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Documento BOE-A-2002-17413

Resolución de 17 de julio de 2002, del Museo Nacional de Arte Reina Sofía, por la que se convocan becas durante el año 2003.

Publicado en:
«BOE» núm. 211, de 3 de septiembre de 2002, páginas 32098 a 32100 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2002-17413

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 2225/1993, de 17

de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" del 30), por el que se aprueba

el Reglamento del procedimiento para la concesión de subvenciones

públicas; en la Orden del Ministerio de Cultura de 6 de febrero de 1992 ("Boletín

Oficial del Estado" del 21), por la que se establecen las normas reguladoras

de las ayudas y subvenciones del Ministerio de Cultura y sus organismos

autónomos; y en los artículos 81 y siguientes del Real Decreto Legislativo

1091/1988, de 23 de septiembre ("Boletín Oficial del Estado" del 29), por

el que se aprueba el texto refundido de la Ley General Presupuestaria,

que contemplan el régimen de concesión de las subvenciones y ayudas

públicas, se acuerda lo siguiente:

Primero.-Se convocan para el año 2003, en régimen de concurrencia

competitiva, tres becas en el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía,

de las cuales dos serán de prácticas museísticas y una de restauración.

Segundo.-La dotación de cada una de estas becas, previstas

inicialmente por un período máximo de doce meses -de enero a diciembre de

2003- se establece en seis mil diez euros con doce céntimos (6.010,12

euros), que serán objeto de abono mensual en pagos parciales de quinientos

euros con ochenta y cuatro céntimos (500,84 euros). Estas cantidades

constituyen percepciones en bruto. Los pagos se realizarán por meses vencidos

y estarán sujetos a las retenciones legales.

El Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía se hará cargo de la

cobertura del seguro para accidentes corporales y asistencia médica que

tendrá como beneficiarios a los becarios.

Tercero.-La financiación de estas becas, por importe global de

dieciocho mil treinta euros con treinta y seis céntimos (18.030,36 euros),

se hará con cargo al crédito consignado a tales efectos en la aplicación

presupuestaria 18.104 453A 480 del Presupuesto de Gastos para el año

2003 del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía.

Cuarto.-El otorgamiento de estas becas queda condicionado a la

existencia de crédito presupuestario adecuado y suficiente para el año 2003.

Quinto.-Las becas se concederán de acuerdo con las bases que figuran

en el anexo I de la presente Resolución.

Sexto.-La presente convocatoria de becas es recurrible, en el plazo

de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal

Superior de Justicia, y potestativamente en reposición previa, en el plazo

de un mes, ante el órgano convocante.

Séptimo.-La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de

su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 17 de julio de 2002.- El Director, Juan Manuel Bonet Planes.

ANEXO I

Bases

1. Requisitos

Para optar a esta beca se deberán reunir las condiciones siguientes:

a) Poseer la nacionalidad de alguno de los países integrantes de la

Unión Europea.

b) Estar en posesión de cualquiera de los siguientes títulos:

Para las dos becas de prácticas museísticas: Licenciados en Historia

del Arte o Bellas Artes.

Para la beca de restauración: Licenciado en Bellas Artes, especialidad

de Conservación-Restauración, o bien Diplomado por la Escuela Superior

de Conservación-Restauración.

c) Haber finalizado las licenciaturas o diplomatura anteriormente

indicadas en 1999 o años posteriores.

d) No haber obtenido becas del Museo Nacional Centro de Arte Reina

Sofía en las convocatorias precedentes.

2. Solicitudes

2.1 Las solicitudes serán dirigidas al Director del Museo Nacional

Centro de Arte Reina Sofía, y se presentarán en el Registro General

del MNCARS, calle Santa Isabel, 52, 28012 Madrid, o por cualquiera de

los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de

enero.

2.2 A la instancia se deberá acompañar la siguiente documentación:

a) Formulario de solicitud, conforme al modelo que se adjunta en

el anexo II de la presente convocatoria.

b) Fotocopia de documento oficial acreditativo de su identidad y del

número de identificación fiscal si lo tuviese.

c) Currículum vitae académico y profesional del solicitante con

especificación de los estudios realizados, títulos académicos conseguidos y

trabajos y cargos desempeñados en el ámbito de estudio objeto de la presente

convocatoria. Se adjuntará justificación documental de los méritos o

actividades reseñadas.

d) Certificado del expediente académico universitario con

calificaciones o documento equivalente.

e) Dos cartas de referencia en apoyo de la solicitud del candidato

a estas becas en concreto.

f) Declaración comprometiéndose a renunciar, si fuera seleccionado,

a la percepción de otras remuneraciones o disfrute de otras becas o ayudas,

tal como se indica en el apartado 7.4, según modelo que se adjunta en

anexo III.

g) El MNCARS podrá requerir la información complementaria que

resulte necesaria.

3. Plazo de presentación

3.1 El plazo de presentación de instancias será de quince días

naturales a partir de la publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial

del Estado".

3.2 Si la solicitud no reuniera los datos o documentos exigidos, el

MNCARS requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días

naturales, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con

indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido en su petición

archivándose sin más trámite.

4. Selección

4.1 El estudio de las solicitudes presentadas y la propuesta de

selección correrá a cargo de una Comisión de Estudio y Valoración, que será

presidida por el Consejero Técnico del MNCARS, formando parte de la

misma: La Jefa del Servicio de Personal, el Jefe del Departamento de

Documentación y Biblioteca, la Jefa del Servicio Pedagógico y la Jefa de

Sección de Relaciones Públicas; esta última actuará como secretaria. Para

el supuesto concreto de la beca de restauración, actuará como asesora

de la Comisión la Jefa del Departamento de Restauración del MNCARS

o persona de dicho Departamento en quien delegue.

4.2 En el proceso de selección se valorará especialmente, y ante todo

y en primer lugar, el expediente universitario. Con carácter

complementario, también se tendrán en cuenta el currículum profesional y la posible

formación del solicitante en museología y en arte moderno y

contemporáneo. Igualmente se valorará el conocimiento de idiomas, especialmente

inglés, así como su formación informática.

4.3 La Comisión ajustará su actuación a lo previsto para los órganos

colegiados en el capítulo II del título II de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero.

5. Resolución

5.1 La convocatoria será resuelta antes del día 1 de diciembre de 2002,

de acuerdo con el procedimiento legalmente aplicable que a continuación

se indica.

5.2 La Comisión elaborará una lista de seleccionados y suplentes,

ordenados por la puntuación alcanzada en el proceso de selección.

Conforme a lo previsto en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, inmediatamente antes

de redactar la propuesta de resolución se dará a conocer a los interesados

la citada lista. La notificación se realizará en el tablón de anuncios

del MNCARS, en su sede de Santa Isabel, 52, primera planta. Los

interesados tendrán un plazo de diez días naturales para formular alegaciones

y presentar los documentos y justificantes pertinentes, conforme a lo

dispuesto en el artículo 5.3 del Real Decreto 2225/1993.

5.3 Finalizado el trámite de audiencia a los interesados, la Comisión

formulará la correspondiente propuesta de resolución al Director del

MNCARS para la resolución de concesión, según lo previsto en el apartado

5.1. Dicha resolución agota la vía administrativa y la misma podrá

recurrirse directamente en el plazo dos meses ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia. Con carácter potestativo

se podrá interponer recurso de reposición ante el órgano que dictó el

acto en el plazo de un mes.

5.4 La resolución de concesión se notificará a los beneficiarios y se

hará pública en el tablón de anuncios del MNCARS, en su sede de Santa

Isabel, 52, primera planta, haciéndose constar expresamente la

desestimación del resto de las solicitudes presentadas.

6. Período

6.1 La fecha de inicio se comunicará a los beneficiarios en la

resolución de concesión de la beca, y el período de disfrute de la misma

finalizará el 31 de diciembre del 2003, incluido.

6.2 De acuerdo con las disponibilidades presupuestarias de ejercicios

económicos posteriores, las becas objeto de esta convocatoria serán

susceptibles de ser prorrogadas por un período máximo equivalente al de

su concesión inicial, siempre y cuando el desarrollo del proyecto de trabajo

así lo requiera.

6.3 Los becarios contarán con el asesoramiento, orientación y

dirección del responsable del Departamento en que desarrollen su formación

o investigación, quien definirá las tareas a realizar.

7. Obligaciones de los becarios

7.1 Los becarios, por el solo hecho de solicitar estas becas, se

comprometen a aceptar el contenido de esta convocatoria y el resultado de

la misma y a cumplir con las obligaciones siguientes:

a) No tener adquirido ningún compromiso que les impida el

cumplimiento íntegro y/o continuado de la beca.

b) Aceptar por escrito la beca concedida dentro del plazo de diez

días naturales, a partir de la recepción de la notificación de la concesión

por el MNCARS. De no aceptarse la beca dentro de dicho plazo se entenderá

que renuncia a la misma, concediéndose al suplente que figure en primer

lugar en la resolución de concesión.

La aceptación deberá ir acompañada de la acreditación de estar al

corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social mediante

la presentación de certificación administrativa expedida al efecto por la

Administración correspondiente de la Agencia Estatal de Administración

Tributaria y de la Tesorería Territorial de la Seguridad Social, de

conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Real Decreto 390/1996,

de 1 de marzo.

c) Incorporarse al MNCARS en el plazo que se establezca en la

resolución de concesión a la que se refiere la base 5.

d) Cumplir un horario diario de asistencia y participación en las

labores de formación no inferior a seis horas, de lunes a viernes.

7.2 El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas

en el apartado anterior, o la no realización de los trabajos para su formación

práctica en condiciones satisfactorias, podrá suponer, oído el becario/a,

la privación de la beca por el tiempo que quedase pendiente, además

de otras responsabilidades que resultasen exigibles.

7.3 Los becarios quedan obligados a someterse a cuantas medidas

de comprobación se estime oportuno por la entidad concedente, y a las

de control financiero que correspondan a la Intervención General de la

Administración del Estado, y a las previstas en la legislación del Tribunal

de Cuentas.

7.4 El disfrute de una ayuda al amparo de esta convocatoria será

incompatible con cualquier otra beca o ayuda financiada con fondos

públicos o privados españoles o comunitarios, así como con sueldos o salarios

que impliquen vinculación contractual o estatutaria del interesado,

debiéndose reintegrar las cantidades indebidamente percibidas.

8. Justificación

A los efectos de lo dispuesto en el punto quinto de la Orden de 6

de febrero de 1992, el beneficiario/a deberá presentar ante el MNCARS

una memoria detallada de las actividades realizadas, de modo que quede

acreditado el cumplimiento del objeto de la beca, dentro del mes siguiente

a la finalización del plazo fijado para su terminación.

9. Régimen general de las becas

Las becas que se convocan se ajustarán a lo previsto en el Real

Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, y en la Orden del Ministerio de Cultura

de 6 de febrero de 1992, implicando la concurrencia a esta convocatoria

la aceptación del régimen establecido en la misma.

ANEXO II

Datos personales del solicitante:

Primer apellido ......................., segundo apellido .......................,

nombre .........................................................

Dirección:

Calle/plaza ............................................................................,

número ....................., piso ....................., localidad .....................,

provincia ....................., CP ....................., teléfono .....................

Datos de identidad:

Fecha de nacimiento ...............................................................,

localidad .................................., provincia ..................................,

DNI ....................., nacionalidad ....................., sexo .....................

Títulos académicos superiores:

Título, sección, espec., centro, lugar, fecha: ....................................

Actividades profesionales:

Cargo o categoría, centro departamento o sección ingreso, cese, fecha:

................................................................................................

Idiomas:

Traduce: ................................................................................

Escribe: .................................................................................

Habla: ...................................................................................

Lee: ......................................................................................

Documentación que acompaña:

Copia del DNI o del NIF.

Copia del título o, en su caso, resguardo correspondiente.

Currículum vitae académico o profesional.

Certificado del expediente académico universitario.

Cartas de referencia.

Declaración personal.

Otra.

ANEXO III

Don/doña ..............................................................................

Declara que:

En el supuesto de ser seleccionado/a por la Comisión de estudio y

valoración de la beca para la realización de estudios de museología en

el MNCARS durante el año 2003, se compromete a renunciar a la percepción

de otras remuneraciones o disfrute de otras becas o ayudas.

En ......................, a ...................... de ...................... de 2002.

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