Por existir en la Región Militar Noroeste, una instalación denominada Polvorín de Hontoria de la Cantera en el termino municipal de Hontoria de la Cantera (Burgos), declarada sin interés militar con fecha 7 de diciembre de 1998 por el Estado Mayor del Ejército de Tierra, se hace aconsejable suprimir la Zona de Seguridad que la preservaba de cualquier obra o actividad que pudiera afectar a las instalaciones, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de ejecución de la Ley 8/75, de 12 de marzo, de Zonas e Instalaciones de Interés para la Defensa Nacional.
En su virtud, y de conformidad con el informe emitido por el Estado Mayor del Ejército de Tierra, a propuesta razonada por el General Jefe de la Región Militar Noroeste dispongo:
Se suprime la Zona Próxima de Seguridad de la instalación militar denominada «Polvorín de Hontoria de la Cantera» en Hontoria de la Cantera (Burgos).
Queda derogada la Orden Ministerial 140/1982, de 18 de octubre, por la que se señalan zonas de seguridad en Hontoria de la Cantera, Ibeas de Juarros y San Cristóbal, en todo lo que afecte a la mencionada instalación.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 15 de octubre de 2004.
BONO MARTÍNEZ
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