Visto el expediente de indulto de doña María Luisa Muñoz Caraval,
con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador,
condenada por el Juzgado de lo Penal número 2 de Algeciras, en sentencia
de fecha 12 de abril de 1999, como autora de un delito contra la salud
pública, a la pena de tres años y un día de prisión y multa de 1.000.000 de
pesetas, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de
sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos
en el año 1998, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación
del Consejo de Ministros en su reunión del día 31 de octubre de 2002,
Vengo en conmutar a doña María Luisa Muñoz Caraval la pena privativa
de libertad impuesta, por otra de dos años de prisión, a condición de
que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años, desde
la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 31 de octubre de 2002.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
JOSÉ MARÍA MICHAVILA NÚÑEZ
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