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Documento BOE-A-2006-4854

Resolución de 21 de febrero de 2006, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se publican los requisitos técnicos de la interfaz radioeléctrica reglamentada IR-24 relativa al sistema de telefonía sin hilos de corto alcance con tecnología digital (DECT).

Publicado en:
«BOE» núm. 64, de 16 de marzo de 2006, páginas 10731 a 10732 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2006-4854

TEXTO ORIGINAL

El artículo 10 del Reglamento que establece el procedimiento para la evaluación de conformidad de los aparatos de telecomunicaciones, aprobado por Real Decreto 1890/2000, de 20 de noviembre, en la redacción dada por el Real Decreto 424/2005 de 15 abril, establece que la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información publicará como resolución en el «Boletín Oficial del Estado» las interfaces reglamentadas en España que hayan sido notificadas a la Comisión Europea. La presente resolución tiene como objeto la publicación de los requisitos técnicos de la interfaz del sistema de telefonía sin hilos de corto alcance (DECT) con tecnología digital para aplicaciones en entornos de oficina, usos industriales y usos domésticas o residenciales. El cumplimiento de estos requisitos de interfaz es necesario para el uso del sistema de telefonía sin hilos de corto alcance con tecnología digital para aplicaciones en entornos de oficina, usos industriales y usos domésticas o residenciales que operan en España y la concesión de licencias o autorizaciones de uso, en su caso; y no exime del cumplimiento del resto de los requisitos establecidos en el Reglamento aprobado mediante el mencionado Real Decreto 1890/2000. Esta interfaz podrá ser revisada, de acuerdo con lo establecido en el Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias en vigor, como consecuencia de nuevas necesidades nacionales en cuanto al uso eficaz del espectro radioeléctrico o bien como consecuencia de tratados o acuerdos internacionales en los que España sea parte. Esta disposición ha sido sometida al procedimiento de información en materia de normas y reglamentaciones técnicas y de reglamentos relativos a los servicios de la sociedad de la información, previsto en la Directiva 98/34/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 22 de junio, modificada por la Directiva 98/48/CE de 20 de julio, así como en el Real Decreto 1337/1999, de 31 de julio que incorpora estas Directivas al ordenamiento jurídico español. En su virtud, resuelvo:

Publicar los requisitos de la interfaz reglamentada que se relacionan en el Anexo a esta Resolución.

Madrid, 21 de febrero de 2006.-El Secretario de Estado, P.D. (Orden ITC/3187/2004, de 4 de octubre, BOE del 6, modificada por la Orden ITC/3359/2005, de 20 de octubre, BOE del 28), el Subdirector general de Infraestructuras y Normativa Técnica, Ricardo Alvariño Álvarez.

Anexo

INTERFAZ RADIOELECTRICA REGLAMENTADA

Descripción: Sistema Europeo de Telefonía sin Hilos DECT

Sistema de telefonía sin hilos de corto alcance con tecnología digital para aplicaciones en entornos de oficina, usos industriales y usos domésticos o residenciales

IR: 24

Parámetro

Datos técnicos

1

Frecuencia/Banda de frecuencias.

1.880-1.900 MHz.

2

Canalización/Anchura de banda.

1,728 MHz.

3

Modulación.

Digital por desplazamiento mínimo con filtro gausiano (GMSK, BT=0,3). Sistema de acceso múltiple por división en el tiempo (TDMA-TDD).

4

Separación dúplex.

No.

5

Nivel de potencia.

250 mW potencia de pico.

6

Servicio radioeléctrico/tipode dispositivo.

Servicio móvil.

Parámetros de información opcional

7

Licencia/uso.

No se precisa licencia para usos privados y extensión de centralitas sin hilos (PABX). Uso común.

8

Evaluación/notificación.

Clase I.

9

Norma técnica de referencia.

ETSI ETS 300 175 (partes 1-9).

ETSI ETS 300 176.

10

Otras observaciones.

Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias: UN-49.

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