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Documento BOE-A-2000-6452

Resolución de 10 de marzo de 2000, del Departamento de Justicia, por la que se convoca concurso de traslado de funcionarios del Cuerpo a extinguir de Secretarios de Juzgados de Paz de poblaciones de más de 7.000 habitantes, del Cuerpo de Oficiales, del Cuerpo de Auxiliares y del Cuerpo de Agentes de la Administración de Justicia, para la provisión de plazas vacantes de Juzgados de Paz de Cataluña.

Publicado en:
«BOE» núm. 81, de 4 de abril de 2000, páginas 13970 a 13981 (12 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2000-6452

TEXTO ORIGINAL

Dado que hay plazas vacantes en los puestos de trabajo del Cuerpo a extinguir de Secretarios de Juzgados de Paz de poblaciones de más de 7.000 habitantes, del Cuerpo de Oficiales, del Cuerpo de Auxiliares y del Cuerpo de Agentes de la Administración de Justicia, dotadas presupuestariamente, cuya provisión se estima conveniente en atención a las necesidades del servicio, procede convocar concurso de traslados de conformidad con lo establecido en los artículos 455, 481 y 494 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial ; el Reglamento Orgánico de Secretarios de la Justicia Municipal, aprobado por Decreto de 12 de junio de 1970, y el capítulo III del título IV del Reglamento Orgánico del Cuerpo de Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero.

Por todo ello, el Departamento de Justicia ha dispuesto convocar concurso de traslado para la provisión de los puestos de trabajo que se indican en el anexo 1 con arreglo a las siguientes

Bases

1. Puestos de trabajo que se pueden solicitar

1.1 Podrán tomar parte en el presente concurso y solicitar las vacantes de los puestos de trabajo de Juzgados de Paz de Cataluña los funcionarios pertenecientes al Cuerpo a extinguir de Secretarios de Juzgados de Paz, los Oficiales, los Auxiliares y los Agentes de la Administración de Justicia, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los suspensos que no hubieran finalizado el período de suspensión.

1.2 Dado que todas las plazas de Secretaría convocadas lo son de Juzgados de municipios de más de 7.000 habitantes o de Agrupaciones de Secretarías que superan igualmente esta cifra, los funcionarios del Cuerpo de Secretarios de Paz tendrán preferencia sobre los integrantes del Cuerpo de Oficiales de la Administración de Justicia en todas las plazas convocadas mediante esta Resolución.

1.3 La adjudicación de las plazas de Secretarías de Juzgados de Paz a Oficiales de la Administración de Justicia no supondrá en ningún caso ascenso, cambio de cuerpo o categoría de los adjudicatarios.

1.4 Podrán solicitar cualquiera de las plazas vacantes incluidas en los anexos 1 de esta convocatoria y de las que simultáneamente a esta se publiquen, siempre que en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes reúnan los requisitos generales exigidos. Dichas vacantes se identificarán por el código del centro de destino, relación de puestos de trabajo y número de orden del puesto de trabajo.

2. Requisitos y condiciones de participación

2.1 Los funcionarios del Cuerpo a extinguir de Secretarios de Juzgados de Paz de poblaciones de más de 7.000 habitantes y los del Cuerpo de Oficiales, de Auxiliares y de Agentes de la Administración de Justicia sólo podrán participar si en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias ha transcurrido un año desde la toma de posesión en su actual puesto de trabajo definitivo [artículo 57.c) del Real Decreto 249/1996], excepto en el supuesto del artículo 52.c) del Real Decreto citado.

2.2 Los funcionarios en servicio activo con destino provisional en plazas que se ofrecen en esta convocatoria estarán obligados a participar en el presente concurso. En caso de que no obtuvieran destino en el concurso se les atribuirá el desempeño provisional de un puesto correspondiente a su cuerpo.

2.3 Los funcionarios que se encuentren en las situaciones de excedencia voluntaria establecidas en el artículo 34.b) y c) del Real Decreto 249/1996 (excedencias por agrupación familiar y por interés particular) sólo podrán participar en el concurso si en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes han transcurrido dos años como mínimo desde que fueron declarados en tal situación.

2.4 Los funcionarios en situación de excedencia para el cuidado de hijos al amparo de lo dispuesto en el artículo 35 del Real Decreto 249/1996 sólo podrán concursar si ha transcurrido más de un año desde la toma de posesión del último destino definitivo.

2.5 Los excedentes forzosos tendrán obligación de participar en el presente concurso con objeto de obtener un puesto de trabajo definitivo. De no participar en este concurso o no obtener puesto de trabajo, se les destinará a cualquiera de los no adjudicados a los demás concursantes.

Los excedentes forzosos, los suspensos definitivos que hubieran perdido su puesto de trabajo y los excedentes voluntarios del artículo 34.a) del Reglamento Orgánico aprobado por Real Decreto 249/1996 gozarán, por este orden, la primera vez que se anuncie a concurso una vacante del cuerpo en la misma localidad donde servían cuando se produjo su cese en el servicio activo, de derecho preferente para ocuparla.

Para ejercer este derecho habrán de solicitar todas las vacantes que se oferten en la localidad para la que se ejerce la preferencia.

3. Baremos

3.1 La valoración de méritos para la adjudicación de los puestos de trabajo de las Secretarías o Agrupaciones de Secretarías se hará de acuerdo con el baremo siguiente:

3.1.1 Los funcionarios del Cuerpo a extinguir de Secretarios de Paz de más de 7.000 habitantes tendrán preferencia sobre los Oficiales de la Administración de Justicia, valorándose entre ellos la antigüedad por los servicios efectivos prestados en el cuerpo, otorgándose 1 punto por cada año completo de servicios y computándose proporcionalmente los períodos inferiores (0,0027777 por día), estableciéndose los meses como de treinta días.

3.1.2 Los funcionarios del Cuerpo de Oficiales de la Administración de Justicia optarán a estas plazas con posterioridad a los Secretarios de Paz mencionados en el punto anterior.

Entre los Oficiales se tendrán en cuenta las siguientes preferencias:

1.º Oficiales que estuvieran en posesión del título de Licenciado en Derecho.

2.º Oficiales titulares de una Secretaría de Paz.

3.º Demás Oficiales.

Dentro de cada uno de los tres grupos relacionados, la valoración de méritos se llevará a cabo de acuerdo con el siguiente baremo:

a) Antigüedad:

Por los servicios efectivos en el cuerpo se otorgará 1 punto por cada año completo de servicios y computándose proporcionalmente los períodos inferiores (0,0027777 por día), estableciéndose los meses como de treinta días.

b) Conocimiento oral y escrito del catalán:

De conformidad con lo que se establece en el Acuerdo de la Comisión para la normalización lingüística de 19 de junio de 1991, los funcionarios que lo acrediten, mediante certificación oficial u homologación del título aportado emitido por un órgano competente, el conocimiento oral y escrito del catalán supondrá sólo a estos efectos el reconocimiento de hasta 6 puntos según el nivel de conocimiento acreditado en los términos de la disposición adicional 2 del Reglamento orgánico aprobado por Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero, de la forma siguiente:

1. Certificado de nivel B: 2 puntos.

2. Certificado de nivel C: 4 puntos.

3. Certificado de nivel D: 6 puntos.

La certificación oficial y el título se podrán acreditar mediante fotocopia compulsada.

3.2 Para las plazas de Oficial, de Auxiliar y de Agente Judicial de Secretarías de Juzgados de Paz y Agrupaciones de Secretarías, la valoración de los méritos se hará de acuerdo con el baremo establecido para valorar la antigüedad y el conocimiento de la lengua catalana:

a) Antigüedad:

Por los servicios efectivos en el cuerpo se otorgará 1 punto por cada año completo de servicios, computándose proporcionalmente los períodos inferiores (0,0027777 por día), y estableciéndose los meses como de treinta días.

b) Conocimiento oral y escrito del catalán:

De conformidad con lo que se establece en el Acuerdo de la Comisión para la normalización lingüística de 19 de junio de 1991, los funcionarios que lo acrediten, mediante certificación oficial u homologación del título aportado emitido por un órgano competente, el conocimiento oral y escrito del catalán supondrá sólo a estos efectos el reconocimiento de hasta 6 puntos según el nivel de conocimiento acreditado en los términos de la disposición adicional 2 del Reglamento orgánico aprobado por Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero, de la forma siguiente:

1. Certificado de nivel B: 2 puntos.

2. Certificado de nivel C: 4 puntos.

3. Certificado de nivel D: 6 puntos.

La certificación oficial y el título se podrán acreditar mediante fotocopia compulsada.

4. Modelos y plazos de presentación de solicitudes

4.1 Los funcionarios destinados definitivamente en puestos de las relaciones de puestos de trabajo del Cuerpo a extinguir de Secretarios de Paz y los del Cuerpo de Oficiales, de Auxiliares y de Agentes de la Administración de Justicia correspondientes a Cataluña, así como los que se encuentren en situación de servicios especiales y excedentes por cuidado de hijo durante el primer año de excedencia que tienen reservado su puesto de trabajo en Cataluña, presentarán su solicitud ajustada al modelo V-1 publicado en el anexo 2 de esta Resolución, en el plazo de diez días naturales siguientes al de la publicación de la presente convocatoria en el "Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña", o contados a partir del día de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado" en el caso de que la publicación de esta convocatoria no se haga simultáneamente en el "Boletín Oficial del Estado" y en el "Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña", dirigida a la Directora general de Relaciones con la Administración de Justicia del Departamento de Justicia de la Generalidad de Cataluña, calle Pau Claris, 81, 08010 Barcelona.

4.2 Los funcionarios destinados en puestos de las relaciones de puestos de trabajo de otros Cuerpos de la Administración de justicia o de otras administraciones, que se encuentren en la situación de excedencia prevista en el artículo 34.a) del Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero, en el Cuerpo de Secretarios de Paz o en el de Oficiales, de Auxiliares o Agentes de la Administración de justicia, que hagan constar como primer destino cualquiera de los publicados en esta convocatoria, utilizarán el modelo V-2 publicado en el anexo 2 de esta Resolución, en el plazo de diez días naturales siguientes al de la publicación de la presente convocatoria en el "Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña", o contados a partir del día de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado" en el caso de que la publicación de esta convocatoria no se haga simultáneamente en el "Boletín Oficial del Estado" y en el "Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña", dirigida a la Directora general de Relaciones con la Administración de Justicia del Departamento de Justicia de la Generalidad de Cataluña, calle Pau Claris, 81, 08010 Barcelona.

4.3 El resto de solicitantes que deseen participar en el presente concurso, como los excedentes forzosos aunque tuvieran un destino provisional, los suspensos definitivos que hubieran perdido su puesto de trabajo, los participantes con destino provisional por haber reingresado al servicio activo, así como el resto de excedentes voluntarios por agrupación familiar o por interés particular, o los excedentes por cuidado de hijo a partir del primer año que han perdido la reserva del puesto de trabajo, y que hagan constar como primer destino cualquiera de las plazas convocadas mediante esta Resolución radicadas en Cataluña, utilizarán el modelo V-3 publicado en el anexo 2 de esta Resolución, en el plazo de diez días naturales siguientes al de la publicación de la presente convocatoria en el "Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña", o contados a partir del día de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado" en el caso de que la publicación de esta convocatoria no se produzca simultáneamente en el "Boletín Oficial del Estado" y en el "Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña", dirigida a la Directora general de Relaciones con la Administración de Justicia del Departamento de Justicia de la Generalidad de Cataluña, calle Pau Claris, 81, 08010 Barcelona.

4.4 Las solicitudes podrán remitirse también en la forma prevista en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las que se presenten en las oficinas de correos se enviarán en cualquiera de las modalidades siguientes:

a) Por correo ordinario ; en este caso tendrán entrada en el Registro General del Departamento de Justicia de la Generalidad de Cataluña, calle Pau Claris, 81, 08010 Barcelona, antes de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

b) Por correo certificado ; en este caso se presentarán en las oficinas de Correos en sobre abierto para que el funcionario de Correos ponga la fecha y las selle antes de enviarlas. Los participantes en el concurso deberán enviar la solicitud que contenga el sello de la oficina de Correos, sin que pueda admitirse pasado el plazo de presentación de solicitudes aquella que no cumpla este requisito, aunque posteriormente pueda acreditar este extremo.

4.5 Los excedentes voluntarios por interés particular acompañarán a la solicitud la declaración de no haber sido separados de alguna de las administraciones públicas.

4.6 La solicitud para tomar parte en este concurso será única para cada funcionario participante, aunque se soliciten plazas radicadas fuera de Cataluña, que por tanto figuran en las convocatorias que simultáneamente a esta se publiquen.

Del mismo modo, mediante una única instancia deberán optar por participar desde el cuerpo en que el funcionario se encuentre en activo, o reingresar al servicio activo en otro cuerpo del que formen parte como excedentes.

Al resultar irrenunciables los destinos obtenidos a instancia del funcionario, en caso de obtener destino el reingresado en el servicio mediante concurso de traslado, quedará automáticamente en excedencia en el cuerpo en el que se encontraba en activo, por lo que su destino actual se ofrecerá como plaza vacante en ulteriores concursos de traslado.

4.7 La solicitud formulada será vinculante para el solicitante una vez transcurrido el período de presentación de solicitudes.

4.8 En caso de discrepancia entre la transcripción del código informático de un puesto concreto y su literal, quedaría anulada la petición de dicho puesto.

4.9 Los modelos de solicitud podrán ser recogidos por las personas interesadas en los Servicios Centrales del Departamento de Justicia (calle Pau Claris, 81, 08010 Barcelona), en la Gerencia de Apoyo Judicial de Barcelona Ciudad (calle Pau Claris, 158, ático, 08009 Barcelona), en la Gerencia de Apoyo Judicial de Barcelona Comarcas (avenida Josep Tarradellas, 179, 08901 L'Hospitalet de Llobregat) y en las Delegaciones Territoriales del Departamento de Justicia de Girona (calle Güell, 89, 17005 Girona), Lleida (calle Sant Martí, 1, 25004 Lleida) y Tarragona (calle Sant Antoni Maria Claret, 17, 43002 Tarragona).

5. Peticiones condicionadas

Caso de estar interesados en las vacantes que se anuncian para una misma provincia dos funcionarios pertenecientes a los Cuerpos de Funcionarios a extinguir de Secretarías de Juzgados de Paz de más de 7.000 habitantes, de Oficiales, Auxiliares y Agentes, podrán condicionar su petición al hecho de que ambos obtengan destino en la misma provincia, entendiéndose en caso contrario anuladas las peticiones condicionadas efectuadas por ambos. Los funcionarios que se acojan a esta petición condicional deberán concretarlo en su instancia y acompañar fotocopia de la petición del otro funcionario.

En caso de que no se aportara la fotocopia de la instancia del segundo concursante, se entenderá anulada la petición condicionada efectuada por ambos.

Los funcionarios que se acojan a esta base deberán agrupar los puestos que condicionan en los primeros números de orden de preferencia de la solicitud poniendo el resto de los no condicionados a continuación.

6. Adjudicaciones

6.1 El orden de prioridad para la adjudicación de los puestos de trabajo vendrá dado por la puntuación total obtenida según los baremos de la base tercera.

6.2 En caso de empate en la puntuación total, se acudirá para dirimirlo al orden del escalafón del funcionario.

7. Carácter de los destinos adjudicados

7.1 Los traslados que se deriven de la resolución de este concurso tendrán la consideración de voluntarios a los efectos previstos en el Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo, sobre indemnizaciones por razón de servicio.

7.2 Los destinos adjudicados serán irrenunciables.

8. Resolución y plazo posesorio

8.1 Por resolución de la Consejera de Justicia, y de manera coordinada con el Ministerio de Justicia y los órganos competentes del resto de Comunidades Autónomas que han convocado concurso de traslado, se hará pública la adjudicación provisional de los destinos resultantes de las convocatorias publicadas en el "Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña" y en el "Boletín Oficial del Estado", mediante la inserción simultánea en los tablones de anuncios del Departamento de Justicia, de las Gerencias Territoriales y Delegaciones Territoriales del Departamento de Justicia, del Ministerio de Justicia y del resto de Comunidades antes mencionadas, así como en los Tribunales Superiores de Justicia y en las Audiencias Provinciales.

8.2 La resolución de adjudicación provisional expresará el puesto de trabajo de origen de los interesados a quien se adjudique destino y también la localidad, así como la situación administrativa, si es diferente de la de activo, y el puesto de trabajo adjudicado a cada funcionario con la referencia del centro de trabajo y la localidad.

8.3 Las personas interesadas disponen de un plazo de diez días desde la exposición en los tablones de anuncios mencionados para formular las alegaciones oportunas ante el órgano al que se dirigió la petición de participación en el presente concurso, y a tal efecto utilizarán el modelo que se adjunta a esta Resolución en el anexo 3.

8.4 Una vez analizadas las alegaciones presentadas, y en coordinación con los órganos que hayan convocado concurso de traslado, la Consejera de Justicia dictará la resolución por la que se resolverá definitivamente el concurso. Esta resolución, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" y en el "Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña", se deberá dictar en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente al último de presentación de solicitudes para participar en esta convocatoria.

Transcurrido este plazo sin que se haya dictado la resolución, se entenderá desestimada la solicitud de participación en la convocatoria. No obstante, la falta de resolución expresa en el plazo citado no exime de la obligación de dictar resolución expresa en los términos previstos en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

En el supuesto de que la simultaneidad de publicación en el "Boletín Oficial del Estado" y en el "Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña" de la resolución definitiva del concurso no fuese posible, los plazos para la interposición de recursos se computarán a partir del día siguiente al de la publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

8.5 El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido se encontrará dentro del establecido en el artículo 55 del Reglamento Orgánico aprobado por Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero ; pero cuando tenga lugar dentro de la misma población, deberá efectuarse en los ocho días naturales siguientes al cese.

8.6 El plazo para la toma de posesión se contará a partir del día siguiente al cese.

8.7 Si la resolución comporta reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación.

8.8 Si no se lograra la simultaneidad de publicación de la resolución entre el "Boletín Oficial del Estado" y el "Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña", los plazos se computarán desde el día siguiente al de la publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

8.9 El cómputo de los plazos para la toma de posesión se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que se encuentran disfrutando los funcionarios, salvo que por circunstancias excepcionales debidamente motivadas se suspenda o revoque su disfrute.

9. Recursos

9.1 Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante este órgano en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el último diario oficial ("Boletín Oficial del Estado" o "Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña") en que esta Resolución se haga pública, o bien podrán impugnar esta Resolución directamente mediante recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación en el último diario oficial ("Boletín Oficial del Estado" o "Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña") en que esta Resolución se haya publicado, ante el Juzgado Contencioso Administrativo competente de Barcelona, de conformidad con lo establecido en los artículos 14 y 25 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

9.2 De acuerdo con los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" del 27), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín Oficial del Estado" del 14), y el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, la interposición de los recursos contencioso administrativos que se tengan que notificar a los interesados se notificarán mediante su publicación en el "Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña" y su exposición en los tablones de anuncios de los siguientes órganos: Servicios Centrales del Departamento de Justicia (calle Pau Claris, 81, 08010 Barcelona), Gerencia de Apoyo Judicial de Barcelona Ciudad (calle Pau Claris, 158, ático, 08009 Barcelona), en la Gerencia de Apoyo Judicial de Barcelona Comarcas (avenida Josep Tarradellas, 179, 08901 L'Hospitalet de Llobregat) y en las Delegaciones Territoriales del Departamento de Justicia de Girona (calle Güell, 89, 17005 Girona), Lleida (calle Sant Martí, 1, 25004 Lleida) y Tarragona (calle Sant Antoni María Claret, 17, 43002 Tarragona) ; en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (ps. Lluís Companys, s/n, 08018 Barcelona), en las Audiencias Provinciales de Barcelona (ps. Lluís Companys, s/n, 08018 Barcelona), Girona (plaza Catedral, s/n, 17004 Girona), Lleida (rambla Ferrán, s/n, 25001 Lleida) y Tarragona (avenida Lluís Companys, 10, 43005 Tarragona), en los Decanatos de Barcelona (ps. Lluís Companys, 1-5, 08003 Barcelona), Girona (avenida Ramón Folch, 4-6, 17001 Girona), Lleida (edificio Canyeret, calle La Parra, 21, 25007 Lleida) y Tarragona (avenida Lluís Companys, 10, 43005 Tarragona), en la Clínica Médico-Forense (ronda Sant Pere, 35, 08010 Barcelona), en el Instituto Anatómico-Forense (calle Enric Casanovas, 143, 08036 Barcelona) y en las fiscalías de Barcelona (calle Pau Claris, 160, 08009 Barcelona), Girona (plaza Catedral, s/n, 17004 Girona), Lleida (edificio Canyeret, calle La Parra, 21, 25007 Lleida) y Tarragona (avenida Lluís Companys, 10, 43005 Tarragona).

Barcelona, 10 de marzo de 2000.-La Consejera, Núria de Gispert i Català.

ANEXO 1

Entidad: Administración de Justicia. RPT: 26 Justicia Generalidad Personal al Servicio. Concurso: 09-2000-02.

Comunidad: Cataluña

VACANTES DE PUESTOS DE TRABAJO

Plazas de Secretarios de Secretarías de Juzgados de Paz

Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9232900008056.

Denominación: Juzgado de Paz de Barberà del Vallès. Número de orden: 4. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí. Informática:

No.

Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9232900008255.

Denominación: Juzgado de Paz de Les Franqueses del Vallès.

Número de orden: 2. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí.

Informática: No.

Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9232900008366.

Denominación: Juzgado de Paz de Molins de Rei. Número de orden: 4. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí. Informática: No.

Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9232900008375.

Denominación: Juzgado de Paz de Montgat. Número de orden:

2. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí. Informática: No.

Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9233000008492.

Denominación: Paz (agrupación municipal) La Pobla de Claramunt. Número de orden: 1. Número de vacantes: Una. Idioma:

Sí. Informática: No.

Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9233000008678.

Denominación: Paz (agrupación municipal) Sant Martí Sarroca.

Número de orden: 2. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí.

Informática: No.

Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9233000008762.

Denominación: Paz (agrupación municipal) Santa Margarida i els Monjos. Número de orden: 2. Número de vacantes: Una. Idioma:

Sí. Informática: No.

Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9233000008846.

Denominación: Paz (agrupación municipal) de Tona. Número de orden: 1. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí. Informática: No.

Provincia: Girona. Centro de destino: 9232900017576.

Denominación: Juzgado de Paz de Roses. Número de orden: 3. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí. Informática: No.

Provincia: Lleida. Centro de destino: 9233000025192.

Denominación: Paz (agrupación municipal) Bellpuig. Número de orden:

1. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí. Informática: No.

Provincia: Lleida. Centro de destino: 9233000025436.

Denominación: Paz (agrupación municipal) Linyola. Número de orden:

2. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí. Informática: No.

Provincia: Tarragona. Centro de destino: 9232900043430.

Denominación: Paz (agrupación municipal) Montblanc. Número de orden: 3. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí. Informática:

No.

Provincia: Tarragona. Centro de destino: 9233000043640.

Denominación: Paz (agrupación municipal) Riudoms. Número de orden: 1. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí. Informática: No.

Plazas de Oficiales de Secretarías de Paz

Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9232900008312.

Denominación: Juzgado de Paz de La Llagosta. Número de orden:

1. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí. Informática: No.

Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9232900008621.

Denominación: Juzgado de Paz de Sant Esteve de Sesrovires.

Número de orden: 1. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí.

Informática: No.

Provincia: Tarragona. Centro de destino: 9232900043263.

Denominación: Juzgado de Paz de Deltebre. Número de orden:

1. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí. Informática: No.

Plazas de Auxiliares de Secretarías de Paz

Provincia: Girona. Centro de destino: 9232900017586.

Denominación: Juzgado de Paz de Salt. Número de orden: 2. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí. Informática: No.

Plazas de Agentes de Secretarías de Paz

Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9232900008570.

Denominación: Juzgado de Paz de Sallent. Número de orden: 1.

Número de vacantes: Una. Idioma: Sí. Informática: No.

Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9232900008579.

Denominación: Juzgado de Paz de Sant Adrià del Besós. Número de orden: 3. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí. Informática:

No.

Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9232900008660.

Denominación: Juzgado de Paz de Sant Just Desvern. Número de orden: 2. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí. Informática:

No.

Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9233000008492.

Denominación: Paz (agrupación municipal) La Pobla de Claramunt. Número de orden: 4. Número de vacantes: Una. Idioma:

Sí. Informática: No.

Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9233000008846.

Denominación: Paz (agrupación municipal) de Tona. Número de orden: 4. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí. Informática: No.

Provincia: Girona. Centro de destino: 9232900017172.

Denominación: Juzgado de Paz de Cassà de la Selva. Número de orden:

1. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí. Informática: No.

Provincia: Girona. Centro de destino: 9232900017364.

Denominación: Juzgado de Paz de Lloret de Mar. Número de orden:

3. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí. Informática: No.

Provincia: Girona. Centro de destino: 9232900017576.

Denominación: Juzgado de Paz de Roses. Número de orden: 2. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí. Informática: No.

Provincia: Girona. Centro de destino: 9233000017132.

Denominación: Paz (agrupación municipal) Calonge. Número de orden:

1. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí. Informática: No.

Provincia: Girona. Centro de destino: 9233000017808.

Denominación: Paz (agrupación municipal) Vidreres. Número de orden:

1. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí. Informática: No.

Provincia: Lleida. Centro de destino: 9233000025192.

Denominación: Paz (agrupación municipal) Bellpuig. Número de orden:

4. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí. Informática: No.

Provincia: Tarragona. Centro de destino: 9232900043185.

Denominación: Juzgado de Paz de Calafell. Número de orden:

1. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí. Informática: No.

Provincia: Tarragona. Centro de destino: 9233000043640.

Denominación: Paz (agrupación municipal) Riudoms. Número de orden: 4. Número de vacantes: Una. Idioma: Sí. Informática: No.

MODELOS: (Ver imágenes páginas 13975 a 13981).

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