Vacantes en la Administración de Justicia puestos de trabajo
de nueva creación de los Cuerpos Nacionales de Oficiales,
Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia dotados
presupuestariamente, procede su convocatoria en concurso de
traslado, de conformidad con lo establecido en los artículos 455 y
494 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial
y el capítulo III del título IV del Reglamento Orgánico de los
Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración de
Justicia aprobado por Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero.
Por todo ello, la Dirección General de Gestión de Recursos
ha dispuesto convocar concurso para la provisión de los puestos
que se relacionan en anexo I con arreglo a las siguientes bases:
Primera. Puestos que se pueden solicitar.
1. Podrán tomar parte en el presente concurso y solicitar las
vacantes de puestos de trabajo de Oficiales, Auxiliares y Agentes
de la Administración de Justicia los funcionarios pertenecientes
a dichos Cuerpos, cualquiera que sea su situación administrativa,
excepto los suspensos que no hubieran finalizado el período de
suspensión, siempre que reúnan las condiciones para concursar
según lo establecido en el artículo 57 del Real Decreto 249/1996,
de 16 de febrero.
2. Podrán solicitar cualquiera de las plazas incluidas en el
anexo I, siempre que reúnan los requisitos generales exigidos en
la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Dichas vacantes se identificarán por el código de centro de
destino, relación de puestos de trabajo, número de orden del
puesto de trabajo, y por el literal correspondiente a dichos códigos.
Con la sola solicitud de un puesto de trabajo de un órgano judicial
se entienden pedidas todas las vacantes del Cuerpo existentes
en dicho órgano.
Segunda. Requisitos y condiciones de participación.
1. Los funcionarios de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares
y Agentes de la Administración de Justicia sólo podrán participar
si en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias
ha transcurrido un año desde la toma de posesión en su actual
puesto de trabajo definitivo [artículo 57.c) del Real
Decreto 249/1996].
2. Los funcionarios en servicio activo con destino provisional
estarán obligados a participar en el presente concurso.
En caso de que no obtuvieran destino en concurso, se les
atribuirá el desempeño provisional de un puesto correspondiente a
su Cuerpo.
3. Los funcionarios que se encuentren en las situaciones de
excedencia voluntaria establecidas en el artículo 34 letras b) y
c) del Real Decreto 249/1996, (excedencia por agrupación familiar
y por interés particular), sólo podrán participar en el concurso
si en la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes han transcurrido dos años como mínimo desde que fueron
declarados en tal situación.
4. Los funcionarios en situación de excedencia para el cuidado
de hijos al amparo de lo dispuesto en el artículo 35 del Real
Decreto 249/1996, sólo podrán concursar si ha transcurrido un
año desde la toma de posesión del último destino definitivo.
5. Los excedentes forzosos, los suspensos definitivos que
hubieran perdido su puesto de trabajo y los excedentes voluntarios
del artículo 34.a) del Reglamento Orgánico aprobado por Real
Decreto 249/1996, gozarán, por este orden, la primera vez que
se anuncie a concurso vacante del Cuerpo en la misma localidad
donde servían cuando se produjo su cese en el servicio activo,
de derecho preferente para ocuparla (artículo 44.3 del R.O.).
6. Regulación del derecho de preferencia establecido en el
artículo 44.3 del Reglamento Orgánico: Dado que la preferencia
extiende sus efectos a todas las plazas de una localidad
determinada, para ejercer este derecho habrán de solicitar todas las
vacantes que se oferten en la localidad para la que se ejerce la
preferencia y agrupar estas peticiones en los primeros números
de orden de preferencia de la solicitud, ordenando el resto de
los puestos, pedidos sin preferencia, a continuación. Igualmente
deberán solicitarlo en su instancia, especificando la provincia o
municipio del último destino servido en propiedad y de forma
definitiva, aportando fotocopias compulsadas de los documentos
acreditativos de dicha preferencia.
No se tendrá en cuenta la preferencia, si no solicita todas las
vacantes de la localidad de que se trate, si no lo especifica en
la instancia en el apartado correspondiente o no aporta los
documentos aludidos en el párrafo anterior.
7. No podrá adjudicarse a los funcionarios un puesto de
trabajo correspondiente al mismo centro donde se hallen destinados
con la excepción prevista en el artículo 52.c) del Real Decreto
249/1996, de 16 de febrero, al regular la reordenación de
efectivos.
8. Finalizado el plazo de presentación de instancias, se
publicará en los tablones de anuncio de las Gerencias Territoriales
de Justicia, Audiencias Provinciales y Tribunales Superiores de
Justicia, una relación de admitidos y excluidos al presente
concurso, así como los motivos de exclusión.
Tercera. Baremos.-La valoración de méritos para la
adjudicación de los puestos de trabajo se hará de acuerdo con el baremo
establecido para valorar la antigüedad y el conocimiento de la
lengua oficial propia de las Comunidades Autónomas y los
conocimientos informáticos en aquellas plazas para las que así se
establezca.
Antigüedad: Por los servicios efectivos en el cuerpo se otorgará
un punto por cada año completo de servicios, y computándose
proporcionalmente los períodos inferiores (0,0027777 por día,
estableciéndose los meses como de treinta días).
Cuarta. Modelos y plazos de presentación de solicitudes.
1. Los funcionarios destinados definitivamente en puestos de
las relaciones de puestos de trabajo de los Cuerpos de Oficiales,
Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia, así como
los que se encuentren en situación de servicios especiales y
excedentes por cuidado de hijo que tienen reservado su puesto de
trabajo, radicados en el ámbito de Andalucía, presentarán su
solicitud ajustada a modelo V-I publicado como anexo II de esta
Resolución en el plazo de díez días naturales siguientes al de la
publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial del
Estado", dirigidas al Director general de Gestión de Recursos, en el
Registro de Entrada de la Delegación Provincial de la Consejería
de Justicia y Administración Pública que corresponda al Tribunal
o Juzgado en que estuvieran destinados.
Los funcionarios destinados en Juzgados o Tribunales del País
Vasco, Cataluña, Galicia, Comunidad Valenciana, Canarias,
Navarra y Territorio nacional sin competencias transferidas,
interesados en las plazas que se oferten en este concurso presentarán
su solicitud al Departamento de Justicia de la Comunidad
Autónoma de su actual destino o Gerencia Territorial del Ministerio
de Justicia.
2. Los funcionarios destinados en puestos de las relaciones
de puestos de trabajo de otros Cuerpos de la Administración de
Justicia o de otras Administraciones que se encuentren en
excedencia del artículo 34 letra a) del Real Decreto 249/1996, de
16 de febrero en los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes,
que deseen solicitar plazas ofertadas en el presente concurso en
su calidad de Oficial, Auxiliar o Agente, utilizarán el modelo V-2
publicado como anexo II de esta Resolución en el plazo de diez
días naturales siguientes al de la publicación de esta Resolución
en el "Boletín Oficial del Estado" dirigida a la siguiente dirección:
Consejería de Justicia y Administración Pública. Dirección
General de Gestión de Recursos, Servicio de Personal, plaza de
la Gavidia, 10, 41071 Sevilla.
3. El resto de solicitantes que deseen participar en el presente
concurso, como los excedentes forzosos aunque tuvieren un
destino provisional, los suspensos definitivos que hubieran perdido
su puesto de trabajo, los participantes con destino provisional
por haber reingresado al servicio activo, así como el resto de
excedentes voluntarios por agrupación familiar o por interés particular,
utilizarán el modelo V-3 publicado como anexo II de esta
Resolución en el plazo de diez días naturales siguientes al de la
publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial del Estado" dirigida
a la siguiente dirección:
Consejería de Justicia y Administración Pública. Dirección
General de Gestión de Recursos, Servicio de Personal, plaza de
la Gavidia, 10, 41071 Sevilla.
4. Las solicitudes podrán remitirse también en la forma
prevista en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Las que se presenten en las oficinas de correos se enviarán
en cualquiera de las dos modalidades siguientes:
a) Por correo ordinario, en cuyo caso habrá de tener entrada
en el Registro General del Ministerio de Justicia, Gerencias
Territoriales o Departamentos de Justicia de las Comunidades
Autónomas con competencias transferidas correspondientes, antes de
la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
b) Por correo certificado, en cuyo supuesto se presentarán
en las oficinas de correos en sobre abierto para ser fechadas y
selladas por el funcionario de correos antes de ser remitidas. Los
participantes en el concurso deberán enviar la instancia que
contenga el sello de la oficina de correos, sin que pueda admitirse
pasado el plazo de presentación de instancias aquella que no
cumpla este requisito, aunque posteriormente se pudiera acreditar tal
extremo.
5. Los excedentes voluntarios por interés particular
acompañarán a su solicitud declaración de no haber sido separados
de cualquiera de las Administraciones Públicas.
6. La solicitud para tomar parte en este concurso será única
para cada funcionario participante, aunque se soliciten plazas
radicadas en el territorio nacional sin competencias transferidas o
en el territorio de las Comunidades Autónomas con competencias
transferidas, que por tanto figuren en las convocatorias que
simultáneamente a ésta se realicen por el Ministerio de Justicia o los
Gobiernos Autónomos y se publiquen en el "Boletín Oficial del
Estado" o en los boletines oficiales de las Comunidades Autónomas
respectivas.
Del mismo modo mediante una única instancia deberán optar
por participar desde el cuerpo en que el funcionario se encuentre
en activo, o reingresar al servicio activo en otro cuerpo del que
formen parte como excedentes.
Al resultar irrenunciables los destinos obtenidos a instancia
del funcionario, en caso de obtener destino el reingresado al
servicio mediante concurso de traslado, quedará automáticamente
en excedencia en el cuerpo en el que se encontraba en activo.
7. La solicitud formulada será vinculante para el peticionario
una vez transcurrido el período de presentación de instancias.
8. En caso de discrepancia entre la transcripción del código
informático completo de un puesto concreto y su literal, o error
en cualquiera de los dos apartados, quedaría anulada la petición
de dicho puesto.
Quinta. Peticiones condicionadas.-Caso de estar interesados
en las vacantes que se anuncian para una misma provincia dos
funcionarios pertenecientes a los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares
y Agentes, podrán condicionar su petición al hecho de que ambos
obtengan destino en la misma provincia, entendiéndose en caso
contrario anuladas las peticiones condicionadas efectuadas por
ambos. Los funcionarios que se acojan a esta petición condicional,
deberán concretarlo en su instancia y acompañar fotocopia de
la petición del otro funcionario.
En caso de que no se aportara la fotocopia de la instancia
del segundo concursante, se entenderá anulada la petición
condicionada efectuada por ambos.
Los funcionarios que se acojan a esta base, deberán agrupar
los puestos que condicionan en los primeros números de orden
de preferencia de la solicitud, poniendo el resto de los no
condicionados a continuación.
Sexta. Adjudicaciones.
1. El orden de prioridad para la adjudicación de los puestos
de trabajo vendrá dado por la puntuación total obtenida según
baremos de la base tercera.
2. En caso de empate en la puntuación total, se acudirá para
dirimirlo al orden escalafonal del funcionario.
Séptima. Carácter de los destinos adjudicados.
1. Los traslados que se deriven de la resolución del presente
concurso tendrán la consideración de voluntarios a los efectos
previstos en el Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo, sobre
indemnizaciones por razón del servicio.
2. Los destinos adjudicados serán irrenunciables.
Octava. Resolución y plazo posesorio.
1. La presente convocatoria se resolverá por resolución
provisional del ilustrísimo señor Director general de Gestión de
Recursos de forma coordinada con los órganos competentes del Estado
y de las Comunidades Autónomas con competencias transferidas,
de forma que se publiquen simultáneamente en los tablones de
anuncios de la Consejería de Justicia y Administración Pública,
Delegaciones Provinciales de Justicia y Administración Pública,
del Ministerio de Justicia, de las Gerencias Territoriales de Justicia,
de las Comunidades Autónomas mencionadas, así como en los
de los Tribunales Superiores de Justicia y Audiencias Provinciales.
Previamente a la resolución provisional se expondrá en dichos
tablones de anuncio la relación de admitidos y excluidos y plazo
para subsanar posibles errores materiales.
2. La resolución provisional expresará el puesto de origen
de los interesados a quienes se les adjudique destino y su localidad,
así como su situación administrativa si ésta es distinta a la de
activo y el puesto adjudicado a cada funcionario con referencia
al centro de trabajo y localidad.
3. Contra las resoluciones provisionales por las que se
resuelvan los concursos de traslado cabe formular alegaciones en el
plazo de diez días naturales desde su publicación en los tablones
de anuncios referidos, ante la autoridad a la que se dirigió la
petición de participación en el presente concurso, utilizando para
ello el modelo que se adjunta a la presente convocatoria como
anexo IV. Resueltas las mismas, por otras resoluciones el concurso
de traslado obtendrá firmeza.
Las alegaciones serán resueltas con la publicación de la
resolución definitiva del concurso.
4. La toma de posesión se producirá:
Para aquellas plazas correspondientes a los órganos que
entrarán en funcionamiento el 17 de septiembre de 2001 el plazo para
tomar posesión del nuevo destino obtenido será de diez días
naturales, si hay cambio de localidad, pero cuando tenga lugar dentro
de la misma población, deberá efectuarse en los tres días naturales
siguientes al cese.
Para aquellas plazas correspondientes a los órganos que
entrarán en funcionamiento el 17 de diciembre de 2001, la toma de
posesión se producirá el día 17 de diciembre de 2001, debiendo
cesar en sus antiguos destinos tres o diez días naturales antes,
según se produzca o no cambio de localidad.
5. Si la resolución comporta reingreso al servicio activo, la
toma de posesión se producirá:
Para aquellas plazas correspondientes a los órganos que
entrarán en funcionamiento el 17 de septiembre de 2001 el plazo para
tomar posesión del nuevo destino obtenido será de diez días
naturales, si hay cambio de localidad, pero cuando tenga lugar dentro
de la misma población, deberá efectuarse en los tres días naturales
siguientes al cese.
Para aquellas plazas correspondientes a los órganos que
entrarán en funcionamiento el 17 de diciembre de 2001, la toma de
posesión se producirá el día 17 de diciembre de 2001.
6. Si no se lograra la simultaneidad de publicación de la
Resolución con los boletines oficiales de las Comunidades Autónomas,
los plazos se computarán desde el día siguiente al de la publicación
en el "Boletín Oficial del Estado".
7. El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando
finalicen los permisos o licencias que se encuentren disfrutando
los funcionarios, salvo que por circunstancias excepcionales
debidamente motivadas se suspenda o revoque el disfrute de los
mismos.
Novena. Recursos.-Contra la presente Resolución que pone
fin a la vía administrativia, se podrá interponer recurso potestativo
de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado
a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación
del presente acto, o interponer directamente el recurso
contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales
de este Orden, en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad
con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
contencioso-administrativa. Insértese en el "Boletín Oficial del Estado".
Sevilla, 18 de julio de 2001.-El Director general de Gestión,
por sustitución, el Secretario general técnico (Orden de 8 de marzo
de 2001), José Antonio Muriel Romero.
ANEXO I
Encabezado: Administración de Justicia. RPT: 39. Cuerpo: Oficiales. Comunidad de Andalucía
Vacantes puestos de trabajo
Número
vacanteCentrodestino RPT NOPT Denominación Localidad Provincia Idioma Informática
9292300304511 39 3 Jdo. 1Inst/Instr. N. 4 El Ejido ...................... El Ejido. Almería. 2 N N
9292700004001 39 3 Jdo. de Vigilancia Penitenciaria N. 7 de Andalucía.
Sede Almería .................................... Almería. Almería. 2 N N
9312700014001 39 3 Jdo. de Vigilancia Penitenciaria N. 8. Sede Córdoba . Córdoba. Córdoba. 2 N N
9292101318001 39 3 Jdo. 1Instancia N. 13 de Granada .................. Granada. Granada. 4 N N
9291200323001 39 4 Aud. Provincial Sección Tercera de Jaén ............ Jaén. Jaén. 2 N N
9292700023001 39 3 Jdo. de Vigilancia Penitenciaria N. 9 de Andalucía.
Sede Jaén ....................................... Jaén. Jaén. 2 N N
9302101629001 39 3 Jdo. 1Instancia N. 16 de Málaga ................... Málaga. Málaga. 4 N N
9302300829680 39 3 Jdo. 1Inst/Instr. N. 8 de Marbella .................. Marbella. Málaga. 3 N N
9302300829991 39 3 Jdo. 1Inst/Instr. N. 8 de Torremolinos ............. Torremolinos. Málaga. 3 N N
Encabezado: Administración de Justicia. RPT: 39. Cuerpo: Auxiliares. Comunidad de Andalucía
Vacantes puestos de trabajo
Número
vacanteCentrodestino RPT NOPT Denominación Localidad Provincia Idioma Informática
9291200304001 39 3 Aud. Provincial Sección Tercera de Almería ......... Almería. Almería. 1 N N
9292300304511 39 4 Jdo. 1Inst/Instr. N. 4 El Ejido ...................... El Ejido. Almería. 3 N N
9292700004001 39 4 Jdo. de Vigilancia Penitenciaria N. 7 de Andalucía.
Sede Almería .................................... Almería. Almería. 3 N N
9312700014001 39 4 Jdo. de Vigilancia Penitenciaria N. 8 de Andalucía.
Sede Córdoba .................................... Córdoba. Córdoba. 3 N N
9292101318001 39 4 Jdo. 1Instancia N. 13 de Granada .................. Granada. Granada. 5 N N
9291200323001 39 5 Aud. Provincial Sección Tercera de Jaén ............ Jaén. Jaén. 3 N N
9292700023001 39 4 Jdo. de Vigilancia Penitenciaria N. 9 de Andalucía.
Sede Jaén ....................................... Jaén. Jaén. 3 N N
9301200829001 39 5 Aud. Provincial Sección Octava de Málaga .......... Málaga. Málaga. 3 N N
9302101629001 39 4 Jdo. 1Instancia N. 16 de Málaga ................... Málaga. Málaga. 5 N N
9302300829680 39 4 Jdo. 1Inst/Instr. N. 8 de Marbella .................. Marbella. Málaga. 5 N N
9302300829991 39 4 Jdo. 1Inst/Instr. N. 8 de Torremolinos ............. Torremolinos. Málaga. 1 N N
Encabezado: Administración de Justicia. RPT: 39. Cuerpo: Agentes. Comunidad de Andalucía
Vacantes puestos de trabajo
Número
vacanteCentrodestino RPT NOPT Denominación Localidad Provincia Idioma Informática
9291200304001 39 4 Aud. Provincial Sección Tercera de Almería ......... Almería. Almería. 1 N N
9292300304511 39 5 Jdo. 1Inst/Instr. N. 4 El Ejido ...................... El Ejido. Almería. 1 N N
9292700004001 39 5 Jdo. de Vigilancia Penitenciaria N. 7 de Andalucía.
Sede Almería .................................... Almería. Almería. 3 N N
9312700014001 39 5 Jdo. de Vigilancia Penitenciaria N. 8 de Andalucía.
Sede Córdoba .................................... Córdoba. Córdoba. 3 N N
9292101318001 39 5 Jdo. 1Instancia N. 13 de Granada .................. Granada. Granada. 1 N N
9291200323001 39 6 Aud. Provincial Sección Tercera de Jaén ............ Jaén. Jaén. 2 N N
9292700023001 39 5 Jdo. de Vigilancia Penitenciaria N. 9 de Andalucía.
Sede Jaén ....................................... Jaén. Jaén. 3 N N
9301200829001 39 6 Aud. Provincial Sección Octava de Málaga .......... Málaga. Málaga. 2 N N
9302101629001 39 5 Jdo. 1Instancia N. 16 de Málaga ................... Málaga. Málaga. 1 N N
9302300829680 39 5 Jdo. 1Inst/Instr. N. 8 de Marbella .................. Marbella. Málaga. 2 N N
9302300829991 39 5 Jdo. 1Inst/Instr. N. 8 de Torremolinos ............. Torremolinos. Málaga. 1 N N
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