En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 222/2004,
de 6 de febrero ("Boletín Oficial del Estado del 7), por el que
se aprueba la oferta de empleo público para el año 2004, y con
el fin de atender las necesidades de personal de la Administración
Pública,
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de
Organización y Funcionamiento de la Administración General del
Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la
Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso
en la Escala de Titulados Medios del Instituto Nacional de
Seguridad e Higiene en el Trabajo con sujeción a las siguientes:
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir tres plazas de
la Escala de Titulados Medios del Instituto Nacional de Seguridad
e Higiene en el Trabajo, Código B 6315 por el sistema general
de acceso libre.
1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de
oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se
especifican en el Anexo I.
1.3 El programa que ha de regir el proceso selectivo es el
que figura como Anexo II a esta convocatoria.
1.4 El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con el
siguiente calendario:
El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará antes
del mes de julio de 2004. La duración máxima de la fase de
oposición será de cinco meses, contados a partir de la fecha de
realización del primer ejercicio.
1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo
hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos
exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante
resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública,
que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con indicación
del destino adjudicado.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo
los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo
de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de
la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes
requisitos de participación:
2.1.1 Nacionalidad:
a) Ser español.
b) Ser nacional de alguno de los demás Estados miembros
de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que en virtud
de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea
y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad,
el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de
los demás Estados miembros de la Unión Europea, y cuando así
lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún
Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados
por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación
la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén
separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán
participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de
veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
2.1.2 Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber
alcanzado la edad de jubilación.
2.1.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de
obtener el título de Ingeniero Técnico, Diplomado universitario,
Arquitecto Técnico o Formación Profesional de tercer grado o
equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se
deberá estar en posesión de la credencial que acredite su
homologación.
2.1.4 Compatibilidad funcional: No padecer enfermedad ni
estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con
el desempeño de las correspondientes funciones.
2.1.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante
expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las
funciones públicas.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán
acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria
o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función
pública.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo
deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a
pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de
derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente
en el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en el Instituto
Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, en el Centro de
Información Administrativa del Ministerio de Administraciones
Públicas, en la Dirección General de la Función Pública, en las
Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en las
representaciones diplomáticas y consulares de España en el extranjero
y en la página de Internet www.map.es/servicios al
ciudadano/empleo publico/procesos selectivos
La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones
del Anexo IV.
3.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro
General del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (calle Agustín
de Bethencourt, 4, de Madrid) así como en los Servicios Centrales
del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (calle
Torrelaguna 73, de Madrid) y en sus Centros Nacionales y
Gabinetes Técnicos Provinciales o en la forma establecida en el artículo
38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a
partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta
convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado" y se dirigirán al
Subsecretario del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. La no
presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la
exclusión del aspirante.
3.3 A la solicitud se acompañará:
Una fotocopia compulsada del documento de identidad o del
pasaporte.
Los incluidos en el primer párrafo del apartado b) de la base
2.1.1 que residan en España, además de la fotocopia compulsada
del correspondiente documento de identidad o pasaporte, una
fotocopia compulsada de la tarjeta de residente comunitario o de
familiar de residente comunitario en vigor o, en su caso, de la tarjeta
temporal de residente comunitario o de trabajador comunitario
fronterizo en vigor.
Los incluidos en el segundo párrafo del apartado b) de la base
2.1.1, además de la fotocopia compulsada del pasaporte, una
fotocopia compulsada del visado y, en su caso, del resguardo de haber
solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber
solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta. De no
haberse solicitado estos documentos deberán presentar los
documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten
el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del
español o del nacional de la Unión Europea o del Estado al que
sea de aplicación la libre circulación de trabajadores con el que
existe este vínculo, de que no está separado de derecho de su
cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus
expensas o está a su cargo.
Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de
Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud las
certificaciones de homologación o, con carácter excepcional,
presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración
de las correspondientes pruebas.
Los aspirantes con discapacidad con un grado de minusvalía
igual o superior al 33% que soliciten adaptación de tiempo y/o
medios deberán adjuntar dictamen técnico facultativo emitido por
el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de
minusvalía.
3.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que
pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier
momento de oficio o a petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el
Subsecretario del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, dictará
Resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada
la lista de admitidos y excluidos. En dicha Resolución, que deberá
publicarse en el "Boletín Oficial del Estado", se indicarán los
lugares en que se encuentren expuestas al público las listas certificadas
completas de aspirantes admitidos y excluidos, señalándose un
plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto que haya
motivado la exclusión u omisión y determinándose el lugar, fecha y
hora de comienzo del primer ejercicio de la oposición.
4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran
producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos
lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.
4.3 No procederá la devolución de los derechos de examen
en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.
5. Tribunal
5.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que
figura como Anexo III a esta convocatoria.
5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará
en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones
vigentes.
5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo
28 de la ley citada en la base anterior.
5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Instituto Nacional de Seguridad e
Higiene en el Trabajo, calle Torrelaguna n.o 73 , 28027 Madrid ,
teléfono 91/3.63.41.19 , dirección de correo electrónico
secretariainshtUmtas.es
6. Desarrollo del proceso selectivo
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra "S" , según lo establecido
en la Resolución de la Secretaria de Estado para la Administración
Pública de 29 de enero de 2004 (Boletín Oficial del Estado de 6
de febrero).
6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan.
6.3. Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición,
el Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de su celebración
y en la sede del Tribunal, la relación de aspirantes que hayan
alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación
de la puntuación obtenida.
6.4 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios
de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con
doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,
si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se
trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en
los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del
Tribunal señalada en la base 5.4.
6.5 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del
proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.
Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes
no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria,
previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión a
la autoridad convocante.
7. Superación del proceso selectivo
7.1 Finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará pública
la relación de aprobados, por orden de puntuación, en la sede
del Tribunal y en los locales en donde se haya celebrado la última
prueba.
Dicha relación se elevará a la autoridad convocante, que la
publicará en el "Boletín Oficial del Estado", disponiendo los
aspirantes propuestos de un plazo de veinte días naturales, desde
la publicación en el "Boletín Oficial del Estado", para la
presentación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos
en la convocatoria.
7.2 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un
número de aspirantes superior al de plazas convocadas.
7.3 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que
superen el proceso selectivo se efectuará según la petición de destino
y de acuerdo con la puntuación total obtenida.
Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino
y que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio
del poder público y en las funciones que tienen por objeto la
salvaguardia de los intereses generales del Estado, quedarán
reservados a los aspirantes de nacionalidad española.
8. Norma final
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley
30/1984, de 2 de agosto; el R. D. 364/1995, de 10 de marzo;
el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en
la presente convocatoria.
Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con
carácter potestativo, recurso de reposición ante el excelentísimo señor
Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales en el plazo de un mes
desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo,
en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano
jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en
caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto
expresamente o se haya producido la desestimación presunta del
mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto
en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Madrid, 14 de abril de 2004.-P. D. (Orden de 21 de mayo
de 1996, "Boletín Oficial del Estado" del 27), el Subsecretario,
José Marí Olano.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales y Presidente del Tribunal Calificador.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
1. Fase de oposición
La fase de oposición constará de cuatro ejercicios eliminatorios:
Primer ejercicio:
Los aspirantes deberán desarrollar por escrito un tema, entre
dos propuestos por el Tribunal, relacionados con el contenido
del Anexo II-A de esta convocatoria. El tiempo máximo para la
realización de este ejercicio será de dos horas.
Posteriormente el aspirante realizará la lectura del ejercicio
en sesión pública ante el Tribunal. El Tribunal podrá solicitar
aclaraciones sobre el contenido del mismo.
Este ejercicio será calificado atendiendo a los conocimientos,
claridad, orden de ideas y facilidad de expresión escrita
demostrados por el aspirante.
La calificación máxima de este ejercicio será de diez puntos,
siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para acceder
al ejercicio siguiente.
Segundo ejercicio:
Consistirá en un examen oral, en el tiempo máximo de una
hora, de cuatro temas de la parte específica del programa
desarrollado en el Anexo II-B de esta convocatoria, elegidos al azar por
el opositor. Los aspirantes dispondrán de un período de cinco
minutos para la preparación de este ejercicio.
Durante la exposición oral podrá utilizarse el guión que, en
su caso, se hubiese realizado por el opositor.
Finalizada la intervención, el Tribunal podrá dialogar con el
opositor, durante un período máximo de quince minutos, sobre
aspectos de los temas que hubiera desarrollado.
En este ejercicio se valorará el equilibrio en el desarrollo de
los temas, así como el volumen y comprensión de los
conocimientos, la claridad de exposición y la facilidad de expresión oral.
Se puntuará con un máximo de doce puntos, siendo necesario
obtener un mínimo de seis para superar el ejercicio.
Tercer ejercicio:
Consistirá en la realización por escrito de un supuesto práctico
propuesto por el Tribunal y relacionado con los contenidos de
las materias del programa a que hace referencia el Anexo II-B.
Para este ejercicio se dispone de un tiempo máximo de cuatro
horas, pudiendo emplear cualquier documentación que estime
pertinente.
Posteriormente el aspirante realizará la lectura pública o
exposición de las operaciones realizadas del supuesto práctico
desarrollado, seguida de un diálogo en el que se le planteará al opositor
cualquier cuestión que el Tribunal considere de interés para un
mejor conocimiento de los argumentos y criterios utilizados por
el aspirante en este supuesto.
La puntuación máxima de este ejercicio será de doce puntos,
siendo necesario obtener, al menos, seis para superarlo.
Cuarto ejercicio:
Consistirá en la realización, en un tiempo máximo de una hora,
de una traducción directa, sin diccionario, por escrito y en
castellano, de un documento redactado en inglés, francés o alemán,
a elección del aspirante.
Para la verificación de este ejercicio, el Tribunal podrá ser
asistido por los asesores especialistas que designe.
La calificación máxima de este ejercicio será de ocho puntos,
siendo necesario obtener un mínimo de cuatro puntos.
La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada
por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los
ejercicios.
Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de
Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de
aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación
considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos
para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo
Internacional correspondiente.
Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con
discapacidad gocen de similares condiciones que el resto de los
aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para
las personas con discapacidad que así lo hagan constar en su
solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos
y medios para su realización.
El orden definitivo del proceso selectivo vendrá determinado
por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los
siguientes criterios:
1) La mayor puntuación en el tercer ejercicio.
2) La mayor puntuación en el segundo ejercicio.
3) La mayor puntuación en el primer ejercicio.
4) La mayor puntuación en el cuarto ejercicio.
ANEXO II
Programa
Anexo II-A
1. El Estado: Doctrinas sobre su origen. Elementos
constitutivos: El territorio, la población. Nacionalidad y ciudadanía. La
soberanía y el poder del Estado. La doctrina clásica de la soberanía.
Poder y legitimidad. La doctrina de la soberanía limitada.
2. Valores superiores, principios constitucionales, los
derechos fundamentales y las libertades públicas. Su regulación en
la Constitución Española de 1978. Su protección.
3. Las Cortes Generales. El Congreso de los Diputados. El
Senado. La función legislativa. La función de control. La función
financiera. Relaciones entre las dos Cámaras.
4. El Gobierno. Su composición. Nombramiento y cese. Las
funciones del Gobierno. El Presidente del Gobierno. Los Ministros.
5. La Administración Pública: Concepto. Principios
constitucionales informadores. Actividad administrativa y actividad
política. Gobierno y Administración. La Administración, las funciones
y los poderes del Estado.
6. La Administración General del Estado. Órganos superiores
de la Administración General del Estado. Órganos Territoriales
de la Administración General del Estado. Los Delegados del
Gobierno en las Comunidades Autónomas. Los Subdelegados del
Gobierno. Los Directores Insulares. La Administración General
del Estado en el exterior.
7. El Estado español como Estado compuesto. Las
Comunidades Autónomas. Naturaleza. Organización política y
administrativa. El Consejo de Gobierno y la Asamblea Legislativa.
Composición y funciones. La distribución de competencias entre las
Administraciones Públicas. Competencias exclusivas,
compartidas, concurrentes, de desarrollo y de ejecución.
8. La Unión Europea. Los Tratados constitutivos. Las
instituciones de la Unión Europea. El Parlamento Europeo. El Consejo.
La Comisión. El Tribunal de Justicia. El Comité Económico y
Social.
9. El derecho comunitario. Sus fuentes. El derecho primario.
El derecho derivado. La eficacia del derecho comunitario en el
ordenamiento jurídico nacional de los Estados miembros.
10. Las fuentes del derecho. La ley y sus clases. Los
reglamentos y otras disposiciones. La costumbre. Los principios
generales del derecho. La jurisprudencia. Otras fuentes del derecho.
La aplicación e interpretación de las normas jurídicas. El derecho
transitorio. El principio de irretroactividad.
11. El procedimiento administrativo. Concepto y naturaleza.
Principios generales. Los recursos administrativos. Naturaleza,
extensión y límites de la jurisdicción contencioso-administrativa.
12. Los funcionarios públicos. Concepto y clases. Situaciones
de los funcionarios. Derechos y deberes. Régimen disciplinario
de los funcionarios públicos.
13. El Derecho penal y sus fuentes. Su aplicación e
interpretación. Teoría general del delito. La responsabilidad criminal.
La responsabilidad civil derivada del delito.
14. Delitos contra los derechos de los trabajadores. La
protección penal de la seguridad y la salud en el trabajo. Supuestos
especiales de responsabilidad. Delitos contra la seguridad social.
15. El derecho del trabajo. Concepto, fines y contenido. Sus
fuentes. Derechos y deberes de los trabajadores.
16. Los convenios colectivos de trabajo. Concepto y clases.
Negociación. Legitimación. Contenido. El principio de jerarquía
normativa. Conflicto entre normas laborales estatales o pactadas.
El principio de la norma más favorable.
17. Los conflictos colectivos de trabajo. La huelga y el cierre
patronal. Medios de solución de conflictos.
18. El contrato de trabajo. Concepto y naturaleza jurídica.
Modalidades de contratación. Derechos y deberes derivados del
contrato. Las empresas de trabajo temporal y la subcontratación.
19. El salario, su concepto y clases. La composición del
salario. La jornada laboral. Horas extraordinarias. Descanso.
Vacaciones.
20 La suspensión del contrato de trabajo: causas.
Subrogaciones. Derecho disciplinario laboral. Causas de extinción del
contrato. Prescripción y caducidad de las acciones derivadas del
contrato de trabajo.
21. El Sistema Español de la Seguridad Social. El Régimen
General: acción protectora. Contingencias cubiertas. Concepto y
clase de prestaciones. Las entidades gestoras. Las Mutuas de
Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad
Social.
Anexo II-B
1. Conceptos básicos relativos a la seguridad y salud en el
trabajo: Daños derivados del trabajo. Concepto de riesgo laboral.
Protección y prevención. Prevención primaria, secundaria y
terciaria. Prevención en el diseño. Condiciones de trabajo en relación
con la salud. Factores de riesgo. Conceptos de accidente de trabajo
y enfermedad profesional.
2. Objeto y necesidad de la prevención de riesgos laborales:
Interacción trabajo y salud. Costes de los daños derivados del
trabajo frente a beneficios de la acción preventiva. El concepto
de integración de la prevención. Prevención y calidad.
3. Las técnicas preventivas: los principios de prevención.
Seguridad en el Trabajo. Higiene Industrial. Ergonomía.
Psicosociología aplicada. Medicina del trabajo. Técnicas de
participación. La información y la comunicación. La formación. Relaciones
con otros ámbitos: industrial, sanitario, medioambiental,
sectoriales (agricultura, minería, pesca, construcción, transporte).
4. Unión Europea (I): El derecho comunitario relacionado con
la seguridad y salud en el trabajo. Evolución de la política
comunitaria en esta materia en el ámbito de los Tratados de las
Comunidades Europeas. Situación actual: El Tratado de Amsterdam y
el Tratado de Niza.
5. Unión Europea (II): Las actuaciones en materia de
seguridad y salud en el trabajo en el ámbito de las instituciones
comunitarias. La Fundación Europea para la Mejora de la Calidad de
Vida y de Trabajo. La Agencia Europea para la Seguridad y Salud
en el Trabajo y la Red Europea de la Seguridad y Salud en el
Trabajo. El Comité Consultivo para la Seguridad, la Higiene y
la Salud en el Trabajo. El Comité de Altos Responsables de las
Inspecciones de Trabajo. El Comité Científico para el
Establecimiento de Valores Límite de Exposición.
6. Unión Europea (III): Las directivas sobre disposiciones
mínimas de seguridad y salud en el trabajo. La directiva marco
89/391/CEE. Las directivas específicas y otras que amplían y
completan lo establecido en la directiva marco. Recomendaciones y
otros actos. La nueva Estrategia Comunitaria de seguridad y salud
en el trabajo (2002-2006).
7. Unión Europea (IV): Las directivas del mercado interior
único y su relación con la seguridad y salud en el trabajo. El
funcionamiento y características del mercado único. El Espacio
Económico Europeo. El concepto de seguridad del producto. Los
requisitos esenciales de los productos. El enfoque global.
8. Las normas técnicas: Concepto y tipos de normas. Origen
y evolución de la normalización. Organismos internacionales, ISO
y CEI. Organismos europeos de normalización. Situación en
España. El mercado único y las normas armonizadas. La certificación
CE. El marcado CE. Las normas técnicas en el ámbito de la
seguridad y salud en el trabajo.
9. Ámbito internacional: La Organización Internacional del
Trabajo OIT. Origen y evolución: sus objetivos, estructura y
organización. Los Convenios de la OIT, las recomendaciones y otras
actuaciones. Contenidos de los Convenios OIT sobre salud y
seguridad. El papel de otras organizaciones y programas: OMS, OMI.
PNUMA, OCDE. La Asociación Internacional de la Seguridad
Social AISS.
10. El marco jurídico de la prevención de riesgos laborales
en España (I): Antecedentes inmediatos. La Constitución de 1978.
El Estatuto de los Trabajadores. El ámbito de la función pública.
La Ley General de la Seguridad Social. La Ley 31/1995, de 8
de noviembre: contenido, significado general y naturaleza. La Ley
sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social. La articulación
jurídica de prevención de riesgos laborales. Ley 54/2003 de 12
de diciembre, de reforma del marco normativo de la Prevención
de Riesgos Laborales.
11. El marco jurídico de la prevención de riesgos laborales
en España (II):
Actuaciones de las Administraciones públicas competentes en
materia laboral. La distribución de competencias y coordinación
en materia de seguridad y salud en el trabajo entre la
Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas.
Funciones y actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad
Social en relación con esta materia. El Instituto Nacional de
Seguridad e Higiene en el Trabajo. Los órganos técnicos de las
Comunidades Autónomas. La Fundación para la Prevención de Riesgos
Laborales. La Seguridad Social y las Mutuas de Accidentes de
Trabajo y Enfermedades Profesionales.
12. El marco jurídico de la prevención de riesgos laborales
en España (III): Actuaciones de las Administraciones públicas
competentes en materia sanitaria y de industria. La Ley 14/1986,
de 25 de abril, General de Sanidad. La Ley 21/1992, de 16 de
julio, de Industria.
13. Derechos y deberes: El derecho de los trabajadores a la
protección frente a los riesgos laborales. El deber empresarial de
protección. Coordinación de actividades empresariales en materia
de prevención. Protección de trabajadores especialmente sensibles
a riesgos. Obligaciones de los trabajadores. Los derechos de
participación y representación específica de los trabajadores. Los
Delegados de Prevención. El Comité de Seguridad y Salud.
Colaboración con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
14. Consulta y participación de los trabajadores: El deber
de consulta del empresario. Los derechos de participación y
representación específica de los trabajadores. Los Delegados de
Prevención, su designación, garantías, competencias y facultades. El
Comité de Seguridad y Salud. Colaboración con la Inspección
de Trabajo y Seguridad Social.
15. El Reglamento de los Servicios de Prevención: (I): La
integración de la actividad preventiva y la acción de la empresa en
esta materia. La evaluación de los riesgos. La planificación de
la prevención. Características y funciones de un servicio de
prevención. La organización de recursos para las actividades
preventivas y sus diferentes modalidades; sus funciones y requisitos.
Las actuaciones en materia preventiva de las Mutuas de Accidentes
de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.
16. El Reglamento de los Servicios de Prevención (II): La
acreditación de entidades especializadas como servicios de prevención
ajenos a las empresas. Funciones y niveles de cualificación. La
especialidad de Medicina del Trabajo y la Diplomatura de
Enfermería de Empresa. Colaboración de los servicios de prevención
con el Sistema Nacional de Salud.
17. La gestión de riesgos laborales en la empresa: Concepto.
El sistema de gestión para la prevención. La responsabilidad de
la dirección. La documentación. Conceptos relativos a la auditoría.
La auditoría de prevención. La obligación empresarial de someter
su sistema de prevención a una auditoría externa. Requisitos y
autorización por la autoridad laboral de las personas o entidades
especializadas para la realización de auditorías. Idoneidad de los
auditores. Otros sistemas de auditoría. Su valor y relación con
la calidad.
18. Las obligaciones de los fabricantes, importadores y
suministradores: Las exigencias de la libre circulación de mercancías
en el mercado único europeo. La responsabilidad por los perjuicios
causados por los productos defectuosos. La obligación de facilitar
toda información útil sobre el uso seguro de un equipo o producto
con ocasión de su comercialización. La obligación de información
del empresario a los trabajadores.
19. Responsabilidades y sanciones en materia de prevención:
Responsabilidades administrativas y su compatibilidad con las de
otro orden. Las actuaciones de la Inspección de Trabajo y
Seguridad Social. Las disposiciones de la Ley de Prevención de Riesgos
Laborales y de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden
Social.
20. La adaptación de la normativa de prevención de riesgos
laborales al ámbito de la Administración pública: Las excepciones
de la Ley de Prevención. El Real Decreto 1488/1998, de 10 de
julio, de adaptación a ala Administración General del Estado.
Competencias y funciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad
Social y del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el
Trabajo. El Real Decreto 1932/1998, de 11 de septiembre, de
adaptación a los centros y establecimientos militares.
21. Protección de la maternidad y de los menores: Riesgos
laborales específicos para la mujer trabajadora en el período de
embarazo, postparto y lactancia. Legislación vigente de protección
a la maternidad. Medidas preventivas frente a los riesgos
específicos. Riesgos específicos para los menores en razón de su
trabajo. Legislación vigente de protección de los menores. Trabajos
prohibidos.
22. Conceptos de salud y prevención. Concepto y objetivos
de la medicina del trabajo. Patologías de origen laboral.
Epidemiología laboral. Vigilancia de la salud. Promoción de la salud.
Planificación e información sanitaria.
23. Utilización de equipos de protección individual. Concepto
y prioridad de utilización de los equipos de protección individual
(EPI) en el trabajo. Tipos de EPI. Normativa del mercado único
europeo relativa al diseño y comercialización de los EPI. Aplicación
del Real Decreto 733/1997, de 30 de mayo.
24. La formación en prevención de riesgos laborales.
Derechos y obligaciones. Condiciones de eficacia. La planificación de
la formación en la empresa. El diagnóstico de necesidades. La
definición de los objetivos. La determinación de los programas.
La selección del profesorado. La presupuestación. Métodos y
técnicas de formación. La enseñanza a distancia y las nuevas
tecnologías aplicadas a la formación. La evaluación de la formación.
25. Objeto de las estadísticas de prevención. Principales
índices y parámetros. La evolución de la siniestralidad en España.
La comparabilidad de los datos estadísticos con los de otros
Estados. El parte de accidentes de trabajo y enfermedades
profesionales. Obligaciones establecidas en la Ley General de la Seguridad
Social y su normativa de desarrollo y en la Ley de Prevención
de Riesgos Laborales. Economía de la prevención.
26. Conceptos básicos de higiene industrial. Toxicología
laboral: Clasificación, efectos sobre la salud y vías de entrada al
organismo de los agentes químicos. Criterios de valoración de agentes
químicos. Valores límites ambientales (VLA). Valores límites
biológicos (VLB). Tipos y filosofía de los criterios de valoración.
Valores límite internacionales.
27. Agentes químicos. Metodología de actuación. La encuesta
higiénica: Identificación de los contaminantes. El método analítico.
La valoración de la exposición. Control de las exposiciones,
técnicas generales. Priorización de las acciones de control.
Ventilación general. Ventilación por extracción localizada. Equipos de
protección individual para agentes químicos. Normativa específica
de Agentes Químicos: RD 374/2001, sobre protección de la salud
y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados
con la exposición a agentes químicos.
28. Agentes físicos. Ruido y Vibraciones. Fundamentos de
acústica. Magnitudes y unidades. Espectro de frecuencias.
Anatomía y fisiología del oído. Efectos del ruido. Medición del ruido.
Equipos de medición: sonómetros integradores, dosímetros.
Valoración de la exposición laboral a ruido. RD 1316/1989, sobre
la protección de los trabajadores frente a los riesgos derivados
de la exposición a ruido durante el trabajo. Principios de control
de ruido. Física de las vibraciones. Medida de las vibraciones.
Vibraciones mano-brazo: efectos, evaluación y control de la
exposición a vibración mano-brazo. Vibraciones del cuerpo completo:
efectos, evaluación y control de la exposición a vibración del
cuerpo completo. Normativa aplicable.
29. Ergonomía: Conceptos y objetivos. Factores ergonómicos
a incluir en la evaluación de los riesgos. Normativa aplicable.
30. Ergonomía Reglamentación específica aplicable:
Condiciones ambientales y de iluminación, pantallas de visualización
y manipulación manual de cargas.
31. Factores psicosociales: los aspectos relativos a la
empresa, al individuo y a la tarea.
32. Investigación de accidentes de trabajo: Objetivos de la
investigación de los accidentes de trabajo. Accidentes que se deben
investigar. Metodología de la investigación de accidentes. El
informe resultante de la investigación de un accidente. Características
que deben de cumplir las propuestas preventivas emanadas de
la investigación de un accidente. La investigación de accidentes
por el método del Árbol de Causas.
33. Inspecciones de seguridad: Concepto y objetivos de la
inspección de seguridad. Inspecciones planificadas y no
planificadas. Metodología de la inspección de seguridad. Explotación
de los resultados.
34. Evaluación de riesgos: El concepto de evaluación de
riesgos y de la gestión de riesgos. Tipos de evaluaciones de riesgos
y características de cada uno de ellos. Plan de control de riesgos.
Revisión del Plan de control de riesgos. Formatos de recogida
de datos de la evaluación de riesgos.
35. Normas y señalización de seguridad: El concepto de
norma de seguridad, contenido de las normas de seguridad y fases
de implantación de una norma. La señalización de seguridad:
Concepto de señalización, clases de señalización. Principales
características del Real Decreto 485/1997, de 14 de abril sobre
señalización de seguridad y salud en el trabajo.
36. Soldadura eléctrica y oxiacetilénica: Principales riesgos
presentes en operaciones de soldadura. Medidas preventivas.
Equipos de protección individual utilizados en operaciones de
soldadura; protección ocular y criterios para su selección, protección
de las diferentes partes del cuerpo, protección de las manos.
37. Condiciones generales de seguridad en los lugares de
trabajo, el Real Decreto 486/1997, de 14 abril: Concepto de lugar
de trabajo, ámbito de aplicación, seguridad estructural,
dimensiones mínimas de los locales de trabajo, suelos y aberturas,
pasillos y vías de circulación, puertas, portones y salidas, rampas,
escaleras fijas y de servicio, servicios higiénicos y locales de
descanso, material y locales de primeros auxilios, orden y limpieza.
38. Incendios: Química del fuego y factores del riesgo de
incendio. Cadena del incendio. Prevención de incendios. Medios
de lucha contra incendios: Extintores, bocas de incendio
equipadas, hidrantes, columnas secas y rociadores automáticos.
Alumbrado de señalización y emergencia. Principales características
del Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre por el que se
aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra
incendios.
39. Protección contra incendios: La protección contra
incendios en establecimientos industriales: Objetivo, construcción y
puesta en servicio, inspecciones periódicas, actuación en caso de
incendio, condiciones que deben satisfacer los establecimientos
industriales en relación con la seguridad contra incendios.
40. Plan de autoprotección: Objetivos de un plan de
autoprotección. Estructura y contenidos principales de un plan de
autoprotección: Documento n.o 1, la evaluación del riesgo. Documento
n.o 2 Medios de protección. Documento n.o 3, plan de emergencia.
Documento n.o 4, implantación.
41. Máquinas: Definición de máquina y de zona peligrosa.
Principales riesgos de las máquinas. Medidas de seguridad de las
máquinas: Prevención intrínseca. Resguardos y dispositivos de
protección. Principal normativa aplicable a máquinas. Principal
reglamentación aplicable.
42. Utilización de equipos de trabajo: El Real Decreto
1215/1997, de 18 de julio, sobre utilización de los trabajadores
de los equipos de trabajo y la Guía Técnica del Instituto Nacional
de Seguridad e Higiene en el Trabajo para la evaluación de los
riesgos relativos a la utilización de los equipos de trabajo. El
análisis y la evaluación de riesgos. Procedimientos de adecuación
y puesta en conformidad.
43. Riesgo eléctrico: Efectos nocivos de la electricidad.
Lesiones producidas por la electricidad en el cuerpo humano: factores
que influyen en el efecto eléctrico, intensidad de la corriente,
resistencia del cuerpo humano, tensión aplicada, frecuencia de la
corriente, duración del contacto eléctrico, recorrido de la corriente
a través del cuerpo, capacidad de reacción de la persona.
Actuación en caso de accidente eléctrico.
44. Protección contra contactos eléctricos directos:
Alejamiento de las partes activas, interposición de obstáculos,
recubrimiento de partes activas, utilización de pequeñas tensiones de
seguridad, protección complementaria con dispositivos de alta
sensibilidad. Protección contra contactos eléctricos indirectos.
Sistemas de protección clase A y clase B.
45. Productos químicos: Tipos de peligrosidad de los
productos químicos; identificación, clasificación, etiquetado y
envasado de las sustancias y preparados peligrosos; evaluación del
riesgo químico, almacenamiento, manipulación de sustancias
químicas peligrosas.
46. Herramientas a motor: Concepto: riesgos derivados de
las herramientas a motor y sus causas. Normas de utilización de
las herramientas a motor. Herramientas eléctricas. Herramientas
neumáticas. Medidas preventivas de carácter general.
47. Equipos de elevación y transporte: Instalación de
máquinas. Utilización y mantenimiento: Equipos para elevar cargas:
ascensores, plataformas elevadoras y montacargas, grúas,
elementos auxiliares.
48. Explosiones: Conceptos de explosión y de atmósfera
explosiva. Polvos inflamables y combustibles. Límites y valores
de referencia. Emplazamientos peligrosos. Medidas de protección
frente a atmósferas explosivas. Protección en atmósferas
explosivas. Real Decreto 681/2003 de 12 de junio, sobre la protección
de los trabajadores expuestos a los riesgos derivados de atmósferas
explosivas en el lugar de trabajo.
49. Espacios confinados: Concepto de espacio confinado.
Peligros asociados a un espacio confinado. Actuación ante un
espacio confinado. El Permiso de Trabajo; Contenido del permiso
de Trabajo. Procedimientos de emergencia y rescate.
Entrenamiento y deberes del equipo de trabajo en el espacio confinado.
Cancelación del Permiso de Trabajo.
50. Seguridad y Salud en las obras de construcción.
Disposiciones específicas de seguridad y salud durante las fases de
proyecto y ejecución de obras. Derecho de los trabajadores.
Disposiciones relativas al visado de proyecto, aviso previo e información
a la autoridad laboral.
51. Seguridad y Salud en las obras de construcción.
Disposiciones mínimas de seguridad y salud que deben aplicarse en
las obras de construcción.
52. Equipos de protección individual (EPI). Normas legales
que regulan su uso y certificación RD 1407/1992, Condiciones
de comercialización y libre circulación intracomunitaria de los
equipos de protección individual, y RD 773/1997, Disposiciones
mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los
trabajadores de equipos de protección individual. Selección,
clasificación, utilización y mantenimiento de los equipos de
protección individual. Obligaciones de los empresarios, fabricantes y
usuarios. EPI de las vías respiratorias. Filtros contra partículas.
Filtros para gases y vapores. Regulaciones técnicas. EPI contra
riesgos de contacto o penetración por vía dérmica. Protección
de la piel. Regulaciones técnicas.
53. Agentes biológicos. Características de los agentes
biológicos: virus, bacterias, hongos, protozoos y helmintos.
Principales efectos para la salud. Factores de la exposición a agentes
biológicos. Condicionantes de la gravedad del efecto. Evaluación
de los Agentes biológicos. Grupos de riesgo, definiciones. Control
de la exposición a Agentes biológicos. Concepto de Contención:
principales medidas de contención. Aplicación de las medidas de
contención. RD 664/1997, sobre la protección de los trabajadores
contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes
biológicos durante el trabajo. Modificaciones posteriores.
54. Ruido. Teoría fundamental del sonido. Fundamentos de
acústica. Magnitudes y unidades. Espectro de frecuencias. Tipos
de ruido. Anatomía y fisiología del oído. Efectos del ruido: auditivos
y no auditivos. Evaluación de la exposición a ruido. Medición del
ruido. Equipos de medición. Parámetros de medida: Nivel de ruido
diario equivalente, Nivel de pico máximo. Condiciones de la
medición. Valoración de exposición laboral a ruido. RD 1316/1989,
sobre la protección de los trabajadores frente a los riesgos
derivados de la exposición a ruido durante el trabajo. Las exigencias
preventivas en la nueva directiva 2003/10 CE sobre el ruido.
ANEXO III
Tribunal calificador
Tribunal titular:
Presidente: Don Manuel Gómez-Cano Hérnandez, Escala de
Titulados Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene
en el Trabajo.
Vocales: Don José Luis Castellá López, Escala de Titulados
Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el
Trabajo; don Carlos Die Goyanes, Escala de Titulados Superiores
del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo; doña
María Cruz Gracia Guillén, Cuerpo Superior de Técnicos de la
Administración de la Seguridad Social.
Secretaria: Doña María Victoria Somoza Ramis, Cuerpo
Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.
Tribunal suplente:
Presidente: Don Florentino Alonso Arenal, Escala de Titulados
Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el
Trabajo.
Vocales: Don Alberto Sanz Merinero, Escala de Titulados
Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo;
don Francisco Alonso Valle, Escala de Titulados Superiores del
Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo; don José
Antonio Ferri Lara, Cuerpo de Gestión de la Administración de
la Seguridad Social.
Secretaria: Doña Macarena García de Castro Ruiz de Velasco,
Escala Titulados Superiores del Instituto Nacional de Seguridad
e Higiene en el Trabajo.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de
asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas.
ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud
de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública
y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y
en las siguientes instrucciones particulares.
En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", se consignará "Escala
de Titulados Medios del I.N.S.H.T.", Código 6315.
En el recuadro 16, "Especialidad, área o asignatura", "no se
consignará ningún dato".
En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará "la letra
L (sistema de acceso libre)".
En el recuadro 18, "Ministerio/Órgano/Entidad convocante",
se consignará "Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales".
En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial
del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, "Provincia de examen", se consignará
"Madrid".
En el recuadro 21, "Minusvalía", los aspirantes con
discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan
acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles
adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los
ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
En el recuadro 22 no se consignará ningún dato.
En el recuadro 24, "Títulos académicos oficiales", se consignará
"el título poseído por el aspirante de acuerdo con las exigencias
de la convocatoria".
En el recuadro 25, apartado A, se consignará el idioma escogido
para el cuarto ejercicio.
El importe de la tasa por derechos de examen será de 19,14
euros.
El ingreso del importe correspondiente a los derechos de
examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en
cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las
que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación
tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el
correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación
de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través
de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada
de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a
través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante
bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta
corriente número 1302/9002/26/00236447145 del Banco
Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre de "Tesoro Público. Ministerio
de Trabajo y Asuntos Sociales. Derechos de examen". El ingreso
podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco
Bilbao Vizcaya Argentaria o mediante transferencia desde cualquier
entidad bancaria.
Estarán exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con un grado de minusvalía igual o superior
al 33 %, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo
de tal condición.
b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo
durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la
convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que,
en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo
adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa
justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión
profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en
cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de
empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina
de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación
de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o
promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán
acompañarse a la solicitud.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen
o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que
se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid