Finalizada la fase del concurso-oposición de las pruebas
selectivas para ingreso en la Escala de Técnicos Facultativos Superiores
de OO.AA, del M.A.P.A., convocadas por Orden de 8 de abril
de 2003 (BOE del 23 de abril de 2003), de este Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación, según lo establecido en el
art.o22.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo y en la
base 7.3 de la mencionada convocatoria.
Este Departamento ha dispuesto:
Primero.-Publicar la lista de aprobados por orden de
puntuación obtenida en la fase de concurso-oposición de las pruebas
selectivas para ingreso en la Escala de Técnicos Facultativos
Superiores de OO.AA. del M.A.P.A, según Anexo I de esta Orden.
Segundo.-Los aspirantes aprobados, que figuran en el Anexo I
adjunto, dispondrán de un plazo de veinte días naturales desde
la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de esta Orden,
para presentar, en el Registro General del Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación o bien en la forma establecida en el
artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, los siguientes documentos:
1. Fotocopia compulsada del documento de identidad o
pasaporte.
2. Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.4.
de la convocatoria, o certificación académica que acredite haber
realizado todos los estudios para la obtención del mismo.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá
presentarse fotocopia compulsada de la documentación que
acredite la homologación.
3. Declaración jurada o promesa de no haber sido separado
mediante expediente disciplinario de ninguna Administración
Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones
públicas, según el modelo que figura como Anexo II.
4. Certificado médico oficial que acredite no padecer
enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica
incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
Asimismo deberán formular opción para la percepción de la
remuneración que deseen percibir durante su condición de
funcionarios en prácticas, de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 456/1986, de 10 de febrero, modificado por el Real
Decreto 213/2003, de 21 de febrero.
Tercero.-Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos
de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen
de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos
señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios
y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud
inicial.
Cuarto.-Por orden de la autoridad convocante, se procederá
al nombramiento de funcionarios en prácticas, en la que se
determinará la fecha en que empezará a surtir efecto dicho
nombramiento.
Estos funcionarios deberán superar el curso selectivo o periodo
de prácticas determinado en la convocatoria.
Los aspirantes que no superen el curso selectivo o periodo
de prácticas perderán el derecho a ser nombrados funcionarios
de carrera mediante resolución motivada por la autoridad
convocante. Quienes no pudieran realizar el curso selectivo o periodo
de prácticas por causas de fuerza mayor debidamente justificada
y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con
posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la
puntuación obtenida.
Quinto.-La petición de destinos por parte de los aspirantes
aprobados deberá realizarse previa oferta de los mismos y una
vez finalizado el periodo de prácticas. Los aspirantes podrán
solicitar que se les adjudique destino en el puesto de trabajo que
vinieran desempeñando con carácter definitivo o mediante
adscripción provisional, en la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes de adjudicación de destinos, de
conformidad con los artículos 26 y 78 del Real Decreto 364/1995, de
10 de marzo.
La opción de permanecer en el puesto de trabajo que se viniera
desempeñando, en el caso de que dicho puesto radique en
Administraciones Públicas distintas de la del Estado, se someterá a
lo que estas Administraciones convengan al respecto, y en todo
caso, la adjudicación de destinos se efectuará por los órganos
competentes de estas Administraciones Públicas.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa,
cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo
de 2 de meses, contados desde el día siguiente a su publicación
ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo, de
conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común y en la Ley 29/1998, de 13
de Julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, o bien, con carácter potestativo, recurso de reposición ante
este órgano en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente
a su publicación, significándose que en este caso no se podrá
interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea
resuelto expresamente o se haya producido la desestimación
presunta del mismo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley
4/1999, de modificación de la Ley 30/1992.
Madrid, 29 de enero de 2004.-El Ministro, P. D. (Orden
APA/749/2003, de 31 de marzo, B.O.E. 03-04-2003), el
Subsecretario, Manuel Esteban Pacheco Manchado.
Ilmo. Sr. Subsecretario del Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación y Presidente del Tribunal.
ANEXO I
Relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo:
N.o
orden Apellidosynombre D.N.I. Puntuación
1 Ramírez Martín, M.a Teresa ....... 00808309 49,95
2 Martínez Mallo, Jesús ............. 09683683 46,75
3 Larrañaga Ces, Carlos María ..... 32624917 42
ANEXO II
Don/Doña ................., con domicilio en .................,
y documento nacional de identidad número .........., declara bajo
juramento o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario/a
de la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA. del
M.A.P.A., que no ha sido separado/a del servicio de ninguna de
las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado/a
para el ejercicio de funciones públicas.
En ................. a ...... de ................. de 2004.
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