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Documento BOE-A-2008-15207

Resolución de 21 de agosto de 2008, de la Secretaría de Estado de Universidades, por la que se conceden ayudas para la movilidad de profesores visitantes en los estudios de doctorado con Mención de Calidad, para el curso 2007-2008.

Publicado en:
«BOE» núm. 226, de 18 de septiembre de 2008, páginas 38214 a 38215 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Referencia:
BOE-A-2008-15207

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 26 de mayo de 2008, conjunta de las Secretarías de Estado de Universidades y de Investigación, se concedieron ayudas dirigidas a facilitar la movilidad de profesores visitantes en los estudios de doctorado que han obtenido la Mención de Calidad para el curso 2007/2008. Concluido el proceso de subsanación de las solicitudes y habiéndose detectado errores cuya corrección ha acreditado el cumplimiento de los requisitos de la Convocatoria por parte de los solicitantes y teniendo en cuenta lo acordado por la Comisión de Selección del programa de ayuda de la Modalidad A), Ayudas para la movilidad de profesores visitantes, se ha resuelto:

Primero.-Conceder las ayudas para la movilidad de profesores que se indican en el Anexo por los importes que se señalan en el mismo.

Segundo.-La financiación de estas ayudas, por importe total de 16.009,00€, se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria 18.07.463A.781 de los Presupuestos Generales del Estado de 2008. Tercero.-El importe de las ayudas se librará a las universidades responsables de los estudios de doctorado para la inclusión en sus presupuestos. Las Universidades perceptoras de las ayudas certificarán en un plazo de tres meses, a contar desde su recepción, ante la Dirección General de Universidades, que han incorporado a su contabilidad las cantidades percibidas. Cuarto.-Las ayudas quedan afectas a los fines para los que se otorgan. De su correcta utilización responderán las universidades perceptoras, dentro de los tres meses siguientes a la terminación del curso académico 2007-2008, presentando una memoria de las actividades desarrolladas. Cualquier cambio o modificación debe solicitarse por escrito razonado a la Dirección General de Universidades, con el visto bueno del Vicerrector responsable. Quinto.-La actividad docente de los profesores visitantes debe desarrollarse durante el curso académico 2007-2008 según lo establecido en el apartado A.3.2 del Anexo I de la resolución de convocatoria. Sexto.-De conformidad con la convocatoria, en la publicidad de los programas seleccionados deberá hacerse constar que han obtenido financiación de la Dirección General de Universidades, Secretaría de Estado de Universidades, Ministerio de Ciencia e Innovación.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición, al amparo de los artículos 116 y 177 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de reposición sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

Madrid, 21 de agosto de 2008.-El Secretario de Estado de Universidades, Màrius Rubiralta i Alcañiz.

ANEXO I

Ayudas para la movilidad de profesores en programas de doctorado con mención de calidad en el curso 2007-2008

Universidad

Referencia

Programa de doctorado

Concedido por movilidad

Gastos de promoción y difusión concedidos

Total concedido

Universidad de León.

DCT2007-00341-P

Ciencias de la Salud.

15.009,00

1.000,00

16.009,00

Total

16.009,00

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