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Documento BOE-A-1999-972

Resolución de 7 diciembre de 1998, de la Subsecretaría, por la que se da publicidad al Convenio anual que desarrolla el Convenio Marco de Cooperación entre el Instituto Nacional del Consumo y la Consejería de Sanidad, Consumo y Bienestar Social de Cantabria para las actividades correspondientes al año 1998.

Publicado en:
«BOE» núm. 12, de 14 de enero de 1999, páginas 1824 a 1824 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-1999-972

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el día 23 de marzo de 1998 el Convenio anual que desarrolla el Convenio Marco de Cooperación entre el Instituto Nacional del Consumo y la Consejería de Sanidad, Consumo y Bienestar Social de Cantabria, para las actividades correspondientes al año 1998, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho acuerdo, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 7 de diciembre de 1998.‒El Subsecretario, Enrique Castellón Leal.

ANEXO
Convenio anual que desarrolla el Convenio Marco de Cooperación entre el Instituto Nacional del Consumo y la Consejería de Sanidad, Consumo y Bienestar Social de Cantabria para las actividades correspondientes al año 1998

En Madrid, a 23 de marzo de 1998.

De una parte, el ilustrísimo señor don Enrique Castellón Leal, Presidente del Instituto Nacional del Consumo.

Y, de otra, el excelentísimo señor don Jaime del Barrio Seoane, Consejero de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.

Ambas partes, en la representación que ostentan, tienen y reconocen la capacidad legal para el otorgamiento de este Convenio, y, a tal efecto,

EXPONEN

Primero.

Que con fecha 21 de julio de 1997, ambas partes sucriben el Convenio Marco de referencia en el epígrafe, con vigencia indefinida.

Segundo.

Que, en consonancia con sus estipulaciones primera y segunda, los organismos firmantes realizarán en colaboración dos actividades anuales, que habrán de concretarse en un Convenio anual.

Tercero.

En virtud de lo expresado, la Comisión Mixta prevista en la estipulación décima del mencionado Convenio Marco, que para 1998 estará formada por la Subdirectora general de Cooperación, por la Jefa de Área de Cooperación Institucional y por el Jefe de Servicio de Formación y Educación, en lo que al Instituto Nacional del Consumo se refiere, y por el Director general de Sanidad y Consumo, el Jefe de Servicio de Consumo y por el Jefe de Sección de Ordenación y Arbitraje, en lo que a la Consejería de Sanidad, Consumo y Bienestar Social afecta, ha dispuesto proponer, para su suscripción, el citado Convenio anual, de acuerdo a las siguientes

ESTIPULACIONES

Primera.

El Instituto Nacional del Consumo y la Consejería de Sanidad, Consumo y Bienestar Social realizarán los siguientes seminarios:

1. «Los talleres en la educación del consumidor».

2. «Seguridad de los productos, seguridad del consumidor».

Segunda.

Ambas actividades tendrán lugar en la Escuela Europea de Consumo de Cantabria.

Tercera.

El seminario «Talleres en la educación del consumidor» está dirigido a profesionales de todos los niveles de la enseñanza reglada no universitaria, responsables de la educación del consumidor, pertenecientes a Comunidades Autónomas, Oficinas Municipales de Información al Consumidor y Asociaciones de Consumidores.

Cuarta.

El seminario «Seguridad de los productos, seguridad del consumidor», está dirigido a responsables de campañas de información y educación de los consumidores de las Comunidades Autónomas, Oficinas Municipales de Información al Consumidor y Asociaciones de Consumidores, así como a los profesionales de la enseñanza que estén interesados.

Quinta.

Las citadas actividades conllevarán los siguientes gastos: Material didáctico y fungible, ponentes (honorarios, viaje, alojamiento y manutención).

En ambos casos, el Instituto Nacional del Consumo asumirá la parte correspondiente a los ponentes que no pertenezcan a la Consejería de Sanidad, Consumo y Bienestar Social de Cantabria, y una comida oficial durante cada una de las actividades descritas, hasta un máximo de 600.000 pesetas en el caso del seminario «Talleres en la educación del consumidor», y hasta un máximo de 400.000 pesetas en el seminario «Seguridad de los productos, seguridad del consumidor».

La Consejería de Sanidad, Consumo y Bienestar Social de Cantabria asumirá el coste de los ponentes que pertenezcan a la propia Consejería, a la Escuela Europea de Consumo y a las instituciones de la Unión Europea; asimismo, se hará cargo del material didáctico y del material fungible en ambas actividades, hasta un máximo de 600.000 pesetas en el caso de los «Talleres en la educación del consumidor», y hasta un máximo de 400.000 pesetas en el curso sobre «Seguridad de los productos, seguridad del consumidor».

Y como prueba de conformidad con cuanto queda estipulado, firman las partes el presente documento.–El Presidente del Instituto Nacional del Consumo, Enrique Castellón Leal.–El Consejero de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, Jaime del Barrio Seoane.

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