Está Vd. en

Documento BOE-A-2000-18651

Orden de 28 de septiembre de 2000 de autorización de la cesión de la cartera del ramo de vida de la entidad "Covadonga, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros", a la entidad "Aegón Seguros de Vida, Ahorro e Inversión, Sociedad Anónima de Seguros", de revocación de la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora a la entidad "Covadonga, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros", declarándose la extinción de la misma.

Publicado en:
«BOE» núm. 249, de 17 de octubre de 2000, páginas 35644 a 35644 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-A-2000-18651

TEXTO ORIGINAL

La entidad «Covadonga, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros», ha presentado en la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones solicitud de autorización administrativa para la operación consistente en la cesión de la cartera del ramo de vida a la entidad «Aegón Seguros de Vida, Ahorro e Inversión, Sociedad Anónima de Seguros».

De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada se desprende que las citadas entidades han dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 22 de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, he resuelto:

Primero.

Autorizar la cesión de la cartera del ramo de vida de la entidad «Covadonga, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros», a la entidad «Aegón Seguros de Vida, Ahorro e Inversión, Sociedad Anónima de Seguros».

Segundo.

Revocar la autorización para el ejercicio de la actividad aseguradora a la entidad «Covadonga, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros».

Tercero.

Declarar la extinción de la entidad «Covadonga, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros».

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma. Asimismo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 25 y 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio de 1998, según lo establecido en la disposición adicional novena de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 28 de septiembre de 2000.

DE RATO Y FIGAREDO

Ilma. Sra. Directora general de Seguros y Fondos de Pensiones.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid