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Documento BOE-A-2003-13599

Resolución de 12 de junio de 2003, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad a la prórroga al Convenio de Colaboración suscrito el 9 de mayo de 2002, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad de Madrid, para desarrollar un programa de accesibilidad en el transporte interurbano.

Publicado en:
«BOE» núm. 161, de 7 de julio de 2003, páginas 26336 a 26336 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2003-13599

TEXTO ORIGINAL

Suscrita la Prórroga al Convenio de colaboración de 9 de mayo de 2002, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (Instituto de Migraciones y Servicios Sociales –IMSERSO–), la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes y el Consorcio Regional de Transportes de la Comunidad de Madrid, para desarrollar un programa de accesibilidad en el transporte interurbano, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la citada Prórroga, que figura como Anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 12 de junio de 2003.–El Secretario general Técnico, Luis Martínez-Sicluna Sepúlveda.

ANEXO
Prórroga al convenio de colaboración suscrito el 9 de mayo de 2002 entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (Instituto de Migraciones y Servicios Sociales, IMSERSO), la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes y el Consorcio Regional de Transportes de la Comunidad de Madrid, para desarrollar un programa de accesibilidad en el transporte interurbano

En Madrid, a 2 de enero de 2003.

De una parte: El Ilmo. Sr. D. Antonio Lis Darder, Director General del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales, en adelante IMSERSO, nombrado por Real Decreto 801/2002, de 26 de julio, en nombre y representación del Gobierno de la Nación en virtud de lo establecido en el artículo 6 y disposición adicional decimotercera de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero.

De otra: El Excmo. Sr. D. Luis Eduardo Cortés Muñoz, Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes de la Comunidad de Madrid, en virtud de nombramiento aprobado por Decreto 15/1999, de 8 de julio (B.O.C.M. de 9 de julio de 1999) y conforme a la atribución legal de competencias que le otorgan el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, el artículo 4 de la Ley 8/1999, de 9 de abril, el artículo 1 del Decreto 270/1995, de 19 de octubre, y demás disposiciones de aplicación.

Y de otra: El Ilmo. Sr. D. José Ignacio Iturbe López, Director-Gerente del Consorcio Regional de Transportes de Madrid, en virtud de nombramiento aprobado por Acuerdo de su Consejo de Administración de fecha 27 de septiembre de 1995 (B.O.C.M. de 9 de octubre de 1995), actuando por delegación efectuada por el Presidente del Consejo de Administración mediante Resolución de 30 de julio de 1999.

EXPONEN

Con fecha 9 de mayo de 2002 el IMSERSO, la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes y el Consorcio Regional de Transportes de la Comunidad de Madrid suscribieron un convenio de colaboración para el desarrollo de actuaciones en materia de accesibilidad en el transporte interurbano por autobús.

La cláusula decimotercera del citado convenio establece: «...se podrá prorrogar su vigencia por periodos anuales siempre que las Partes intervinientes así lo acuerden de forma expresa con anterioridad al término de su vigencia, y previos los informes y trámites preceptivos».

Como consecuencia, ambas Partes, en fecha 18 de noviembre y 2 de diciembre de 2002, han manifestado de forma expresa su voluntad de prorrogar el convenio de 9 de mayo de 2002.

Por lo anterior, las Partes acuerdan suscribir el presente documento de prórroga con arreglo a las siguientes cláusulas:

Primera.

Las aportaciones para el desarrollo de la presente prórroga se llevarán a cabo de acuerdo con la siguiente distribución:

Aportación del IMSERSO: 601.012,10 euros.

Aportación de la Comunidad de Madrid: 1.202.024,21 euros.

Las aportaciones de las Partes se llevarán a cabo en la forma prevista en la cláusula segunda del convenio, con cargo a las aplicaciones económicas señaladas en la misma.

Por otra parte, la justificación económica deberá efectuarse conforme a lo dispuesto en la cláusula duodécima del convenio de referencia.

Segunda.

La presente prórroga extenderá su vigencia hasta el 31 de diciembre del año 2003.

Tercera.

En lo no indicado expresamente en el presente documento de prórroga, será de aplicación el convenio suscrito el 9 de mayo de 2002.

Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, las Partes intervinientes firman la presente prórroga por triplicado ejemplar, a un solo efecto, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.–Por la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, Luis Eduardo Cortés Muñoz.–Por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, Antonio Lis Darder.–Por el Consorcio Regional de Transportes, José Ignacio Iturbe López.

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