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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 16 del
Reglamento para la Implantación de la Relación de Puestos de Trabajo
del Personal de Administración y Servicios funcionario, publicada
por Resolución de la Universidad de Castilla-La Mancha de fecha
21 de marzo de 1995 ("Boletín Oficial del Estado" de 8 de mayo),
y en el Plan de Consolidación y Mejora de Plantillas de la
Universidad de Castilla-La Mancha, anexo III de la Resolución de
1 de septiembre de 1998 ("Boletín Oficial del Estado" del 30),
y aprobada por Acuerdo de la Junta de Gobierno de esta
Universidad, de fecha 27 de marzo de 2001, la oferta de empleo
para 2001 y 2002, modificada por Acuerdo de Junta de Gobierno
de fecha 6 de noviembre de 2001,
Este Rectorado, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 18, en relación con el artículo 3.º e), de
la Ley de Reforma Universitaria, así como en los Estatutos de
la Universidad, aprobados por Decreto 205/1999, de 28 de
septiembre ("Diario Oficial de Castilla-La Mancha" de 1 de octubre),
acuerda convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala
de Laboratorio Personal de Oficios y en la Escala de Gestor de
Servicios de la Universidad de Castilla-La Mancha, por el turno
de promoción interna, con sujeción a las siguientes
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convoca proceso selectivo de promoción interna para
cubrir las siguientes plazas de las escalas de funcionarios de la
Universidad de Castilla-La Mancha:
Tres plazas Escala de Laboratorios, Personal de Oficios grupo
D, en las siguientes especialidades:
Producción Vegetal: Una plaza. Código D1LABPV.
Informática: Una plaza. Código D2LABIN.
Química Física: Una plaza. Código D3LABQF.
Ocho plazas Escala Gestor de Servicios con la siguiente
distribución:
Seis plazas para Oficial de Servicios Código 6EGS01.
Dos plazas para Oficial de Información, Comunicación y
Registro, código 6EGS02.
1.2 El proceso selectivo constará de dos partes, con las
valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en el anexo 1.
1.3 Los programas generales y específicos que han de regir
las pruebas selectivas son los que figuran en el anexo II de esta
convocatoria.
1.4 El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará
a partir del 1 de febrero de 2002.
1.5 Finalizados los ejercicios de la fase de oposición, el
Tribunal publicará las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso
por los aspirantes aprobados.
1.6 El personal que supere el proceso selectivo será destinado
a alguno de los puestos que se oferten.
1.7 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables
la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública, Decreto
205/1999, de 28 de septiembre ("Diario Oficial de Castilla-La
Mancha" de 1 de octubre), por el que se aprueban los Estatutos
de la Universidad de Castilla-La Mancha ; la Resolución de 1 de
septiembre de 1998, de la Universidad de Castilla-La Mancha,
por la que se acuerda la publicación de la modificación de la
relación de puestos de trabajo del personal de Administración
y Servicios de esta Universidad ("Boletín Oficial del Estado" del
30) ; la oferta pública de empleo para los años 2001 y 2002;
el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo ("Boletín Oficial del
Estado" de 10 de abril), de aplicación supletoria, y lo dispuesto
en las presentes bases.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas
selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1 Tener la nacionalidad española o la de cualquier otro
Estado miembro de la Unión Europea.
2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años.
2.1.3 Estar en posesión de la siguiente titulación académica
o legalmente equivalente:
Título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer
grado, o titulación equivalente. A estos efectos, se considera
equivalente el certificado de estudios primarios expedido con
anterioridad a la finalización del año académico 1975-76.
2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
2.1.5 No haber sido separado mediante expediente disciplinario
del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas, ni
hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.
2.1.6 Para el acceso a las plazas de la Escala de Laboratorios:
Pertenecer a la Escala de Administración General de Gestor de
Servicios o a la Subalterna de la Universidad de Castilla-La Mancha
o al mismo grupo de titulación dentro de las Escalas de
Administración Especial de la Universidad de Castilla-La Mancha como
funcionario de carrera, cualquiera que sea su situación
administrativa, excepto los suspensos en firme, que no podrán participar
mientras dure la suspensión.
Asimismo, podrán participar los funcionarios de carrera cuyo
acceso se hubiera producido por el proceso especial de
consolidación de empleo, con la observación que se indica en la base
1.1.1 del anexo I.
2.1.7 Para el acceso a la Escala de Gestor de Servicios:
Pertenecer a la Escala Subalterna de la Universidad de Castilla-La
Mancha o al mismo grupo de titulación dentro de las Escalas de
Administración Especial o General de la Universidad de Castilla-La
Mancha como funcionario de carrera, cualquiera que sea su
situación administrativa, excepto los suspensos en firme, que no podrán
participar mientras dure la suspensión.
Asimismo, podrán participar los funcionarios de carrera cuyo
acceso se hubiera producido por el proceso especial de
consolidación de empleo, con la observación que se indica en la base
1.1.1 del anexo I.
2.1.8 Tener una antigüedad de, al menos, dos años en el
Cuerpo o Escala a que pertenezcan.
2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán
poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de
solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión
como funcionario de carrera.
3. Solicitudes
3.1 La solicitud para tomar parte en estas pruebas selectivas,
que, en todo caso, se ajustará al modelo oficial, será facilitada
gratuitamente en el Rectorado de la Universidad, Vicerrectorado
de Albacete, Cuenca y Toledo.
3.2 La presentación de solicitudes (ejemplar número 1,
"ejemplar a presentar por el interesado", del modelo de solicitud) se
hará en el Registro General del Rectorado de la Universidad de
Castilla-La Mancha, o en la forma establecida en el artículo 38.4
de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte
días naturales, a partir del siguiente al de la publicación de esta
convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", y se dirigirá al
Rector de la Universidad de Castilla-La Mancha.
Las solicitudes cursadas por los españoles en el extranjero
podrán cursarse en el plazo expresado en el párrafo anterior, a
través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al
organismo competente. El interesado adjuntará a dicha solicitud
comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de examen.
3.3 Para cumplimentar la solicitud se deberán observar las
siguientes instrucciones:
3.3.1 En el recuadro 2, "Especialidad", los aspirantes harán
constar el código de la plaza por la que concurren, que figura
en la base 1.1 de la convocatoria. Su omisión supondrá la
exclusión del aspirante.
3.3.2. Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en
la solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro número 6 de
la misma. Asimismo deberán solicitar, expresándolo en el recuadro
número 7, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para
la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea
necesaria.
3.3.3 Los ejercicios del proceso selectivo se realizarán según
las especialidades, en los siguientes campus:
Código D1LABPV: Albacete.
Código D2LABIN: Albacete.
Código D3LABQF: Ciudad Real.
Código 6EGSO1: Ciudad Real.
Código 6EGSO2: Ciudad Real.
En consecuencia, los aspirantes deberán cumplimentar el
recuadro correspondiente a "provincia de examen", según la plaza
por la que concurren.
3.4 De conformidad con la Ley 66/1997, en su artículo 18,
la tasa por derechos de examen será de 750 pesetas (4,51
euros), y se ingresarán en la cuenta cliente código
número 2105 2044 11 0142006853 de Caja Castilla-La Mancha, oficina
calle General Aguilera, 10, en Ciudad Real.
El ingreso podrá realizarse en metálico o mediante transferencia
bancaria.
A la instancia deberá adjuntarse justificante acreditativo del
pago de los derechos. La falta de este justificante determinará
la exclusión del aspirante.
En ningún caso la realización del ingreso en cuenta o la
transferencia bancaria supondrá sustitución del trámite de presentación
en tiempo y forma de la solicitud ante el órgano expresado en
la base 3.2.
3.5 Estarán exentas del pago de la tasa las personas con
discapacidad igual o superior al 33 por 100.
3.6 De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de
la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, no
procederá devolución alguna de los derechos de examen en los
supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa
imputable al interesado.
3.7 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán
subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del
interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector
de la Universidad de Castilla-La Mancha dictará Resolución en
el plazo máximo de un mes, que se publicará en el "Boletín Oficial
del Estado", y en la que, además de declarar aprobada la lista
de admitidos y excluidos, se recogerán los lugares y fechas de
comienzo de los ejercicios, así como la relación de aspirantes
excluidos con indicación de las causas de exclusión. En esta lista
deberán constar, en todo caso, los apellidos, nombre y número
de documento nacional de identidad.
4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez
días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la
Resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado
la exclusión.
La Resolución que apruebe definitivamente la lista de admitidos
pondrá fin a la vía administrativa. Los aspirantes definitivamente
excluidos podrán formular recurso contencioso-administrativo, en
el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente a su
publicación, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La
Mancha, o podrán optar por interponer recurso de reposición en
el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó el acto, en
cuyo caso no cabrá interponer el recurso
contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto no recaiga resolución expresa
o presunta del recurso de reposición.
5. Tribunal
5.1 Los Tribunales calificadores de las pruebas serán los que
figuran como anexo III de esta convocatoria.
5.2 Los miembros de los Tribunales deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo al Rector, cuando concurran en ellos
circunstancias de las previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas
de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco
años anteriores a la publicación de la convocatoria.
El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal
declaración expresa de no hallarse incursos en las causas de abstención
citadas.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la
presente base.
5.3 Con anterioridad al comienzo de las pruebas selectivas,
el Rector publicará en el "Boletín Oficial del Estado" Resolución
por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal que
hayan de sustituir a los que hubieran perdido su condición por
alguna de las causas previstas en la base anterior.
5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el
Tribunal, con asistencia de la mayoría de sus miembros, titulares
o suplentes.
En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que
le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar
válidamente, requerirá la presencia de la mayoría de sus miembros,
titulares o suplentes.
5.6 Dentro de cada parte del proceso selectivo, el Tribunal
resolverá todas las dudas que pudiera suscitar la aplicación de
estas normas, así como lo que deba hacerse en los casos no
previstos.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo
momento a lo previsto en la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas.
5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de
los ejercicios que estime pertinente, limitándose dichos asesores
a prestar dicha colaboración en sus especialidades técnicas. La
designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de
la Universidad.
5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en
aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los
aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la
realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En
este sentido, se establecerán, para las personas con minusvalías
que las hubieran solicitado en la forma prevista en la base 3.3,
las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.
A tal efecto, el Tribunal podrá requerir informe y, en su caso,
colaboración de los órganos técnicos de la administración laboral,
sanitaria, o de los órganos competentes del Ministerio de Asuntos
Sociales o de la Comunidad Autónoma.
5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar que los ejercicios escritos que no deban
ser leídos ante el Tribunal sean corregidos sin que se conozca
la identidad de los aspirantes.
El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios
figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del
opositor.
5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de
Castilla-La Mancha, Unidad de Recursos Humanos, calle
Altagracia, número 50, 13071 Ciudad Real. Teléfono 902 204 100.
El Tribunal dispondrá que, en esta sede, al menos una persona,
miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean
planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá
la categoría cuarta de las recogidas en el anexo IV del Real Decreto
236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" del 19).
5.12 En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar o declarar
que ha superado el proceso selectivo un número de aspirantes
superior que el de plazas convocadas para cada especialidad.
Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido en
esta base será nula de pleno derecho.
5.13 Tanto el Tribunal titular como el suplente se componen
de cinco miembros, de los que cuatro son nombrados por la
Administración, uno de los cuales será el Presidente y otro el Secretario ;
el otro miembro será designado por la Junta de Personal.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra "Ñ", de conformidad con
lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para
la Administración Pública de 12 de marzo de 2001 ("Boletín Oficial
del Estado" del 16) por la que se publica el resultado del sorteo
celebrado.
6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser
requeridos por miembros del Tribunal para que acrediten su identidad.
6.3 Los aspirantes serán convocados para la realización de
cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de las
pruebas selectivas quienes no comparezcan, salvo casos de fuerza
mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal.
6.4 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal
tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple
alguno de los requisitos exigidos por la presente convocatoria,
previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al
Rector de la Universidad, comunicándole asimismo las
inexactitudes o falsedades en que haya incurrido el aspirante en la
solicitud de admisión, a los efectos procedentes.
Contra la exclusión, el aspirante podrá interponer recurso de
alzada ante el Rector.
7. Lista de aprobados y nombramiento de funcionarios
7.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará
públicas en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así
como en la sede del Tribunal y en aquellos otros que estime
oportunos, la relación de aspirantes que hayan superado el proceso
selectivo, por orden de puntuación y con indicación de sus números
de documento nacional de identidad.
El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de la lista
de aprobados al Rector de la Universidad, especificando
igualmente el número de aprobados en cada uno de los ejercicios.
7.2 Por el Rector de la Universidad de Castilla-La Mancha
se procederá al nombramiento de funcionarios de carrera,
mediante resolución que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado",
con indicación del destino adjudicado.
7.3 La toma de posesión de los aspirantes aprobados deberá
efectuarse en el plazo de un mes, contado desde la fecha de
publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".
8. Consulta de la página web
La presente convocatoria y los actos que de ella se deriven
que requieran publicación podrán ser consultados en el web de
la Universidad de Castilla-La Mancha: http://www.uclm.es
9. Plazo de resolución
El plazo máximo de finalización del proceso selectivo será de
seis meses, a partir de la fecha de finalización del plazo de
presentación de instancias.
10. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se
deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser
impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Ciudad Real, 14 de noviembre de 2001.-El Rector, Luis Arroyo
Zapatero.
ANEXO I
1. Proceso de selección
1.1 El proceso selectivo constará de dos partes: Oposición
y concurso.
1.1.1 Fase de oposición:
Grupo D:
Primer ejercicio: Teórico. Cuestionarios de preguntas con
respuestas alternativas, basado en el contenido del programa. El
ejercicio tendrá carácter eliminatorio y su calificación será de apto
o no apto. La duración máxima será de sesenta minutos.
Segundo ejercicio: Práctico. Consistirá en resolver un supuesto
práctico propuesto por el Tribunal, utilizando la herramienta
adecuada al puesto de trabajo. El ejercicio será eliminatorio y la
calificación, entre cero y 10 puntos, siendo necesario obtener un
mínimo de cinco puntos para superarlo.
En caso de que la herramienta adecuada de trabajo sea el
ordenador, la realización de los ejercicios se efectuará mediante las
aplicaciones Word 97, Excel 97 y Access 97, bajo sistema
operativo Windows.
Convocatoria de promoción interna: Los aspirantes quedarán
exentos de realizar el primer ejercicio.
Los funcionarios de carrera cuyo acceso se hubiera producido
por el procedimiento especial de consolidación de empleo, si
concurren a la promoción interna deberán realizar todos los ejercicios
que configuran el proceso selectivo en el que participen, excepto
cuando hubieran transcurrido dos años desde la toma de posesión
como funcionario de carrera, momento en el que quedarán exentos
de la realización del primer ejercicio del proceso selectivo para
acceder al grupo inmediato superior.
1.1.2 Fase de concurso:
A efectos de puntuación en esta fase, los aspirantes que hayan
superado la fase de oposición dispondrán de un plazo de diez
días a partir del siguiente al de la publicación de la relación de
aprobados para presentar certificación expedida por la Unidad
de Recursos Humanos de la Universidad de Castilla-La Mancha,
acreditativa de los extremos contenidos en este apartado.
No tendrá carácter eliminatorio y es igual para todos los grupos.
La valoración del concurso será hasta un 40 por 100 de la
puntuación de la fase de oposición, con la siguiente distribución:
Hasta el 90 por 100 de la puntuación del concurso se valorará
la experiencia profesional, a razón de un punto por cada año de
servicios efectivamente prestados en la UCLM, o reconocidos en
virtud de Convenio.
En los períodos inferiores a seis meses, se valorarán a 0,16
puntos por cada mes completo.
En otras Administraciones públicas, los servicios prestados se
valorarán al 50 por 100 de la puntuación de las puntuaciones
anteriores.
Hasta el 10 por 100 de la puntuación del concurso se valorarán
los cursos de formación relacionados con la plaza, superados con
aprovechamiento, a 0,25 puntos por curso de treinta horas o más
realizado en los últimos cinco años.
La puntuación máxima en la fase de concurso que podrá
aplicarse en el proceso selectivo se limitará hasta el 40 por 100 de
la puntuación obtenida en la fase de oposición por el candidato.
Solamente podrán valorarse los cursos homologados por la
UCLM y por Administraciones públicas relacionados con la plaza.
La lista provisional que contenga la valoración de los méritos
de la fase de concurso se hará pública en el Rectorado de la
Universidad y en los Vicerrectorados de Campus de Albacete, Cuenca
y Toledo. Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días
a partir de la publicación para efectuar las alegaciones que estimen
oportunas respecto a la puntuación otorgada en esta fase.
1.2 La calificación final del proceso vendrá dada por la suma
de las puntuaciones obtenidas en la primera y segunda fase de
las pruebas.
En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso
podrá aplicarse para superar los ejercicios.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la
mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de
oposición. Si persistiese el empate a puntos, éste se dirimirá por la
puntuación obtenida en la fase de concurso por el orden que el
mismo establece. En caso de continuar el empate, se dirimirá por
la puntuación obtenida en la fase de concurso, por el orden que
el mismo establece, sin las limitaciones del 40 por 100 de la
puntuación de la fase de oposición.
ANEXO II
Programas
1. Programa general común para la Escala
de Administración Especial de Laboratorio y para la Escala
de Gestor de Servicios (grupo D)
1. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido.
2. La organización territorial del Estado. Las Comunidades
Autónomas y la Administración local.
3. Organización administrativa española: Ministros,
Secretarios de Estado y Subsecretarios. Los Directores generales. La
Administración periférica del Estado. Los organismos autónomos.
4. El procedimiento administrativo. Concepto e importancia.
La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común. Contenido y ámbito de
aplicación. Idea general de la iniciación, ordenación, instrucción
y terminación del procedimiento administrativo.
5. Los procedimientos administrativos en vía de recurso
administrativo. Clases y regulación actual.
6. El personal funcionario de las Administraciones públicas.
Selección. Provisión de puestos trabajo. Promoción profesional
de los funcionarios. Adquisición y pérdida de la condición de
funcionario. Situaciones de los funcionarios. Supuestos y efectos de
cada uno de ellos.
7. Derechos y deberes de los funcionarios. Sistemas de
retribuciones e indemnizaciones. Las incompatibilidades. Régimen
disciplinario: Faltas, sanciones y procedimiento.
8. El presupuesto del Estado. Características y estructura.
Ciclo presupuestario. Créditos presupuestarios. Gastos
plurianuales. Anulación de remanentes. Incorporación de créditos. Créditos
extraordinarios y suplementos de crédito. Anticipos de Tesorería.
Ingresos que generan créditos.
9. La Administración universitaria. Competencias del Estado
y de las Comunidades Autónomas. El Consejo de Universidades.
10. Las Universidades: Su naturaleza jurídica. El Estatuto de
la Universidad de Castilla-La Mancha. Estructura y contenido.
Órganos de gobierno de la Universidad.
11. Régimen económico-financiero de la Universidad.
Presupuesto universitario.
12. Clases y régimen jurídico de profesorado universitario.
13. Clases y régimen jurídico del personal de administración
y servicios.
14. Régimen del alumnado. Derechos y deberes de los
alumnos de la Universidad de Castilla-La Mancha. Acceso y
permanencia. Convalidaciones. Traslado de expedientes. Títulos. Becas
y ayudas al estudio.
15. Atención a los usuarios de los servicios en la
Administración pública. Técnicas de comunicación oral y escrita. Los
archivos y registros públicos. Gestión de calidad en la Administración
públicas: Concepto y herramientas.
2. Programa específico para la Escala de Laboratorio
por Especialidad
2.1 Especialidad: Producción Vegetal (código D1LABPV):
1. Las simientes: Apreciación del valor agrícola y forestal de
las semillas.
2. La germinación en la práctica agrícola y forestal.
3. Macronutrientes vegetales.
4. El laboreo de la tierra.
5. Abonos simples, compuestos, complejos y mezclas de
abonos.
6. Técnicas de siembra.
7. Métodos de riego.
8. Ecología de las especies forestales.
9. Técnicas de repoblación forestal.
10. Botánica ornamental.
11. Determinaciones analíticas de las muestras de suelo.
12. Preparaciones macro y microscópicas de material vegetal.
2.2 Especialidad: Informática (código D2LABIN):
1. Informática básica: Concepto de ordenador, equipo
informático y sistema informático. Periféricos de un ordenador.
2. Estructura y arquitectura de un ordenador.
3. Instalación y mantenimiento de ordenadores personales y
estaciones de trabajo.
4. Instalación, configuración y administración de sistemas
operativos: Windows 95/98/Me/NT/2000, XP, MS-DOS, Linux
y Novell Netware.
5. Arquitectura de redes: Arquitectura OSI y DOD-TCP/IP.
6. Redes de área local. Topología y normalización. Protocolos
de comunicación a través de módems. Configuración y control
de módems.
7. La red Internet: Evolución, estado actual y tendencias.
Servicios de Internet: Telnet, ftp, e-mail, http.
8. Seguridad en redes: Control de acceso y técnicas
criptográficas.
9. Ofimática. Tratamiento de texto: Concepto y utilidades.
Creación y gestión de documentos con Microsoft Word 97/2000
y Corel WordPerfect 9. Hojas de cálculo: Concepto y utilidades.
Creación y gestión de hojas de cálculo con Microsoft Excel
97/2000.
10. Bases de datos: Lenguajes de manipulación de datos.
Elementos básicos de SQL. Diseño de bases de datos. Conceptos
de SGBD. Actualizaciones y transacciones. Acceso remoto a bases
de datos.
11. Programación: Concepto de lenguaje de programación
y paradigmas de programación. Traductores. El lenguaje de
programación C. El lenguaje de programación Java.
12. Creación de páginas web: HTML, XML, ASP, Javascript.
2.3. Especialidad: Química Física (código D3LABQF):
1. Seguridad en el laboratorio (I): Etiquetado y normas
generales de seguridad. Compatibilidad e incompatibilidad química.
2. Seguridad en el laboratorio (II): Plan de evacuación.
Gestión de residuos de laboratorio.
3. Almacenamiento de productos químicos y material. Bases
de datos de productos y materiales de laboratorio: Elaboración
y gestión.
4. Disoluciones. Tipos de disoluciones. Formas de expresar
la concentración. Cálculos y preparación. Valoración de
disoluciones.
5. Formulación química inorgánica y orgánica.
6. Gases. Tipos, manipulación, peligrosidad, instalación y
mantenimiento.
7. Técnicas de vacío. Tipos de bombas y su mantenimiento.
8. Funcionamiento, utilización y mantenimiento de equipos
básicos de laboratorio. Balanzas, pHmetros, destiladores,
centrífugas, bombas, estufas, neveras, etc.
9. Electricidad y electrónica básica. Instrumentación de
laboratorio básica y su mantenimiento.
10. Preparación de muestras geológicas. Trituración,
molienda, tamizado y tratamientos químicos y térmicos para estudio por
difracción de rayos X.
11. Conocimientos básicos de informática y ofimática. Bases
de datos.
12. Conocimientos básicos de inglés.
3. Programa específico Escala Gestor de Servicios
3.1 Plazas de Oficial de Servicios:
1. Conocimientos de la organización administrativa y de
servicios de la Universidad de Castilla-La Mancha. Especial referencia
a los puestos de Oficial de Servicios.
2. Conocimientos básicos de electricidad. Sistemas de
alimentación, distribución y líneas. Sistemas de iluminación de
emergencia y señalización.
3. Conocimiento básicos de fontanería y climatización.
Grifería y aparatos sanitarios. Clases, instalación y conservación.
Funcionamiento general de instalaciones de calefacción.
4. Conocimientos básicos de carpintería. Instalación y
conservación de cerraduras, persianas. Instalación y conservación de
ornamentos.
5. Mantenimiento preventivo de instalaciones de los edificios.
6. Seguridad e higiene en las Unidades de Servicios
Generales. Prevención de riesgos y señalización. Situaciones de
emergencia: Ascensores, incendios, primeros auxilios.
3.2 Plazas de Oficial de Información, Comunicación
y Registro:
1. Equipos de comunicación telefónica. Otros equipos de
comunicación: Fax, telex, correo electrónico.
2. Conocimiento de la estructura organizativa de
administración y servicios de la Universidad de Castilla-La Mancha.
3. Central de llamadas. Operadora automática y manual.
Pautas de funcionamiento.
4. Atención al público. Acogida e información al
administrado. Dispositivos facilitadores de una buena comunicación.
5. Los servicios de información. Información general y
particular al administrado. Iniciativas. Reclamaciones. Quejas.
Peticiones. Atención de reclamaciones, quejas y peticiones.
6. Registro de documentos: Entradas, salidas, asientos,
listados. Especial referencia a la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
7. Búsqueda de información en la web de la Universidad de
Castilla-La Mancha y en Internet.
ANEXO III
Tribunales
ESCALA DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL DE LABORATORIO
Especialidad: Producción Vegetal (código D1LABPV)
Tribunal titular:
Presidente: Don Marcelo López Segura.
Vocales: Don Francisco Montero Riquelme ; don Eduardo
Orozco Bayo ; doña Isabel María Gómez Tobasrra, que actuará a su
vez como Secretaria, y don Miguel Ángel Abia Alcantud, en
representación de la Junta de Personal de Administración y Servicios.
Tribunal suplente:
Presidente: Don José Ramón Jara Vera.
Vocales: Don Alfonso Artigao Ramírez ; don José María Herranz
Sanz ; doña Concepción Santamarta Lerma, que actuará a su vez
como Secretaria, y don Miguel Diego Useros López, en
representación de la Junta de Personal de Administración y Servicios.
Especialidad: Informática (código D2LABIN)
Tribunal titular:
Presidente Don José Ramón Jara Vera.
Vocales: Don Francisco José Vigo Bustos ; don Francisco Javier
Gómez Quesada ; doña María Dolores Gómez Collado, que actuará
a su vez como Secretaria, y don Andrés Lorenzo Martínez Sánchez,
en representación de la Junta de Personal de Administración y
Servicios.
Tribunal suplente:
Presidente: Don Carlos Romero Tendero.
Vocales: Don Tomás Rojo Guillén ; don Joaquín Fernández
Martínez ; doña Concepción Santamarta Lerma, que actuará a su vez
como Secretaria, y don Ramón Caballero Klink, en representación
de la Junta de Personal de Administración y Servicio.
Especialidad: Química Física (código D3LABQF)
Tribunal titular:
Presidente: Don José Joaquín Rodríguez-Patiño Codes.
Vocales: Don José Albaladejo Pérez ; don Antonio Mucientes
Balado, y don Miguel Angel Abía Alcantud, en representación de
la Junta de Personal de Administración y Servicios.
Tribunal suplente:
Presidente: Don Javier López Carreto.
Vocales: Doña Beatriz Cabañas Galán ; don Alfonso Aranda
Rubio, y don José Miguel Cambronero Donate, en representación
de la Junta de Personal de Administración y Servicios.
ESCALA GESTOR DESERVICIOS
Tribunal titular:
Presidenta: Doña Antonia Quintanilla Fernández.
Vocales: Don José Antonio Moreno Franco ; don José Vinuesa
Rodríguez ; doña Rosa María Abad Romero, que actuará a su vez
como Secretaria, y don Arturo Calvo González, en representación
de la Junta de Personal de Administración y Servicios.
Tribunal suplente:
Presidente: Don José Joaquín Rodríguez-Patiño Codes.
Vocales: Don José Ignacio Moreda Aguillo ; don Diego Peris
Sánchez ; doña María Dolores Arranz Muñoz, que actuará a su
vez como Secretaria, y don José Ángel Cañas Romero, en
representación de la Junta de Personal de Administración y Servicios.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid