imputables exclusivamente a los interesados,

derivadas de la declaración realizada en el impreso de solicitud.

5. Tribunales

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura

en el anexo IV de esta convocatoria.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas

en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

o si hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a

pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de

esta convocatoria.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el

párrafo anterior.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas

la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"

la Orden por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal

que hayan de sustituir a los que hubiesen perdido tal condición.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el

Tribunal, en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación

y mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio,

con asistencia del Presidente y Secretario o, en su caso, de quienes

les sustituyan, y la de, al menos, la mitad de sus miembros titulares

o suplentes.

5.5 A partir de su constitución, el Tribunal para actuar

válidamente requerirá la presencia del Presidente y Secretario o, en

su caso, de quienes les sustituyan, y la de, al menos, la mitad

de sus miembros.

5.6 Dentro de la fase de oposición el Tribunal resolverá todas

las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas,

así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo

momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

5.7 Con independencia del personal colaborador, el Tribunal

podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores

especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que

estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su

colaboración en sus especialidades técnicas.

5.8 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas

oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición

que sean escritos y no deban ser leídos en sesión pública por

los opositores, sean corregidos sin que se conozca la identidad

de los aspirantes. El Tribunal excluirá a aquellos opositores en

cuyos ejercicios figuren nombres, marcas o signos que permitan

conocer la identidad de los mismos.

Los modelos de impresos para ejercicios escritos serán los

aprobados por el Orden del Ministerio de la Presidencia de 18 de

febrero de 1985 ("Boletín Oficial del Estado" del 22), o

cualesquiera otros equivalentes, previa aprobación por la Secretaría de

Estado para la Administración Pública.

5.9 El Tribunal adoptará las medidas precisas de forma que

los aspirantes con discapacidades gocen de similares condiciones

para la realización de los ejercicios que el resto de los

participantes. En este sentido se establecerán, para las personas con

discapacidad que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.2.6

las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización.

A tal efecto, el Tribunal podrá requerir informe y, en su caso,

colaboración de los órganos técnicos de la Administración

Sanitaria o de los órganos competentes de este Ministerio de Trabajo

y Asuntos Sociales.

Si en la realización de los ejercicios se suscitarán dudas al

Tribunal respecto de la capacidad de un aspirante para el

desempeño de las actividades habitualmente desarrolladas por los

funcionarios del Cuerpo, podrán recabar el correspondiente Dictamen

de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos

Sociales o, en su caso, de la Comunidad Autónoma

correspondiente.

En este caso, hasta que se emita el Dictamen, el aspirante

podrá participar condicionalmente en el proceso selectivo,

quedando en suspenso la resolución definitiva sobre la admisión o

exclusión del proceso hasta la recepción del Dictamen.

5.10 A efectos de comunicación y demás incidencias el

Tribunal tendrá su sede en la Subdirección General de Ordenación

y Desarrollo de los Recursos Humanos de los Organismos

Autónomos y de la Seguridad Social, calle Agustín de Bethencourt,

número 4, 28071 Madrid.

5.11 Conforme a lo establecido en el artículo 33.2 del Real

Decreto 236/1988, de 4 de marzo, el Tribunal que actúe en estas

pruebas selectivas tendrá la categoría segunda.

5.12 Corresponderá al Tribunal la confección de los ejercicios

correspondiente al proceso selectivo y la publicación de las listas

de aspirantes que hayan aprobado el mismo, así como la lista

definitiva de aprobados.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El Orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra "Q", de conformidad con

lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para

la Administración Pública de 15 de abril de 1999 ("Boletín Oficial

del Estado" del 17), por la que se publica el resultado del sorteo

celebrado el día 3 del referido mes de abril. De acuerdo con dicha

Resolución, en el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo

primer apellido comience por la letra "Q", el orden de actuación

se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la

letra "R".

6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser

requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su

identidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente

justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

6.4 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración

de las restantes pruebas se efectuará por el Tribunal en los locales

donde se haya celebrado la prueba anterior, así como en la sede

del Tribunal señalada en la base 5.10 y por cualquiera otros medios

si se juzga conveniente para facilitar su máxima divulgación, con

doce horas, al menos, de antelación al comienzo de ésta, si se

trata del mismo ejercicio o de veinticuatro horas si se trata de

uno nuevo.

No obstante desde la total conclusión de un ejercicio o prueba

hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo

de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.

6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal

tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple

uno o varios requisitos exigidos por la presente convocatoria,

previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al

Subsecretario de Trabajo y Asuntos Sociales, comunicándole,

asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante

en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos

procedentes.

Contra la Resolución de exclusión dictada por el Subsecretario,

podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo

de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación,

ante el órgano jurisdiccional competente, a elección del recurrente.

Con carácter potestativo, previamente, podrá interponerse recurso

de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que

dictó el acto.

7. Listas de aprobados

7.1 Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de

oposición, el Tribunal hará públicas, en los lugares señalados en la

base 6.4, las listas de aspirantes que han superado cada ejercicio,

con indicación del documento nacional de identidad y por orden

de la puntuación alcanzada. Los opositores que no se hallen

incluidos en tales listas tendrán la consideración de no aptos.

7.2 Finalizada la fase de oposición, el Tribunal publicará en

el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así como

en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10 y en aquellos

otros que estime oportuno, las relaciones de aspirantes aprobados,

por orden de puntuación alcanzada y con indicación de su

documento nacional de identidad.

Asimismo, el Tribunal elevará al Subsecretario de Trabajo y

Asuntos Sociales para su publicación en el "Boletín Oficial del

Estado" la relación definitiva de aspirantes aprobados en la fase

de oposición, por orden de puntuación, en la que constarán las

calificaciones de cada uno de los ejercicios y la suma total.

7.3 El Tribunal no podrá aprobar, ni declarar que han

superado las pruebas selectivas, un número superior de aspirantes

al de plazas convocadas.

8. Presentación de documentos

8.1 En el plazo de veinte días naturales, contados desde el

día siguiente a aquel en que se hicieron públicas las listas

definitivas de aprobados en el "Boletín Oficial del Estado" los

aspirantes seleccionados deberán presentar en la Subdirección General

señalada en la base 5.10 los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.5

o certificación académica que acredite haber realizado todos los

estudios para la obtención del título.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado

mediante expediente disciplinario de ninguna Administración

Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones

públicas, según el modelo que figura como anexo III de esta

convocatoria.

c) Los aspirantes con un grado de discapacidad igual o

superior al 33 por 100, que hayan optado por el cupo de reserva,

deberán acreditar tal condición, si obtuviesen plaza, mediante

certificación de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo

y Asuntos Sociales o, en su caso, de la Comunidad Autónoma

correspondiente.

8.2 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza

mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la

misma se dedujera que carecen de algunos de los requisitos

señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios y

quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad

en que hubiesen incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

9. Nombramiento de funcionarios

9.1 Por Orden de la autoridad convocante se procederá al

nombramiento de funcionarios en prácticas y en ella se

determinará la fecha en que empezará a surtir efecto dicho

nombramiento, así como la fecha de inicio del curso selectivo, que

constituye la segunda fase del proceso.

Concluido el proceso selectivo para quienes lo hubiesen

superado, la Subsecretaría del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

ofertará los puestos de trabajo cuya cobertura se considere

conveniente en atención a las necesidades de los servicios.

La petición de destinos por parte de los opositores aprobados

deberá realizarse en un plazo de veinte días naturales, teniendo

en cuenta que podrán solicitar que se les adjudique destino en

el puesto que vinieran desempeñando con carácter definitivo o

mediante adscripción provisional en la fecha de finalización del

plazo de presentación de solicitudes de adjudicación de destinos,

de conformidad con lo dispuesto en los artículos 26 y 78 del

Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

9.2 Posteriormente, a propuesta del Ministerio de Trabajo

y Asuntos Sociales, serán nombrados funcionarios de carrera

mediante Resolución del Secretario de Estado para la

Administración Pública que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado"

y en la que se indicará el destino adjudicado, debiendo tomar

posesión de sus destinos en el plazo de un mes a contar desde

la fecha de la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de

la citada Resolución de nombramiento.

9.3 En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19 de

la Ley 30/1984, de 2 de agosto, el Ministerio de las

Administraciones Públicas, a través del Instituto Nacional de la

ADmministración Pública en colaboración con los Centros de Formación

competentes en cada caso velará por la formación de los aspirantes

seleccionados en el dominio de la lengua oficial de las

Comunidades Autónomas en las que obtengan destino, una vez

nombrados funcionarios de carrera.

Se arbitrarán las medidas necesarias para posibilitar la

permanencia de los funcionarios que superen el proceso selectivo

en la localidad y Departamento u organismo donde vinieran

prestando servicios.

10. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se

deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser

impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto

en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 29 de noviembre de 1999.-P. D. [artículo 2.8.a) de

la Orden de 21 de mayo de 1996], el Subsecretario, Mariano

Díaz Guerra.

ANEXO I

Proceso de selección y valoración

1. Proceso de selección

El proceso de selección constará de las siguientes fases:

a) Oposición.

b) Curso selectivo.

A) Oposición.-Las pruebas de oposición consistirán en la

superación de los siguientes ejercicios, todos y cada uno de ellos

eliminatorios.

Primer ejercicio: Consistirá en la contestación por escrito, en

un tiempo máximo de tres horas, a un cuestionario de 25

preguntas, propuesto por el Tribunal, sobre el Temario de Derecho

Civil y Mercantil, Derecho Constitucional y Administrativo,

Derecho del Trabajo, Economía y Derecho Tributario y que figura en

el "Programa de temas del primer ejercicio" del anexo II de la

convocatoria.

Estarán exentos del Temario de Derecho Constitucional y

Administrativo y Derecho del Trabajo los Cuerpos y Escalas que se

relacionan, así como los que perteneciendo a otro cuerpo hubieran

ingresado en éste mediante convocatoria unitaria con aquél,

indicándose, en este caso, junto al código del Cuerpo, el año en que

realizaron el proceso selectivo.

Código: 0207C. Denominación: Administrativo, a extinguir.

Código: 1132C. Denominación: Administrativo, a extinguir

(Real Decreto-ley 23).

Código: 1135C. Denominación: General Administrativo de la

Administración del Estado.

Código: 1616C. Denominación: Administrativo de la

Administración de la Seguridad Social.

Código: 1633E. Denominación: Operadores de ordenador de

informática de la Administración de la Seguridad Social.

Código: 1640E. Denominación: Administrativa, a extinguir, de

la Administración de la Seguridad Social.

Código: 1641E. Denominación: Operadores de ordenador de

informática, a extinguir, de la Administración de la Seguridad

Social.

Código: 1.703. Denominación: Subgrupo administrativo del

Grupo de Administración General.

Código: 6025E. Denominación: Administrativa de Organismos

Autónomos.

Código: 6026E. Denominación: Administrativos de AISS, a

extinguir.

6741E: Única Cuerpo Administrativo (Orden de 4 de julio de

1981, a extinguir).

Los aspirantes exentos de los temas mencionados, contestarán,

en un tiempo máximo de dos horas treinta minutos, a un

cuestionario de 20 preguntas referidas exclusivamente al resto del

temario del primer ejercicio.

Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución, por escrito, en

un tiempo máximo de cuatro horas, de casos prácticos de

contabilidad y matemática financiera, según temario que figura en

el "Programa de temas del segundo ejercicio" del anexo II de la

convocatoria.

Tercer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito durante

un tiempo máximo de tres horas un conjunto de dos temas, uno

del programa de Temas de Administración Financiera a elegir entre

dos temas sacados al azar, y otro del programa de Temas de

Seguridad Social a elegir entre dos temas sacados al azar, según temario

que figura en el "Programa de temas del tercer ejercicio" del anexo

II de la convocatoria.

Los dos temas serán leídos por el opositor ante el Tribunal

en sesión pública.

B) Curso selectivo.-Los aspirantes que superen la fase de

oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la

autoridad convocante, debiendo realizar el curso selectivo

correspondiente a la segunda fase del proceso de selección.

Los funcionarios en prácticas percibirán sus retribuciones con

arreglo a lo dispuesto en el Real Decreto 456/1986, de 10 de

febrero, salvo que opten por las del Cuerpo de que proceden.

Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por

cumplimiento del servicio militar o prestación social sustitutoria, o por

causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por

la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, debiendo

realizarlo en la primera ocasión en que dicho curso tenga lugar

y una vez desaparecidas las causas que impidieron su realización

inicial, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación

obtenida.

Quienes no superen el curso selectivo perderán el derecho al

nombramiento como funcionarios de carrera, de acuerdo con lo

previsto en el artículo 24.1 del Real Decreto 364/1995, de 10

de marzo.

El órgano responsable del seguimiento y valoración del curso

selectivo será la Subdirección General de Organización,

Planificación y Gestión de Recursos. El Subsecretario de Trabajo y

Asuntos Sociales dictará Resolución para regular su desarrollo,

estableciendo en la misma la fecha de inicio y lugar de realización.

El curso selectivo comenzará en el plazo máximo de tres meses

a partir de la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de

la lista definitiva de aprobados, teniendo una duración de tres

meses.

El curso selectivo abarcará los aspectos básicos del Sistema

Financiero, Presupuesto, Control y Contabilidad de la Seguridad

Social, así como los de carácter complementario necesarios para

el desempeño de las funciones encomendadas al Cuerpo de Gestión

de la Administración de la Seguridad Social. Especialidad de

Auditoría y Contabilidad.

2. Valoración

2.1 Fase de oposición.-Los ejercicios de la fase de oposición

se calificarán de la forma siguiente:

Primer ejercicio: La calificación máxima será de 20 puntos,

siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para acceder

al ejercicio siguiente.

Segundo ejercicio: La calificación máxima será de 30 puntos,

siendo necesario obtener un mínimo de 15 puntos para acceder

al ejercicio siguiente.

Tercer ejercicio: La calificación máxima será de 30 puntos,

siendo eliminados aquellos aspirantes que no alcancen como

mínimo 15 puntos. No podrán ser aprobados los opositores que dejen

de contestar alguno de los temas del tercer ejercicio.

La calificación final de la oposición vendrá determinada por

la suma total de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los

ejercicios. En caso de empate, el orden se establecerá en primer

lugar teniendo en cuenta la mayor puntuación obtenida por los

aspirantes en el tercer ejercicio. Si persistiera el empate a puntos,

éste se dirimirá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en

el segundo ejercicio.

2.2 Valoración del curso selectivo.-En el curso selectivo se

impartirán un conjunto de materias relacionadas con las funciones

y procedimientos de la Intervención de la Seguridad Social.

Cada una de las materias establecidas se calificará de cero

a diez puntos, siendo preciso alcanzar una puntuación no inferior

a cinco puntos en cada materia para superar el curso selectivo.

Los aspirantes que no superen el curso selectivo perderán el

derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera,

mediante resolución motivada de la autoridad convocante que haya

efectuado la convocatoria, a propuesta del órgano responsable de la

evaluación del curso selectivo.

El curso selectivo se calificará de cero a cuarenta puntos por

el total de materias, siendo necesario para superarlo obtener un

mínimo de veinte puntos y no haber obtenido en ninguna materia

una puntuación inferior a cinco sobre diez. Los aspirantes que

no superen alguna de las materias realizarán, en el plazo máximo

de un mes, una prueba complementaria para cada una de ellas,

las cuales en ningún caso se calificarán en más de cinco puntos.

De no superar el curso selectivo, perderán todos sus derechos

al nombramiento como funcionarios de carrera.

Al finalizar el curso selectivo se hará pública, en los lugares

de realización, la lista con las calificaciones obtenidas por cada

uno de los participantes en cada una de las materias impartidas.

Finalizado el proceso selectivo serán ofertados a los

funcionarios en prácticas los puestos de trabajo vacantes, cuya cobertura

se considere conveniente en atención de las necesidades del

servicio.

2.3 Valoración final de las pruebas.-La calificación final de

las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones

obtenidas en cada una de las fases de que constan estas pruebas.

En caso de empate, el orden se establecerá en primer lugar

teniendo en cuenta la mayor puntuación obtenida por los

aspirantes en la fase de oposición del proceso selectivo. Si persistiera

el empate a puntos, éste se dirimirá atendiendo a la mayor

puntuación en el tercer ejercicio. Finalmente se dirimirá el nuevo

empate teniendo en cuenta las puntuaciones obtenidas en el segundo

ejercicio, primer ejercicio y curso selectivo, sucesivamente.

ANEXO II

Programa de temas del primer ejercicio

Derecho Civil y Mercantil. Derecho Constitucional y

Administrativo. Derecho del Trabajo. Economía. Derecho Tributario

DERECHO CIVIL

Tema 1: El concepto de Derecho. Las fuentes en el

ordenamiento español: Enumeración y jerarquía normativa. La Ley. La

Costumbre. Los principios generales del Derecho. Otras fuentes

del Derecho.

Tema 2: Concepto y clases de personas. Persona física:

Nacimiento y extinción de la personalidad jurídica. Capacidad jurídica

y capacidad de obrar. Personas jurídicas: Clases y régimen jurídico.

Tema 3: Los derechos reales: Concepto y clases. Diferencias

entre los derechos reales y los derechos de crédito. Modos de

adquirir los derechos reales. La propiedad: Régimen jurídico.

Tema 4: La posesión. El usufructo. Las servidumbres.

Tema 5: Los derechos reales de garantía: Concepto y

clasificación. Hipoteca. Prenda. Hipoteca mobiliaria y prenda sin

desplazamiento.

Tema 6: La obligación: Concepto y clases. Fuentes de las

obligaciones. Prueba de las obligaciones. Extinción de las

obligaciones. Influencia del tiempo en las relaciones jurídicas: La

prescripción extintiva.

Tema 7: El contrato: Concepto y clases. Elementos de los

contratos. Generación, perfección y consumación de los contratos.

Ineficacia de los contratos. Interpretación de los contratos. El

contrato de donación.

Tema 8: El contrato de compraventa: Concepto y elementos.

Obligaciones del comprador y del vendedor. El contrato de

arrendamiento de cosas, el de obra y el de servicios. Arrendamientos

urbanos.

Tema 9: Derecho de familia. El matrimonio: Clases de

matrimonio. Régimen económico-matrimonial. Las capitulaciones

matrimoniales. La filiación: Concepto y clases. La adopción y el

acogimiento de menores. La patria potestad. La emancipación.

Tutela, Curatela y guarda de menores o incapacitados.

Tema 10: La sucesión "mortis causa": Concepto y clases. La

herencia: Concepto. Aceptación. Heredero y legatario. La sucesión

testamentaria. El régimen de las legítimas. La sucesión intestada.

DERECHOMERCANTIL

Tema 11: Derecho Mercantil. Actos de comercio. La empresa

mercantil: Naturaleza jurídica. Elementos que la forman. El

empresario individual: Capacidad y prohibiciones. Prueba, adquisición

y pérdida de la cualidad de empresario. Ejercicio del comercio

por persona casada. El empresario extranjero.

Tema 12: Las sociedades mercantiles: Concepto y clasificación.

Requisitos de constitución de las sociedades mercantiles. La

sociedad irregular. Nacionalidad de las sociedades. Las sociedades

colectivas y comanditarias. La sociedad de responsabilidad

limitada: Principales notas de su régimen jurídico.

Tema 13: La sociedad anónima: Concepto y caracteres.

Fundación. Escritura social y estatutos. El capital social. Acciones

y obligaciones. Órganos de la Sociedad Anónima.

Tema 14: Las modificaciones estatutarias. La disolución de

las sociedades mercantiles. Liquidación y división del haber social.

Transformación, fusión y escisión de las sociedades mercantiles.

Tema 15: Los títulos valores. Concepto y clasificación. Los

títulos nominativos, a la orden y al portador. Circulación de los

títulos valores. El cheque. La letra de cambio: Concepto y

requisitos formales. El endoso. La aceptación. El pago de la letra. Las

excepciones cambiarias.

Tema 16: Las obligaciones mercantiles: Características

generales. Los contratos mercantiles: Concepto y clases. Perfección,

forma y prueba de los contratos mercantiles. El contrato de

compraventa mercantil. El "Leasing". El "Factoring".

Tema 17: La suspensión de pagos: Concepto y requisitos.

Efectos de la declaración de suspensión de pagos. La solución de

la suspensión de pagos: El convenio. La quiebra: Concepto,

requisitos y clases. Efectos de la declaración de la quiebra. Órganos

de la quiebra. Solución de la quiebra.

DERECHO CONSTITUCIONAL

Tema 18: La Constitución Española de 1978: Derechos

Fundamentales y Libertades Públicas. La Corona. Las Cortes

Generales. El Gobierno. El Poder Judicial. El Defensor del Pueblo. El

Tribunal Constitucional.

Tema 19: La organización territorial del Estado en la

Constitución. Las Comunidades Autónomas: Estructura y

competencias. Los Estatutos de Autonomía: Caracteres y contenido.

DERECHOADMINISTRATIVO

Tema 20: Las fuentes del Derecho Administrativo. La

Constitución. Leyes Orgánicas. Leyes ordinarias. Disposiciones del

Gobierno con fuerza de Ley: Decretos-leyes y Decretos

Legislativos. El Reglamento: Concepto, caracteres y clases. Límites de

los Reglamentos. Reglamentos ilegales. Circulares e Instrucciones

de servicios.

Tema 21: Concepto de Administración Pública. Tipos de entes

públicos. Formas de gestión de los servicios públicos: Gestión

directa y gestión indirecta.

Tema 22: Las potestades administrativas: Concepto y clases.

El principio de legalidad administrativa. Control de la

discrecionalidad. El acto administrativo: Concepto, caracteres y elementos.

La motivación. Comunicación, notificación y publicación de los

actos administrativos.

Tema 23: El silencio administrativo. Eficacia del acto

administrativo. Ejecutividad y ejecutoriedad. Validez e invalidez del

acto administrativo. Revocación y anulación de oficio de los actos

administrativos.

Tema 24: El procedimiento administrativo: Iniciación,

ordenación, instrucción y terminación.

Tema 25: Los recursos administrativos: Principios generales.

Tramitación de los recursos. El recurso ordinario. El recurso de

revisión. Las reclamaciones previas al ejercicio de las acciones

civiles y laborales.

Tema 26: La responsabilidad patrimonial de la Administración

Pública: Régimen vigente. Requisitos para que proceda la

indemnización. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio

de las Administraciones públicas. Procedimiento de

responsabilidad patrimonial.

Tema 27: Los contratos administrativos: Naturaleza jurídica,

clases y régimen jurídico. Requisitos para contratar con la

Administración. Las garantías. Modificación y extinción de los contratos

administrativos. Procedimientos y formas de adjudicación de los

contratos administrativos.

Tema 28: Los tipos de contratos administrativos: Contrato de

obras. Contrato de suministros. Contrato de gestión de servicios

públicos. Contratos de consultoría y asistencia, servicios y trabajos

específicos y concretos no habituales.

Tema 29: La jurisdicción contencioso-administrativa:

Naturaleza, extensión y límites. Órganos de la jurisdicción

contencioso-administrativa. Las partes en el proceso

contencioso-administrativo: Capacidad, legitimación y defensa. Trámites previos a la

interposición del recurso contencioso-administrativo. El proceso

contencioso administrativo. Recursos contra sentencias.

Tema 30: Los funcionarios públicos: Concepto y clases.

Situaciones de los funcionarios. Derechos y deberes. Régimen

disciplinario de los funcionarios públicos.

DERECHO DEL TRABAJO

Tema 31: El derecho del trabajo. Concepto, fines y contenido.

Las fuentes del derecho del trabajo: Ley, reglamento, costumbre

laboral, convenios colectivos y otras fuentes. Derechos y deberes

del trabajador.

Tema 32: Los convenios colectivos de trabajo: Concepto y

clases. Unidades de negociación. Legitimación. Contenido. El

principio de jerarquía normativa. Conflicto entre normas laborales

estatales o pactadas. La norma más favorable.

Tema 33: Los conflictos colectivos de trabajo. La huelga y el

cierre patronal: Su régimen jurídico. Medios de solución de

conflictos.

Tema 34: El contrato de trabajo: Concepto y naturaleza

jurídica. Modalidades de contratación vigentes. Derechos y deberes

derivados del contrato. Las empresas de trabajo temporal y la

subcontratación.

Tema 35: El salario: Concepto y clases. La composición del

salario. Inembargabilidad. Fondo de Garantía Salarial. La jornada

de trabajo. Horas extraordinarias. Descanso. Vacaciones.

Tema 36: La suspensión del contrato de trabajo: Causas. Las

subrogaciones empresariales. El derecho disciplinario laboral.

Extinción del contrato de trabajo: Causas. Prescripción y

caducidad de las acciones derivadas del contrato de trabajo.

ECONOMÍA

Tema 37: Estructura del Sector Público. Composición del

Sector Público. Fines del Sector Público.

Tema 38: Sectores Básicos de la economía: Sector primario,

sector secundario, sector servicios. Sector exterior.

Tema 39: La renta nacional: Concepto y métodos de

estimación. La Contabilidad Nacional. Naturaleza y fines.

Tema 40: El sistema financiero. El Banco Central. Los Bancos

comerciales. Otros intermediarios financieros.

Tema 41: El análisis financiero: La estructura de las fuentes

de financiación. El equilibrio financiero. El control financiero.

DERECHO TRIBUTARIO

Tema 42: El Derecho Tributario: Concepto y contenido. Fuentes

del Derecho Tributario. Principios del ordenamiento tributario

español. Ámbito de aplicación de las normas tributarias.

Tema 43: Los tributos: Concepto y clases. El hecho imponible

y el devengo. Exenciones objetivas. Los sujetos pasivos.

Exenciones subjetivas. Los responsables tributarios. La representación

de los sujetos pasivos. El domicilio fiscal.

Tema 44: La base imponible. La base liquidable. El tipo de

gravamen. Cuota y deuda tributaria. Modos de extinción de la

obligación tributaria: Especial referencia al pago y la prescripción.

Tema 45: El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas:

Concepto y naturaleza. Ámbito de aplicación. El hecho imponible.

Imputación de rendimientos. El sujeto pasivo. Periodo de

imposición y devengo del impuesto. Deuda tributaria. Bonificaciones

y deducciones.

Tema 46: El Impuesto de Sociedades: Concepto y naturaleza.

Sujeto pasivo. Exenciones. Periodo impositivo y devengo del

impuesto. La base imponible. Ingresos computables y gastos

deducibles. Deuda tributaria. Bonificaciones y deducciones.

Tema 47: El Impuesto sobre el Valor Añadido: Concepto y

naturaleza. Hecho imponible. Exenciones. Lugar de realización

del hecho imponible. Devengo. Base imponible. Tipos impositivos.

Deducciones y devoluciones. Sujetos pasivos. Regímenes

especiales.

Tema 48: El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y

Actos Jurídicos Documentados: Concepto y naturaleza. Ámbito

de aplicación territorial. Disposiciones comunes. Hecho

imponible. Sujetos pasivos responsables. Base y deuda tributaria.

Operaciones societarias.

Tema 49: La Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Financiación de las Haciendas Locales. El sistema tributario local. El

Impuesto sobre Actividades Económicas. El Impuesto sobre Bienes

Inmuebles.

Tema 50: La revisión de los actos en vía administrativa: El

recurso de reposición. Las reclamaciones

económico-administrativas. Suspensión de los actos impugnados. Procedimientos

especiales.

Programa de temas del segundo ejercicio

Contabilidad y Matemática Financiera

CONTABILIDAD

Contabilidad financiera superior y de sociedades.

Auditoría de estados financieros.

MATEMÁTICA FINANCIERA

Capitalización simple y compuesta.

Rentas, préstamos y empréstitos.

Operaciones con valores mobiliarios.

Programa de temas del tercer ejercicio

Administración Financiera y Seguridad Social

ADMINISTRACIÓN FINANCIERA

Tema 1: El Derecho Presupuestario. Concepto y contenido.

El Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria: Estructura

y Principios Generales. Los Presupuestos Generales del Estado:

Concepto, contenido y estructura. Procedimiento de elaboración

y aprobación. Los créditos presupuestarios y sus modificaciones.

Ambito temporal del presupuesto y su prórroga.

Tema 2: El gasto público: Su regulación en la Constitución

española. El procedimiento administrativo de ejecución del gasto

público. Las fases de ordenación de gastos y pagos. Competencia,

principios y procedimientos legalmente establecidos para la

ejecución del gasto público. El Tesoro público: Concepto y funciones.

Tema 3: El Presupuesto de la Seguridad Social: (I) Normativa

jurídica. Definición y contenido. Estructura Presupuestaria:

Clasificaciones del presupuesto de gastos y dotaciones y del

presupuesto de recursos y aplicaciones. Elaboración, tramitación y

aprobación.

Tema 4: El Presupuesto de la Seguridad Social: (II) Los créditos

presupuestarios en el Presupuesto de la Seguridad Social.

Modificaciones en los Presupuestos de Entidades Gestoras y Tesorería

General. Los Presupuestos de las Mutuas de Accidentes de Trabajo

y enfermedades Profesionales de la Seguridad Social y sus

peculiaridades. Modificaciones de los créditos de los presupuestos de

las Mutuas.

Tema 5: La información contable en la Seguridad Social.

Adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a las Entidades

Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social. Principios

contables. Ideas generales sobre el cuadro de cuentas y

definiciones y relaciones contables. Cuentas anuales. Normas de

valoración.

Tema 6: Adaptación del Plan General de Contabilidad Pública

a las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades

Profesionales de la Seguridad Social. Principios contables. Ideas

generales sobre el cuadro de cuentas y definiciones y relaciones

contables. Cuentas anuales. Normas de valoración.

Tema 7: El Sistema Integrado de Contabilidad de la Seguridad

Social: Modelo de contabilidad. Contabilidad y seguimiento del

presupuesto de gastos e ingresos y de las operaciones no

presupuestarias: criterios de imputación y documentos contables.

Cuentas anuales: estructura y contenido. La Cuenta general de

la Seguridad Social: estructura y contenido.

Tema 8: El control de actividad económico-financiera del Sector

Público: Concepto, fundamento y finalidad. Clases de control. El

Control interno de la Administración del Estado en España. La

Intervención General de la Administración del Estado:

Organización y funciones.

Tema 9: El control interno de la Seguridad Social (I): Normativa

reguladora. Ambito de aplicación. Formas de ejercicio. Principios

de ejercicio. Deberes y Facultades del Personal controlador. La

Intervención General de la Seguridad Social: Estructura y

funciones. Delegación y Avocación.

Tema 10: El control interno de la Seguridad Social: (II) La

función interventora: Concepto y ámbito de aplicación. Los

principios de ejercicio. Órganos competentes. Ejercicio de la función

interventora: Fases y contenido de la misma. Procedimiento para

el ejercicio de la función interventora sobre derechos e ingresos

y sobre gastos y pagos. El reparo. La discrepancia. Omisión del

trámite de fiscalización.

Tema 11: El control interno de la Seguridad Social: (III). El

régimen especial de fiscalización limitada previa: Régimen

Jurídico. Características, ámbito de aplicación y extremos a comprobar

según Acuerdo del Consejo de Ministros de 25 de septiembre de

1998. El control financiero posterior.

Tema 12: El control interno de la Seguridad Social: (IV) El

control financiero como sistema de control interno. Marco legal.

Regímenes de control financiero. El plan de actuaciones. El control

financiero ordinario: Ambito de aplicación, objeto, competencias

y formas de ejercicio. El control financiero de carácter permanente

en el ámbito de la Seguridad Social. El control financiero de

Subvenciones y Ayudas Públicas.

Tema 13: El control interno de la Seguridad Social: (V) La

auditoría como instrumento al servicio del control financiero.

Concepto y clases de auditoría por razón del objeto del control

financiero. Las normas de auditoría en el sector público: Principios

generales. Normas relativas al sujeto auditor. Normas técnicas

de actuación en la ejecución del trabajo de auditoría. Informes:

Contenido y tramitación.

Tema 14: El control externo de la actividad

económico-financiera del sector público en España. El Tribunal de Cuentas:

Antecedentes históricos. Organización actual Competencias y

funciones. Especial mención a sus funciones respecto de las cuentas

de la Seguridad Social. El control político de la actividad

económico-financiera ejercido por las Cortes. La Cuenta General del

Estado y su aprobación.

Tema 15: Régimen económico-financiero de la Seguridad

Social: (I) Recursos y sistemas financieros. Fuentes de financiación

de la Seguridad Social. Aportaciones finalistas del Estado para

determinadas situaciones, prestaciones y contingencias. Especial

consideración de la financiación de la contingencia de accidentes

de trabajo. Régimen patrimonial de la Seguridad Social.

Inversiones de la Seguridad Social.

Tema 16: El régimen económico-financiero de la Seguridad

Social: (II) La gestión de los recursos financieros del Sistema:

Normativa aplicable. Procedimiento general de pagos. Procedimientos

especiales de pago. Anticipos de tesorería y fondos de Maniobra.

SEGURIDAD SOCIAL

Tema 17: El sistema español de Seguridad Social: Estructura.

Principios que lo informan. Texto refundido de la Ley General

de Seguridad Social de 1974. El Real Decreto-ley 36/1978, de

16 de noviembre. Nuevo Texto Refundido de 1994: Estructura

y contenido. La Seguridad Social en la Constitución Española.

La Ley 24/1997, de 15 de julio, de Consolidación y

Racionalización del sistema de la Seguridad Social.

Tema 18: Gestión de la Seguridad Social: Entidades Gestoras.

El Instituto Nacional de la Seguridad Social. El Instituto de

Migraciones y Servicios Sociales. El Instituto Nacional de la Salud. El

Instituto Social de la Marina. Naturaleza, organización y funciones.

Tema 19: Servicios Comunes de la Seguridad Social: Carácter

jurídico. La Tesorería General de la Seguridad Social. La Gerencia

de Informática. La colaboración en la gestión de la Seguridad

Social: Las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades

Profesionales de la Seguridad Social y las empresas colaboradoras.

Tema 20: Campo de aplicación y estructura del Sistema de

la Seguridad: Régimen general y regímenes especiales.

Modalidades de sistemas especiales del Régimen General.

Tema 21: La relación jurídica de protección. Constitución de

la relación jurídica de Seguridad Social: Inscripción de empresas.

Afiliación de trabajadores. Altas y bajas de trabajadores.

Situaciones asimiladas al alta, alta especial y de pleno derecho.

Tema 22: La financiación de la Seguridad Social. Cotización

a la Seguridad Social: Sujetos obligados y responsables de la

cotización. Bases, tipos y cuotas. La recaudación: El procedimiento

recaudatorio.

Tema 23: Acción protectora: Contingencias y situaciones

protegidas. Concepto y clases de prestaciones. Accidente de trabajo

y enfermedad profesional. Caracteres de las prestaciones.

Incompatibilidades, prescripción y caducidad de las prestaciones.

Reintegro de las prestaciones indebidas. Responsabilidad en orden

a las prestaciones. Revalorización de las pensiones del Sistema

de la Seguridad Social.

Tema 24: La Incapacidad Temporal: Concepto, beneficiarios,

contingencias protegidas, duración, cuantía y pago de la

prestación. La protección por maternidad y adopción. La invalidez

permanente contributiva: Su régimen jurídico. Lesiones

permanentes no invalidantes. La invalidez en su modalidad no

contributiva.

Tema 25: La protección por jubilación en su modalidad

contributiva: Concepto, beneficiarios, cuantía e incompatibilidades.

La jubilación en su modalidad no contributiva.: Beneficiarios,

cuantía y obligaciones de los beneficiarios. Fórmulas de jubilación

anticipada y de prejubilación.

Tema 26: La protección por muerte y supervivencia:

Prestaciones, causantes y beneficiarios. Contenido y cuantía de cada

prestación.

Tema 27: La Asistencia Social y Servicios Sociales: Formas

de acción protectora de la tercera edad. La protección de la

minusvalía. Las prestaciones familiares por hijo a cargo en su modalidad

contributiva y no contributiva.

Tema 28: La protección por desempleo. Concepto y clases.

Niveles de protección por desempleo: Nivel contributivo y nivel

asistencial.

Tema 29: El derecho a la salud en la Constitución Española.

Transferencias de la Seguridad Social a las Comunidades

Autónomas en materia de asistencia sanitaria. Asistencia sanitaria:

Prestaciones médicas y farmacéuticas. Asistencia sanitaria para

personas sin recursos.

Tema 30: Régimen jurídico de los funcionarios de la Seguridad

Social. Incidencia de la Ley de Medidas para la Reforma de la

Función Pública. El Real Decreto 2664/1986, de homologación

del régimen de personal de la Seguridad Social con la

Administración Civil del Estado. Régimen jurídico del personal de

Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social.

Tema 31: La Seguridad Social en el ámbito internacional. La

Seguridad Social en la Europa Comunitaria. Principios

inspiradores. El Reglamento 1408/71: Ámbito de aplicación personal.

Campo de aplicación material.

ANEXO III

Don ...............................................................

con domicilio en ....................................................,

y documento nacional de identidad número ........................

Declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado

funcionario del Cuerpo ........................................, que

no ha sido separado del servicio en ninguna de las

Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio

de funciones públicas.

En ............. a ............. de ............. de .............

ANEXO IV

Tribunal

Titulares

Presidenta: Dña. María Jesús Sáez López, del Cuerpo Superior

de Intervención y Contabilidad de la Administración de la

Seguridad Social.

Vocales:

Don José Luis Alfonso López, Profesor titular de Contabilidad

de la Universidad Autónoma de Madrid.

Don Adolfo Fuertes Fernández, del Cuerpo Superior de

Intervención y Contabilidad de la Administración de la Seguridad

Social.

Doña Eva María Barranco Boada, del Cuerpo Superior de

Intervención y Contabilidad de la Administración de la Seguridad

Social.

Secretario: Don Javier Oyaga Durán, del Cuerpo de Gestión

de la Administración de la Seguridad Social, especialidad de

Auditoría y Contabilidad.

Suplentes

Presidente: Don Félix Augusto Balboa de Paz, del Cuerpo

Superior de Intervención y Contabilidad de la Administración de la

Seguridad Social.

Vocales:

Don Fernando Giménez Barriocanal, Profesor Titular de

Contabilidad de la Universidad Autónoma de Madrid.

Don Ramón del Riego Alonso, del Cuerpo Superior de

Intervención y Contabilidad de la Administración de la Seguridad

Social.

Don Juan Carlos Cabrero Velasco, del Cuerpo Superior de

Intervención y Contabilidad de la Administración de la Seguridad

Social.

Secretario: Don Luis Fernando Pérez Oviedo, del Cuerpo de

Gestión de la Administración de la Seguridad Social, especialidad

de Auditoría y Contabilidad.

ANEXO VI

Código Cuerpo/Escala

122 Veedores Servicio Defensa Contra el Fraude, a extinguir.

207 Cuerpo Administrativo, a extinguir.

314 Cuerpo Auxiliar Archivos, Bibliotecas Y Museos, a

extinguir.

319 Cuerpo Ayudantes Cinematográficos, a extinguir.

320 Traductores Gabinete Prensa, a extinguir.

414 Cuerpo Traductores del Ejército del Aire.

415 Cuerpo Delineantes del Ejército del Aire.

416 Cuerpo Maestros de Arsenales de La Armada.

417 Cuerpo Cartógrafos de la Armada, a extinguir.

626 Cuerpo Contadores del Estado, a extinguir.

627 Cuerpo Administrativo de Aduanas, a extinguir.

628 Cuerpo Delineantes.

629 Cuerpo Especialistas Electromecánicos de la Lotería

Nacional.

630 Estadísticos Técnicos, a extinguir.

918 Cuerpo Capellanes de Instituciones Penitenciarias.

919 Cuerpo Ayudantes de Instituciones Penitenciarias,

Escala Masculina.

920 Cuerpo Ayudantes De Instituciones Penitenciarias,

Escala Femenina.

1.018 Cuerpo Técnicos Mecánicos de Señales Marítimas, a

extinguir.

1.020 Delineantes, a extinguir. Ley 33/1974.

1.021 Cuerpo Delineantes de Obras Públicas y Urbanismo.

1.128 Escala Administrativa organismos autónomos

suprimidos, a extinguir.

1.129 Personal de la Casa de Su Majestad El Rey, grupo C.

1.130 Cuerpo Técnicos Interpret. Lengua Proc. Zona N.

Marruecos.

1.132 Cuerpo Administrativo, a extinguir. (Real Decreto-ley

23).

1.133 Cuerpo Administrativo del Patrimonio Nacional, a

extinguir.

1.134 Cuerpo Técnicos Especialistas Reproducción

Cartográfica.

1.135 Cuerpo General Administrativo de la Administración del

Estado.

1.136 Cuerpo Delineantes.

1.188 Cuerpo Técnicos Auxiliares de Informática de la

Administración del Estado.

1.230 Ag. Insp. Proced. Serv. Insp. Disp. Mercado Exterior.

1.428 Cuerpo Intérpretes Informadores.

1.516 Cuerpo Capellanes de la Beneficencia General.

1.616 Cuerpo Administrativo De Administración de la

Seguridad Social.

1.633 Escala Operadores Ordenador Informática

Administración de la Seguridad Social.

1.640 Escala Administrativa, a extinguir de la Administración

de la Seguridad Social.

1.641 Escala Operadores Ordenador Informat., a extinguir de

la Administración de la Seguridad Social.

1.642 Escala Delineantes Administración de la Seguridad

Social, a extinguir.

1.654 Plazas Operadores Ordenador, a extinguir I.S.M.

1.703 Subgrupo Administrativo del Grupo de Administración

General.

5.023 Escala Secret. Cofradías 2N categoría, a extinguir.

5.027 Escala Delineantes de Organismos Autónomos Del

MAPA.

5.028 Contables, a extinguir del SENPA.

5.029 Escala Jefe de Silo, Centro de Selección y

Almacenamiento.

5.032 Trad. Bibliot. Ser. Nal. Cul. y Ferm. Tab.

5.033 Escala Patrones de Embarc. del Inst. Español de

Oceanografía.

5.034 Escala Preparadores Instituto Español de Oceanografía.

5.036 Escala Administrativos de Cofradías, a extinguir.

5.037 Escala Agentes Economía Doméstica del Servicio de

Extensión Agraria.

Código Cuerpo/Escala

5.038 Escala Monitores de Extensión Agraria Servicio de

Extensión Agraria

5.039 Escala Secretarios Segunda Categorías de Cámaras

Agrarias del IRA.

5.040 Escala Analista de Laboratorio del IRA.

5.041 Auxiliar de Campo del ICONA.

5.043 Escala Operador de Restitución del IRYDA.

5.044 Escala Auxiliar Técnico Del IRYDA.

5.045 Escala Inspector de Campos y Cosecha Inst. Semillas,

Plantas Vivero.

5.046 Escala Periodista Inst. Estudios Agrarios, Pesqueros y

Alimentarios.

5.047 Escala Técnica Comisaría General de Abastec. y

Transportes del SENPA.

5.053 Maquinista Del SENPA.

5.213 Escala Técnico-Administrativo de la Editora Nacional.

5.214 Delin. Patr. Alhambra y Generalife.

5.317 Escala Delineantes de Organismos Autónomos del

Ministerio de Defensa.

5.319 Escala Especialistas Aviación I.N.T.A. Esteban Terradas.

5.320 Escala Delineantes Proyect. I.N.T.A Esteban Terradas.

5.321 Escala Analistas y Operadores Laborat. I.N.T.A. Esteban

Terradas.

5.322 Personal de Taller del I.N.T.A. Esteban Terradas.

5.431 Escala Auxiliar de Archivos, Bibliotecas y Museos de

Org. Auton. MEC.

5.432 Escala Delineantes de Organismos Autónomos del MEC.

5.435 Aux. Ps. Inst. O. Educ. Prof. P.P.F.P., a extinguir.

5.527 Escala Inspectores del Servicio de Vigilancia Aduanera.

5.528 Escala Patrones del Servicio de Vigilancia Aduanera.

5.530 Escala Mecánicos Navales del Servicio de Vigilancia

Aduanera.

5.616 Escala Delineantes Organismos Autónomos Ministerio

Industria y Energía.

5.619 Escala Administrativos, a extinguir, del INI.

5.620 Escala Técnicos Subalternos de Primera, a extinguir,

del INI.

5.621 Escala Técnica Subalterna de Segunda, a extinguir, del

INI.

5.820 Escala Delegados Tribunales de la Obra de Protección

de Menores.

5.821 Directores Instituc. Obra Protección de Menores.

5.933 Pat. Cab. y Fogon. Hab. (M. Naval.) N. Sent.

5.934 Escala Técnicos de Proyectos y Obras de Confed.

Hidrograf. del MOPU.

5.935 Escala Delineantes de Organismos Autónomos del

MOPU.

5.936 Escala Contramaestres de Puertos de Organismos

Autónomos del MOPU.

5.940 Escala Ayudante de Ingeniero Mancomunidad de

Canales del Taibilla.

5.941 Escala Topógrafo 1 Mancomunidad de Canales del

Taibilla.

5.943 Escala Ayudantes de Obras Confederación Hidrográfica

Guadalquivir.

5.944 Escala Encargado General Confederación Hidrográfica

del Guadalquivir.

5.945 Escala Auxiliares Técnicos del CEDEX.

5.946 Cuerpo Traductores Taquígrafos, grupos 1, 2 y 3, del

CEDEX.

5.947 Escala Programadores del CEDEX.

5.948 Escala Programadores Técnicos del INCE.

6.025 Escala Administrativa de Organismos Autónomos.

6.026 Escala Administrativos de AISS, a extinguir.

6.115 Escala Delineantes de AISNA.

6.322 Técnicos-Administrativos, a extinguir, del INAS.

6.323 Escala Delineación y Medios Audiovisuales del INEM.

6.417 Escala Única Cuerpo Administrativo Orden de 4 de julio

de 1981, a extinguir.

6.466 Escala Oficiales Administrativos del ICO.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid