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Documento BOE-A-2000-14211

Resolución de 23 de junio de 2000, de la Presidencia del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por la que se convocan becas de periodismo científico.

Publicado en:
«BOE» núm. 178, de 26 de julio de 2000, páginas 26685 a 26685 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia y Tecnología
Referencia:
BOE-A-2000-14211

TEXTO ORIGINAL

El Consejo Superior de Investigaciones Científicas y la Agencia EFE, en su Convenio de colaboración, acordaron impulsar un programa de promoción del periodismo científico. Dicho programa tiene la finalidad de satisfacer la demanda creciente de información científica y técnica por parte de la sociedad española.

Por ello, el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por Resolución de la Presidencia, ha resuelto convocar cuatro becas CSIC-EFE de periodismo científico con arreglo a las bases que se detallan en el anexo de esta Resolución.

Madrid, 23 de junio de 2000.‒El Presidente, César Nombela Cano.

ANEXO
Bases de la convocatoria

I. Plazo de solicitud

Estas becas habrán de solicitarse del día 15 de septiembre al 16 de octubre de 2000, en el Departamento de Postgrado y Especialización del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (Serrano, 113, 28006 Madrid), directamente o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Cuando la solicitud se remita mediante correo certificado, deberá presentarse en la correspondiente oficina en sobre abierto para que puedan estampar el sello de la fecha en el impreso de solicitud.

II. Requisitos de los solicitantes

Para optar a estas becas, los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Poseer la nacionalidad española o ser extranjero con permiso de residencia en España.

b) Estar en posesión del grado de Licenciado en Ciencias de la Información, especialidad «Periodismo», en el momento de terminar el plazo de presentación de solicitudes. La finalización de estos estudios se debe haber llevado a cabo en junio de 1998 o fecha posterior. La experiencia profesional adquirida en centros extranjeros o españoles se considerarán méritos.

c) Poseer una nota media de todas las asignaturas de la carrera igual o superior a 2, después de aplicar el siguiente baremo: Aprobado= 1; notable= 2; sobresaliente= 3, y matrícula de honor= 4.

III. Dotaciones

1. La dotación de las becas será de 120.000 pesetas brutas mensuales, siéndole de aplicación lo previsto en el artículo 16 de la Ley 40/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

2. Los becarios quedarán incluidos en una póliza colectiva de asistencia médica y de accidentes corporales.

3. Las becas se abonarán por mensualidades completas y con referencia a la situación del becario el día 15 del mes a que corresponde.

IV. Período y condiciones de disfrute

El período de disfrute de la beca es de doce meses. La fecha de incorporación al centro se indicará a los beneficiarios en la comunicación de concesión de beca. La formación de los becarios tendrá lugar tanto en el Gabinete de Comunicación y/o en los centros del Consejo Superior de Investigaciones Científicas como en el Área de Ciencia de la Agencia EFE. Los becarios permanecerán seis meses en cada institución, de manera que dos iniciarán su aprendizaje en la Agencia EFE y permanecerán los otros seis meses restantes en el Consejo Superior de Investigaciones Científicas y los otros dos lo harán a la inversa.

Las becas serán incompatibles con el disfrute de cualquier otro tipo de beca o ayuda y con la percepción de cualquier remuneración. No obstante serán compatibles con bolsas de viaje destinadas a sufragar gastos de desplazamiento.

La concesión y disfrute de una beca no establece relación contractual o estatutaria con el centro al que queda adscrito el beneficiario, ni implica por parte de la entidad receptora ningún compromiso en cuanto a la posterior incorporación del interesado a la plantilla de la misma o a la del Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

V. Formalización de solicitudes

Los impresos de solicitud se encontrarán a disposición de los interesados en el Departamento de Postgrado y Especialización del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (Serrano, 113, 28006 Madrid), y en la siguiente dirección en internet: http://www.csic.es/postgrado

Las solicitudes deberán ir acompañadas de los siguientes documentos:

1. Certificación académica personal completa y acreditativa del grado de titulación, en original o fotocopia debidamente compulsada por la autoridad académica competente. Los títulos conseguidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán ser convalidados o reconocidos.

2. Currículum vitae según modelo que se entergará junto al impreso de solicitud acompañado de cuantos documentos puedan avalarlo.

3. Fotocopia del documento nacional de identidad o del permiso de residencia del solicitante.

4. Declaración comprometiéndose a renunciar, si fuera seleccionado, a la percepción de otras remuneraciones equivalentes y a comunicar al Departamento de Postgrado y Especialización otras ayudas menores compatibles como bolsas de viaje, etc.

Los candidatos podrán aportar cartas de presentación o certificados, expedidos por profesores o profesionales del periodismo, avalando la formación y experiencia profesional; también podrán presentar certificados del nivel de conocimiento de idiomas del candidato.

Toda la documentación deberá presentarse en el Departamento de Postgrado y Especialización del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (calle Serrano, 113, 28006 Madrid), o bien por alguno de los procedimientos previstos en la legislación vigente.

VI. Selección de los candidatos

Una Comisión de Selección, presidida por la Subdirectora general de Programación, Seguimiento y Documentación Científica, de la que formarán parte el Director del Departamento de Postgrado y Especialización, el Coordinador del Área de Humanidades y Ciencias Sociales, el Jefe del Área de Ciencia de la Agencia EFE y el Jefe de Prensa del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, efectuará una preselección de candidatos entre los currículum presentados, teniendo en cuenta, entre otros aspectos, su expediente académico, el conocimiento de idiomas y de informática.

Los candidatos preseleccionados realizarán una prueba de actualidad y de idiomas, y podrán ser requeridos para mantener una entrevista personal.

La Comisión de Selección elevará a la Presidencia del Consejo Superior de Investigaciones Científicas la propuesta de aquellos candidatos que superen las pruebas.

Las solicitudes desestimadas podrán ser recuperadas por los interesados en el plazo de cuarenta y cinco días naturales a partir de la fecha de la resolución de concesión de las becas. Las que no hayan sido recogidas pasado este plazo serán destruidas.

VII. Obligaciones de los becarios

Primero.

Cumplir con aprovechamiento las distintas etapas del plan de formación que se confeccione de mutuo acuerdo entre el Consejo Superior de Investigaciones Científicas y la Agencia EFE, dedicándose a éste de conformidad con las normas propias de funcionamiento de dicha Agencia y el Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

Segundo.

Una vez finalizada su estancia en cada entidad, los becarios realizarán un informe sobre la actividad desarrollada. Ambos informes serán entregados en el Departamento de Postgrado y Especialización del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, que a su vez los elevará a la Vicepresidencia de Investigación Científica y Técnica del organismo.

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