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Documento BOE-A-2004-11007

Orden DEF/1765/2004, de 3 de junio, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso, por promoción interna, a la Escala de Titulados Técnicos Especializados del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas".

Publicado en:
«BOE» núm. 142, de 12 de junio de 2004, páginas 21467 a 21472 (6 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2004-11007

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 222/2004,

de 6 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" del día 7) por el que

se aprueba la oferta de empleo público para el año 2004, y con

el fin de atender las necesidades de personal de la Administración

Pública.

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están

atribuidas por el Artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de

Organización y Funcionamiento de la Administración General del

Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la

Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para acceso

a la Escala de Titulados Técnicos Especializados del Instituto

Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas", con

sujeción a las siguientes:

Bases de convocatoria

1. Normas Generales

1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 5 plazas de la

Escala de Titulados Técnicos Especializados del Instituto Nacional

de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas", Código 5310, por

el sistema de promoción interna.

El conjunto de plazas ofertado se distribuye por áreas de

especialización en la forma en que se relaciona a continuación:

Especialidad Núm. plazas

Control de configuración y documentación de

programas ................................... 3

Sistemas y tecnologías de la información ........ 1

Ensayos Electro-óptica ......................... 1

Total ..................................... 5

1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de

concurso-oposición, con las valoraciones, ejercicios y

puntuaciones que se especifican en el Anexo I.

1.3 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura como Anexo II a esta convocatoria.

1.4 El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con el

siguiente calendario:

El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará en el

plazo máximo de dos meses contados desde la finalización del

plazo de presentación de solicitudes. La duración máxima del

proceso selectivo será de cuatro meses, contados a partir de la fecha

de realización del primer ejercicio.

1.5 Concluido proceso selectivo, los aspirantes que lo

hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos

exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante

resolución de la Secretaría General para la Administración

Pública, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con

indicación del destino adjudicado.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo

los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo

de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de

la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes

requisitos de participación:

2.1.1 Nacionalidad: Ser español.

2.1.2 Edad: No haber alcanzado la edad de jubilación.

2.1.3 Pertenencia a Cuerpo: Pertenecer como funcionario de

carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas del grupo C, incluidos

en el ámbito de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984,

de 2 de agosto, o a Cuerpos o Escalas Postales y de

Telecomunicación adscritos al mencionado grupo C, y estar además

destinados en la Administración General del Estado.

2.1.4 Antigüedad: Haber prestado servicios efectivos,

durante al menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpos

o Escalas del grupo C, incluidos en el ámbito de aplicación del

artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, o en Cuerpos

o Escalas Postales y de Telecomunicación adscritos al grupo C.

2.1.5 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de

obtener el título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico,

Arquitecto Técnico, o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas

en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que

acredite su homologación.

2.1.6 Compatibilidad funcional: No padecer enfermedad ni

estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con

el desempeño de las correspondientes funciones.

2.1.7 Habilitación: No haber sido separado, mediante

expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las

Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las

funciones públicas.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo

deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a

pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de

derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente

en el Ministerio de Defensa (Paseo de la Castellana 109), en el

Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas"

(Ctra. de Ajalvir, km. 4, Torrejón de Ardoz, Madrid), en el Centro

de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones

Públicas, en la Dirección General de la Función Pública, en las

Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en las

representaciones diplomáticas y consulares de España en el extranjero

y en la página de Internet www.map.

es/servicios-al-ciudadano/empleo-publico/procesos-selectivos.

La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones

del Anexo IV.

3.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro

General del Ministerio de Defensa o en la forma establecida en

el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días

naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de

publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del

Estado", y se dirigirán al Subsecretario del Ministerio de Defensa.

La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá

la exclusión del aspirante.

3.3 A la solicitud se acompañará:

Una fotocopia del Documento Nacional de Identidad o del

pasaporte.

Los aspirantes con discapacidad con un grado de minusvalía

igual o superior al 33 por ciento que soliciten adaptación de tiempo

y/o medios deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo

emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado

de minusvalía.

3.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que

pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier

momento de oficio o a petición del interesado.

3.5 Ningún aspirante podrá concurrir a más de un área de

especialización de las señaladas en la base 1.1 de esta

convocatoria.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el

Director General de Personal del Ministerio de Defensa, dictará

resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada

la lista de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá

publicarse en el "Boletín Oficial del Estado", se indicarán los

lugares en que se encuentren expuestas al público las listas certificadas

completas de aspirantes admitidos y excluidos, señalándose un

plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto que haya

motivado la exclusión u omisión y determinándose el lugar, fecha y

hora de comienzo del primer ejercicio de la fase de oposición.

4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran

producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos

lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.

4.3 No procederá la devolución de los derechos de examen

en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura

como Anexo III a esta convocatoria.

5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará

en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones

vigentes.

5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal

cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28

de la ley citada en la base anterior.

5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Instituto Nacional de Técnica

Aeroespacial "Esteban Terradas", carretera de Ajalvir km. 4, 28850

Torrejón de Ardoz (Madrid), teléfono 91.520.13.11 o

91.520.12.43, dirección de correo electrónico marinentUinta.es.

6. Desarrollo del proceso selectivo

6.1 El orden de actuación de los aspirantes en la fase de

oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra S,

según lo establecido en la Resolución de la Secretaria de Estado

para la Administración Pública de 29 de enero de 2004 (Boletín

Oficial del Estado del 6 de febrero).

6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan.

6.3 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el

Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de su celebración

y en la sede del Tribunal, la relación de aspirantes que hayan

alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación

de la puntuación obtenida.

6.4 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios

de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con

doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,

si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se

trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en

los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del

tribunal señalada en la base 5.4.

6.5 Finalizada la fase de oposición, los aspirantes que la

hubieran superado dispondrán de un plazo de veinte días naturales

para presentar en el Registro General del Ministerio de Defensa

(Paseo de la Castellana 109), o en la forma establecida en el

artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, una certificación expedida por los servicios

de personal de los Ministerios u Organismos donde presten o,

en su caso, hayan prestado sus servicios, según modelo que figura

como Anexo V. Igualmente deberán presentar justificación de

todos los méritos que deban ser objeto de valoración. La no

presentación de la certificación en el plazo señalado supondrá la

no valoración al aspirante de la fase de concurso.

6.6 El Tribunal calificador publicará en el lugar o lugares

de la celebración de la fase de oposición y en la sede del Tribunal,

la relación que contenga la valoración provisional de méritos de

la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida

en cada mérito y la total. Los aspirantes dispondrán de un plazo

de diez días hábiles a partir del siguiente al de la publicación

de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes.

Finalizado dicho plazo el Tribunal publicará la relación con la

valoración definitiva de la fase de concurso.

6.7 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del

proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.

Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes

no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria,

previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión a

la autoridad convocante.

7. Superación del proceso selectivo

7.1 Finalizadas las fases de oposición y de concurso, el

Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de

puntuación por cada especialidad, en el lugar o lugares de celebración

del último ejercicio, en la sede del Tribunal y en aquellos otros

que estime oportunos.

Dicha relación se elevará al Director General de Personal del

Ministerio de Defensa, que la publicará en el "Boletín Oficial del

Estado", disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de

veinte días naturales, desde la citada publicación, para la

presentación de la documentación acreditativa de los requisitos

exigidos en la convocatoria.

Los aspirantes que no presenten dicha documentación en el

plazo indicado no serán nombrados funcionarios de carrera.

7.2 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un

número de aspirantes superior al de plazas convocadas en cada

especialidad.

7.3 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que

superen el proceso selectivo se efectuará dentro de cada especialidad,

de acuerdo con la puntuación total obtenida, y en su caso, según

la petición de destino, a la vista de los puestos ofertados.

8. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley

30/1984, de 2 de agosto ; el Real Decreto 364/1995, de 10 de

marzo ; el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto

en la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con

carácter potestativo, recurso de reposición ante el ilustrísimo señor

Director General de Personal en el plazo de un mes desde su

publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo

de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional

competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley

29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer

recurso de reposición, no se podrá interponer recurso

contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o

se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto

en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 3 de junio de 2004.-P. D. (Orden DEF/1612/2004,

de 1 de junio, BOE del 2), el Director General de Personal, Luis

Roca Ramírez.

Ilmo. Sr. Presidente del Tribunal Calificador.

ANEXO I

Descripción del proceso selectivo

1. La oposición estará formada por los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito en idioma

castellano dos temas relacionados con el área de especialización

elegida por el aspirante según el programa del Anexo II, a escoger

entre cuatro extraídos al azar por el Tribunal en presencia de

los aspirantes.

Para la realización de este ejercicio los aspirantes dispondrán

de cuatro horas.

El ejercicio deberá ser leído por el opositor en sesión pública

ante el Tribunal cuando éste lo disponga, el cual lo calificará

valorando los conocimientos, la claridad y orden de ideas, y la calidad

de expresión escrita, así como su forma de presentación y

exposición.

Se otorgará una calificación máxima de 15 puntos (hasta 7,5

puntos por cada tema), siendo necesario obtener un mínimo de 7,5

puntos para superarlo.

Segundo ejercicio: De carácter práctico, consistirá en la

resolución por escrito de un supuesto práctico relacionado con las

materias del área de especialización elegida por el aspirante, según

el programa del Anexo II. El Tribunal propondrá tres supuestos

por cada área de especialización, de los que el aspirante extraerá

dos al azar en presencia del Tribunal y resolverá uno, a su elección,

de entre los dos extraídos. Para la realización de este ejercicio

el aspirante podrá llevar consigo y consultar toda la

documentación que estime necesaria.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será

de tres horas.

El ejercicio deberá ser leído por el opositor en sesión pública

ante el Tribunal cuando éste lo disponga, con carácter previo a

su calificación. Al terminar el opositor la lectura, el Tribunal

durante un tiempo máximo de quince minutos formulará preguntas sobre

el tema desarrollado u otros que tengan relación con el mismo.

Se otorgará una calificación máxima de 30 puntos, siendo

necesario obtener un mínimo de 15 puntos para aprobar el ejercicio.

En cada ejercicio, cada miembro del Tribunal, incluido el

secretario, calificará por separado a cada aspirante, pudiéndole

adjudicar de cero al máximo de puntos que para cada ejercicio se

señala en los párrafos anteriores. El valor medio de las

puntuaciones computadas constituirá la calificación del ejercicio. Para

calcular este valor medio se excluirá del cómputo de puntuaciones

del aspirante en el ejercicio, la mas alta y la mas baja, sin que

en ningún caso pueda ser excluida mas de una máxima y una

mínima.

La puntuación final de la fase de oposición vendrá determinada

por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los

ejercicios.

2. Fase de concurso:

Se valorarán los siguientes méritos:

a) Antigüedad: La antigüedad del funcionario en Cuerpos o

Escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984,

de 2 de agosto, a que se refiere la base 2.1.3, se valorará teniendo

en cuenta los servicios prestados o reconocidos al amparo de la

Ley 70/1978, de 26 de diciembre, hasta la fecha de publicación

de esta convocatoria, asignándose a cada año completo de

servicios efectivos 0,50 puntos, hasta un máximo de 5 puntos.

b) Grado personal consolidado: Según el grado personal que

tenga consolidado el día de la publicación de la presente

convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, y formalizado como

tal a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la

Autoridad competente, se otorgará la siguiente puntuación:

Hasta el grado 14 se asignarán 2,50 puntos, y por cada unidad

que exceda del 14, se otorgarán 0,25 puntos hasta un máximo

de 4 puntos.

c) Trabajo desarrollado: Según el nivel del complemento de

destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe en

la Administración General del Estado el día de publicación de

esta convocatoria, se otorgará la siguiente puntuación:

Hasta nivel 16: 5,00 puntos.

Nivel 17: 5,50 puntos.

Nivel 18: 6,00 puntos.

Nivel 19: 6,50 puntos.

Nivel 20: 7,00 puntos.

Nivel 21: 7,50 puntos.

Nivel 22 en adelante: 8,00 puntos.

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser

modificada por futuras reclasificaciones de nivel con independencia

de los efectos económicos de las mismas.

A los funcionarios que se encuentren en situación de excedencia

por cuidado de hijos, se les valorará el nivel del puesto reservado

en la Administración General del Estado u Órganos

Constitucionales, y a los funcionarios en situación de servicios especiales

con derecho a reserva de puesto en la Administración General

del Estado y Órganos Constitucionales, el nivel de puesto de

trabajo en que les correspondería efectuar el reingreso.

A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el

nivel de complemento de destino de su puesto de origen, y a

los funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel

correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo

tuvieran, el nivel mínimo del grupo C.

d) Cursos realizados: Por los cursos realizados hasta la fecha

de publicación de esta convocatoria, siempre que se refieran, a

juicio del Tribunal, a materias relacionadas con el área de

especialización a la que se opte, según el programa del Anexo II, hasta

un máximo de tres puntos, a razón de 0,50 por cada uno.

La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada

por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso

y oposición.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los

siguientes criterios:

1. La mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.

2. La mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.

3. La mayor puntuación alcanzada en antigüedad.

4. La mayor puntuación otorgada al trabajo desarrollado.

5. La mayor puntuación otorgada al grado personal

consolidado.

Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con

discapacidad gocen de similares condiciones que el resto de los

aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para

las personas con discapacidad que así lo hagan constar en su

solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos

y medios para su realización.

ANEXO II

Programa

Área de Especialización: Control de Configuración

y Documentación de Programas

Tema 1. Objetivos de la Gestión de la Configuración de un

programa.

Tema 2. Tareas y acciones en la gestión de la configuración

de un programa.

Tema 3. Plan de Control de Configuración de un programa:

estructura y contenido.

Tema 4. Documentación de las distintas fases de un

programa.

Tema 5. Documentación necesaria para responder a los

requisitos de cliente en la Fase Previa de un programa.

Tema 6. Matriz de trazabilidad de cumplimiento de requisitos

de configuración y documentación de un programa.

Tema 7. Evolución de la configuración según la filosofía de

modelos establecida en un programa.

Tema 8. Líneas básicas de configuración de un programa.

Tema 9. Procedimiento de Revisiones de Diseño de un

programa.

Tema 10. Tratamiento de discrepancias en las revisiones de

diseño de un programa.

Tema 11. Estructura de documentos técnicos de un programa.

Tema 12. Procedimiento de edición de documentos técnicos

de un programa.

Tema 13. Procedimiento de revisión y aprobación de

documentos técnicos de un programa.

Tema 14. Procedimiento de distribución y control de la

documentación técnica de un programa en función de su clasificación

de seguridad.

Tema 15. Archivo de documentación técnica de un programa

en función de su clasificación de seguridad.

Tema 16. Procedimiento de control de cambios de la

documentación técnica de un programa.

Tema 17. Tratamiento, manejo y difusión de la

documentación clasificada de un programa.

Tema 18. Documentación aplicable y entregable en procesos

de fabricación y ensayos de un programa.

Tema 19. Control de Interfaces de un sistema espacial:

definición y descripción de la documentación.

Tema 20. Identificación de la configuración en el desarrollo

de un sistema espacial.

Tema 21. Descripción del paquete de documentación de

aceptación final de un instrumento de vuelo para espacio.

Tema 22. Procedimiento de control de cambios de ingeniería

de un sistema espacial.

Tema 23. Procedimiento de seguimiento de anomalías

durante la fase de ensayos para equipos de vuelo con calificación

espacial.

Tema 24. Formatos para proponer y solicitar cambios de

configuración de un programa: utilización y cumplimentación.

Tema 25. Autorización para usar o entregar un producto no

conforme en un programa: procedimiento y formatos.

Tema 26. Definición de los procedimientos de desviación

frente a requisitos técnicos y de usuario de un sistema espacial.

Tema 27. Contabilización de la configuración en un

programa.

Tema 28. Verificación de la configuración en un programa.

Tema 29. Configuración "as designed" y configuración "as

built" en un programa.

Tema 30. Control de configuración de un programa.

Área de Especialización: Sistemas y Tecnologías

de la Información

Tema 1. Homogeneización de sistemas de información.

Tema 2. Estándares de redes.

Tema 3. Protocolos de comunicaciones.

Tema 4. Arquitectura ETHERNET.

Tema 5. Arquitectura TCP/IP.

Tema 6. Redes TCP/IP.

Tema 7. Diseño de la distribución de Windows 2000.

Tema 8. Diseño de la estructura de Active Directory.

Tema 9. Administración de sistemas Windows 2000.

Tema 10. Directorio activo de Microsoft.

Tema 11. Sistemas de alta disponibilidad.

Tema 12. Servicios de Terminal de Microsoft.

Tema 13. Red de área de almacenamiento.

Tema 14. Sistemas de almacenamiento masivo.

Tema 15. Sistemas de respaldo.

Tema 16. Administración de clientes en Windows 2000.

Tema 17. Sistemas secundarios de almacenamiento.

Tema 18. IPSEC.

Tema 19. Sistemas de gestión integrados en entornos

corporativos.

Tema 20. Servicios de red en entornos corporativos.

Tema 21. Servicios de recursos compartidos de disco e

impresión.

Tema 22. La infraestructura de clave pública.

Tema 23. Securización de sistemas mediante PKI.

Tema 24. Securización de redes inalámbricas.

Tema 25. Elementos de seguridad en redes para internet.

Tema 26. Ley Orgánica de Protección de Datos.

Tema 27. Seguridad informática Norma ISO 17799.

Tema 28. Seguridad informática Normas OTAN.

Tema 29. Integración de NetWare en Conectividad

Mainframe.

Tema 30. Switches y enrutadores.

Área de Especialización: Ensayos electro-óptica

Tema 1. Componentes electrónicos, componentes pasivos,

semiconductores y unión p-n. Diodos de unión. Transistores

bipolares y unipolares.

Tema 2. Sistemas digitales: análisis y síntesis de sistemas.

Puertas lógicas básicas y síntesis de funciones lógicas mediante

éstas.

Tema 3. Circuitos combinacionales, multiplexores,

demultiplexores, decodificadores, conversores de código, comparadores

y sumadores. Sistemas secuenciales, registros y registros de

desplazamiento.

Tema 4. Sistemas de control. Sistemas en régimen

permanente y en régimen transitorio. Respuesta en frecuencia y

estabilidad. Reguladores y redes de compensación. Reguladores PD,

PI, PID.

Tema 5. Sistemas de medida, referencias de tensión y

corriente. Puentes de medida y amplificadores de Instrumentación.

Tema 6. El Amplificador Operacional. Respuesta en

frecuencia de los amplificadores. Ruido en los sistemas electrónicos,

amplificadores de Aislamiento.

Tema 7. Fundamentos de ordenadores. Funcionamiento

básico y tipos de programación.

Tema 8. Introducción al lenguaje C, C++. Sentencias de

control y tipos de estructuras de datos. Punteros, funciones, ficheros

y dispositivos de E/S. Estructura dinámica de datos.

Tema 9. Microprocesadores. Mapeado de memoria.

Funcionamiento de la CPU. Tipos de instrucciones y modos de

direccionamiento. Temporización de instrucciones.

Tema 10. Sistemas de Potencia lineales. Fuentes de

Alimentación lineales. Fuentes estabilizadas y reguladas. Circuitos de

protección.

Tema 11. Radiación solar: potencia e intensidad. El cuerpo

negro, la energía de la radiación (fotones). Absorción, reflexión

y transmisión.

Tema 12. Radiación solar: la Constante Solar, efecto de la

atmósfera, irradiación sobre una superficie.

Tema 13. Conversión de la energía solar: procesos naturales,

procesos tecnológicos. Procesos directos de conversión eléctrica.

Tema 14. Electricidad fotovoltáica. Historia. El efecto

fotovoltaico.

Tema 15. Estructura básica de una célula solar fotovoltáica.

Tipos de células, clasificación. Otros procesos de conversión

eléctrica.

Tema 16. Funcionamiento de una célula solar y parámetros

característicos. Células de concentración.

Tema 17. Evolución histórica de las células fotovoltáicas.

Tecnologías de fabricación de Si cristalino. Obtención y purificación

del silicio.

Tema 18. Eficiencia límite de conversión fotovoltáica de una

célula solar. Evolución de la eficiencia de las células solares.

Tema 19. Uso de sistemas fotovoltáicos en sistemas

espaciales. Fuentes de potencia eléctrica en el espacio. Evolución de

sistemas fotovoltáicos espaciales.

Tema 20. Comparación entre sistemas fotovoltáicos terrestres

y espaciales.

Tema 21. Entorno espacial: Espectro AM0, temperatura de

operación, eclipses ; entorno radiativo espacial.

Tema 22. Células solares para el espacio: avances en células

de Silicio, células de GaAs, células de InP. Células multiunión.

Tema 23. Simuladores solares utilizados en la caracterización

de células fotovoltáicas de aplicación espacial. Tipos, semejanzas

y diferencias fundamentales. Teoría de uso.

Tema 24. Células Standards o Células de referencia. Ajuste

de simuladores solares. Métodos de calibración.

Tema 25. Medidas de la curva I/V, parámetros característicos.

Variación con la temperatura. Posibles modos de operación.

Tema 26. Medidas de respuesta espectral, células monounión

y multiunión. Procedimientos de ajuste y corrección de errores.

Tema 27. Ensayos ambientales, problemática. Diferentes

tipos de cámaras de ensayos, control de parámetros.

Tema 28. Ambiente espacial, ensayos de irradiación de

electrones e irradiación de protones. Variación de las características

eléctricas de las células solares después de estos ensayos.

Tema 29. Características de la concentración fotovoltáica.

Diseño óptico de concentración. La célula solar de concentración,

experiencia actual.

Tema 30. Módulo y panel solar. Características y tipos de

paneles fotovoltáicos. Interconexión de paneles.

ANEXO III

Tribunal calificador

Tribunal titular:

Presidente: D. Moisés Fernández Álvaro, Teniente Coronel del

Cuerpo de Ingenieros del Ejército del Aire, Escala Superior de

Oficiales.

Secretario: D. Froilán Fernández Velázquez, funcionario de la

Escala de Titulados Técnicos Especializados del INTA.

Vocales:

D. Ricardo López Velasco, funcionario del Cuerpo Superior

de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Administración

del Estado.

D. Graciano Martínez Fuente, funcionario de la Escala de

Titulados Técnicos Especializados del INTA.

D. Ticiano Macarrón Herrero, funcionario de la Escala de

Titulados Técnicos Especializados del INTA.

Tribunal suplente:

Presidente: D.a Lucía Acedo Peque, funcionaria de carrera de

la Escala de Científicos Superiores del INTA.

Secretario: D. Alberto Pérez Esteban, Capitán del Cuerpo

Jurídico Militar de la Defensa, Escala Superior de Oficiales.

Vocales:

D. Fernando Gutiérrez Pérez, funcionario de la Escala de

Científicos Superiores del INTA.

D.a Trinidad Gómez Rodríguez, funcionaria de la Escala de

Científicos Superiores del INTA.

D. Juan Luis Sánchez Jiménez, funcionario de la Escala de

Científicos Superiores del INTA.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de

asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas.

ANEXO IV

Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud

de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública

y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y

en las siguientes instrucciones particulares:

En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", se consignará: Escala

de Titulados Técnicos Especializados del INTA, código 5310.

En el recuadro 16, "Especialidad, área o asignatura", se

consignará la especialidad concreta a la que desea presentarse. No

es necesario indicar código.

En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará la letra

mayúscula "P" (promoción interna).

En el recuadro 18, "Ministerio/Órgano/Entidad convocante" se

consignará: Ministerio de Defensa. No es necesario señalar código.

En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial

del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.

El recuadro 20, "Provincia de examen", no es necesario su

cumplimentación.

En el recuadro 21, "Minusvalía": los aspirantes con

discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan

acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles

adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los

ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

En el recuadro 24, "Títulos académicos oficiales" se hará

constar la titulación que se posee para participar en estas pruebas,

de acuerdo con lo señalado en la base 2.1.5 de esta convocatoria.

En el recuadro A) del epígrafe 25, datos a consignar según

la base de la convocatoria, se indicará el Cuerpo o Escala de

pertenencia del aspirante según se indica en la base 2.1.3.

El importe de la tasa por derechos de examen será de 9,57

euros.

El ingreso del importe correspondiente a los derechos de

examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en

cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las

que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación

tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el

correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación

de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través

de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada

de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a

través de las representaciones diplomáticas o consulares

españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el

comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen

en la cuenta corriente número 0182/2370/48/0201503641 del

Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima,

sucursal 2370, con domicilio en calle de Alcalá número 16 de Madrid,

a nombre de "Tesoro Público. Ministerio de Defensa. Cuenta

restringida para la recaudación de tasas en el extranjero.

Tasa 14020. Derechos de examen". El ingreso podrá efectuarse

directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya

Argentaria, Sociedad Anónima, mediante transferencia desde

cualquier entidad bancaria, siendo preciso que quede claro ante

la entidad destinataria de la transferencia que el destino de la

tasa es el pago de los derechos de examen.

Estarán exentas del pago de esta tasa:

a) Las personas con un grado de minusvalía igual o superior

al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado

acreditativo de tal condición.

b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo

durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de

la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención

que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta

de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo

causa justificada, en acciones de promoción, formación o

reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas

superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

La certificación relativa a la condición de demandante de

empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina

de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación

de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o

promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán

acompañarse a la solicitud.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen

determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que

se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de

presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

ANEXO V (Ver imagen página 21472)

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