Está Vd. en

Documento BOE-A-2005-17496

Resolución de 20 de septiembre de 2005, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se adopta la decisión de no someter a evaluación de impacto ambiental el proyecto de «Reparación y mejora de varios tramos de la acequia de la Comunidad de Regantes de Sant Llorenç-Gerb en el término municipal de Os de Balaguer (Lleida)», promovido por la Comunidad de Regantes de la Acequia Canal de Sant Llorenç y Gerb.

Publicado en:
«BOE» núm. 254, de 24 de octubre de 2005, páginas 34787 a 34787 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2005-17496

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, establece en el artículo 1.2, que los proyectos públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendidas en el Anexo II de este Real Decreto Legislativo sólo deberán someterse a evaluación de impacto ambiental en forma prevista en esta disposición, cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso. De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 553/2004, de 17 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, en el Real Decreto 562/2004, de 19 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales y el Real Decreto 1477/2004, de 18 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, correspondiente a la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, la formulación de las resoluciones sobre la evaluación de impacto ambiental de proyectos es competencia de la Administración General del Estado, reguladas por la legislación vigente. El «Proyecto de reparación y mejora de varios tramos de la acequia de la Comunidad de Regantes de Sant Llorenç-Gerb, en el término municipal de Os de Balaguer (Lleida)» se encuentra comprendido en el apartado c) del grupo 1 del Anexo II de la Ley 6/2001, de 8 de mayo. De acuerdo con el artículo 2.3 del Real Decreto Legislativo, la Dirección General de Desarrollo Rural del Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación remite, con fecha 19 de mayo de 2005, la documentación relativa al proyecto que incluye sus características, ubicación y potenciales impactos, con objeto de determinar la necesidad de su sometimiento a procedimiento de evaluación de impacto ambiental. El «Proyecto de reparación y mejora de varios tramos de la acequia de la Comunidad de Regantes de Sant Llorenç-Gerb, en el término municipal de Os de Balaguer (Lleida)» consiste en el entubado de los últimos tramos que quedan por revestir del conjunto de acequias que forman la red de riego. Su finalidad es la de mejorar la productividad y el rendimiento del riego de dicha comunidad, así como conseguir un ahorro en el consumo de agua, ya que dichos tramos son en cauce abierto de tierra con los consiguientes problemas de pérdidas de agua y daños a las fincas colindantes debidos a filtraciones. Las obras arriba indicadas se aprueban y declaran de interés general mediante la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social. La Comunidad capta el agua por medio del canal de Sant Llorenç y Gerp, en el pantano de Sant Llorenç del río Segre, en el T.M. de Camarasa (Lleida), transportando el agua por gravedad para el riego a manta de las fincas situadas a cota inferior que constituyen las huertas de Sant Llorenç y Gerb. Con fecha 6 de mayo de 2005 la Direcció General del Medi Natural de la Generalitat de Catalunya, informa que no se detectan afecciones a espacios naturales de protección especial, espacios de interés natural (incluidos en el Plan d'Espacios de Interés Natural, aprobado por Decreto 328/1992, de 14 de diciembre), ni áreas integradas en la Red Natura 2000 (en aplicación de las Directivas 79/409/CEE y 92/43/CEE). Indica que analizada la memoria ambiental no se prevé impacto ambiental significativo en la ejecución de las obras. La ubicación del proyecto no supone ninguna afección significativa sobre espacios con formaciones naturales o de interés faunístico, ni sobre el lecho fluvial, ni sobre la vegetación autóctona de interés, ya que la tubería proyectada transcurre mayoritariamente por debajo de los caminos existentes o por zonas de aprovechamiento agrícola. Tampoco se afectan zonas de gran valor patrimonial y cultural. Por otra parte señala que el municipio de Os de Balaguer está declarado como zona de alto riesgo de incendios forestales, por lo que se deberá cumplir con el Decreto 64/1995, de 7 de marzo, por el cual se establecen medidas de prevención de incendios forestales. Una vez analizada la documentación que obra en el expediente y considerando el informe recibido, se hacen las consideraciones basadas en los criterios del Anexo III del Real Decreto Legislativo 1302/1986, con el fin de determinar la necesidad o no de sometimiento al trámite de evaluación de impacto ambiental:

Características del proyecto. Se realizan dos actuaciones de reparación y mejora de la acequia de la C.R. de Sant Llorenç y Gerb, que se corresponden a dos ramales principales de la acequia y un ramal secundario derivado de uno de ellos: 1.er tramo: «Ramal Principal y Secundario Era Pau»: longitud del ramal: 836,859 m.

2.º tramo: «Ramal Reg del Comú»: longitud del ramal: 704,044 m.

Las tuberías seleccionadas serán de hormigón armado de campana con junta elástica clase II ASTM C76m, de diámetros 400, 500 y 600 mm.

Además, se repondrán un total de 31 arquetas. Los residuos y escombros de los tramos a reponer, el material vegetal y los lodos se transportarán a vertedero autorizado. La tubería a colocar irá montada sobre una cama de arena o grava fina de 10 cm y será tapada con material procedente de la propia excavación que cumpla las especificaciones. En caso de mayor excavación para saneamiento de la rasante, se terraplenará con zahorras naturales.

Ubicación del proyecto.

La C.R. de Sant Llorenç-Gerb está dedicada en su mayor parte a cultivos herbáceos extensivos de cereal de invierno. Complementan esta actividad fitotécnica con granjas de producción principalmente porcina. También existen, aunque en menor cantidad, pequeñas parcelas de huerta y cultivos arbóreos.

No se esperan importantes cambios en el uso de las parcelas. Se mantendrá el uso actual en las parcelas de cultivo mejorando de forma considerable la eficiencia de los riegos. La ejecución del proyecto no supone una reducción significativa de la calidad y capacidad de los recursos naturales del área, suponiendo un efecto positivo puesto que se reducirán las pérdidas de agua de las antiguas acequias, mejorándose la productividad y el rendimiento del sistema de riego. No se verá afectado ningún espacio de la Red Natura 2000, ni se prevé ninguna afección significativa sobre espacios naturales o de interés faunístico, ni sobre el lecho fluvial, ni sobre la vegetación autóctona de interés, ya que la tubería proyectada transcurre mayoritariamente por debajo de los caminos existentes o por zonas de aprovechamiento agrícola, ni tampoco se afectan zonas de gran interés patrimonial y cultural.

Características del potencial impacto.

La afección más importante sobre la calidad atmosférica durante la fase de construcción se produce por el aumento de partículas en suspensión, como consecuencia de los movimientos de tierras, paso de maquinaria, etc. Este impacto se prevé poco importante puesto que la acequia se encuentra suficientemente alejada de zonas habitadas.

En la fase de construcción se producirán ruidos puntuales y continuos por las actividades propias de la obra, si bien esta afección se prevé poco importante debido al alcance de la obra y los movimientos de tierra previstos. En cuanto a los impactos sobre la hidrología, serán positivos durante la fase de explotación ya que se conseguirá un ahorro importante de agua y se evitarán las filtraciones de la acequia actual. En la fase de construcción, el posible impacto negativo está relacionado con los vertidos accidentales de agua con contaminantes de la propia obra. Como se recoge en la documentación ambiental, el repostaje de combustible y el mantenimiento de la maquinaria no se realizará en el área de estudio. Las cubas y las canaletas de hormigón se limpiarán en la planta de donde procedan. El principal impacto sobre la geología viene dado por el aporte de zahorras de canteras autorizadas para la formación de la cama de la tubería. El material excavado será reutilizado, llevando a vertedero únicamente el material vegetal o lodos que no sean aptos para el tapado de tubería. No se prevé afección a la fauna del área. Las únicas alteraciones posibles son las derivadas del trasiego de maquinaria y personas dentro de su hábitat, que por las características de la obra serán mínimas y muy localizadas en el tiempo y el espacio. Finalmente, tampoco se prevé una modificación de los usos del suelo por la obra ya que la tubería discurre enterrada por caminos ya existentes. Considerando los criterios que se han expuesto respecto del Anexo III de la Real Decreto Legislativo 1302/1986, relativos a las características del proyecto, su ubicación y características del potencial impacto, las medidas correctoras propuestas y cumpliendo lo previsto en el Decreto 64/1995 sobre incendios forestales, no se deduce la posible existencia de impactos ambientales significativos que aconsejen someter el proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Por tanto, en virtud del artículo 1.2 del Real Decreto Legislativo, la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, a la vista del informe emitido por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de fecha 19 de septiembre de 2005, considera que no es necesario someter al Procedimiento de Evaluación Ambiental el «Proyecto de reparación y mejora de varios tramos de la acequia de la Comunidad de Regantes de Sant Llorenç-Gerb, en el término municipal de Os de Balaguer (Lleida)».

Madrid, 20 de septiembre de 2005.-El Secretario general, Arturo Gonzalo Aizpiri.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid