Visto el expediente iniciado a instancia del representante legal de la
titularidad, en solicitud de adecuación de la autorización del Centro de
Formación Profesional "Instituto Técnico de Estudios Comerciales", sito
en el paseo de San Antonio, números 14 y 40, de Salamanca, para impartir
ciclos formativos de grado medio,
Este Ministerio, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 7.3 del Real
Decreto 332/1992, de 3 de abril, ha dispuesto:
Primero.-Adecuar la autorización del Centro de Formación Profesional
"Instituto Técnico de Estudios Comerciales", sito en el paseo de San
Antonio, números 14 y 40, de Salamanca, para impartir las enseñanzas que
se señalan, quedando configurado del modo siguiente:
Denominación genérica: Centro de Formación Profesional Específica.
Denominación específica: Instituto Técnico de Estudios Comerciales.
Domicilio: Paseo de San Antonio, números 14 y 40.
Localidad: Salamanca.
Municipio: Salamanca.
Provincia: Salamanca.
Titular: Santiago Fuentes Sánchez.
Enseñanzas que se autorizan:
Ciclo Formativo de grado medio de Gestión Administrativa. Capacidad:
Número de grupos: Tres. Número de puestos escolares: 90.
Ciclo Formativo de grado medio de Comercio. Capacidad: Número de
grupos: Uno. Número de puestos escolares: 30.
Segundo.-El centro deberá cumplir los requisitos de equipamiento que,
previo informe de la Dirección General de Formación Profesional y
Promoción Educativa, se comunicarán al centro. Dicha circunstancia será
comprobada por el Servicio de Inspección Técnica de Educación.
Tercero.-Antes del inicio de las actividades educativas de los ciclos
formativos de grado medio, la Dirección Provincial del Departamento en
Salamanca, previo informe del Servicio de Inspección Técnica de
Educación, deberá aprobar la relación del profesorado con el que contará
el centro, que deberá cumplir los requisitos establecidos en la Orden de 23
de febrero de 1998 ("Boletín Oficial del Estado" del 27), por la que se
regulan las titulaciones mínimas y condiciones que deben poseer los
Profesores para impartir Formación Profesional Específica en los centros
privados y en determinados centros de titularidad pública.
Cuarto.-Provisionalmente, hasta su extinción o la implantación
definitiva de los ciclos formativos y teniendo en cuenta que en el mismo recinto
escolar se encontraba autorizado un Centro de Formación Profesional de
segundo grado, el centro podrá impartir las siguientes enseñanzas:
Formación Profesional de segundo grado:
Rama Administrativa y Comercial: Especialidad Administrativa.
Rama Administrativa y Comercial: Especialidad Secretariado Bilingüe
de Dirección.
Estas enseñanzas se extinguirán progresivamente a medida que se
implanten los grupos correspondientes a los ciclos formativos de grado
medio autorizados.
Quinto.-De acuerdo con lo establecido en el apartado sexto de la Orden
de 24 de abril de 1996 por la que se regula la adecuación de las
autorizaciones de los Centros Privados de Formación Profesional de primer
grado con autorización o clasificación definitiva y de Formación Profesional
de segundo grado clasificados como homologados para la implantación
de los ciclos formativos de grado medio, y una vez se produzca la
transformación de las enseñanzas que el centro imparte en la actualidad, el
número de grupos de ciclos formativos de grado medio y el número de
unidades de Formación Profesional que se sigan impartiendo en régimen
de concierto no podrán exceder del número equivalente de unidades
concertadas de la actual Formación Profesional.
Sexto.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa,
podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia
Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la
notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido en los
artículos 25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Madrid, 5 de marzo de 1999.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de
junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional,
Roberto Mur Montero.
Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid