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Documento BOE-A-2000-4526

Resolución de 22 de febrero de 2000, de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI), por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para lectores de español en Universidades de Camerún, Costa de Marfil, Gabón, Ghana, Madagascar, Senegal, China, Irán, Croacia, Eslovenia, Yugoslavia, Ex República Yugoslava de Macedonia (ERYM), Armenia, Bulgaria, Georgia, Kazajstán, Uzbekistán, Kirguistán, Rusia, Bielorrusia y Ucrania, curso académico 2000/2001.

Publicado en:
«BOE» núm. 58, de 8 de marzo de 2000, páginas 9606 a 9609 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-2000-4526

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de los programas de formación y difusión del español

y la cultura hispánica que desarrolla este organismo en el marco de la

cooperación educativa y científica con los países árabes, africanos y

asiáticos, en vías de desarrollo, y de acuerdo con el punto 2.o de la Orden

de 26 de marzo de 1992 ("Boletín Oficial del Estado" de 10 de abril),

por la que se establecen las bases para la concesión de becas y ayudas

de la Agencia Española de Cooperación Internacional, se convocan ayudas

para los lectores de español en universidades de los citados países, durante

el curso académico 2000/2001, mediante la necesaria publicidad,

concurrencia y objetividad.

Con tal fin, de acuerdo con lo dispuesto en la Orden de 26 de marzo

de 1992 ("Boletín Oficial del Estado" de 10 de abril), el Real Decreto

2225/1993, de 17 de diciembre, que aprueba el Reglamento de

Procedimiento para la Concesión de Subvenciones Públicas, y la Resolución de

21 de noviembre de 1997 ("Boletín Oficial del Estado" de 10 de diciembre),

de la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para

Iberoamérica y Presidencia de la Agencia de Cooperación Internacional, por

la que se delegan en el Secretario general de la AECI y otras autoridades

y funcionarios de la misma, determinadas competencias,

Esta AECI ha resuelto:

Primero.-Ordenar la publicación de la convocatoria del concurso de

ayudas para lectores de español en universidades de los países indicados,

curso académico 2000/2001, conforme a las condiciones y especificaciones

que se recogen en el anexo I de la presente Resolución.

Segundo.-Publicar trimestralmente en el "Boletín Oficial del Estado"

la relación de ayudas concedidas con arreglo a esta convocatoria, de

acuerdo con el artículo 81.7 de la Ley General Presupuestaria.

Madrid, 22 de febrero de 2000.-El Presidente, P. D. (Resolución de 21

de noviembre 1997, "Boletín Oficial del Estado" de 10 de diciembre), el

Secretario general, Jesús Gracia Aldaz.

Ilmos. Sres. Director del Gabinete Técnico, Director general del Instituto

de Cooperación con el Mundo Árabe, Mediterráneo y Países en

Desarrollo y Vicesecretario general de la AECI.

ANEXO I

Convocatoria del concurso de ayudas para lectores de español en

Universidades de Camerún, Costa de Marfil, Gabón, Ghana, Madagascar,

Senegal, China, Irán, Croacia, Eslovenia, Yugoslavia, Ex República

Yugoslava de Macedonia (ERYM), Armenia, Bulgaria, Georgia,

Kazajstán, Uzbekistán, Kirguistán, Rusia, Bielorrusia y Ucrania, curso

académico 2000/2001

Condiciones generales

Primera.-En el ámbito de lo previsto en el Real Decreto 2225/1993,

de 17 de diciembre, y la Orden de 26 de marzo de 1992, este concurso de

la AECI tiene por objeto la adjudicación de ayudas a licenciados españoles

para ocupar puestos de lector del Departamento de Español en

universidades extranjeras de los países mencionados, con cargo a la aplicación

presupuestaria 12.103.134 A.486.02, por un importe máximo de 48.650.000

pesetas en el año 2000, y 81.500.000 pesetas en el 2001. La concesión

de estas ayudas estará condicionada a la aprobación y existencia de crédito

para tal fin en los presupuestos correspondientes.

Segunda. Requisitos de los beneficiarios.

1.o Nacionalidad española.

2.o Ser licenciado en Filología.

3.o Poseer conocimientos de inglés, francés o de la lengua de

comunicación del país solicitado.

4.o Poseer capacidad y experiencia docente.

5.o Estar al corriente, en su caso, de las obligaciones fiscales y de

Seguridad Social.

6.o No superar los treinta y cinco años de edad en el año 2000.

7.o No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física

o psíquica, que sea incompatible con el desarrollo de la actividad objeto

de la ayuda.

Tercera. Documentación requerida.

1.o Instancia según anexo II.

2.o Documento nacional de identidad/número de identificación fiscal,

fotocopia compulsada.

3.o Título de Licenciado, fotocopia compulsada.

4.o Certificación académica de asignaturas, fotocopia compulsada.

5.o Currículum vitae, en español y en inglés, francés o la lengua de

comunicación del país solicitado.

6.o Acreditación de conocimientos de inglés, francés o la lengua de

comunicación del país solicitado, mediante títulos oficiales homologados

u homologables, o mediante la superación de exámenes, o pruebas oficiales

acreditativas de dicho conocimiento.

7.o Acreditación de la formación y experiencia docente.

8.o Acreditación, en la forma reglamentariamente establecida, de

hallarse los interesados al corriente en el cumplimiento de las obligaciones

fiscales y de Seguridad Social. Cuando el interesado no esté sujeto a

obligaciones tributarias o de la Seguridad Social, deberá acreditarlo mediante

declaración responsable.

9.o Certificado médico de poseer aptitud psicofísica para desempeñar

las funciones propias de su cargo y no padecer enfermedad

infecto-contagiosa, extendido en un plazo anterior no superior a un mes.

La documentación deberá aportarse mediante fotocopia debidamente

compulsada ante funcionario público competente por razón de su cargo,

o cotejo notarial. Se aconseja que los solicitantes no entreguen documentos

originales o irrepetibles.

Toda la documentación se presentará en español, salvo el currículum,

que también se presentará en inglés, francés o la lengua de comunicación

del país solicitado.

Cuarta. Plazo y lugar de presentación de las solicitudes.-Las

solicitudes y documentación requerida deberán presentarse en el plazo de

un mes, a partir de la publicación en el "Boletín Oficial del Estado", en:

Registro General AECI, avenida Reyes Católicos, 4, 28040 Madrid.

Teléfono: 583 81 00.

Embajadas, Oficinas Consulares u Oficinas Técnicas de Cooperación

de España.

Registros de los organismos administrativos relacionados en el

artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se hará

pública en el tablón de anuncios de la Agencia Española de Cooperación

Internacional la lista de solicitudes completas e incompletas, dando un

plazo de diez días naturales para subsanar los defectos, o acompañar los

documentos preceptivos.

Quinta.-La evaluación de las solicitudes se efectuará por una Comisión

formada por el Director del Gabinete Técnico, un Subdirector general del

ICMAMPD, el Jefe de la Unidad de Becas de la AECI, o personas que

éstos designen, y un representante de esa Unidad, conforme a lo dispuesto

en el apartado 4.o de la Orden de referencia, la cual actuará según los

siguientes criterios:

a) Currículum y expediente académico del solicitante, hasta 2,50

puntos.

b) Conocimiento del idioma inglés, francés o la lengua de

comunicación del país de destino, hasta un punto.

c) Formación para la docencia del español, hasta dos puntos.

d) Experiencia docente del idioma español, hasta dos puntos.

e) Evaluadas todas las solicitudes, se realizará una entrevista personal

a los candidatos que hayan alcanzado mayor puntuación, hasta un máximo

de tres por cada puesto convocado. Posteriormente se valorará en la

entrevista personal el contenido del currículum vitae y la actitud del candidato,

hasta 2,50 puntos.

f) No haber sido lector de la AECI o del Ministerio de Asuntos

Exteriores.

La Comisión Evaluadora procederá a la preselección y propuesta de

expedientes en el plazo de tres meses desde el término para presentar

solicitudes. La relación de las solicitudes presentadas y su puntuación,

así como la lista de los preseleccionados para cada puesto, será expuesta

en el tablón de anuncios de la Agencia Española de Cooperación

Internacional, teléfono de información: 583 86 06. En ningún caso se notificará

personalmente.

La Agencia Española de Cooperación Internacional dará traslado de

los expedientes preseleccionados a las universidades solicitadas para su

valoración. Recibida la aceptación de la universidad, el Secretario general

de la AECI dictará, por delegación del Presidente, resolución de las ayudas

sobre todos los concurrentes, que se notificará a los beneficiarios, en el

plazo máximo de seis meses contados a partir de la publicación de esta

Convocatoria. Igualmente, se hará pública, en el tablón de anuncios de

la AECI, la lista definitiva de los beneficiarios de ayudas concedidas y

solicitudes denegadas.

En todo caso, la fase de instrucción y resolución se efectuará de acuerdo

con lo establecido en los artículos 5 y 6 del Real Decreto 2225/1993.

Contra la resolución del procedimiento, que pone fin a la vía

administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante

el mismo órgano que la hubiere dictado, en el plazo de un mes desde

el día siguiente a su notificación, o recurso contencioso-administrativo

ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo

de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, no

pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos, de acuerdo con

los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, en la redacción dada por la

Ley 4/1999 de 13 de enero.

Sexta. Condiciones económicas.

1.o La ayuda se concede por todo el tiempo que dure el servicio en

el puesto ofrecido por la Universidad, con la aprobación de la AECI, dentro

del período 1 de septiembre de 2000 al 31 de agosto de 2001.

2.o Seguro de asistencia médica durante el período de vigencia de

la ayuda, para enfermedades no contraídas con anterioridad al inicio de

la beca, de acuerdo con las condiciones incluidas en el contrato con la

compañía correspondiente.

3.o Dos ayudas de viaje según el país solicitado, una al comienzo

y otra al final del curso académico.

4.o Ayuda personal mensual según el país solicitado, que se concederá

en pesetas, y se hará efectiva mensualmente mediante transferencia

bancaria.

Código País Universidad/Ciudad Viaje Pesetas/mes

13 Camerún . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Yaundé I/Yaundé . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 150.000 250.000

14 Camerún . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Yaundé I/Yaundé . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 150.000 250.000

15 Camerún . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Escuela Normal Superior/Yaundé . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 150.000 250.000

21 Costa de Marfil . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Nacional de Costa de Marfil/Abidjan . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 150.000 250.000

22 Costa de Marfil . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Nacional de Costa de Marfil/Abidjan . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 150.000 250.000

25 Gabón . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Omar Bongo/Libreville . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 150.000 300.000

26 Gabón . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Escuela Normal Sup./Libreville . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 150.000 300.000

28 Ghana . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Legon/ Accra . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 150.000 265.000

50 Ghana . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Instituto de Lenguas/Accra . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 150.000 265.000

30 Madagascar . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Antananarivo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 150.000 200.000

36 Senegal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Cheik Anta Diop/ Dakar . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 150.000 200.000

37 Senegal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Cheik Anta Diop/ Dakar . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 150.000 200.000

17 China . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Luoyang . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 200.000 200.000

18 China . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Sián . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 200.000 200.000

19 China . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Nanjing . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 200.000 200.000

20 China . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Tianjin . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 200.000 200.000

16 China . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Ins. Lenguas de Cantón . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 200.000 200.000

44 China . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Ins. Lenguas N.o 2/ Pekín . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 200.000 200.000

45 China . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Pedagógica/ Pekín . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 200.000 200.000

46 China . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Lengua y Cultura/ Pekín . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 200.000 200.000

47 China . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Shanghai . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 200.000 200.000

Código País Universidad/Ciudad Viaje Pesetas/mes

48 China . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Hong Kong . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 200.000 200.000

58 China . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Jiaotong Esc. Negocios/Shanghai . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 200.000 200.000

59 China . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Esc.Lenguas/Changchun . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 200.000 200.000

42 Irán . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A. Tabatabaie/ Teherán . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 150.000 200.000

12 Armenia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Erivan . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 150.000 200.000

23 Croacia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Zagreb . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 150.000 200.000

60 Bulgaria . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Sofía . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 150.000 200.000

24 Eslovenia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Lubliana . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 150.000 200.000

27 Georgia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Ins. Lenguas/ Tbilisi . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 150.000 200.000

49 Georgia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Javakhishvili/Tbilisi . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 150.000 200.000

61 Yugoslavia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Belgrado . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 150.000 200.000

51 ERYM . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Skopje . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 150.000 200.000

29 Kazajstán . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Estatal de Idiomas/Almaty . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 200.000 200.000

52 Kirguistán . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Bishkek . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 200.000 200.000

53 Bielorrusia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Minsk . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 150.000 200.000

41 Uzbekistán . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Tashkent . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 200.000 200.000

32 Rusia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Piatigorsk . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 150.000 200.000

34 Rusia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Ekaterinburgo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 150.000 200.000

33 Rusia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Ins. Lenguas/Taganrog . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 150.000 200.000

39 Ucrania . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Lingüística/ Kiev . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 150.000 200.000

38 Ucrania . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Nacional/ Kiev . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 150.000 200.000

40 Ucrania . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Ivan Franko/ Lviv . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 150.000 200.000

Estos importes tendrán las retenciones fiscales correspondientes.

5.o Ayuda de 100.000 pesetas para la adquisición de libros, material

informático o audiovisual de enseñanza del español, y para los gastos

de envío. Los lectores justificarán el gasto realizado presentando las

facturas correspondientes en el plazo de cinco meses contados desde su

concesión. En caso de no gastar la totalidad de la cantidad abonada, los lectores

tendrán que devolver el resto a la AECI.

Séptima. Renovación de la ayuda.-Se podrá optar a la prórroga de

la ayuda dos cursos académicos como máximo en la misma universidad,

solicitándolo en el plazo de veinte días naturales, a partir de la publicación

de la presente Resolución en el "Boletín Oficial del Estado", en la

representación diplomática española en el país de destino del lector, aportando

la siguiente documentación:

Informe de las actividades realizadas durante el curso.

Conformidad del Director del Departamento con la actividad

desempeñada por el lector.

Conformidad de la Agencia Española de Cooperación Internacional.

Acreditación de estar al corriente de las obligaciones fiscales y de

Seguridad Social. Cuando el interesado no esté sujeto a obligaciones

tributarias o de la Seguridad Social, deberá acreditarlo mediante declaración

responsable.

Octava.-Los beneficiarios de las ayudas estarán obligados a:

a) Realizar la actividad objeto de concesión de la ayuda en el lugar

de destino y cumplir con las tareas previamente establecidas por la

Universidad.

b) Presentar una memoria en el plazo de un mes desde que acabe

el curso.

c) Comunicar a la Agencia Española de Cooperación Internacional

la obtención de otras ayudas para la misma finalidad, de cualquier

procedencia. El importe de la ayuda concedida en ningún caso podrá ser

superior, aisladamente o en concurrencia con ayudas de otras

Administraciones Públicas, entes públicos o privados, nacionales, extranjeros o

internacionales, al coste de la actividad a realizar por el beneficiario. La

cuantía de la ayuda podrá ser objeto de modificación por esta causa.

d) Facilitar, en relación con el destino de los fondos, cuanta

información sea requerida por la AECI, Intervención General o Tribunal de

Cuentas.

e) Someterse a las actuaciones de comprobación y seguimiento de

la aplicación de la ayuda, de acuerdo con el artículo 81.4 de la Ley General

Presupuestaria y punto sexto.1.b) de la Orden de 26 de marzo de 1992.

f) Comunicar la aceptación del puesto en el plazo de cinco días

naturales desde que haya tenido conocimiento de su concesión.

Novena.-La percepción de la ayuda no implica relación laboral alguna

con la AECI.

Décima.-Procederá el reintegro de la ayuda percibida en los siguientes

casos:

a) El abandono de las funciones propias de su cargo.

b) La expulsión o interrupción de las funciones de lector por parte

de la Universidad.

c) La comprobación de que se obtuvo la ayuda sin reunir las

condiciones requeridas para ello.

d) El incumplimiento de la justificación de la ayuda.

e) Incumplimiento de cualesquiera otras condiciones impuestas al

lector con motivo de la concesión de la ayuda.

f) Incumplimiento de la finalidad de la concesión de la ayuda.

Ello se entiende sin perjuicio de las responsabilidades en que pudieren

incurrir los infractores de las normas reguladoras de esta convocatoria,

conforme al artículo 82 del texto refundido de la Ley General

Presupuestaria.

La revocación de la ayuda implicará necesariamente el reintegro del

importe concedido y la exigencia del interés de demora desde el momento

del pago de la ayuda, y en la cuantía fijada en el artículo 36 del texto

refundido de la Ley General Presupuestaria. Igualmente, la AECI podrá

solicitar del lector al que se haya solicitado el reintegro de la ayuda,

habiendo aceptado previamente el puesto, una indemnización por los daños y

perjuicios que su actuación pudiera, en su caso, ocasionar a la AECI,

previa liquidación de los mismos y audiencia del interesado, sin perjuicio

de las demás consecuencias que deban derivarse de esa causa de reintegro,

con arreglo a lo establecido en la presente Resolución. Igualmente,

procederá el reintegro del importe correspondiente en el supuesto de

modificación de la ayuda previsto en el párrafo de la condición general octava.c).

Undécima.-Los concursantes, por el hecho de serlo, se entiende que

aceptan en todos sus términos las presentes bases, así como la propuesta

de la Comisión Evaluadora y la resolución de concesión dictada por el

Secretario general, por delegación del Presidente de la AECI, sin perjuicio

de los recursos que procedan.

Norma supletoria.-Para todos aquellos extremos no previstos en la

presente Resolución, se aplicará con carácter supletorio lo dispuesto en

la Orden de 26 de marzo de 1992, modificada por la Orden de 21 de

enero de 1997 ; el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, por el

que se aprueba el Reglamento para la Concesión de Subvenciones Públicas,

y los artículos 81 y 82 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria,

aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1998.

ANEXO II

Ayudas para lectores de español en Universidades extranjeras

Resolución ...................................... ("Boletín Oficial del Estado" ...................)

I. Datos personales:

Apellidos........................................................................................... Nombre ............................................................ FOTOGRAFÍA

Lugar y fecha de nacimiento ..........................................................................................................................................

Número de identificación fiscal ......................................................................................................................................

Calle...................................................................................................................... Número .......................................

Provincia............................................ Código postal ............................................ Teléfono ............................................

II. Universidades solicitadas por orden de preferencia, consignar por código según anexo I, cuadro apartado sexto, punto cuatro:

..........................................................................................................................................................................................................

..........................................................................................................................................................................................................

III. Datos académicos:

Filología ........................................................ Expedido ........................................................ Fecha ........................................................

Cursos de postgrado Centro

.................................................................................................... ....................................................................................................

.................................................................................................... ....................................................................................................

.................................................................................................... ....................................................................................................

Cursos sobre Filología:

Curso Centro

.................................................................................................... ....................................................................................................

.................................................................................................... ....................................................................................................

.................................................................................................... ....................................................................................................

Cursos sobre enseñanza de la lengua:

Curso Centro

.................................................................................................... ....................................................................................................

.................................................................................................... ....................................................................................................

.................................................................................................... ....................................................................................................

Idiomas Título

.................................................................................................... ....................................................................................................

.................................................................................................... ....................................................................................................

.................................................................................................... ....................................................................................................

IV. Datos profesionales:

Cargo Centro de trabajo Duración

................................................................... .................................................................. ...............................................................

................................................................... .................................................................. ...............................................................

................................................................... .................................................................. ...............................................................

Documentación que presenta:

..........................................................................................................................................................................................................

..........................................................................................................................................................................................................

..........................................................................................................................................................................................................

..............................., a .......... de ............................... de ..........

Ilmo. Sr. Secretario general de la Agencia Española de Cooperación Internacional.

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