De conformidad con lo dispuesto en el apartado 6 de la
convocatoria, publicada por Resolución 452/38025/2003, de 21 de
febrero, de la Subsecretaría de Defensa (Boletín Oficial del Estado,
número 47, de 24 de febrero), se publica la composición y
cometidos de la Comisión Permanente de Selección:
Primero. Composición.
1. La Comisión Permanente de Selección estará presidida por
el General de División Excelentísimo Señor Don José Luis Asensio
Gómez, actuando como Vocales el Coronel (Infantería) Don
Santiago Tijero Berrocal, el Coronel del Ejército del Aire (Cuerpo
General) Don Francisco Albentosa la Torre, el Coronel (Caballería) Don
Antonio Vázquez Rubio, el Teniente Coronel (Artillería) Don
Segundo González López, el Teniente Coronel (Infantería) Don
José Antonio Crespo - Francés Valero, el Capitán de Fragata
(Cuerpo General) Don Santos Blanco Núñez y como secretario el
Teniente Coronel (Infantería) Don Javier Fernández Recio.
2. Como suplentes de dicha Comisión, el Coronel (Infantería)
don Angel Franco Martínez, el Coronel (Ingenieros) Don Manuel
Estévez Ortega, el Coronel (Artillería) Don Jaime Domínguez Buj,
el Teniente Coronel (Ingenieros) Don Juan Matamoros León, el
Teniente Coronel (Ingenieros) Don Juan Sánchez Tocino y el
Teniente Coronel (Infantería) Don Fernando Fernández Baizán.
Segundo. Cometidos.
a) Dirigir y coordinar el desarrollo del proceso selectivo en
todos los centros de selección.
b) Determinar y coordinar la oferta de plazas correspondiente
a cada ciclo de selección.
c) Verificar el cálculo de las puntuaciones de concurso, de
acuerdo con las puntuaciones y valoraciones de los méritos
establecidos en apéndice 7.
d) Verificar la obtención de las puntuaciones de oposición.
e) Calcular la puntuación final obtenida por cada solicitante
en cada una de las plazas a las que opta.
f) Determinar los solicitantes que serán nombrados aspirantes
admitidos como alumnos para cada plaza convocada.
g) Resolver los recursos que los solicitantes puedan presentar
contra la calificación de "no apto" en la prueba de reconocimiento
médico.
h) Resolver sobre la aptitud física de las solicitantes a que
se refiere el artículo 7 del Reglamento General de Ingreso y
Promoción en las Fuerzas Armadas.
Tercero. Asesores especialistas.
El Presidente de la Comisión Permanente de Selección podrá
requerir la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas,
para todas o algunas de las pruebas, de acuerdo con lo previsto
en la convocatoria.
Madrid, 25 de febrero de 2003.-El Director General, P. S,
el Subdirector General de Reclutamiento, José Luis Asensio
Gómez.
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