De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 2225/1993, de 17
de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" del 30), por el que se aprueba
el Reglamento del procedimiento para la concesión de subvenciones
públicas; en la Orden del Ministerio de Cultura de 6 de febrero de 1992 ("Boletín
Oficial del Estado" del 21), por la que se establecen las normas reguladoras
de las ayudas y subvenciones del Ministerio de Cultura y sus organismos
autónomos; y en los artículos 81 y siguientes del Real Decreto Legislativo
1091/1988, de 23 de septiembre ("Boletín Oficial del Estado" del 29), por
el que se aprueba el texto refundido de la Ley General Presupuestaria,
que contemplan el régimen de concesión de las subvenciones y ayudas
públicas, se acuerda lo siguiente:
Primero.-Se convocan para el año 2003, en régimen de concurrencia
competitiva, tres becas en el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía,
de las cuales dos serán de prácticas museísticas y una de restauración.
Segundo.-La dotación de cada una de estas becas, previstas
inicialmente por un período máximo de doce meses -de enero a diciembre de
2003- se establece en seis mil diez euros con doce céntimos (6.010,12
euros), que serán objeto de abono mensual en pagos parciales de quinientos
euros con ochenta y cuatro céntimos (500,84 euros). Estas cantidades
constituyen percepciones en bruto. Los pagos se realizarán por meses vencidos
y estarán sujetos a las retenciones legales.
El Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía se hará cargo de la
cobertura del seguro para accidentes corporales y asistencia médica que
tendrá como beneficiarios a los becarios.
Tercero.-La financiación de estas becas, por importe global de
dieciocho mil treinta euros con treinta y seis céntimos (18.030,36 euros),
se hará con cargo al crédito consignado a tales efectos en la aplicación
presupuestaria 18.104 453A 480 del Presupuesto de Gastos para el año
2003 del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía.
Cuarto.-El otorgamiento de estas becas queda condicionado a la
existencia de crédito presupuestario adecuado y suficiente para el año 2003.
Quinto.-Las becas se concederán de acuerdo con las bases que figuran
en el anexo I de la presente Resolución.
Sexto.-La presente convocatoria de becas es recurrible, en el plazo
de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia, y potestativamente en reposición previa, en el plazo
de un mes, ante el órgano convocante.
Séptimo.-La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de
su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que se hace público para general conocimiento.
Madrid, 17 de julio de 2002.- El Director, Juan Manuel Bonet Planes.
ANEXO I
Bases
1. Requisitos
Para optar a esta beca se deberán reunir las condiciones siguientes:
a) Poseer la nacionalidad de alguno de los países integrantes de la
Unión Europea.
b) Estar en posesión de cualquiera de los siguientes títulos:
Para las dos becas de prácticas museísticas: Licenciados en Historia
del Arte o Bellas Artes.
Para la beca de restauración: Licenciado en Bellas Artes, especialidad
de Conservación-Restauración, o bien Diplomado por la Escuela Superior
de Conservación-Restauración.
c) Haber finalizado las licenciaturas o diplomatura anteriormente
indicadas en 1999 o años posteriores.
d) No haber obtenido becas del Museo Nacional Centro de Arte Reina
Sofía en las convocatorias precedentes.
2. Solicitudes
2.1 Las solicitudes serán dirigidas al Director del Museo Nacional
Centro de Arte Reina Sofía, y se presentarán en el Registro General
del MNCARS, calle Santa Isabel, 52, 28012 Madrid, o por cualquiera de
los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de
enero.
2.2 A la instancia se deberá acompañar la siguiente documentación:
a) Formulario de solicitud, conforme al modelo que se adjunta en
el anexo II de la presente convocatoria.
b) Fotocopia de documento oficial acreditativo de su identidad y del
número de identificación fiscal si lo tuviese.
c) Currículum vitae académico y profesional del solicitante con
especificación de los estudios realizados, títulos académicos conseguidos y
trabajos y cargos desempeñados en el ámbito de estudio objeto de la presente
convocatoria. Se adjuntará justificación documental de los méritos o
actividades reseñadas.
d) Certificado del expediente académico universitario con
calificaciones o documento equivalente.
e) Dos cartas de referencia en apoyo de la solicitud del candidato
a estas becas en concreto.
f) Declaración comprometiéndose a renunciar, si fuera seleccionado,
a la percepción de otras remuneraciones o disfrute de otras becas o ayudas,
tal como se indica en el apartado 7.4, según modelo que se adjunta en
anexo III.
g) El MNCARS podrá requerir la información complementaria que
resulte necesaria.
3. Plazo de presentación
3.1 El plazo de presentación de instancias será de quince días
naturales a partir de la publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial
del Estado".
3.2 Si la solicitud no reuniera los datos o documentos exigidos, el
MNCARS requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días
naturales, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con
indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido en su petición
archivándose sin más trámite.
4. Selección
4.1 El estudio de las solicitudes presentadas y la propuesta de
selección correrá a cargo de una Comisión de Estudio y Valoración, que será
presidida por el Consejero Técnico del MNCARS, formando parte de la
misma: La Jefa del Servicio de Personal, el Jefe del Departamento de
Documentación y Biblioteca, la Jefa del Servicio Pedagógico y la Jefa de
Sección de Relaciones Públicas; esta última actuará como secretaria. Para
el supuesto concreto de la beca de restauración, actuará como asesora
de la Comisión la Jefa del Departamento de Restauración del MNCARS
o persona de dicho Departamento en quien delegue.
4.2 En el proceso de selección se valorará especialmente, y ante todo
y en primer lugar, el expediente universitario. Con carácter
complementario, también se tendrán en cuenta el currículum profesional y la posible
formación del solicitante en museología y en arte moderno y
contemporáneo. Igualmente se valorará el conocimiento de idiomas, especialmente
inglés, así como su formación informática.
4.3 La Comisión ajustará su actuación a lo previsto para los órganos
colegiados en el capítulo II del título II de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero.
5. Resolución
5.1 La convocatoria será resuelta antes del día 1 de diciembre de 2002,
de acuerdo con el procedimiento legalmente aplicable que a continuación
se indica.
5.2 La Comisión elaborará una lista de seleccionados y suplentes,
ordenados por la puntuación alcanzada en el proceso de selección.
Conforme a lo previsto en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, inmediatamente antes
de redactar la propuesta de resolución se dará a conocer a los interesados
la citada lista. La notificación se realizará en el tablón de anuncios
del MNCARS, en su sede de Santa Isabel, 52, primera planta. Los
interesados tendrán un plazo de diez días naturales para formular alegaciones
y presentar los documentos y justificantes pertinentes, conforme a lo
dispuesto en el artículo 5.3 del Real Decreto 2225/1993.
5.3 Finalizado el trámite de audiencia a los interesados, la Comisión
formulará la correspondiente propuesta de resolución al Director del
MNCARS para la resolución de concesión, según lo previsto en el apartado
5.1. Dicha resolución agota la vía administrativa y la misma podrá
recurrirse directamente en el plazo dos meses ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia. Con carácter potestativo
se podrá interponer recurso de reposición ante el órgano que dictó el
acto en el plazo de un mes.
5.4 La resolución de concesión se notificará a los beneficiarios y se
hará pública en el tablón de anuncios del MNCARS, en su sede de Santa
Isabel, 52, primera planta, haciéndose constar expresamente la
desestimación del resto de las solicitudes presentadas.
6. Período
6.1 La fecha de inicio se comunicará a los beneficiarios en la
resolución de concesión de la beca, y el período de disfrute de la misma
finalizará el 31 de diciembre del 2003, incluido.
6.2 De acuerdo con las disponibilidades presupuestarias de ejercicios
económicos posteriores, las becas objeto de esta convocatoria serán
susceptibles de ser prorrogadas por un período máximo equivalente al de
su concesión inicial, siempre y cuando el desarrollo del proyecto de trabajo
así lo requiera.
6.3 Los becarios contarán con el asesoramiento, orientación y
dirección del responsable del Departamento en que desarrollen su formación
o investigación, quien definirá las tareas a realizar.
7. Obligaciones de los becarios
7.1 Los becarios, por el solo hecho de solicitar estas becas, se
comprometen a aceptar el contenido de esta convocatoria y el resultado de
la misma y a cumplir con las obligaciones siguientes:
a) No tener adquirido ningún compromiso que les impida el
cumplimiento íntegro y/o continuado de la beca.
b) Aceptar por escrito la beca concedida dentro del plazo de diez
días naturales, a partir de la recepción de la notificación de la concesión
por el MNCARS. De no aceptarse la beca dentro de dicho plazo se entenderá
que renuncia a la misma, concediéndose al suplente que figure en primer
lugar en la resolución de concesión.
La aceptación deberá ir acompañada de la acreditación de estar al
corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social mediante
la presentación de certificación administrativa expedida al efecto por la
Administración correspondiente de la Agencia Estatal de Administración
Tributaria y de la Tesorería Territorial de la Seguridad Social, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Real Decreto 390/1996,
de 1 de marzo.
c) Incorporarse al MNCARS en el plazo que se establezca en la
resolución de concesión a la que se refiere la base 5.
d) Cumplir un horario diario de asistencia y participación en las
labores de formación no inferior a seis horas, de lunes a viernes.
7.2 El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas
en el apartado anterior, o la no realización de los trabajos para su formación
práctica en condiciones satisfactorias, podrá suponer, oído el becario/a,
la privación de la beca por el tiempo que quedase pendiente, además
de otras responsabilidades que resultasen exigibles.
7.3 Los becarios quedan obligados a someterse a cuantas medidas
de comprobación se estime oportuno por la entidad concedente, y a las
de control financiero que correspondan a la Intervención General de la
Administración del Estado, y a las previstas en la legislación del Tribunal
de Cuentas.
7.4 El disfrute de una ayuda al amparo de esta convocatoria será
incompatible con cualquier otra beca o ayuda financiada con fondos
públicos o privados españoles o comunitarios, así como con sueldos o salarios
que impliquen vinculación contractual o estatutaria del interesado,
debiéndose reintegrar las cantidades indebidamente percibidas.
8. Justificación
A los efectos de lo dispuesto en el punto quinto de la Orden de 6
de febrero de 1992, el beneficiario/a deberá presentar ante el MNCARS
una memoria detallada de las actividades realizadas, de modo que quede
acreditado el cumplimiento del objeto de la beca, dentro del mes siguiente
a la finalización del plazo fijado para su terminación.
9. Régimen general de las becas
Las becas que se convocan se ajustarán a lo previsto en el Real
Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, y en la Orden del Ministerio de Cultura
de 6 de febrero de 1992, implicando la concurrencia a esta convocatoria
la aceptación del régimen establecido en la misma.
ANEXO II
Datos personales del solicitante:
Primer apellido ......................., segundo apellido .......................,
nombre .........................................................
Dirección:
Calle/plaza ............................................................................,
número ....................., piso ....................., localidad .....................,
provincia ....................., CP ....................., teléfono .....................
Datos de identidad:
Fecha de nacimiento ...............................................................,
localidad .................................., provincia ..................................,
DNI ....................., nacionalidad ....................., sexo .....................
Títulos académicos superiores:
Título, sección, espec., centro, lugar, fecha: ....................................
Actividades profesionales:
Cargo o categoría, centro departamento o sección ingreso, cese, fecha:
................................................................................................
Idiomas:
Traduce: ................................................................................
Escribe: .................................................................................
Habla: ...................................................................................
Lee: ......................................................................................
Documentación que acompaña:
Copia del DNI o del NIF.
Copia del título o, en su caso, resguardo correspondiente.
Currículum vitae académico o profesional.
Certificado del expediente académico universitario.
Cartas de referencia.
Declaración personal.
Otra.
ANEXO III
Don/doña ..............................................................................
Declara que:
En el supuesto de ser seleccionado/a por la Comisión de estudio y
valoración de la beca para la realización de estudios de museología en
el MNCARS durante el año 2003, se compromete a renunciar a la percepción
de otras remuneraciones o disfrute de otras becas o ayudas.
En ......................, a ...................... de ...................... de 2002.
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