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Documento BOE-A-2006-2764

Resolución de 11 de enero de 2006, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se adopta la decisión de no someter a evaluación de impacto ambiental el «Proyecto de modernización del regadío de la Comunidad de Regantes de la Huerta Vieja de Pina de Ebro» (Zaragoza), promovido por Seiasa del Nordeste, S.A.

Publicado en:
«BOE» núm. 40, de 16 de febrero de 2006, páginas 6298 a 6298 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2006-2764

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, establece en el artículo 1.2, que los proyectos públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendidas en el Anexo II de este Real Decreto Legislativo sólo deberán someterse a evaluación de impacto ambiental en forma prevista en esta disposición, cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso. De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 553/2004, de 17 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, en el Real Decreto 562/2004, de 19 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales y el Real Decreto 1477/2004, de 18 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, corresponde a la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático la formulación de las resoluciones sobre la evaluación de impacto ambiental de proyectos competencia de la Administración General del Estado, reguladas por la legislación vigente. El proyecto «Modernización del regadío de la Comunidad de Regantes de la Huerta Vieja de Pina de Ebro» se encuentra comprendido en el apartado c) del grupo 1 del Anexo II de la Ley 6/2001, de 8 de mayo. De acuerdo con el artículo 2.3 del Real Decreto Legislativo, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental recibe, con fecha 27 de julio de 2005, la documentación relativa al proyecto remitida por SEIASA del NORDESTE, S.A., incluyendo sus características, ubicación y potenciales impactos, con objeto de determinar la necesidad de su sometimiento a procedimiento de evaluación de impacto ambiental. El proyecto de «Modernización del regadío de la Comunidad de Regantes de la Huerta Vieja de Pina de Ebro» tiene como objeto el ahorro de agua y el aumento de la eficiencia en su distribución sobre una superficie de aproximadamente 1.300 ha, realizando diversas actuaciones, como son el revestimiento del canal existente y la distribución mediante tuberías que sustituyan a las acequias de tierra actualmente existentes. El proyecto contempla las siguientes actuaciones:

Desmantelamiento de la acequia de Pina, y transporte a vertedero de las obras de fábrica actualmente existentes.

Revestimiento de la Acequia Mayor de Pina de Ebro, que actualmente está en tierra y tiene muchas fugas. Se construirá una acequia de hormigón armado de 12.200 m de longitud, de sección rectangular. Instalación de tuberías primarias de riego. Arrancarán de la Acequia de Pina y discurren perpendicularmente a la misma hasta acabar en desagües próximos al río Ebro. Serán de hormigón armado de diámetro 800 mm., capaces de trasportar un caudal de 350 l/s. En cabecera de cada tubería se colocarán medidores automáticos de caudal. En total hay 21 tuberías primarias, con una longitud de 28.060 m. Instalación de tuberías secundarias de riego. Arrancarán de las tuberías primarias, perpendicularmente a las mismas, para regar aquellas parcelas que no tienen suministro directo desde las tuberías primarias. Serán de tubo de hormigón armado para tuberías de 800 mm. o de hormigón en masa para las de 600 mm., capaces de transportar un caudal de 350l/s y 250 l/s respectivamente. En total hay 71 tuberías secundarias, con una longitud de 17.625 m.

La Dirección General de Evaluación y Calidad Ambiental, con fecha 6 de septiembre de 2005 solicitó informe a los organismos e instituciones implicados.

El Instituto Aragonés de Gestión Ambiental considera que el proyecto no afectará directamente a los valores del LIC «Sotos y Mejanas del Ebro» (ES2430081), al P.O.R.N. de los »Sotos y Galachos del Ebro» y a hábitats de especies catalogadas si se aplican las medidas preventivas y correctoras necesarias, a lo largo de las distintas fases de ejecución. En esta línea se aportan las siguientes:

a) Con el fin de garantizar la conservación de los valores del L.I.C. «Sotos y mejanas del Ebro», se evitará cualquier afección sobre la vegetación ribereña en la zona de contacto entre la zona regable y la figura de protección.

b) Se llevarán a cabo las siembras y plantaciones diseñadas en el documento ambiental con fines de integración ecológica y paisajística de las zonas afectadas por las obras. Los trabajos de restauración paisajística deberán estar coordinados con los prescritos para el proyecto de concentración parcelaria a ejecutar en la misma zona. c) Cuando los desagües de las acequias entren en contacto con el río Ebro y sea necesaria la modificación de las orillas o del propio cauce, se realizarán previamente prospecciones del lecho para determinar la presencia o no de Marqaritifera auricularia. Antes de comenzar las obras se informará del calendario de los trabajos a los Agentes de Protección de la Naturaleza. d) En caso de detectarse ejemplares de náyades durante las obras de revestimiento de la acequia, deberá notificarse al Servicio Provincial de medio Ambiente y trasladarlas sobre un hábitat adecuado en el río Ebro. e) Se aplicarán las técnicas constructivas más adecuadas para minimizar los impactos sobre el medio derivados de las obras.

Una vez analizada la documentación que obra en el expediente y considerando las respuestas recibidas, se procede a revisar los criterios del Anexo III de la Ley 6/2001, para determinar la necesidad o no de sometimiento al trámite de evaluación ambiental.

1. Características del proyecto. Se aborda el revestimiento de la Acequia Mayor de Pina de Ebro y la instalación de tuberías primarias y secundarias para una superficie regable de 1.300 Ha. El consumo de agua se reducirá por la utilización de sistemas de conducción y riego más eficientes, lo que supone una mejora respecto a la situación actual.

En la zona de actuación esta prevista la realización de una concentración parcelaria. Por tanto los trabajos de restauración paisajística estarán coordinados con los prescritos para el proyecto de concentración parcelaria. En la fase de obra, al realizar la sobrexcavación del canal en algunos tramos, se producirá un exceso de tierra, que se transportará a otros tramos donde ocurra lo contrario, por lo tanto no habrá excedentes de tierras. En el caso de la excavación de la cama de las tuberías se producirá igualmente tierra de excavación, que tendrá la cualidad de ser tierra del horizonte de laboreo, enriquecido en materia orgánica, está tierra se utilizará para cubrir las tuberías. 2. Ubicación del proyecto. Las actuaciones se localizan en el término municipal de Pina de Ebro. Las actuaciones podrían afectar al LIC «Sotos y Mejanas del Ebro» ES2430081 y a los objetivos del al P.O.R.N. de los «Sotos y Galachos del Ebro», por lo que se toman medidas para no afectar a la vegetación de ribera que caracteriza a estos espacios. Se ha realizado una evaluación de la comunidad de náyades en la Acequia de Pina de Ebro. Como resultado de este estudio se ha descartado la presencia de Margaritifera auricularia (especie incluida en el Anexo IV de la Directiva 92/43/CEE, y en el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas especie en peligro de extinción), ya que no se ha observado la presencia individuos vivos en los muestreos realizados. Sí se ha advertido, en cambio, una densidad alta de Unio elongatulus, por lo que se han propuesto una serie de medidas correctoras que incluyen: recogida y traslado de náyades localizadas durante las obras, no revistiéndose los dos primeros kilómetros de la acequia por su importante papel como receptores de juveniles de náyades. 3. Características del potencial impacto. El proyecto propone medidas correctoras que minimizan los potenciales afecciones ambientales, por lo que no supone un impacto significativo para el medio. Considerando los criterios que se han expuesto respecto del Anexo III del Real Decreto Legislativo 1302/1986, relativos a las características del proyecto, su ubicación y características del potencial impacto, teniendo en cuenta la documentación del expediente y asumiendo lo señalado en los informes recibidos, no se deduce la posible existencia de impactos ambientales significativos que aconsejen someter el proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Por tanto, en virtud del artículo 1.2 del Real Decreto Legislativo, la Secretaria General para la Prevención de la Contaminación y del Cambio Climático, a la vista del informe emitido por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de fecha 11 de enero de 2006, considera que no es necesario someter al Procedimiento de Evaluación Ambiental el proyecto de Modernización del regadío de la Comunidad de Regantes de la Huerta Vieja de Pina de Ebro. T.M. Pina de Ebro (Zaragoza).

Madrid, 11 de enero de 2006.-El Secretario general, Arturo Gonzalo Aizpiri.

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