En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 222/2004,
de 6 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" del día 7) por el que
se aprueba la oferta de empleo público para el año 2004, y con
el fin de atender las necesidades de personal de la Administración
Pública.
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están
atribuidas por el Artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de
Organización y Funcionamiento de la Administración General del
Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la
Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para acceso
a la Escala de Titulados Técnicos Especializados del Instituto
Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas", con
sujeción a las siguientes:
Bases de convocatoria
1. Normas Generales
1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 5 plazas de la
Escala de Titulados Técnicos Especializados del Instituto Nacional
de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas", Código 5310, por
el sistema de promoción interna.
El conjunto de plazas ofertado se distribuye por áreas de
especialización en la forma en que se relaciona a continuación:
Especialidad Núm. plazas
Control de configuración y documentación de
programas ................................... 3
Sistemas y tecnologías de la información ........ 1
Ensayos Electro-óptica ......................... 1
Total ..................................... 5
1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de
concurso-oposición, con las valoraciones, ejercicios y
puntuaciones que se especifican en el Anexo I.
1.3 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que figura como Anexo II a esta convocatoria.
1.4 El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con el
siguiente calendario:
El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará en el
plazo máximo de dos meses contados desde la finalización del
plazo de presentación de solicitudes. La duración máxima del
proceso selectivo será de cuatro meses, contados a partir de la fecha
de realización del primer ejercicio.
1.5 Concluido proceso selectivo, los aspirantes que lo
hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos
exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante
resolución de la Secretaría General para la Administración
Pública, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con
indicación del destino adjudicado.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo
los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo
de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de
la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes
requisitos de participación:
2.1.1 Nacionalidad: Ser español.
2.1.2 Edad: No haber alcanzado la edad de jubilación.
2.1.3 Pertenencia a Cuerpo: Pertenecer como funcionario de
carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas del grupo C, incluidos
en el ámbito de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984,
de 2 de agosto, o a Cuerpos o Escalas Postales y de
Telecomunicación adscritos al mencionado grupo C, y estar además
destinados en la Administración General del Estado.
2.1.4 Antigüedad: Haber prestado servicios efectivos,
durante al menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpos
o Escalas del grupo C, incluidos en el ámbito de aplicación del
artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, o en Cuerpos
o Escalas Postales y de Telecomunicación adscritos al grupo C.
2.1.5 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de
obtener el título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico,
Arquitecto Técnico, o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas
en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que
acredite su homologación.
2.1.6 Compatibilidad funcional: No padecer enfermedad ni
estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con
el desempeño de las correspondientes funciones.
2.1.7 Habilitación: No haber sido separado, mediante
expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las
funciones públicas.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo
deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a
pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de
derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente
en el Ministerio de Defensa (Paseo de la Castellana 109), en el
Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas"
(Ctra. de Ajalvir, km. 4, Torrejón de Ardoz, Madrid), en el Centro
de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones
Públicas, en la Dirección General de la Función Pública, en las
Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en las
representaciones diplomáticas y consulares de España en el extranjero
y en la página de Internet www.map.
es/servicios-al-ciudadano/empleo-publico/procesos-selectivos.
La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones
del Anexo IV.
3.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro
General del Ministerio de Defensa o en la forma establecida en
el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días
naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de
publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del
Estado", y se dirigirán al Subsecretario del Ministerio de Defensa.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá
la exclusión del aspirante.
3.3 A la solicitud se acompañará:
Una fotocopia del Documento Nacional de Identidad o del
pasaporte.
Los aspirantes con discapacidad con un grado de minusvalía
igual o superior al 33 por ciento que soliciten adaptación de tiempo
y/o medios deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo
emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado
de minusvalía.
3.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que
pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier
momento de oficio o a petición del interesado.
3.5 Ningún aspirante podrá concurrir a más de un área de
especialización de las señaladas en la base 1.1 de esta
convocatoria.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el
Director General de Personal del Ministerio de Defensa, dictará
resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada
la lista de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá
publicarse en el "Boletín Oficial del Estado", se indicarán los
lugares en que se encuentren expuestas al público las listas certificadas
completas de aspirantes admitidos y excluidos, señalándose un
plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto que haya
motivado la exclusión u omisión y determinándose el lugar, fecha y
hora de comienzo del primer ejercicio de la fase de oposición.
4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran
producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos
lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.
4.3 No procederá la devolución de los derechos de examen
en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.
5. Tribunal
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura
como Anexo III a esta convocatoria.
5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará
en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones
vigentes.
5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal
cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28
de la ley citada en la base anterior.
5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Instituto Nacional de Técnica
Aeroespacial "Esteban Terradas", carretera de Ajalvir km. 4, 28850
Torrejón de Ardoz (Madrid), teléfono 91.520.13.11 o
91.520.12.43, dirección de correo electrónico marinentUinta.es.
6. Desarrollo del proceso selectivo
6.1 El orden de actuación de los aspirantes en la fase de
oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra S,
según lo establecido en la Resolución de la Secretaria de Estado
para la Administración Pública de 29 de enero de 2004 (Boletín
Oficial del Estado del 6 de febrero).
6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan.
6.3 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el
Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de su celebración
y en la sede del Tribunal, la relación de aspirantes que hayan
alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación
de la puntuación obtenida.
6.4 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios
de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con
doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,
si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se
trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en
los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del
tribunal señalada en la base 5.4.
6.5 Finalizada la fase de oposición, los aspirantes que la
hubieran superado dispondrán de un plazo de veinte días naturales
para presentar en el Registro General del Ministerio de Defensa
(Paseo de la Castellana 109), o en la forma establecida en el
artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, una certificación expedida por los servicios
de personal de los Ministerios u Organismos donde presten o,
en su caso, hayan prestado sus servicios, según modelo que figura
como Anexo V. Igualmente deberán presentar justificación de
todos los méritos que deban ser objeto de valoración. La no
presentación de la certificación en el plazo señalado supondrá la
no valoración al aspirante de la fase de concurso.
6.6 El Tribunal calificador publicará en el lugar o lugares
de la celebración de la fase de oposición y en la sede del Tribunal,
la relación que contenga la valoración provisional de méritos de
la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida
en cada mérito y la total. Los aspirantes dispondrán de un plazo
de diez días hábiles a partir del siguiente al de la publicación
de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes.
Finalizado dicho plazo el Tribunal publicará la relación con la
valoración definitiva de la fase de concurso.
6.7 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del
proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.
Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes
no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria,
previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión a
la autoridad convocante.
7. Superación del proceso selectivo
7.1 Finalizadas las fases de oposición y de concurso, el
Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de
puntuación por cada especialidad, en el lugar o lugares de celebración
del último ejercicio, en la sede del Tribunal y en aquellos otros
que estime oportunos.
Dicha relación se elevará al Director General de Personal del
Ministerio de Defensa, que la publicará en el "Boletín Oficial del
Estado", disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de
veinte días naturales, desde la citada publicación, para la
presentación de la documentación acreditativa de los requisitos
exigidos en la convocatoria.
Los aspirantes que no presenten dicha documentación en el
plazo indicado no serán nombrados funcionarios de carrera.
7.2 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un
número de aspirantes superior al de plazas convocadas en cada
especialidad.
7.3 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que
superen el proceso selectivo se efectuará dentro de cada especialidad,
de acuerdo con la puntuación total obtenida, y en su caso, según
la petición de destino, a la vista de los puestos ofertados.
8. Norma final
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley
30/1984, de 2 de agosto ; el Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo ; el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto
en la presente convocatoria.
Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con
carácter potestativo, recurso de reposición ante el ilustrísimo señor
Director General de Personal en el plazo de un mes desde su
publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo
de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional
competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer
recurso de reposición, no se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o
se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto
en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Madrid, 3 de junio de 2004.-P. D. (Orden DEF/1612/2004,
de 1 de junio, BOE del 2), el Director General de Personal, Luis
Roca Ramírez.
Ilmo. Sr. Presidente del Tribunal Calificador.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
1. La oposición estará formada por los siguientes ejercicios:
Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito en idioma
castellano dos temas relacionados con el área de especialización
elegida por el aspirante según el programa del Anexo II, a escoger
entre cuatro extraídos al azar por el Tribunal en presencia de
los aspirantes.
Para la realización de este ejercicio los aspirantes dispondrán
de cuatro horas.
El ejercicio deberá ser leído por el opositor en sesión pública
ante el Tribunal cuando éste lo disponga, el cual lo calificará
valorando los conocimientos, la claridad y orden de ideas, y la calidad
de expresión escrita, así como su forma de presentación y
exposición.
Se otorgará una calificación máxima de 15 puntos (hasta 7,5
puntos por cada tema), siendo necesario obtener un mínimo de 7,5
puntos para superarlo.
Segundo ejercicio: De carácter práctico, consistirá en la
resolución por escrito de un supuesto práctico relacionado con las
materias del área de especialización elegida por el aspirante, según
el programa del Anexo II. El Tribunal propondrá tres supuestos
por cada área de especialización, de los que el aspirante extraerá
dos al azar en presencia del Tribunal y resolverá uno, a su elección,
de entre los dos extraídos. Para la realización de este ejercicio
el aspirante podrá llevar consigo y consultar toda la
documentación que estime necesaria.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será
de tres horas.
El ejercicio deberá ser leído por el opositor en sesión pública
ante el Tribunal cuando éste lo disponga, con carácter previo a
su calificación. Al terminar el opositor la lectura, el Tribunal
durante un tiempo máximo de quince minutos formulará preguntas sobre
el tema desarrollado u otros que tengan relación con el mismo.
Se otorgará una calificación máxima de 30 puntos, siendo
necesario obtener un mínimo de 15 puntos para aprobar el ejercicio.
En cada ejercicio, cada miembro del Tribunal, incluido el
secretario, calificará por separado a cada aspirante, pudiéndole
adjudicar de cero al máximo de puntos que para cada ejercicio se
señala en los párrafos anteriores. El valor medio de las
puntuaciones computadas constituirá la calificación del ejercicio. Para
calcular este valor medio se excluirá del cómputo de puntuaciones
del aspirante en el ejercicio, la mas alta y la mas baja, sin que
en ningún caso pueda ser excluida mas de una máxima y una
mínima.
La puntuación final de la fase de oposición vendrá determinada
por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los
ejercicios.
2. Fase de concurso:
Se valorarán los siguientes méritos:
a) Antigüedad: La antigüedad del funcionario en Cuerpos o
Escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984,
de 2 de agosto, a que se refiere la base 2.1.3, se valorará teniendo
en cuenta los servicios prestados o reconocidos al amparo de la
Ley 70/1978, de 26 de diciembre, hasta la fecha de publicación
de esta convocatoria, asignándose a cada año completo de
servicios efectivos 0,50 puntos, hasta un máximo de 5 puntos.
b) Grado personal consolidado: Según el grado personal que
tenga consolidado el día de la publicación de la presente
convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, y formalizado como
tal a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la
Autoridad competente, se otorgará la siguiente puntuación:
Hasta el grado 14 se asignarán 2,50 puntos, y por cada unidad
que exceda del 14, se otorgarán 0,25 puntos hasta un máximo
de 4 puntos.
c) Trabajo desarrollado: Según el nivel del complemento de
destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe en
la Administración General del Estado el día de publicación de
esta convocatoria, se otorgará la siguiente puntuación:
Hasta nivel 16: 5,00 puntos.
Nivel 17: 5,50 puntos.
Nivel 18: 6,00 puntos.
Nivel 19: 6,50 puntos.
Nivel 20: 7,00 puntos.
Nivel 21: 7,50 puntos.
Nivel 22 en adelante: 8,00 puntos.
La valoración efectuada en este apartado no podrá ser
modificada por futuras reclasificaciones de nivel con independencia
de los efectos económicos de las mismas.
A los funcionarios que se encuentren en situación de excedencia
por cuidado de hijos, se les valorará el nivel del puesto reservado
en la Administración General del Estado u Órganos
Constitucionales, y a los funcionarios en situación de servicios especiales
con derecho a reserva de puesto en la Administración General
del Estado y Órganos Constitucionales, el nivel de puesto de
trabajo en que les correspondería efectuar el reingreso.
A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el
nivel de complemento de destino de su puesto de origen, y a
los funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel
correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo
tuvieran, el nivel mínimo del grupo C.
d) Cursos realizados: Por los cursos realizados hasta la fecha
de publicación de esta convocatoria, siempre que se refieran, a
juicio del Tribunal, a materias relacionadas con el área de
especialización a la que se opte, según el programa del Anexo II, hasta
un máximo de tres puntos, a razón de 0,50 por cada uno.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada
por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso
y oposición.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los
siguientes criterios:
1. La mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.
2. La mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.
3. La mayor puntuación alcanzada en antigüedad.
4. La mayor puntuación otorgada al trabajo desarrollado.
5. La mayor puntuación otorgada al grado personal
consolidado.
Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con
discapacidad gocen de similares condiciones que el resto de los
aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para
las personas con discapacidad que así lo hagan constar en su
solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos
y medios para su realización.
ANEXO II
Programa
Área de Especialización: Control de Configuración
y Documentación de Programas
Tema 1. Objetivos de la Gestión de la Configuración de un
programa.
Tema 2. Tareas y acciones en la gestión de la configuración
de un programa.
Tema 3. Plan de Control de Configuración de un programa:
estructura y contenido.
Tema 4. Documentación de las distintas fases de un
programa.
Tema 5. Documentación necesaria para responder a los
requisitos de cliente en la Fase Previa de un programa.
Tema 6. Matriz de trazabilidad de cumplimiento de requisitos
de configuración y documentación de un programa.
Tema 7. Evolución de la configuración según la filosofía de
modelos establecida en un programa.
Tema 8. Líneas básicas de configuración de un programa.
Tema 9. Procedimiento de Revisiones de Diseño de un
programa.
Tema 10. Tratamiento de discrepancias en las revisiones de
diseño de un programa.
Tema 11. Estructura de documentos técnicos de un programa.
Tema 12. Procedimiento de edición de documentos técnicos
de un programa.
Tema 13. Procedimiento de revisión y aprobación de
documentos técnicos de un programa.
Tema 14. Procedimiento de distribución y control de la
documentación técnica de un programa en función de su clasificación
de seguridad.
Tema 15. Archivo de documentación técnica de un programa
en función de su clasificación de seguridad.
Tema 16. Procedimiento de control de cambios de la
documentación técnica de un programa.
Tema 17. Tratamiento, manejo y difusión de la
documentación clasificada de un programa.
Tema 18. Documentación aplicable y entregable en procesos
de fabricación y ensayos de un programa.
Tema 19. Control de Interfaces de un sistema espacial:
definición y descripción de la documentación.
Tema 20. Identificación de la configuración en el desarrollo
de un sistema espacial.
Tema 21. Descripción del paquete de documentación de
aceptación final de un instrumento de vuelo para espacio.
Tema 22. Procedimiento de control de cambios de ingeniería
de un sistema espacial.
Tema 23. Procedimiento de seguimiento de anomalías
durante la fase de ensayos para equipos de vuelo con calificación
espacial.
Tema 24. Formatos para proponer y solicitar cambios de
configuración de un programa: utilización y cumplimentación.
Tema 25. Autorización para usar o entregar un producto no
conforme en un programa: procedimiento y formatos.
Tema 26. Definición de los procedimientos de desviación
frente a requisitos técnicos y de usuario de un sistema espacial.
Tema 27. Contabilización de la configuración en un
programa.
Tema 28. Verificación de la configuración en un programa.
Tema 29. Configuración "as designed" y configuración "as
built" en un programa.
Tema 30. Control de configuración de un programa.
Área de Especialización: Sistemas y Tecnologías
de la Información
Tema 1. Homogeneización de sistemas de información.
Tema 2. Estándares de redes.
Tema 3. Protocolos de comunicaciones.
Tema 4. Arquitectura ETHERNET.
Tema 5. Arquitectura TCP/IP.
Tema 6. Redes TCP/IP.
Tema 7. Diseño de la distribución de Windows 2000.
Tema 8. Diseño de la estructura de Active Directory.
Tema 9. Administración de sistemas Windows 2000.
Tema 10. Directorio activo de Microsoft.
Tema 11. Sistemas de alta disponibilidad.
Tema 12. Servicios de Terminal de Microsoft.
Tema 13. Red de área de almacenamiento.
Tema 14. Sistemas de almacenamiento masivo.
Tema 15. Sistemas de respaldo.
Tema 16. Administración de clientes en Windows 2000.
Tema 17. Sistemas secundarios de almacenamiento.
Tema 18. IPSEC.
Tema 19. Sistemas de gestión integrados en entornos
corporativos.
Tema 20. Servicios de red en entornos corporativos.
Tema 21. Servicios de recursos compartidos de disco e
impresión.
Tema 22. La infraestructura de clave pública.
Tema 23. Securización de sistemas mediante PKI.
Tema 24. Securización de redes inalámbricas.
Tema 25. Elementos de seguridad en redes para internet.
Tema 26. Ley Orgánica de Protección de Datos.
Tema 27. Seguridad informática Norma ISO 17799.
Tema 28. Seguridad informática Normas OTAN.
Tema 29. Integración de NetWare en Conectividad
Mainframe.
Tema 30. Switches y enrutadores.
Área de Especialización: Ensayos electro-óptica
Tema 1. Componentes electrónicos, componentes pasivos,
semiconductores y unión p-n. Diodos de unión. Transistores
bipolares y unipolares.
Tema 2. Sistemas digitales: análisis y síntesis de sistemas.
Puertas lógicas básicas y síntesis de funciones lógicas mediante
éstas.
Tema 3. Circuitos combinacionales, multiplexores,
demultiplexores, decodificadores, conversores de código, comparadores
y sumadores. Sistemas secuenciales, registros y registros de
desplazamiento.
Tema 4. Sistemas de control. Sistemas en régimen
permanente y en régimen transitorio. Respuesta en frecuencia y
estabilidad. Reguladores y redes de compensación. Reguladores PD,
PI, PID.
Tema 5. Sistemas de medida, referencias de tensión y
corriente. Puentes de medida y amplificadores de Instrumentación.
Tema 6. El Amplificador Operacional. Respuesta en
frecuencia de los amplificadores. Ruido en los sistemas electrónicos,
amplificadores de Aislamiento.
Tema 7. Fundamentos de ordenadores. Funcionamiento
básico y tipos de programación.
Tema 8. Introducción al lenguaje C, C++. Sentencias de
control y tipos de estructuras de datos. Punteros, funciones, ficheros
y dispositivos de E/S. Estructura dinámica de datos.
Tema 9. Microprocesadores. Mapeado de memoria.
Funcionamiento de la CPU. Tipos de instrucciones y modos de
direccionamiento. Temporización de instrucciones.
Tema 10. Sistemas de Potencia lineales. Fuentes de
Alimentación lineales. Fuentes estabilizadas y reguladas. Circuitos de
protección.
Tema 11. Radiación solar: potencia e intensidad. El cuerpo
negro, la energía de la radiación (fotones). Absorción, reflexión
y transmisión.
Tema 12. Radiación solar: la Constante Solar, efecto de la
atmósfera, irradiación sobre una superficie.
Tema 13. Conversión de la energía solar: procesos naturales,
procesos tecnológicos. Procesos directos de conversión eléctrica.
Tema 14. Electricidad fotovoltáica. Historia. El efecto
fotovoltaico.
Tema 15. Estructura básica de una célula solar fotovoltáica.
Tipos de células, clasificación. Otros procesos de conversión
eléctrica.
Tema 16. Funcionamiento de una célula solar y parámetros
característicos. Células de concentración.
Tema 17. Evolución histórica de las células fotovoltáicas.
Tecnologías de fabricación de Si cristalino. Obtención y purificación
del silicio.
Tema 18. Eficiencia límite de conversión fotovoltáica de una
célula solar. Evolución de la eficiencia de las células solares.
Tema 19. Uso de sistemas fotovoltáicos en sistemas
espaciales. Fuentes de potencia eléctrica en el espacio. Evolución de
sistemas fotovoltáicos espaciales.
Tema 20. Comparación entre sistemas fotovoltáicos terrestres
y espaciales.
Tema 21. Entorno espacial: Espectro AM0, temperatura de
operación, eclipses ; entorno radiativo espacial.
Tema 22. Células solares para el espacio: avances en células
de Silicio, células de GaAs, células de InP. Células multiunión.
Tema 23. Simuladores solares utilizados en la caracterización
de células fotovoltáicas de aplicación espacial. Tipos, semejanzas
y diferencias fundamentales. Teoría de uso.
Tema 24. Células Standards o Células de referencia. Ajuste
de simuladores solares. Métodos de calibración.
Tema 25. Medidas de la curva I/V, parámetros característicos.
Variación con la temperatura. Posibles modos de operación.
Tema 26. Medidas de respuesta espectral, células monounión
y multiunión. Procedimientos de ajuste y corrección de errores.
Tema 27. Ensayos ambientales, problemática. Diferentes
tipos de cámaras de ensayos, control de parámetros.
Tema 28. Ambiente espacial, ensayos de irradiación de
electrones e irradiación de protones. Variación de las características
eléctricas de las células solares después de estos ensayos.
Tema 29. Características de la concentración fotovoltáica.
Diseño óptico de concentración. La célula solar de concentración,
experiencia actual.
Tema 30. Módulo y panel solar. Características y tipos de
paneles fotovoltáicos. Interconexión de paneles.
ANEXO III
Tribunal calificador
Tribunal titular:
Presidente: D. Moisés Fernández Álvaro, Teniente Coronel del
Cuerpo de Ingenieros del Ejército del Aire, Escala Superior de
Oficiales.
Secretario: D. Froilán Fernández Velázquez, funcionario de la
Escala de Titulados Técnicos Especializados del INTA.
Vocales:
D. Ricardo López Velasco, funcionario del Cuerpo Superior
de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Administración
del Estado.
D. Graciano Martínez Fuente, funcionario de la Escala de
Titulados Técnicos Especializados del INTA.
D. Ticiano Macarrón Herrero, funcionario de la Escala de
Titulados Técnicos Especializados del INTA.
Tribunal suplente:
Presidente: D.a Lucía Acedo Peque, funcionaria de carrera de
la Escala de Científicos Superiores del INTA.
Secretario: D. Alberto Pérez Esteban, Capitán del Cuerpo
Jurídico Militar de la Defensa, Escala Superior de Oficiales.
Vocales:
D. Fernando Gutiérrez Pérez, funcionario de la Escala de
Científicos Superiores del INTA.
D.a Trinidad Gómez Rodríguez, funcionaria de la Escala de
Científicos Superiores del INTA.
D. Juan Luis Sánchez Jiménez, funcionario de la Escala de
Científicos Superiores del INTA.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de
asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas.
ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud
de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública
y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y
en las siguientes instrucciones particulares:
En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", se consignará: Escala
de Titulados Técnicos Especializados del INTA, código 5310.
En el recuadro 16, "Especialidad, área o asignatura", se
consignará la especialidad concreta a la que desea presentarse. No
es necesario indicar código.
En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará la letra
mayúscula "P" (promoción interna).
En el recuadro 18, "Ministerio/Órgano/Entidad convocante" se
consignará: Ministerio de Defensa. No es necesario señalar código.
En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial
del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.
El recuadro 20, "Provincia de examen", no es necesario su
cumplimentación.
En el recuadro 21, "Minusvalía": los aspirantes con
discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan
acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles
adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los
ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
En el recuadro 24, "Títulos académicos oficiales" se hará
constar la titulación que se posee para participar en estas pruebas,
de acuerdo con lo señalado en la base 2.1.5 de esta convocatoria.
En el recuadro A) del epígrafe 25, datos a consignar según
la base de la convocatoria, se indicará el Cuerpo o Escala de
pertenencia del aspirante según se indica en la base 2.1.3.
El importe de la tasa por derechos de examen será de 9,57
euros.
El ingreso del importe correspondiente a los derechos de
examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en
cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las
que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación
tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el
correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación
de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través
de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada
de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a
través de las representaciones diplomáticas o consulares
españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el
comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen
en la cuenta corriente número 0182/2370/48/0201503641 del
Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima,
sucursal 2370, con domicilio en calle de Alcalá número 16 de Madrid,
a nombre de "Tesoro Público. Ministerio de Defensa. Cuenta
restringida para la recaudación de tasas en el extranjero.
Tasa 14020. Derechos de examen". El ingreso podrá efectuarse
directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya
Argentaria, Sociedad Anónima, mediante transferencia desde
cualquier entidad bancaria, siendo preciso que quede claro ante
la entidad destinataria de la transferencia que el destino de la
tasa es el pago de los derechos de examen.
Estarán exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con un grado de minusvalía igual o superior
al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado
acreditativo de tal condición.
b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo
durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de
la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención
que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta
de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo
causa justificada, en acciones de promoción, formación o
reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas
superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de
empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina
de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación
de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o
promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán
acompañarse a la solicitud.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen
determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que
se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
ANEXO V (Ver imagen página 21472)
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid