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Visto el expediente iniciado a instancia de la representante legal de la titularidad del centro de Educación Secundaria «Asunción de Nuestra Señora», sito en la calle Lesquinas, 2, de Ávila, solicitando la modificación de la autorización de apertura y funcionamiento del mismo,
Este Ministerio, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 14 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, ha dispuesto:
Modificar la autorización de apertura y funcionamiento del centro de Educación Secundaria «Asunción de Nuestra Señora», sito en la calle Lesquinas, 2, de Ávila, por modificación de la configuración horaria de los ciclos formativos de grado superior, quedando configurado como se describe a continuación:
Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria.
Denominación específica: «Asunción de Nuestra Señora».
Domicilio: Calle Lesquinas, 2.
Localidad: Ávila.
Municipio: Ávila.
Provincia: Ávila.
Titular: Obispado de Ávila.
Enseñanzas autorizadas:
a) Educación Secundaria Obligatoria:
Capacidad:
Número de unidades: Veinte.
Número de puestos escolares: Seiscientos.
b) Bachillerato:
Modalidad de Ciencias de la Naturaleza y de la Salud.
Capacidad:
Número de unidades: Seis.
Número de puestos escolares: Doscientos diez.
Modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales.
Capacidad:
Número de unidades: Cuatro.
Número de puestos escolares: Ciento cuarenta.
Modalidad de Tecnología.
Capacidad:
Número de unidades: Dos.
Número de puestos escolares: Setenta.
c) Ciclos formativos de grado medio:
Gestión Administrativa.
Capacidad:
Número de grupos: Uno.
Número de puestos escolares: Treinta.
Comercio.
Capacidad:
Número de grupos: Uno.
Número de puestos escolares: Treinta.
d) Ciclos formativos de grado superior:
Turno diurno:
Administración y Finanzas.
Capacidad:
Número de grupos: Dos.
Número de puestos escolares: Sesenta.
Turno vespertino:
Administración de Sistemas Informáticos.
Capacidad:
Número de grupos: Dos.
Número de puestos escolares: Sesenta.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido en los artículos 25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 12 de febrero de 1999.‒P. D. (Órdenes de 1 de marzo y de 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Roberto Mur Montero.
Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.
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