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Documento BOE-A-2004-5801

Resolución de 24 de febrero de 2004, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se publica Acuerdo de prórroga para 2004, al Convenio de colaboración entre la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía y MUFACE, para la prestación de funciones de asesoramiento e informe por la Inspección de Prestaciones y Servicios Sanitarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 78, de 31 de marzo de 2004, páginas 13757 a 13757 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2004-5801

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 1 de enero de 2004 se suscribió Acuerdo de prórroga para 2004 al Convenio de colaboración entre la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía y la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), para la prestación de funciones de asesoramiento e informe por la Inspección de Prestaciones y Servicios Sanitarios.

En aplicación del artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, resuelvo publicar el citado Convenio que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 24 de febrero de 2004.–El Director general, Isaías López Andueza.

ANEXO
Acuerdo de prórroga para 2004 al Convenio de colaboración entre la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía y la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado para la prestación de funciones de asesoramiento e informe por la inspección de prestaciones y servicios sanitarios

Madrid, 1 de enero de 2004.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. señor don Francisco Vallejo Serrano, Consejero de Salud de la Junta de Andalucía, en función de su cargo y en ejercicio de las facultades que le están conferidas en la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma.

De otra, el Ilmo. señor don Isaías López Andueza, Director General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), actuando en nombre y representación de la mencionada Institución, en uso de las facultades que le confiere el artículo 11.2.K) del Real Decreto 577/1997, de 18 de abril, por el que se establece la estructura de los Organos de Gobierno, Administración y Representación de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.

Las partes se reconocen capacidad legal suficiente para suscribir el presente convenio y a tal efecto

EXPONEN

1.º Que con fecha 30 de diciembre de 2000, las partes suscribieron un Convenio para la prestación de funciones de asesoramiento e informe por la Inspección de Prestaciones y Servicios Sanitarios.

2.º Que la cláusula sexta del mencionado Convenio estipula que estará en vigor desde el día 1 de enero de 2001 hasta el 31 de diciembre de 2001, pudiendo prorrogarse por periodos anuales de mutuo acuerdo de las partes, antes de la fecha en que finalice su vigencia.

3.º Que la cláusula tercera establece que en el supuesto de prórroga, la cantidad fija anual que MUFACE abonará a la Consejería de Salud por su colaboración se calculará en el tercer trimestre natural del ejercicio en el que finalice su vigencia, incrementándose la cantidad reseñada de acuerdo con el incremento del PIB nominal a precios de mercado previsto en los Presupuestos Generales del Estado del ejercicio anterior.

4.º Que dicho Convenio fue prorrogado para el año 2002 por Acuerdo de 29 de noviembre de 2001 («BOE» de 8 de febrero de 2002) y para el año 2003 por Acuerdo de 31 de diciembre de 2002 («BOE» de 12 de marzo de 2003).

5.º Que próxima a finalizar la vigencia del Convenio, ambas partes están interesadas en prorrogarlo para el año 2004, de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

Se prorroga para el período enero-diciembre del año 2004 la vigencia del Convenio de colaboración entre la Consejería de Salud de Andalucía y MUFACE.

Segunda.

Que, para la prórroga que se acuerda, la cantidad a abonar por MUFACE a la Consejería de Salud asciende a 51.251,72 euros, de acuerdo con el incremento del PIB nominal a precios de mercado previsto en los Presupuestos del Estado del ejercicio 2003, del 5,8 por 100.

Tercera.

El importe del gasto que representa para MUFACE en el año 2004 la colaboración recibida, se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 22.102.412 L.259.

La presente prórroga queda sometida a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio para financiar las obligaciones derivadas de la misma.

Cuarta.

La presente prórroga entrará en vigor el 1 de enero de 2004.

Y en prueba de conformidad, se formaliza y se firma la presente prórroga por triplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y la fecha indicados en el encabezamiento.–El Consejero de Salud de la Junta de Andalucía, Francisco Vallejo Serrano.–El Director general de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, Isaías López Andueza.

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