Está Vd. en

Documento BOE-A-2000-9847

Resolución de 5 de mayo de 2000, de la Universidad "Rey Juan Carlos", por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Técnica Superior de Administradores de esta Universidad, mediante el sistema de promoción interna.

Publicado en:
«BOE» núm. 126, de 26 de mayo de 2000, páginas 19029 a 19036 (8 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2000-9847

TEXTO ORIGINAL

Con el fin de atender las necesidades de personal de

Administración y Servicios de esta Universidad, este Rectorado, en uso

de las atribuciones conferidas por el artículo 3 de la Ley 7/1996,

de 8 de julio, de Creación de la Universidad "Rey Juan Carlos" ;

el artículo 1 del Decreto 90/1997, de 10 de julio, del Consejo

de Gobierno, por el que se fijan las competencias de los órganos

provisionales de la Universidad "Rey Juan Carlos" hasta la

aprobación de sus Estatutos, dentro del marco de lo dispuesto por

el artículo 3 de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de

Reforma Universitaria, con la conformidad de la Consejería de

Educación, y de acuerdo con lo dispuesto por el Real

Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que aprueba el Reglamento

General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración

General del Estado y de Provisión de los Puestos de Trabajo y

Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la

Administración General del Estado, ha resuelto convocar pruebas

selectivas para el ingreso en la Escala Técnica Superior de

Administradores de la Universidad "Rey Juan Carlos", con sujeción a las

siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir cuatro plazas

pertenecientes a la Escala Técnica Superior de Administradores

de esta Universidad, grupo A, por el sistema de promoción interna.

1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación

la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de

la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de

julio ; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que

se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al

Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de

los Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los

Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y lo

dispuesto en la presente convocatoria.

1.3 El procedimiento de selección será el de

concurso-oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se

especifican como anexo I.

1.4 El programa que ha de regir estas pruebas selectivas es

el que figura como anexo II de esta convocatoria.

1.5 Las pruebas selectivas comenzarán a partir de julio de 2000.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a las presentes pruebas selectivas, los

aspirantes deberán reunir los requisitos generales de acceso a

la función pública, y en particular:

2.1.1 Ser español u ostentar la condición de nacional de un

Estado miembro de la Unión Europea.

2.1.2 Tener la nacionalidad española o nacional de un Estado

miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados

a los que, en virtud de Tratados internacionales celebrados por

la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la

libre circulación de trabajadores, en los términos en que ésta se

halle definida en el Tratado Constitutivo de la Unión Europea.

2.1.3 Tener cumplidos los dieciocho años y no haber

alcanzado la edad de jubilación legalmente establecida.

2.1.4 Estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero

Superior, Arquitecto o equivalente, o en condiciones de obtenerlo

en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

2.1.5 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

2.1.6 No haber sido separado, mediante expediente

disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas,

ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes

funciones.

2.1.7 Además, los aspirantes que concurran a estas plazas

deberán pertenecer el día que termine el plazo de presentación

de solicitudes a Cuerpos o Escalas de Administración General o

de Administración Universitaria de grupo B, establecidos en el

artículo 25 de la Ley 30/1984, de Medidas para la Reforma de

la Función Pública, excluidos los Cuerpos o Escalas de Bibliotecas

e Informática ; tener destino actual en la Universidad "Rey Juan

Carlos" y poseer una antigüedad de, al menos, dos años en el

Cuerpo o Escala a la que pertenezcan.

Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26

de diciembre, correspondientes a los Cuerpos o Escalas

anteriormente citados, serán computables a efectos de antigüedad para

participar en estas pruebas selectivas.

2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán

poseerse el día de finalización del plazo de presentación de

instancias y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión

como funcionario de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

deberán hacerlo constar en instancia que será facilitada

gratuitamente en la Oficina de Información y Registro de la Universidad

"Rey Juan Carlos", Rectorado, calle Tulipán, sin número, Móstoles

(Madrid) ; en los Gobiernos Civiles de cada provincia, en las

Delegaciones del Gobierno de las Comunidades Autónomas, en el

Centro de Información Administrativa para las Administraciones

Públicas, en el Instituto Nacional de la Administración Pública y en

los Rectorados de todas las Universidades públicas del Estado,

siempre que las solicitudes de que dispongan éstos sean de

características similares a la publicada como anexo IV.

3.2 Los aspirantes deberán adjuntar a la instancia una

fotocopia legible del documento nacional de identidad. Y los

documentos que se mencionan en los anexos IV y VI.

3.3 En las solicitudes se consignarán necesariamente los

siguientes datos:

En el apartado 1 "Cuerpo o Escala", se hará constar la

denominación en la Escala objeto de esta convocatoria: "Escala Técnica

Superior de Administradores".

En el apartado 3 "Forma de acceso", se consignará "P", sistema

de promoción interna.

En el apartado 25 "letra A)" se indicará el/los idioma(s) para

el tercer ejercicio.

3.4 La presentación de solicitudes se hará en el Registro

General de la Universidad "Rey Juan Carlos", Rectorado, calle Tulipán

sin número, 28931 Móstoles (Madrid), o en la forma prevista en

el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales a partir

del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín

Oficial del Estado", dirigidas al excelentísimo señor Rector de la

Universidad "Rey Juan Carlos".

3.5 Los derechos de examen serán de 4.000 pesetas, y se

ingresarán en la Caja de Madrid (entidad 2038), oficina

número 2221, de la plaza del Pradillo, número 2, 28931 Móstoles,

número de cuenta 6000500593, "Derechos de examen", bien

directamente o por transferencia bancaria.

El interesado deberá justificar el ingreso de los derechos de

examen mediante la cumplimentación y sellado por la entidad

bancaria de la parte inferior de la solicitud destinada a tal efecto

o adjuntando el correspondiente resguardo de ingreso. La falta

de pago de los derechos de examen determinará la exclusión del

aspirante. En ningún caso el abono de los derechos examen

supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma,

de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.4.

3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán

subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del

interesado.

3.7 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan

hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar

su modificación mediante escrito motivado, dirigido al

excelentísimo señor Rector dentro del plazo establecido en la base 3.4

para la presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo, no

se admitirá ninguna petición de esta naturaleza, salvo causa

excepcional sobrevenida, justificada y libremente apreciada por el

Tribunal.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el

RectorPresidente de la Universidad "Rey Juan Carlos" dictará, en el plazo

máximo de un mes, resolución que será publicada en el "Boletín

Oficial del Estado", declarando aprobadas las listas provisionales

de admitidos y excluidos. En dicha resolución se indicará el lugar,

fecha y hora de comienzo del primer ejercicio, así como la relación

de los aspirantes excluidos, con mención expresa, en todo caso, de

los apellidos, nombre, número del documento nacional de

identidad y motivo que la produce.

4.2 Los aspirantes excluidos o los que no figuren en las

relaciones de admitidos y excluidos, dispondrán de un plazo de diez

días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación

de la resolución que aprueba las listas provisionales de admitidos

y excluidos, para poder subsanar el defecto que haya motivado

la exclusión. Los aspirantes que dentro del plazo señalado no

subsanen la exclusión, justificando su derecho a estar incluidos

en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de

la realización de las pruebas.

4.3 La resolución que apruebe definitivamente los admitidos

pondrá fin a la vía administrativa y, en consecuencia, los aspirantes

definitivamente excluidos podrán formular recurso potestativo de

reposición en el plazo de un mes o recurso

contencioso-administrativo.

4.4 Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio,

a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la

realización de las pruebas selectivas.

5. Tribunales

5.1 El Tribunal calificador se ajustará a lo establecido por

el artículo 11 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el

que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal

al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión

de los Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los

Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y es

el que se relaciona en el anexo III.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Rectorado de esta Universidad, cuando

concurran en ellos las circunstancias previstas en el artículo 28 de

la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen

realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas

en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal

declaración expresa de no hallarse incursos en alguna de las

circunstancias previstas en el párrafo anterior.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas

la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"

resolución por la que se nombra a los nuevos miembros del

Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición

por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el

Tribunal, con asistencia del Presidente y del Secretario y la mitad,

al menos, de sus miembros, titulares o suplentes. En dicha sesión

el Tribunal acordará las decisiones pertinentes en orden al correcto

desarrollo de las pruebas selectivas.

5.5 A partir de su constitución, y para el resto de las sesiones,

el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de

la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes.

5.6 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá las

dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas y

adoptar los acuerdos que garanticen el buen orden de la

convocatoria en todo lo no previsto por las presentes bases y la

normativa aplicable.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo

momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de

los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores

a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La

designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector-Presidente

de la Universidad.

5.8 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas

oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición

se realicen de forma conjunta y coordinada, para lo cual podrá

nombrar colaboradores en número suficiente para garantizar el

correcto y normal desarrollo de los ejercicios.

5.9 El Tribunal adoptará las medidas oportunas para

garantizar que los ejercicios de la fase de oposición a realizar de forma

escrita y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos

sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para

ello los impresos aprobados por la Orden del entonces Ministerio

de Presidencia, de 18 de febrero de 1985 ("Boletín Oficial del

Estado" del 22), o cualesquiera otros equivalentes. El Tribunal

excluirá a aquellos opositores en cuyo ejercicio figuren nombres,

rasgos, marcas o signos que permitan conocer la identidad de

los mismos.

5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en la Universidad "Rey Juan Carlos"

(edificio Rectorado), calle Tulipán, sin número, 28931 Móstoles

(Madrid), teléfono 91 664 74 97. El Tribunal dispondrá en esta sede

al menos una persona, miembro o no del Tribunal, que atienda

a cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas

pruebas selectivas.

5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá

la categoría de primera de las recogidas en el Real

Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" del

día 19).

5.12 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar

que han superado las pruebas selectivas un número superior de

aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de

aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno

Derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra "B", de conformidad con

lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de la

Administración Pública de fecha 23 de febrero de 2000 ("Boletín

Oficial del Estado" de 3 de marzo), por la que se publica el resultado

del sorteo para la determinación del orden de actuación de los

aspirantes en todos los procesos que se convocan en ejecución

de la oferta de empleo público de la Administración General del

Estado para 2000. En el supuesto de que no exista ningún

aspirante cuyo primer apellido comience por la letra indicada, el orden

de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido

comience con la letra "C", y así sucesivamente.

6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser

requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar

su identidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para la realización del

ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición

quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor,

debidamente justificados, los cuales serán libremente apreciados por

el Tribunal.

6.4 La publicación del anuncio de celebración del segundo

ejercicio y los posteriores se efectuará por el Tribunal en los locales

donde se haya celebrado el primero o anteriores ejercicios, así

como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10 y por

cualesquiera otros medios, si se juzga conveniente, para facilitar

su máxima divulgación, con veinticuatro horas, al menos, de

antelación a la señalada para la iniciación del mismo. Cuando se trate

del mismo ejercicio el anuncio será publicado en los locales donde

se haya celebrado, en la citada sede del Tribunal, y por cualquier

otro medio, si se juzga conveniente, con doce horas, al menos,

de antelación.

6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal

tuviese conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee

la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria,

previa audiencia del interesado, propondrá su exclusión al

excelentísimo señor Rector-Presidente de la Universidad,

comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el

aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas,

a los efectos procedentes.

Esta resolución pondrá fin a la vía administrativa y,

consiguientemente, el interesado podrá formular recurso potestativo de

reposición, en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo

ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses.

7. Listas de aprobados

7.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará

pública, en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así

como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10 y en aquellos

otros que estime oportuno, la relación de aspirantes que han

superado las pruebas, por orden de puntuación alcanzada, con

indicación del número de su documento nacional de identidad.

7.2 El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de

la lista de aprobados al excelentísimo señor Rector-Presidente de

la Universidad.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales desde que se publique

la relación definitiva de aprobados, los aspirantes que figuren en

la misma deberán presentar en el Servicio de Recursos Humanos

y Organización de la Universidad "Rey Juan Carlos", toda la

documentación necesaria para ser nombrados funcionarios de la Escala

Técnica Superior de Administradores de esta Universidad, que

no obre en el referido Servicio.

8.2 Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de

presentar los documentos expresados en la base anterior, podrá

acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria,

mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho.

8.3 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza

mayor, que no prestasen la documentación, o del examen de la

misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos

señalados en la base 2.1, no podrán ser nombrados funcionarios de

carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la

responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la

solicitud inicial.

8.4 Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal

calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios de

carrera, mediante resolución que se publicará en el "Boletín Oficial

del Estado", con el orden definitivo de puntuación.

9. Norma final

9.1 Contra la presente Resolución, que agota la vía

administrativa, cabrá recurso potestativo de reposición, en el plazo

de un mes, o recurso contencioso-administrativo ante el órgano

jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados

a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad a lo

establecido en el artículo 46.4 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,

reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

9.2 A tal efecto, contra las decisiones del Tribunal podrá

interponerse, por persona legitimada, recurso de alzada en el plazo

de un mes a partir de la notificación o publicación, ante el

excelentísimo señor Rector-Presidente de la Universidad "Rey Juan

Carlos". Contra la resolución de éste podrá interponerse, por

persona legitimada, recurso potestativo de reposición, en el plazo

de un mes, o recurso contencioso-administrativo. De no producirse

contestación a los recursos administrativos se entenderán

denegados por silencio administrativo negativo.

Móstoles, 5 de mayo de 2000.-El Rector-Presidente, Guillermo

Calleja Pardo.

ANEXO I

Proceso selectivo: Valoraciones, pruebas y puntuaciones

1. Fase de oposición

Estará constituido por dos ejercicios, de carácter eliminatorio,

y un tercero, voluntario y de méritos.

Primer ejercicio: Los aspirantes deberán desarrollar, por

escrito, un tema general que elegirán de los dos extraídos previamente

al azar, entre cinco temas presentados por el Tribunal,

relacionados con el programa a que hace referencia el anexo II, sin que

tengan que coincidir necesariamente con algún epígrafe de éste.

Para la realización de este ejercicio los aspirantes dispondrán de

un tiempo máximo de tres horas. El ejercicio deberá ser leído

por el opositor en sesión pública ante el Tribunal, que lo calificará

valorando los conocimientos, la claridad y orden de ideas y la

calidad de expresión escrita, así como su forma de presentación

o exposición.

Segundo ejercicio: El Tribunal presentará cuatro supuestos de

carácter práctico, relacionados con el programa a que hace

referencia el anexo II. Los aspirantes elegirán dos supuestos prácticos

de entre los cuatro propuestos, y elaborarán, por escrito, la

propuesta de resolución, informe, recurso y/o instrumento que

proceda. Los aspirantes podrán utilizar los textos, libros o

documentación que consideren necesaria y que aporten para la ocasión.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de

cinco horas. El ejercicio deberá ser leído por el opositor en sesión

pública ante el Tribunal, que lo calificará valorando los

conocimientos, la claridad y orden de ideas y la calidad de expresión

escrita, así como su forma de presentación o exposición.

Tercer ejercicio (voluntario y de méritos): Consistirá en la

realización de una traducción directa, por escrito, en castellano y

sin diccionario, de un documento redactado en francés, inglés,

y/o alemán. Para la práctica de dicho ejercicio los aspirantes

dispondrán, para cada uno de los idiomas a los que se presenten,

de un tiempo máximo de una hora y media. Para cada uno de

los idiomas a que se presente el aspirante deberá proceder a la

lectura de la traducción realizada en este ejercicio en sesión

pública ante el Tribunal.

Asimismo, corresponderá al Tribunal resolver cuantas

incidencias e interpretaciones se susciten respecto a las valoraciones y

pruebas contenidas en este anexo.

2. Fase de concurso

1. Finalizada la fase de oposición tendrá lugar la de concurso.

Tan sólo participarán en esta fase aquellos aspirantes que hayan

superado la fase de oposición. En ella se valorarán los méritos

relacionados con la carrera profesional, el puesto desempeñado,

el nivel de formación y la antigüedad.

1.1 Antigüedad.-Se valorarán los servicios efectivos

prestados o reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de

diciembre, hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de

solicitudes, en el Cuerpo o Escala a la que pertenezca o haya

pertenecido. El máximo a valorar en este apartado será hasta ocho

puntos. Y ello conforme a los siguientes criterios:

a) Los servicios prestados o reconocidos en Cuerpos o Escalas

pertenecientes al grupo B, a razón de 0,80 puntos por año de

servicio.

b) Los servicios prestados o reconocidos en Cuerpos o Escalas

pertenecientes a otros grupos, a razón de 0,50 puntos por año

de servicio.

Se considerarán como años completos las fracciones iguales

o superiores a seis meses.

1.2 Grado personal.-El grado personal consolidado, referido

al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes,

se valorará conforme a la siguiente escala:

Por grado menor al 20 o sin consolidar: Ocho puntos.

Por grado 22: Nueve puntos.

Por grado 24: 10 puntos.

1.3 Puesto de trabajo.-Se valorará el nivel de complemento

de destino correspondiente al puesto de trabajo desempeñado en

el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes,

conforme a la escala que se indica:

Nivel de complemento de destino 24: Nueve puntos.

Nivel de complemento de destino 26: 10 puntos.

1.4 Nivel de formación académica.-Se valorará la formación

académica de los aspirantes en el día de finalización del plazo

de presentación de solicitudes, hasta un máximo de dos puntos,

de la siguiente forma:

Otros títulos de Diplomado y Licenciado, o equivalentes además

del exigido en la convocatoria: Un punto.

Título de Doctor: Dos puntos.

2. Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán,

única y exclusivamente, a la puntuación obtenida por aquellos

aspirantes que hayan superado la fase de oposición.

3. La acreditación de estos méritos se realizará mediante

certificación expedida por la Unidad correspondiente de Recursos

Humanos y se ajustará al modelo que se adjunta como anexo V

a la presente convocatoria.

3. Valoración final

3.1 La valoración final del proceso selectivo vendrá dada por

la suma de las puntuaciones obtenidas en ambas fases (oposición

y concurso), no pudiendo resultar aprobados, tras la suma de ellas,

un número mayor de personas que el total de plazas convocadas.

3.2 Para superar las presentes pruebas selectivas y obtener

algunas de las plazas convocadas, será necesario aprobar la fase

de oposición y encontrarse, una vez sumada la fase de concurso,

en un número de orden no superior de plazas convocadas.

3.3 En caso de igualdad en la puntuación total, una vez

sumadas las fases de concurso y de oposición, se dará prioridad al

aspirante que hubiera obtenido mayor puntuación en la fase de

oposición, y, en caso de persistir la igualdad, se acudirá a dirimirlo

a la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso por el

mérito del grado consolidado, y así sucesivamente con los

siguientes méritos. Si, una vez aplicadas estas reglas, no dirimiese el

empate, éste se resolverá, finalmente, por sorteo entre los

aspirantes igualados.

ANEXO II

Programa

BLOQUE 1.o

Derecho Administrativo

Tema 1. La Administración pública: El principio de legalidad.

Las potestades administrativas: Regladas y discrecionales. El

control legislativo, jurisdiccional y político de la Administración.

Tema 2. Fuentes del Derecho Administrativo: Concepto. El

papel de la costumbre. Los principios generales del Derecho.

Tema 3. La Constitución como norma jurídica. La Ley:

Concepto y reserva de ley. Leyes orgánicas y Leyes ordinarias.

Disposiciones del ejecutivo con fuerza de ley: Decretos-leyes y

Decretos Legislativos.

Tema 4. El Reglamento: Concepto, naturaleza y clases. Límites

de la potestad reglamentaria: Formales y sustanciales.

Reglamentos ilegales: Sanción, medios técnicos de reacción y remedios

activos. La inderogabilidad singular de los Reglamentos.

Tema 5. El acto administrativo: Concepto y clases. Elementos

del acto administrativo: Sujeto, causa, fin y forma.

Tema 6. El acto administrativo: Motivación. Notificación.

Publicación. Actos presuntos.

Tema 7. El acto administrativo. Efectos: Eficacia demorada y

eficacia retroactiva. Procedimientos de ejecución.

Tema 8. El acto administrativo: Nulidad de pleno derecho.

Anulabilidad. Transmisibilidad. Conversión de actos viciados.

Conservación de actos y trámites. Convalidación.

Tema 9. El acto administrativo: Revisión de actos nulos. Revisión

de actos anulables. Revocación de actos. Límites de la revisión.

Tema 10. Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común: Objeto y ámbito de aplicación. Principios

generales.

Tema 11. Órganos de las Administraciones públicas:

Competencia. Abstención y recusación. Órganos colegiados.

Tema 12. Los interesados en el procedimiento administrativo.

Los derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las

Administraciones públicas. Términos y plazos: Cómputo, ampliación

y tramitación de urgencia.

Tema 13. El procedimiento administrativo: Iniciación.

Ordenación. Instrucción. Finalización.

Tema 14. Los recursos administrativos: Principios generales.

Recursos ordinarios. Recurso de revisión. Reclamaciones previas

al ejercicio de las acciones civiles y laborales.

Tema 15. Las reclamaciones económico-administrativas:

Materias sobre las que pueden versar. Actos susceptibles de

reclama

ción. Órganos competentes para conocer y resolver las

reclamaciones.

Tema 16. La jurisdicción contencioso-administrativa:

Naturaleza, extensión y límites. Órganos de la jurisdicción

contenciosoadministrativa. Las partes en el proceso

contencioso-administrativo. Objeto del recurso contencioso-administrativo.

Tema 17. El procedimiento contencioso-administrativo.

Ejecución de sentencias. Recursos contra sentencias.

Tema 18. Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

Ámbito de aplicación. Requisitos para contratar con la

Administración.

Tema 19. Actuaciones administrativas preparatorias de los

contratos. Tramitación de los expedientes de contratación.

Prerrogativas de la Administración.

Tema 20. De los procedimientos y formas de adjudicación de

los contratos. Revisión de precios en los contratos de la

Administración.

Tema 21. Perfección y normalización de los contratos.

Ejecución y modificación. Extinción de los contratos.

Tema 22. Cesión de los contratos y subcontratación.

Contratación en el extranjero. Invalidez de los contratos.

Tema 23. El contrato de obras.

Tema 24. El contrato de gestión de servicios públicos.

Tema 25. El contrato de suministro.

Tema 26. El contrato de consultaría y asistencia. El contrato

de servicios.

Tema 27. La responsabilidad patrimonial de la Administración.

La responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de

las Administraciones públicas.

BLOQUE 2.o

Administración de personal

Tema 1. Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública:

Ámbito de aplicación. Órganos superiores de la función pública.

Registros de personal.

Tema 2. Planificación de recursos humanos. Relaciones de

puestos de trabajo.

Tema 3. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario.

Derechos y deberes de los funcionarios.

Tema 4. Ingreso en Cuerpos o Escalas de funcionarios: Normas

generales. Oferta de empleo público. Órganos de selección.

Convocatorias y procedimiento selectivo.

Tema 5. Provisión de puestos de trabajo. Disposiciones

generales. Concurso. Libre designación. Otras formas de provisión.

Tema 6. Carrera profesional: Grado personal. Intervalo de

niveles y garantía del puesto de trabajo. La promoción interna.

Tema 7. Situaciones administrativas: Supuestos y efectos de

cada una de ellas.

Tema 8. Sistema de retribuciones de los funcionarios:

Conceptos retributivos y determinación de la cuantía de los conceptos

retributivos. Retribuciones de los funcionarios en prácticas.

Retribuciones de los funcionarios destinados en el extranjero.

Indemnizaciones por razón del servicio.

Tema 9. Incompatibilidades del personal al servicio de las

Administraciones públicas: Principios generales y ámbito de aplicación.

Actividades públicas. Actividades privadas. Disposiciones comunes.

Tema 10. El régimen disciplinario de los funcionarios: Personas

responsables. Faltas y sanciones disciplinarias. Procedimiento

para la sanción de las faltas disciplinarias.

Tema 11. Los órganos de representación de los funcionarios

públicos. La negociación colectiva y la participación en la

determinación de las condiciones de trabajo de los funcionarios

públicos. El derecho de reunión.

Tema 12. El régimen de la Seguridad Social de los funcionarios.

La MUFACE. El sistema de derechos pasivos.

Tema 13. Las fuentes del ordenamiento laboral. Aplicación

e interpretación de las normas laborales. Principios de ordenación

jerárquica en el Derecho Laboral.

Tema 14. El contrato de trabajo: Forma, validez y capacidad

para contratar. Derechos y deberes laborales básicos. Derechos

y deberes derivados del contrato. Período de prueba.

Tema 15. Contratos formativos. Contrato de trabajo en

prácticas y contrato para la formación. Contrato a tiempo parcial,

contrato fijo-discontinuo y contrato de relevo. Contratos de

duración determinada.

Tema 16. Clasificación profesional y promoción en el trabajo.

Salarios y garantías salariales. Tiempo de trabajo.

Tema 17. Modificación del contrato de trabajo: Movilidad

funcional, movilidad geográfica y modificaciones sustanciales de las

condiciones de trabajo. Garantías por cambio de empresario. La

suspensión del contrato de trabajo.

Tema 18. La extinción del contrato de trabajo: Causas.

Extinción por voluntad del trabajador. Extinción por causas objetivas.

Despido colectivo, disciplinario e improcedente.

Tema 19. La libertad sindical. Órganos de representación:

Delegados de personal y Comités de Empresa. Derecho de reunión.

Tema 20. Los Convenios Colectivos: Naturaleza y efectos.

Legitimación. Tramitación, aplicación e interpretación. Adhesión y

extensión.

Tema 21. Los conflictos colectivos. El derecho de huelga. El

cierre patronal.

Tema 22. El procedimiento laboral: El ejercicio de la potestad

jurisdiccional. Las partes procesales. La evitación del proceso.

El proceso ordinario. La ejecución de sentencias frente a entes

públicos.

Tema 23. La Seguridad Social: Campo de aplicación y

estructura del sistema de la Seguridad Social. Afiliación y cotización.

Tema 24. Régimen general de la Seguridad Social: Acción

protectora. Incapacidad temporal. Invalidez.

Tema 25. Régimen general de la Seguridad Social: Jubilación.

Muerte y supervivencia. Prestaciones familiares por hijo a cargo.

Tema 26. Protección por desempleo: Objeto. Nivel

contributivo. Nivel asistencial. Régimen de las prestaciones

BLOQUE 3.o

Hacienda Pública y gestión financiera

Tema 1. El presupuesto: Concepto y clases. El presupuesto

por programas: Objetivos, programas y su evaluación. Presupuesto

en base cero: Objetivos, unidades y paquetes de decisión y

asignación de prioridades.

Tema 2. Los Presupuestos Generales del Estado: Principios

y estructura. El ciclo presupuestario. Créditos presupuestarios.

Gastos plurianuales.

Tema 3. Modificaciones de los créditos. Transferencias de

crédito. Créditos extraordinarios. Suplementos de crédito.

Ampliaciones de créditos. Incorporación de créditos. Generaciones de

crédito. Desglose de aplicaciones presupuestarias.

Tema 4. Los ingresos: Concepto. Impuestos directos: Concepto

y clasificación. Impuestos indirectos: Concepto y clasificación.

Tasas y precios públicos.

Tema 5. La financiación de las Comunidades Autónomas:

Financiación incondicionada, financiación condicionada y

financiación autónoma.

Tema 6. Los gastos: Concepto. Gastos de personal. Gastos

para la compra de bienes y servicios. Transferencias corrientes

y de capital. Gastos de inversión.

Tema 7. Los pagos: Concepto. Pagos por obligaciones

presupuestarias. Pagos por ejercicios cerrados. Anticipos de caja fija.

Pagos "a justificar". Justificación de libramientos.

Tema 8. El procedimiento de ejecución presupuestaria: Fases

del procedimiento. Documentos contables. Disposición de fondos

del Tesoro Público.

Tema 9. El control presupuestario: Concepto y ámbito de

aplicación. Control Interno: La Intervención General del Estado. El

control externo: El Tribunal de Cuentas. Especial referencia al

control de legalidad.

Tema 10. La contabilidad pública: El Plan General de

Contabilidad Pública. La Cuenta General del Estado.

BLOQUE 4.o

Administración universitaria

Tema 1. La autonomía universitaria: Reconocimiento

constitucional, contenido y alcance. Creación, régimen jurídico y

estructura de las Universidades. Los Estatutos de las Universidades. El

Consejo de Universidades. Competencias educativas y órganos

gestores a nivel universitario de la Comunidad Autónoma de

Madrid. La Ley de Reforma Universitaria.

Tema 2. Las Universidades públicas (1). Naturaleza, fines y

competencias. Organización académica: Departamentos,

Facultades y Escuelas Universitarias.

Tema 3. Las Universidades públicas (2). Organización

académica: Institutos Universitarios e Interuniversitarios. Centros de

Enseñanza Superior. Colegios Mayores. Hospitales universitarios

y Hospitales asociados.

Tema 4. Las Universidades públicas (3). Órganos de gobierno

y administración colegiados: Consejo Social. Claustro

Universitario. Junta de Gobierno. Juntas de Facultad y Escuelas. Consejos

de Departamento y de Institutos Universitarios.

Tema 5. Las Universidades públicas (3). Órganos de gobierno

y administración unipersonales: Rector. Vicerrectores. Secretario

general. Gerente. Decanos, Vicedecanos y Secretarios de

Facultades. Directores, Subdirectores y Secretarios de Escuelas

Universitarias. Directores de Departamentos e Institutos y Secretarios

de Departamento.

Tema 6. El Profesorado universitario: Clases y régimen jurídico.

Retribuciones.

Tema 7. El Personal de Administración y Servicios funcionario.

Clases y régimen jurídico.

Tema 8. Personal de Administración y Servicios laboral:

Convenio Colectivo de Universidades públicas de la Comunidad de

Madrid. Clases y régimen jurídico.

Tema 9. Las Universidades públicas (4). Alumnado: Acceso.

Permanencia. Planes de estudios. Titulaciones universitarias:

Oficiales y propias. La regulación de los estudios del tercer ciclo.

Tema 10. Convalidación de estudios y homologación de títulos

extranjeros. Becas y ayudas al estudio. Precios públicos por la

prestación del servicio público de la educación superior.

Tema 11. Las Universidades públicas (5). Investigación:

Proyección investigadora, científica y cultural. Participación en

programas de la Unión Europea. Los contratos del artículo 11 de

la Ley de Reforma Universitaria.

Tema 12. Las Universidades públicas (6). Régimen económico:

Financiación y presupuesto. Régimen patrimonial.

Tema 13. La Universidad "Rey Juan Carlos". Régimen jurídico.

Órganos de Gobierno provisionales y competencias.

BLOQUE 5.o

Gestión pública directiva

Tema 1. La dirección de las organizaciones. Funciones

directivas. Origen y naturaleza de la autoridad. El liderazgo. Jerarquía

y autoridad: El proceso escalar. Responsabilidad y autoridad.

Jerarquía lineal y jerarquía funcional. Delegación de la autoridad.

Tema 2. El proceso de adopción de decisiones. Iniciativa,

preparación y normalización de decisiones. Información y

comunicación. Modalidades y medios de comunicación. Obstáculos para

las comunicaciones y técnicas para superarlas.

Tema 3. Planificación y programación de la actividad de la

organización. Definición de objetivos, evaluación y asignación de

recursos. Instrumentos estadísticos, informáticos y de

reproducción en la actividad de las organizaciones actuales. Instrumentos

de análisis y mejora de la organización.

Tema 4. Políticas públicas. Formulación, implantación y

evaluación.

ANEXO III

Tribunal

El Tribunal estará constituido por los siguientes miembros:

Titulares:

Presidente: Don Jacinto Martín Segundo, de la Escala Técnica

de Gestión de la Universidad Complutense de Madrid.

Vocales:

Primera: Doña Elena de la Cuesta Elósegui, Profesora titular

de Universidad.

Segundo: Don Pascual Sicilia Martín, de la Escala Técnica de

Gestión de la Universidad Complutense de Madrid,

Tercero: Don Francisco Palancar Arranz, del Cuerpo de

Arquitectos de Hacienda Pública.

Cuarto: Don José Manuel de León Ceano-Vivas, de la Escala

Técnica de Gestión de la Universidad Complutense de Madrid,

quien actuará como Secretario.

Suplentes:

Presidente: Don Bruno Aguilera Barchet, del Cuerpo de

Catedráticos de Universidad.

Vocales:

Primero: Don Jerónimo Caruana de las Cajigas, de la Escala

Técnica Superior de la Administración General.

Segundo: Don Pedro García Moreno, del Cuerpo de Profesores

Titulares de Universidad.

Tercero: Don Enrique Chaves Guzmán, de la Escala Técnica

de Gestión de la Universidad Autónoma de Madrid.

Cuarto: Don Ricardo González Castrillo, de la Escala de

Facultativos de Archivos y Bibliotecas de la Universidad Complutense

de Madrid, quien actuará como Secretario.

ANEXO IV (ver imagen página 19035).

INSTRUCCIONES PARA EL INTERESADO

Instrucciones generales

Escriba solamente a máquina o con bolígrafo sobre superficie

dura, utilizando mayúsculas de tipo de imprenta.

Asegúrese de que los datos resultan claramente legibles en

todos los ejemplares.

Evite doblar el papel y realizar correcciones, enmiendas o

tachaduras.

No olvide firmar el impreso.

Instrucciones particulares

Consigne en forma de acceso una sola letra mayúscula,

tomando la que corresponda a la siguiente clave:

Letra Formadeacceso

L Libre.

P Promoción interna.

Consigne en la liquidación el importe de los derechos de

examen y número de la cuenta corriente que se indican en la

convocatoira, ya que es un impreso autoliquidativo.

Adjunte fotocopia del documento nacional de identidad al

presentar o remitir el ejemplar de la solicitud destinado a la

Universidad.

Al realizar la prestación, solicite de la oficina receptora

constancia de la fecha en el ejemplar destinado al interesado, que

deberá conservar en su poder como justificante del ingreso de

los derechos y de la presentación de la solicitud.

ANEXO V

Certificación de méritos

Don .................................................................................

Responsable de la Unidad de Personal/Recursos Humanos,

CERTIFICO:

Que de los antecedentes obrantes en esta Unidad, relativos

al aspirante abajo indicado, se justifican los siguientes extremos:

Apellidos y nombre ................................................................

Cuerpo o Escala a la que pertenece ..........................................

Documento nacional de identidad .................. NRP ..................

1. Destino actual .................................................................

2. Total de servicios reconocidos en el Cuerpo o Escala de

pertenencia:

...................... años ...................... meses ...................... días.

2.1 Antigüedad en el Cuerpo o Escala como funcionario de

carrera hasta el día de la publicación de la convocatoria:

Grupo B ................. años ................. meses ................. días.

Grupo C ................. años ................. meses ................. días.

Otros grupos ........... años ................. meses ................. días.

3. Grado consolidado en la fecha de publicación de la

convocatoria ...........................................................................

4. Nivel de complemento de destino del puesto de trabajo que

se desempeña en la fecha de publicación de la convocatoria ..

5. Titulaciones ....................................................................

Y para que conste, expido la presente certificación en

.................................... a ............ de ....................................

ANEXO VI

Don/doña ........................................................................

aspirante a las plazas convocadas para el acceso a la Escala

Superior de Administradores de la Universidad "Rey Juan Carlos",

presenta la documentación acreditativa referente a los méritos a

valorar por formación académica y que no obran en mi expediente

personal.

Títulos oficiales:

............................................................................................

............................................................................................

............................................................................................

En .......................... a ........ de .......................... de ........

Excmo. Sr. Rector-Presidente de la Universidad "Rey Juan Carlos".

ANEXO VII

Don/doña ........................................................................

con domicilio en ....................................................................

y con documento nacional de identidad ....................................

declara bajo juramento o promete, a los efectos de ser nombrado

funcionario de carrera de la Escala ...........................................

que no ha sido separado del servicio de alguna de las

Administraciones públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio

de las funciones públicas.

En .......................... a ........ de .......................... de ........

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid