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Visto el expediente de indulto de don Francisco Abarca Durán, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por le Juzgado de lo Penal número 3 de Alcalá de Henares, en sentencia de 25 de mayo de 2002, como autor de un delito de lesiones, a la pena de dos años y tres meses de prisión, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1997, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 21 de octubre de 2005,
Vengo en conmutar a don Francisco Abarca Durán la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 21 de octubre de 2005.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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