Está Vd. en

Documento BOE-A-2000-3173

Orden de 17 de diciembre de 1999 por la que se modifica la autorización concedida al centro "San Juan de Dios", sito en Toledo, por ampliación de una unidad de Educación Infantil.

Publicado en:
«BOE» núm. 40, de 16 de febrero de 2000, páginas 7162 a 7162 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-2000-3173

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente promovido a instancia de don José Manuel Grifoll Milego, en representación de la Asociación de Ayuda a la Parálisis Cerebral «Virgen del Valle» (APACE), titular del centro privado concertado de Educación Especial denominado «San Juan de Dios», sito en calle Retamosillo, número 13, de Toledo, en solicitud de modificación de la autorización concedida al centro, en el sentido de ampliar una unidad de Educación Infantil,

Este Ministerio ha resuelto:

Primero.

Modificar la autorización concedida al centro, en el sentido de ampliar una unidad de Educación Infantil, quedando constituido el centro de la siguiente forma:

Denominación genérica: Centro de Educación Especial.

Denominación específica: «San Juan de Dios».

Provincia: Toledo.

Municipio: Toledo.

Localidad: Toledo.

Domicilio: Calle Retamosillo, 13.

Titular: Asociación de Ayuda a la Parálisis Cerebral «Virgen del Valle» (APACE).

Capacidad: Una unidad de Educación Infantil; cuatro unidades de Educación Básica.

El centro deberá cumplir lo dispuesto en la Orden de 18 de septiembre de 1990 («Boletín Oficial del Estado» de 2 de octubre), por la que se establecen las proporciones de profesionales/alumnos en la atención educativa de los alumnos con necesidades especiales.

Segundo.

El centro deberá cumplir la Norma Básica de la Edificación NBE CPI/96 de Condiciones de Protección Contra Incendios en los Edificios aprobada por el Real Decreto 2177/1996, de 4 de octubre.

Tercero.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido en los artículos 25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 17 de diciembre de 1999.–P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Roberto Mur Montero.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid