Está Vd. en

Documento BOE-A-2001-22458

Resolución de 12 de noviembre de 2001, de la Dirección General de Cooperación y Comunicación Cultural, por la que se da publicidad al convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, para la realización del censo del Patrimonio Documental y del Censo-Guía de los Archivos Españoles.

Publicado en:
«BOE» núm. 287, de 30 de noviembre de 2001, páginas 44237 a 44239 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2001-22458

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha han suscrito un Convenio de colaboración para la realización del Censo del Patrimonio Documental y del Censo-Guía de los Archivos Españoles, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Convenio, que figura como Anexo a esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 12 de noviembre de 2001.–La Directora General, Inés Argüelles Salaverría.

ANEXO
Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para la realización del Censo del Patrimonio Documental

En Madrid, a 8 de octubre de 2001.

REUNIDOS

De una parte: La excelentísima señora doña Pilar del Castillo Vera, Ministra de Educación, Cultura y Deporte, en nombre y representación del citado departamento ministerial, en virtud de lo establecido en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, y conforme al artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la nueva redacción dada por Ley 4/1999.

De otra parte: El excelentísimo señor don José Valverde Serrano, Consejero de Educación y Cultura de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, actuando en nombre y representación de la misma, conforme a las facultades que le atribuye el Decreto 18/2001, de 19 de febrero de 2001 («Diario Oficial de Castilla-La Mancha» número 21, de 21 de febrero de 2001).

Con el fin de proceder a la firma del Convenio para la realización del Censo del Patrimonio Documental.

EXPONEN

I. Conforme establece el artículo 51 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español, la Administración del Estado (Ministerio de Educación, Cultura y Deporte), en colaboración con las demás Administraciones competentes, confeccionará el Censo de los Bienes integrantes del Patrimonio Documental.

En aplicación del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985 (modificado por el Real Decreto 64/1994, de 21 de enero), artículos 35 al 39, dicho Censo está adscrito a la Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas, del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, el cual para facilitar su elaboración, puede establecer Convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas.

II. Los artículos 25.3 y 40 de la Ley 4/1990, de 30 de mayo, de Patrimonio Histórico de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, se recoge, asimismo que la Consejería de Educación y Cultura procederá, en coordinación con las demás Administraciones, a la confección de un Censo de los Archivos y sus fondos documentales, debiendo velar por la actualización del mismo.

En cumplimiento de lo expuesto, ambas partes han acordado suscribir el presente Convenio que se regirá por las siguientes:

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.

Es objeto del presente Convenio establecer la colaboración de ambas partes para impulsar la elaboración del Censo-Guía de los Archivos Españoles y del Censo de los Archivos y sus Fondos Documentales de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Segunda. Desarrollo del objeto del convenio.

1. Programa anual de actuación: Ambas partes establecerán de mutuo acuerdo un programa anual de trabajo para la recogida, transmisión y actualización de los datos, en el que se especificará el ámbito concreto de actuación.

2. Remisión de los datos: La Dirección General de Bienes y Actividades Culturales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha remitirá a la Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte los datos recopilados en soporte tradicional (papel) o en soporte informático, según formulario o cuestionario elaborado por dicha Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas, Subdirección General de los Archivos Estatales.

La Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas, a su vez remitirá una copia de los datos recopilados y ya procesados por el Censo-Guía de Archivos para su incorporación a la base de datos del Censo de los Archivos y sus Fondos Documentales de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, así como todas aquellas actualizaciones que, en su caso, se hubiesen realizado por ambas partes, no previstas en el programa anual de trabajo.

Tercera. Financiación del objeto del convenio.

1. Ambas partes fijarán, anualmente en función de las disponibilidades presupuestarias, las aportaciones económicas para la financiación del objeto del Convenio, mediante un anexo al mismo. En todo caso, se respetarán los porcentajes fijados en este Convenio.

Para las fijación de su aportación anual, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte tendrá en cuenta la memoria anual o evaluación de los trabajos, prevista en la cláusula sexta.

2. Para este año 2001, la Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha aportará el 70 por ciento del total que se invierta en la confección del Censo de los Archivos y sus Fondos Documentales, que corresponderá al pago del personal catalogador.

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, aportará el 30 por ciento restante de dicha cantidad, que corresponderá, igualmente, al pago del personal catalogador.

Ambas partes cuantifican el importe total, para este año 2001, en 8.333.333 pesetas (50.084,34 euros), de los cuales corresponden al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte 2.500.000 pesetas (15.025,30 euros) y a la Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, 5.833.333 pesetas (35.059,04 euros), aproximadamente.

La cantidad aportada por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte será librada a la Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, una vez firmado el presente Convenio, a fin de que sea invertida en el pago del personal catalogador.

3. Conforme a la normativa de disciplina presupuestaria, la Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad Autónoma certificará al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte tanto la ejecución material del objeto del Convenio como que las cantidades aportadas por ambas partes han sido invertidas en el pago del personal catalogador. Dicha certificación se realizará durante la vigencia del Convenio, en los tres primeros meses del año siguiente.

Cuarta. Difusión de los censos del patrimonio documental.

Ambas partes podrán difundir, en la forma que deseen, las bases de datos de sus respectivos censos de patrimonio documental, ateniéndose alo establecido en el artículo 39 del Real Decreto 111/1986.

En las acciones de difusión deberá incluirse la referencia a la colaboración de ambas partes.

Si la difusión se realiza a través de una publicación impresa, deberá figurar el logotipo o símbolo de ambas partes de acuerdo con sus respectivas normas de identidad gráfica.

Quinta. Comisión de seguimiento.

Conforme a lo establecido en el artículo 6.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se crea una Comisión que resolverá los problemas de interpretación, cumplimiento y desarrollo del presente Convenio. Dicha Comisión se constituirá a partir de la firma del mismo y estará integrada por tres representantes designados por cada una de las partes, uno de los cuales, en lo que respecta al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte será el representante del Delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma.

Esta representación podrá ampliarse si, ambas partes, lo estiman necesario.

Sexta. Evaluación y memoria anual.

A través de la Comisión de seguimiento prevista en la cláusula anterior, se realizará una memoria anual con la evaluación del cumplimiento del programa de actuación, previsto en la cláusula segunda, así como de la justificación o correcta aplicación del gasto comprometido.

Séptima. Entrada en vigor, vigencia y modificación del convenio.

1. Vigencia del Convenio: El presente Convenio entrará en vigor a partir de la firma del mismo. Su vigencia está supeditada a la realización de su objeto. No obstante, para la fijación anual de las cantidades económicas comprometidas, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias, se firmarán los correspondientes anexos, por lo que se abre un nuevo pro cedimiento negociador.

Para la resolución de este Convenio, la parte que desee denunciarlo deberá hacerlo dentro del primer semestre del año. En cualquier caso, la resolución del Convenio no podrá ser efectiva hasta la finalización de dicho año.

Asimismo, el Convenio podrá extinguirse por la completa realización del objeto del mismo, antes de la terminación de su plazo de vigencia, por mutuo acuerdo, por imposibilidad sobrevenida de cumplimiento del fin para el que fue suscrito y por incumplimiento de las partes.

2. Modificación: Para una mejor realización del objeto del Convenio, las partes, de mutuo acuerdo, podrán modificarlo.

En prueba de conformidad, lo firman ambas partes en el lugar y fecha «ut supra».

Por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, Pilar del Castillo Vera; por la Consejería de Educación y Cultura, José Valverde Serrano.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid