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Documento BOE-A-2008-17811

Resolución de 10 de octubre de 2008, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Modificación de la concesión del Salto de Moralets, central hidroeléctrica Moralets II, Montanuy (Huesca) y Vilaller (Lérida).

Publicado en:
«BOE» núm. 267, de 5 de noviembre de 2008, páginas 44267 a 44271 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2008-17811

TEXTO ORIGINAL

El proyecto a que se refiere la presente Resolución se encuentra comprendido en el apartado 9.k) del anexo II del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, habiéndose decidido su sometimiento a evaluación de impacto ambiental por decisión de esta Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, de fecha 27 de julio de 2006, y procediendo a formular su declaración de impacto ambiental, de acuerdo con el artículo 12.1 de la citada norma. Los principales elementos de la evaluación practicada se resumen a continuación:

1. Información del proyecto. Promotor y órgano Sustantivo. Objeto y justificación. Localización. Descripción sintética. Alternativas.-El promotor del proyecto es Endesa Generación, S. L., y el órgano sustantivo es la Confederación Hidrográfica del Ebro.

El objeto del proyecto es mejorar el aprovechamiento energético de la actual central hidroeléctrica de Moralets, en explotación desde 1985, mediante la ampliación de su potencia instalada. El aprovechamiento es reversible de turbinación y bombeo, que aprovecha el agua procedente de dos embalses el Llauset y el Baserca, separados entre sí 5 km. La práctica totalidad de las instalaciones se ubican en el municipio oscense de Montanuy, en la Comunidad Autónoma de Aragón, mientras que una pequeña parte lo hace en el municipio leridano de Vilaller, en la Comunidad Autónoma de Cataluña. La central hidroeléctrica actual de Moralets consta de tres grupos reversibles de tipo binario, mientras que la de Moralets II contará con 2 nuevos grupos reversibles más. En el cuadro siguiente se presentan las principales características de la concesión actual y de la concesión solicitada:

C.H. de Moralets (actual)

C.H. de Moralets II (solicitada)

Total

Caudal turbinado (m3/s)

30

60

90

Caudal de bombeo (m3/s)

26,40

52,80

79,2

Potencia en turbinado (MW)

204

400

604

Potencia en bombeo (MW)

227,7

400

627,7

Durante la construcción de la central hidroeléctrica existente, ya se planificó su futura ampliación, por ello el proyecto de modificación incluye únicamente las siguientes actuaciones:

Adaptación de la toma existente en el embalse de Llauset, para que admita un caudal de 90 m3/s. Para ello se modificará su reja y emboquillaje.

Acondicionamiento de la galería de presión, mediante el tratamiento superficial del hormigón de revestimiento del tramo de dicha galería que no se encuentre revestido con chapa. Ampliación de la chimenea de equilibrio, con un tramo vertical en pozo, de 6,0 m de diámetro y 137,0 m de longitud, y un tramo horizontal en galería, de 4,0 m de diámetro y 99,22 m de longitud, completamente subterráneos. Instalación de una tubería forzada, en galería, inclinada aproximadamente 45º y excavada en roca, con un diámetro interno de 3,60 m y una longitud de 1.000 m. Adaptación de la central hidroeléctrica subterránea existente: ampliación de la nave principal, mediante la excavación de 21,6 m para dotarla de cinco plantas; construcción de una nueva cámara de válvulas de baja presión subterránea, alineada con la existente y adaptación de la cámara de válvulas de alta presión, la nave de transformadores, el edificio de mando y demás elementos. Construcción de una nueva galería de baja presión, circular, con diámetro interior de 6 m y longitud de 650 m, que discurrirá convergente con la actual hasta enlazar con el pozo de compuertas existente en la toma de Baserca. Instalación de nuevos equipos de transformación en el actual parque eléctrico exterior, dentro de la superficie vallada ya preparada.

Según expresa el promotor, para la evacuación de la energía generada se seguirá utilizando la misma línea eléctrica de alta tensión hacia Pont de Suert, de Red Eléctrica de España, S. A, que se usa actualmente. Según el promotor, esta empresa se ha comprometido a modernizar las infraestructuras que sean necesarias.

Según se expone en el estudio de impacto ambiental no se requiere la apertura de nuevos accesos ni habilitar espacios para el acopio de equipos y maquinaria, dado que se emplearán los utilizados durante las obras de la C.H. de Moralets. Se tiene prevista la instalación de una planta de hormigonado en el exterior de la central. Con la ejecución del proyecto, se generará un excedente de tierras de unos 45.000 m3, que serán utilizados en la restauración del cono de deyección del barranco de Fogá, actualmente muy degradado. Al tratarse de un proyecto de modificación de un aprovechamiento existente, el análisis de alternativas presentado en el estudio de impacto ambiental, se limita a valorar la implantación de las instalaciones de forma superficial o subterránea y a la selección de los equipos a instalar. El promotor ha optado por enterrar todos los elementos posibles, ya que la mayor parte de las instalaciones del actual aprovechamiento de Moralets son subterráneas y además se considera la opción ambientalmente más adecuada. El único elemento visible será el parque eléctrico exterior, en la que se dispondrán los nuevos equipos de transformación. 2. Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto.-El aprovechamiento hidroeléctrico se localiza en el extremo oriental del Parque Natural de «Posets-Maladeta», en el Pirineo aragonés, en la comarca de Ribagorza, entre los cauces de los ríos Noguera Ribagorzana y Llauset, afluente del primero. El río Noguera Ribagorzana es afluente del Segre por la derecha y pertenece a la cuenca hidrográfica del Ebro. El Parque Natural de Posets-Maladeta fue creado mediante la Ley 3/1994, de 23 de junio, y dispone de Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) del Parque Natural y su Área de Influencia Socioeconómica, aprobado por el Decreto 148/2005, de 26 de julio, del Gobierno de Aragón. La zona de Posets-Maladeta además está catalogada como LIC y ZEPA «Posets-Maladeta» (ES0000149) incluida en la Red Natura 2000. De igual manera, a unos 3 km aguas abajo de la presa del embalse de Baserca se encuentra el LIC y ZEPA «Aigüestortes» (ES0000022). En el ámbito de la zona de actuación también se encuentran las IBAs n.º 128 «Posets-Maladeta»(Huesca) y n.º 130 «San Mauricio-Bohi-Beret» (Lérida). Entre la vegetación presente en la zona de actuación, encontramos la propia del piso alpino en el entorno del embalse de Llauset, caracterizado por ejemplares aislados de pino negro (Pinus uncinata) y grandes extensiones de prados naturales, y la del piso subalpino entre los embalses de Llauset y Baserca, en el que dominan los bosques de abetos (Abies alba) y el pino negro, como vegetación arbórea dominante. En las zonas de umbría y en los fondos de valle dominan los bosques de hayas (Fagus sylvatica). Las zonas de ribera presentan ejemplares de sauces de porte arbustivo (Salix alba) y abedules (Betula pendula). Entre la numerosa avifauna presente en la zona, destaca el quebrantahuesos («Gypaetus barbatus»), con Plan de Recuperación en Aragón (Decreto 45/2003, de 25 de febrero). Esta especie dispone también de Plan de Recuperación en Cataluña (Decreto 282/1994, de 29 de septiembre). En cuanto a mamíferos, se citan especies tales como la nutria («Lutra lutra») y el desmán («Galemys pyrenaicus»). También se menciona que el emplazamiento puede ser utilizado por el oso pardo («Ursus arctos») como zona de paso. De entre los anfibios de la zona destaca el tritón pirenáico («Euproctus asper»). 3. Resumen del proceso de evaluación.

A. Fase de consultas previas y determinación del alcance del estudio de impacto. a) Entrada documentación inicial.

La tramitación se inició con fecha 23 de diciembre de 2005, momento en que tiene entrada en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, la memoria resumen del «Proyecto de modificación de concesión del Salto de Moralets. C.H. Moralets II. TTMM. Montanuy (Huesca) y Vilaller (Lérida)» de Endesa Generación S. L. b) Consultas previas. Relación de consultados y de contestaciones.

La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, con fecha de 19 de abril de 2006, estableció un periodo de consultas a instituciones y administraciones previsiblemente afectadas por la ejecución del proyecto. La relación de consultados se expone a continuación:

Relación de consultados

Respuestas recibidas

Dirección General para la Biodiversidad.

X

Confederación Hidrográfica del Ebro.

X

Agencia Catalana del Agua, Departamento de Medio Ambiente y Vivienda, Generalitat de Cataluña.

X

Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, Departamento de Medio Ambiente, Gobierno de Aragón. (INAGA).

X

Dirección General de Patrimonio Cultural, Departamento de Educación, Cultura y Deporte, Gobierno de Aragón.

X

Dirección General de Políticas Ambientales y Sostenibilidad, Departamento de Medio Ambiente y Vivienda, Generalitat de Cataluña.

X

Dirección General de Patrimonio Cultural, Departamento de Cultura, Generalitat de Cataluña.

-

Ayuntamiento de Montanuy (Huesca).

-

Ayuntamiento de Vilaller (Lérida).

-

Sociedad Española de Ornitología (S.E.O.).

-

ADENA.

-

Ecologistas en Acción.

-

Grupo Ecologista CICONIA.

-

Los aspectos ambientales más relevantes considerados en las contestaciones a las consultas previas son los siguientes: Espacios sensibles. En la totalidad de las respuestas recibidas, se pone de manifiesto el valor ambiental de la zona de estudio, ya que con las actuaciones proyectadas se podría afectar al Parque Natural de «Posets-Maladeta», con PORN aprobado por el Decreto 148/2005, de 26 de julio y a los espacios de la Red Natura 2000, ZEPA y LIC «Posets-Maladeta» (ES0000149). De igual manera se informa que la zona de actuación coincide con dos IBA «Posets-Maladeta» (n.º 128) y «San Mauricio-Bohi-Beret» (n.º 130). Por ello el estudio de impacto ambiental deberá valorar adecuadamente las posibles afecciones sobre los valores naturales de los ya citados espacios protegidos.

Se deberá analizar igualmente en el estudio de impacto, las posibles afecciones sobre los ecosistemas fluviales y lacustres presentes en la zona de actuación, tanto en fase de construcción como de explotación.

Hidrología.

La Confederación Hidrográfica del Ebro manifiesta que, para el funcionamiento de la ampliación proyectada, es necesario incrementar el caudal concesional en 60 m3/s, esta circunstancia podría suponer una alteración del régimen hidrológico existente en el embalse de Llauset y en el río del mismo nombre y, por tanto, un posible impacto sobre el medio lacustre y fluvial que debe ser convenientemente estudiado y valorado por el promotor.

La Dirección General para la Biodiversidad advierte de los cambios que se pueden producir en la calidad de las aguas del embalse de Llauset, debido a su vaciado parcial durante las obras de adecuación a realizar en la actual toma de agua, y sus consecuencias. Además, la Agencia Catalana del Agua advierte de los efectos de este vaciado podría acarrear sobre los ríos Llauset y Noguera Ribagorzana, proponiendo una serie de medidas para controlar la calidad de sus aguas. El INAGA expone la necesidad de evitar enturbiamiento de las aguas durante épocas de freza y que el caudal ecológico del Llauset deberá quedar siempre garantizado. La Agencia Catalana del Agua sugiere la realización de un estudio hidrogeológico detallado, para identificar las posibles afecciones que con las obras se podrían producir sobre las aguas subterráneas existentes en la zona.

Fauna.

La Dirección General para la Biodiversidad y la Confederación Hidrográfica del Ebro advierten que el proyecto se encuentra en una zona de presencia de dos especies catalogadas «en peligro de extinción»: oso pardo («Ursus arctos») y quebrantahuesos («Gypaetus barbatus»).

El INAGA informa que el quebrantahuesos dispone de Plan de Recuperación en Aragón (Decreto 184/1994, de 31 de agosto y Decreto 45/2003, de 25 de febrero). En el estudio de impacto ambiental se deberá analizar afecciones sobre los objetivos de conservación del citado Plan. Además, la Dirección General para la Biodiversidad identifica otras especies animales y vegetales de interés comunitario que requieren una protección estricta (anexo IV de la Directiva 92/43/CEE) que pudieran verse afectadas por el proyecto, entre las que destaca el desmán ibérico («Galemys pyrenaicus») y la nutria («Lutra lutra»).

Paisaje.

En las respuestas recibidas, se advierte de las posibles afecciones paisajísticas a la zona de estudio, que se ocasionarían con el depósito de los volúmenes de tierra sobrantes, generados durante la ejecución del proyecto. Por ello en el estudio de impacto ambiental se concretará el destino de los mismos y los planes de restauración necesarios.

Patrimonio cultural.

El Servicio de Prevención y Protección del Patrimonio Cultural del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, del Gobierno de Aragón aporta una serie de medidas correctoras a adoptar en orden a salvaguardar posibles hallazgos durante obras.

c) Resumen de las indicaciones dadas por el Órgano Ambiental al Promotor sobre la amplitud y detalle del estudio de impacto ambiental, y sobre las administraciones ambientales afectadas.

El resultado de las contestaciones a las consultas realizadas se remitió al promotor el 1 de agosto de 2006, incluyendo una copia de las contestaciones recibidas, y los aspectos más relevantes que debería contemplar el estudio de impacto ambiental.

B. Fase de información pública y de consultas sobre el estudio de impacto ambiental.

a) Información pública. Resultado. Con fecha 8 de agosto de 2007 se publica en el BOE n.º 189 anuncio de la Confederación Hidrográfica del Ebro sobre información pública del «Estudio de impacto ambiental del proyecto de modificación de la concesión del Salto de Moralets. C.H. Moralets II». De igual manera, con fechas 18 de agosto de 2007 y 28 de agosto de 2007 se publica el citado anuncio en el BOP de Lérida n.º 118 y en el BOP de Huesca n.º 166 respectivamente. También se remitió nota-anuncio a los siguientes organismos: Subdelegación del Gobierno en Huesca, Subdelegación del Gobierno en Lérida, Ayuntamiento de Montanuy (Huesca) y Ayuntamiento de Vilaller (Lérida).

Durante el periodo de información pública se ha recibido una única alegación de Ecologistas en Acción-Onso (Huesca) donde se expone la existencia de un Plan de Demarcación Hidrográfica del Ebro, dentro del cual se integra el Plan Hidrológico de la cuenca del río Noguera Ribagorzana, cuya aprobación está en tramitación, solicitando por ello la paralización del proyecto hasta que se produzca dicha aprobación. Indica además la necesidad de mantener un régimen de caudales ecológicos adecuado en el río Noguera Ribagorzana y afluentes y que las zonas afectadas por la construcción original de la C.H. de Moralets no fueron restauradas en su momento, solicita por tanto su restauración ambiental. Expresa finalmente, la necesidad de solicitar informe a los órganos de gestión del Parque Natural «Posets-Maladeta» sobre las posibles afecciones del proyecto a este espacio, dado que el embalse de Llauset se encuentra dentro de sus límites. El promotor Endesa Generación, S. A., da respuesta a esta alegación, indicando que la ampliación del aprovechamiento de bombeo de Moralets, no conlleva ninguna modificación en los caudales que circulen por el río Noguera Ribagorzana ni por sus afluentes, ya que se limita únicamente a trasvasar el agua entre dos embalses existentes, manteniendo para el resto de los aprovechamientos el mismo criterio de explotación que existe actualmente. De igual manera, comunica que la Fundación Endesa ya está procediendo al acondicionamiento ambiental del entorno del ibón Llauset y de la zona del barranco del Fogá. En cuanto a la afección al Parque Natural «Posets-Maladeta», el promotor identifica la adecuación de la toma existente en el embalse de Llauset como la única actuación a realizar en su interior, indicando que no se producirán afecciones en zonas situadas fuera del embalse.

b) Consultas a Administraciones ambientales afectadas. Resultado.

Con fecha 1 de agosto de 2007, la Confederación Hidrográfica del Ebro, en su calidad de órgano sustantivo del proyecto, consulta sobre el estudio de impacto ambiental a las Administaciones públicas afectadas, en aplicación de los artículos 9.3 y 9.5 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos. Se han recibido las siguientes contestaciones: La Dirección General de Patrimonio Cultural. Departamento de Cultura y Medios de Comunicación. Generalitat de Cataluña confirma que el proyecto no va a afectar directamente a ningún bien cultural del Inventario del Patrimonio Arqueológico de Cataluña. No obstante, cree necesario llevar un control arqueológico de todos los movimientos de tierra, bajo la dirección de un arqueólogo y con la autorización previa de la Dirección General de Patrimonio Cultural, en aplicación de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán y el Decreto 78/2002, de 5 de marzo, del Reglamento de protección del patrimonio arqueológico y paleontológico.

El INAGA. Departamento de Medio Ambiente. Gobierno de Aragón, identifica como principales incidencias ambientales: la posible afección sobre el ciclo reproductor del quebrantahuesos en la zona; posibles afecciones al Parque Natural «Posets-Maladeta»; posible afectación a la calidad de los recursos hídricos como consecuencia de la descarga en el embalse de Llauset y la gestión de los excedentes de excavación. De igual manera, expone temas del estudio de impacto ambiental a completar y cautelas a mantener durante la ejecución del proyecto:

Valoración específica y en profundidad, de la posible afección del proyecto sobre espacios incluidos en Red Natura 2000 y sus objetivos de conservación.

Ejecución de las voladuras en las horas centrales del día y fuera del periodo reproductor del quebrantahuesos. Se deberá disponer de autorización previa del INAGA. Propuesta de medidas específicas en el protocolo de descarga del embalse de Llauset para evitar las afecciones a la calidad de las aguas de los ríos afectados. La descarga se realizará fuera de la época de freza de la trucha («Salmo trutta»). Con la puesta en funcionamiento del nuevo aprovechamiento, no se modificarán los caudales ecológicos aguas abajo de las presas de Llauset y Baserca. Diseño de un proyecto específico para el depósito de los excedentes de excavación y la restauración posterior de la zona, en el que se valore la viabilidad ambiental del mismo y se estudien alternativas. La planta de hormigonado necesaria será temporal y se desmantelará al finalizar las obras.

La Dirección General de Políticas Ambientales y Sostenibilidad. Departamento de Medio Ambiente y Vivienda. Generalitat de Cataluña solicita que se adopten las medidas necesarias que impidan la entrada de ejemplares de nutria (Lutra lutra) a la central hidroeléctrica existente y a la de nueva construcción, así como para mantener la calidad de las aguas. Para evitar afecciones a la nutria, recomienda evitar el periodo nocturno para la ejecución de las obras. Expone la necesidad de no afectar a la vegetación de ribera, procediendo a su restitución en caso de que la afección sea imprescindible. Por otra parte, solicita se limiten las emisiones de ruido, gases y polvo procedentes de la maquinaria de obras, durante los periodos reproductivos de la avifauna protegida de la zona.

Concluye finalmente, que a pesar de que el proyecto se desarrolla cerca de un área de interés faunístico no se prevé ocasione impactos ambientales significativos. Informa que no se afectará tampoco a zonas de gran valor patrimonial y cultural.

C. Fase previa a la declaración de impacto.

a) Información complementaria solicitada por el órgano ambiental. Mediante escrito fechado el 28 de abril de 2008, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, solicita al promotor complete el estudio de impacto ambiental en los siguientes temas: características de la tubería de equilibrio y la línea eléctrica; diseño y planificación de las voladuras; depósito de materiales sobrantes de excavación; compatibilidad del proyecto con el PORN del «Parque Natural de Posets-Maladeta» y con el Plan de Recuperación del quebrantahuesos, abalada por informe del INAGA. Departamento de Medio Ambiente del Gobierno de Aragón; posible afección a Red Natura 2000, en concreto al LIC y ZEPA «Posets-Maladeta», y a hábitats de interés comunitario, la afección a la geología e hidrología subterránea; propuesta de medidas preventivas y correctoras, y el diseño del correspondiente programa de vigilancia ambiental, prestando especial atención a los ecosistemas lacustre y fluvial y a especies como la nutria y el quebrantahuesos. Además, se solicita cartografía en la que se ubiquen las obras, respecto a los elementos relevantes del medio ambiente de la zona.

En contestación a la información solicitada, con fecha 9 de junio de 2008 se recibe en esta Dirección General, escrito remitido por el promotor, adjuntando documentación titulada «Información Complementaria al Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto de Modificación de la Concesión del Salto de Moralets. C.H. Moralets II», en el que se da contestación a la información en su momento requerida. El promotor indica de igual manera, que ha enviado la citada documentación al INAGA, para que en virtud de sus competencias administrativas informe acerca de la compatibilidad del proyecto con los planes de ordenación y recuperación vigentes en la zona de actuación. El INAGA remite el 29 de septiembre de 2008 «nforme sobre compatibilidad del proyecto de modificación del salto de Moralets. C.H. Moralets II con el PORN del Parque Natural Posets-Madaleta y con el Plan de Recuperación del Quebrantahuesos en Aragón», donde se muestra favorable al desarrollo del proyecto siempre que se de cumplimiento, durante su ejecución, a un determinado condicionado ambiental. Las principales condiciones son:

Presentar ante el Servicio Provincial de Medio Ambiente de Huesca, el proyecto definitivo de restauración del barranco de Fogá, para que se pueda realizar un seguimiento adecuado del mismo.

Para evitar afecciones al ciclo reproductor del quebrantahuesos, entre el 15 de diciembre y el 15 de mayo, las vibraciones transmitidas por las voladuras no deberán superar los 0.5 mm/s. La ejecución de las voladuras se notificarán al Servicio Provincial con diez días de antelación. El funcionamiento de la planta de hormigonado será preferentemente en horario diurno. Con carácter previo a la realización de las obras se tramitará en el INAGA, la concesión de uso privativo de dominio público forestal en terrenos del Monte n.º 502. Si en la ejecución del proyecto se localizará algún resto paleontológico, se deberá comunicar al Servicio de Prevención y Protección de Patrimonio Cultural para arbitrar las medidas oportunas.

El promotor, mediante escrito remitido a esta Dirección General, fechado el 1 de octubre de 2008, acata expresamente el cumplimiento integro del condicionado establecido por el INAGA. Departamento de Medio Ambiente del Gobierno de Aragón. 4. Integración de la evaluación.

A. Impactos significativos de la alternativa elegida. Espacios sensibles. La zona de actuación se ubica dentro del Parque Natural de Posets-Maladeta y del LIC y ZEPA del mismo nombre, a pesar de ello según explica el promotor estos espacios protegidos no sufrirán afecciones significativas durante la ejecución del proyecto, ya que además de la escasa entidad de las obras a realizar, éstas serán en su gran mayoría subterráneas, únicamente se realizarán en superficie el acondicionamiento de la obra de toma del embalse de Llauset, el depósito de excedentes de tierra en el barranco de Fogá, que será restaurado y el depósito de materiales y maquinaria de obra.

El promotor expone que el proyecto es compatible con el PORN del Parque Natural de Posets-Maladeta y el Plan de Recuperación del Quebrantahuesos en Aragón, y que no se afectará a la integridad de la Red Natura 2000 y sus objetivos de conservación. Hay que enfatizar en el hecho de que el INAGA. Departamento de Medio Ambiente del Gobierno de Aragón ha elaborado informe favorable a la ejecución del proyecto, considerándole compatible con el grado de protección que ostenta la zona.

Hidrología.

Para acondicionar y adecuar la toma del embalse de Llauset, al nuevo aprovechamiento hidroeléctrico resulta necesario el vaciado parcial del citado embalse. Esta circunstancia podría afectar al agua embalsada en los propios embalses y a la circulante en los ríos Llauset y Noguera Ribagorzana, produciéndose alteraciones tanto en su volumen como en sus características físico-químicas. Además, durante las labores de excavación, se podrían generar vertidos de agua con partículas en suspensión. De igual manera, la puesta en funcionamiento de la ampliación del aprovechamiento hidroeléctrico traerá consigo un incremento de bombeo entre los embalses de Baserca y Llauset y, con ello, una oscilación mayor en los niveles de agua de los mismos.

Según indica el promotor, no se producirá ninguna modificación en los caudales circulantes por el río Noguera Ribagorzana ni por sus afluentes. Como medida preventiva a destacar, el promotor contempla la aplicación de un protocolo de descenso progresivo para el vaciado parcial del embalse de Llauset, de manera que se permita el mantenimiento del hábitat de la piscifauna existente. Así mismo, el promotor enfatiza en que con la ejecución de las excavaciones necesarias durante la ejecución del proyecto, no se producirá ninguna afectación sobre el nivel freático actual de la zona. En relación con el control de la concentración de materiales en suspensión y del oxígeno disuelto, el promotor prevé la paralización de las obras de excavación causantes del mismo o la adopción de un sistema de decantación efectivo, en caso de detectar durante la fase de obras, la llegada continuada al cauce de aguas con cargas de materias en suspensión superiores a 1 g/l o un descenso en el porcentaje de saturación de oxígeno por debajo del 60%. Así mismo, se prevé la instalación de una barrera flotante durante las obras en la toma de agua en el embalse de Llauset, para limitar o reducir la dispersión de materiales en suspensión hacia el resto del embalse.

Fauna.

Durante la ejecución de las obras se pueden producir alteraciones en la calidad del hábitat de la zona, debidas a la presencia y al tránsito de personas y maquinaria, al funcionamiento de las instalaciones auxiliares en el entorno y a las microvoladuras subterráneas que se llevarán a cabo. Por todo ello, se podría ver afectado el ciclo biológico de la fauna presente en la zona, tanto la ligada al medio acuático como al medio terrestre.

El promotor no considera necesario proceder al rescate previo a las obras de peces en el embalse de Llauset ni en el tramo de río aguas abajo del mismo. Expone igualmente, que en caso de que se considere necesario, se procederá a la repoblación con trucha en lo lugares y condiciones que establezcan las administraciones competentes. Para mitigar posibles afecciones a la avifauna protegida, entre la que podemos destacar el quebrantahuesos, durante la ejecución de las microvoladuras necesarias, se estará a lo que disponga y autorice el Servicio Provincial de Medio Ambiente de Huesca. Con idéntico objetivo, el promotor limitará al máximo los trabajos que se lleven a cabo durante el periodo crepuscular y nocturno. El promotor considera compatible el desarrollo del proyecto con los objetivos de conservación del Plan de Recuperación del Quebrantahuesos en Aragón, opinión que se ve avalada por el informe favorable emitido por el INAGA. Para mitigar las posibles afecciones a otra especie protegida como es la nutria, en el estudio de impacto ambiental se contemplan medidas tales como: evitar contaminación de aguas; no modificar los caudales ecológicos circulantes; si resultara necesario se repoblarán zonas con trucha; no se actuará sobre vegetación de ribera del río y los trabajos crepusculares y nocturnos se reducirán al máximo.

Paisaje.

La mayor parte de las obras proyectadas son subterráneas, no obstante algunas actuaciones tendrán lugar en superficie, entre las que destaca el depósito de los excedentes de tierras de excavación cifrados en 45.000 m3 y la instalación y funcionamiento de infraestructuras auxiliares temporales, que pueden ocasionar alteraciones en el paisaje de la zona de actuación.

Según expone el promotor, las edificaciones auxiliares temporales se ubicarán siempre en terrenos de su propiedad, aprovechando zonas ya antropizadas, que serán convenientemente restauradas tras la finalización de las obras. El promotor presenta un estudio específico para la restauración del tramo final del barranco de Fogá, que actualmente se encuentra muy degradado. Propone la utilización de los excedentes de tierra de las excavaciones en la citada restauración. En la actualidad la zona se encuentra pre-restaurada, disponiendo de un acondicionamiento topográfico y de una ordenación en bancales o plataformas con accesos bien definidos y acondicionados. El promotor presentará ante el Servicio Provincial de Medio Ambiente de Huesca, el proyecto de restauración definitivo para que pueda realizar un correcto seguimiento del mismo.

5. Especificaciones para el seguimiento ambiental.-El estudio de impacto ambiental incluye un programa de vigilancia ambiental tanto para la fase de construcción como para la de explotación, que se considera adecuado, donde se establecen prescripciones para la observación y seguimiento de las diferentes actuaciones previstas, así como de la correcta ejecución y cumplimiento de las medidas preventivas y correctoras propuestas.

Se controlará que las obras se desarrollen de acuerdo con el proyecto autorizado y que los posibles impactos se corresponden con los previstos por el estudio de impacto ambiental. En caso de identificarse algún impacto no previsto, se procederá a la definición de nuevas medidas que permitan su minimización. El programa de vigilancia ambiental incluye entre otras las siguientes medidas:

Control sobre actividades de obra generadoras de ruidos y polvo, así como sobre los horarios de trabajo. Control sobre condiciones de ejecución de las voladuras necesarias.

Control de los caudales y tiempos establecidos en el protocolo del vaciado parcial del embalse de Llauset, con la mínima afectación posible a la calidad de aguas desembalsadas. Control de la calidad de las aguas desembalsadas desde el Llauset y de las procedentes de las obras en ejecución. Se analizarán en campo variables tales como: temperatura, oxígeno disuelto, pH, conductividad eléctrica, turbidez, materias en suspensión, amonio y fosfatos. Se realizarán inventarios de macroinvertebrados bentónicos en los distintos puntos de muestreo. Control de aguas en el embalse de Llauset, mediante la realización de un perfil vertical de la columna de agua: antes del descenso de nivel; nivel llega a cota necesaria para obras; a mitad de obras, al final de éstas y antes inicio de recuperación de cota y finalmente cuando la cota de embalse se haya recuperado. Control de la correcta ejecución de todas las medidas de adecuación ambiental expuestas en el estudio de estudio de impacto ambiental y en su documentación complementaria. Control particular de las medidas de seguimiento que se establezcan en el proyecto específico de restauración que se llevará a cabo en el cono de deyección del barranco de Fogá, con los materiales procedentes de las excavaciones de obra. Control y seguimiento documental de la correcta gestión de los residuos de obra. Control y comunicación a administración competente, de posibles vertidos accidentales contaminantes a cursos de agua o suelos.

El programa de vigilancia ambiental contempla la redacción de informes periódicos de seguimiento, con una frecuencia trimestral, así como la elaboración de informes puntuales, en caso de producirse circunstancias no habituales. Además, se prevé que el programa de seguimiento ambiental dure dos años como máximo, desde el fin de las obras, salvo circunstancias que informen en otro sentido.

Además, el promotor deberá explicitar, en los carteles anunciadores de las obras correspondientes al proyecto evaluado, el BOE en el que se publica su Declaración de Impacto Ambiental.

Conclusión. En consecuencia, la Secretaría de Estado de Cambio Climático, a la vista de la Propuesta de Resolución de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, de fecha 9 de octubre de 2008, formula declaración de impacto ambiental favorable a la realización del referido proyecto, concluyendo que siempre y cuando se autorice en la alternativa y en las condiciones anteriormente señaladas, que se han deducido del proceso de evaluación, quedará adecuadamente protegido el medio ambiente y los recursos naturales.

Lo que se hace público, de conformidad con el artículo 12.3 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, y se comunica a la Confederación Hidrográfica del Ebro para su incorporación al procedimiento de aprobación del proyecto.

Madrid, 10 de octubre de 2008.-La Secretaria de Estado de Cambio Climático, Teresa Ribera Rodríguez.

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