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Documento BOE-A-2008-15205

Resolución de 15 de julio de 2008, conjunta de las Secretarías de Estado de Universidades y de Investigación, por la que se conceden ayudas para la movilidad de estudiantes en estudios de doctorado con Mención de Calidad, para el curso 2007-2008

Publicado en:
«BOE» núm. 226, de 18 de septiembre de 2008, páginas 38213 a 38214 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Referencia:
BOE-A-2008-15205

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 13 de noviembre de 2007 (BOE de 7 de diciembre), de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, se convocaron ayudas dirigidas a facilitar la movilidad de profesores visitantes y de estudiantes en los estudios de doctorado que han obtenido la Mención de Calidad para el curso 2007/2008. Concluido el proceso de subsanación de las solicitudes y habiéndose detectado errores cuya corrección ha acreditado el cumplimiento de los requisitos de la convocatoria por parte de los solicitantes y teniendo en cuenta lo acordado por la Comisión de Selección del programa, se ha resuelto:

Primero.-Conceder las ayudas para la movilidad de estudiantes que se indican en el Anexo por los importes que se señalan para cada universidad, estudio de doctorado y estudiante.

Segundo.-La financiación de estas ayudas, por importe total de 360,00 €, se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria 18.07.463A.781 de los Presupuestos Generales del Estado de 2008. Tercero.-El importe de las ayudas se librará a las universidades responsables de los estudios de doctorado para la inclusión en sus presupuestos. Las Universidades perceptoras de las ayudas certificarán en un plazo de tres meses, a contar desde su recepción, ante la Dirección General de Universidades, que han incorporado a su contabilidad las cantidades percibidas. Cuarto.-Las ayudas quedan afectas a los fines para los que se otorgan. De su correcta utilización responderán las universidades perceptoras, dentro de los tres meses siguientes a la terminación del curso académico 2007-2008. Cualquier cambio o modificación debe solicitarse por escrito razonado a la Subdirección General de Formación y Movilidad en Posgrado y Posdoctorado, con el visto bueno del Vicerrector responsable. Quinto.-Los beneficiarios están obligados a cumplir las normas establecidas en la resolución de convocatoria y su concesión queda, asimismo, condicionada al cumplimiento de los requisitos establecidos en dichas disposiciones.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición, al amparo de los artículos 116 y 177 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de reposición sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

Madrid, 15 de julio de 2008.-El Secretario de Estado de Universidades, Màrius Rubiralta i Alcañiz.-El Secretario de Estado de Investigación, Carlos Martínez Alonso.

ANEXO Ayudas para la movilidad de alumnos en estudios de doctorado con Mención de Calidad. Curso 2007-2008

Universidad

Referencia

Estudios de Doctorado

Apellidos y nombre

Referencia estudiante

Semanas concedidas

Estancia concedida

Universidad de Alcalá.

DCT2007-00043-B

Cambio Global y Desarrollo Sostenible.

Hernández Hernández, Zulimar

DCB2007-1587

24

360,00

Total

24

360,00

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