Fallo: «Que debemos declarar y declaramos haber lugar al recurso de casación en interés de la Ley interpuesto por el señor Abogado del Estado, contra la sentencia dictada el 23 de marzo de 1998 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, en los recursos acumulados números 3.487 y 3.705 de 1995, sobre convocatoria de concurso para la provisión de tres plazas de Catedrático en la Universidad de Almería y, respetando la situación jurídica particular derivada de la referida sentencia, debemos fijar como doctrina legal la siguiente: Los informes de los departamentos de las universidades previstos en los artículos 39.3 de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, y 2.3 del Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre, aunque de carácter preceptivo, no tienen carácter vinculante. Así lo declaramos a los efectos procedentes, sin especial pronunciamiento sobre costas«.
Publíquese el fallo de la presente sentencia en el «Boletín Oficial del Estado«.
Así, por esta nuestra sentencia, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.-Enrique Cancer Lalanne.-Manuel Goded Miranda.-Juan José González Rivas.-Fernando Martín
González.-Gustavo Lescure Martín.
Madrid, 9 de febrero de 1999.
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