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Documento BOE-A-2008-219

Resolución de 20 de noviembre de 2007, de la Dirección General de Patrimonio y Museos de la Consejería de Cultura, por la que se incoa expediente para declarar bien de interés cultural, con categoría de Monumento, el inmueble correspondiente a la "Iglesia Parroquial de San Vicente Mártir", en Paredes de Escalona (Toledo).

Publicado en:
«BOE» núm. 4, de 4 de enero de 2008, páginas 1007 a 1008 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Referencia:
BOE-A-2008-219

TEXTO ORIGINAL

Vista la documentación técnica que obra en esta Dirección General, y de conformidad con lo establecido en el artículo 9.º, 1 y 2, de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y en el artículo 11.2 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la citada Ley (en la redacción dada al mismo tras la promulgación del Real Decreto 64/1994, de 21 de enero). Visto el artículo 6.2 del Decreto regional Decreto regional 135/2007, de 17 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y la distribución de competencias correspondientes a la Consejería de Cultura, conforme al cual se atribuye a la Dirección General de Patrimonio y Museos la incoación, tramitación y propuesta de resolución de los expedientes de declaración de Bienes de Interés Cultural, resuelvo:

Primero.-Incoar expediente para la declaración como Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento, de la «Iglesia Parroquial de San Vicente Mártir», localizada en Paredes de Escalona (Toledo), con los efectos previstos en la Ley y el Real Decreto citados, cuyas características figuran en el anexo de la presente resolución.

Segundo.-Proceder a realizar la comunicación del presente acto incoatorio al Registro General de Bienes de Interés Cultural, a los efectos de su anotación preventiva, de conformidad con lo prevenido en el artículo 12.2 del Real Decreto precitado. Tercero.-Disponer la apertura de un período de información pública, a fin de que todos cuantos tengan interés en el asunto puedan examinar el expediente y alegar lo que consideren oportuno, durante el plazo de veinte días hábiles siguientes a la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, en las dependencias de la Dirección General de Patrimonio y Museos (c/ Trinidad, núm. 8, Toledo); y todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Cuarto.-Continuar la tramitación del expediente administrativo cuya incoación se determina, de acuerdo con la legislación en vigor.

Quinto.-Promover la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, así como en el Boletín Oficial del Estado, a efectos de lo dispuesto en el apartado tercero de la presente resolución.

Toledo, 20 de noviembre de 2007.-El Director General de Patrimonio y Museos. Enrique Lorente Toledo.

ANEXO

Descripción.-A pesar de las escasas fuentes documentales existentes en torno a la Iglesia Parroquial de San Vicente Mártir, todas ellas nos hablan de una fundación medieval en torno al siglo XIII, con una adscripción cultural románico tardío y no tanto mudéjar como señala M.ª Concepción Abad Castro en su obra «Arquitectura Mudéjar religiosa en el Arzobispado de Toledo». El edificio de pequeñas dimensiones, se articula sobre una planta de tres naves, siendo más ancha la central que las laterales, divididas en tres tramos por columnas sobre alto basamento de planta ochavada de lados desiguales con decoración geométrica de punta de flecha; los capiteles son de traza sencilla, siendo distintos los de una nave y otra; los de la nave del evangelio tienen decoración de bolas y los de la epístola consisten en un dado sin decoración. Las columnas soportan arcos formeros de medio punto cuyas dovelas son de piedra granítica, con el intradós formando molduras mixtilíneas. El coro, situado a los pies del templo, ocupa la mitad del último tramo de la nave. Está cerrado en la parte baja, con capilla central a la que se accede por un arco ligeramente apuntado, enmarcado por pilastras. En la actualidad es la capilla bautismal. En la cabecera de la Iglesia se sitúa el ábside, siendo el elemento de mayor interés del edificio por ser el más antiguo. Ejecutado en fábrica de ladrillo sobre una base de mampostería desconcertada, hoy cubierta por un revoco de cemento, es de planta semicircular tanto interior como exteriormente y va precedido por un tramo recto. Responde al esquema de ábside de paños, en este caso siete, si bien las aristas producidas en la unión entre uno y otro paño son apenas perceptibles. Cada paño enmarca un arco de medio punto, muy esbelto, doblado y ciego. Por encima de toda la arquería discurren dos fajas de mampostería entre hiladas de ladrillo (hoy cubiertas de revoco) e inmediatamente después el alero, formado por canecillos de ladrillos en forma de nacela. El ábside se completa con un tramo recto, más ancho en planta que el hemiciclo, ornamentado con otros tres arcos de medio punto similares a los anteriores. Sobre ellos, dos fajas de mampostería e idéntico alero. Interiormente, tanto el ábside como el presbiterio presentan fragmentos de pinturas murales no descubiertas en su totalidad, vinculadas iconográficamente al Santo titular del templo. Ambos espacios aparecen cubiertos con sucesivas capas de pintura. Entre los diferentes estratos se perciben dos destacadamente significativos: en el primer estrato encontramos pinturas en las que predomina una clara bidimensionalidad, de expresivas construcciones lineales en negro, relacionadas con la estética románica; el segundo más colorista y abigarrado, aunque también sintético en sus trazados, revela en sus formas y colores un estilo goticista. El elemento arquitectónico de construcción posterior es sin duda la torre. De estilo herreriano, de planta rectangular casi cuadrada, está adosada a la parte posterior del cuerpo central. Está construida con gruesos muros de fábrica de sillería de piedra bien labrada, sobre una base de nivelación, de sillería, de mayor sección y poca altura, con tres cuerpos de una sillería muy bien ejecutada. El acceso al templo se realiza a través de la portada situada en la fachada Sur, constituido por un arco de medio punto con dovelas de gran tamaño y decoración de bolas en la línea de imposta siendo precedido por un porche con dos columnas de piedra y forjado horizontal de construcción más moderna. Objeto de la declaración.-Inmueble correspondiente a la «Iglesia Parroquial de San Vicente Mártir», localizada en Paredes de Escalona (Toledo), definida por la manzana 85171, parcela 02 completa. Entorno de protección.-Vendrá definido por:

Manzana: 85171, parcelas 01, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10, 11, 12 y 13 completas.

Manzana: 84179, parcelas 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09 y 10 completas. Manzana: 85185, parcelas 03 y 06 completas. Manzana: 86179, parcelas 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 32, 33, 34, 35, 36, 44 y 45, completas. Manzana: 84155, parcelas 01, 39, 40, 41 y 42 completas. Manzana: 84165, parcelas 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36 y 39, completas. Manzana: 84164, parcela 01 completa. Manzana: 84163, parcelas 06, 07 y 08 completas.

El entorno de protección afecta, asimismo, a todos los espacios públicos contenidos por la línea que bordea el perímetro exterior de las citadas manzanas y parcelas y las une entre sí.

Se juzga necesario posibilitar el control administrativo establecido en la legalidad de Patrimonio Histórico sobre el entorno de protección señalado, en razón de que cualquier intervención en el se considera susceptible de afectar negativamente a la conservación o a la contemplación del bien objeto de tutela. Todo ello según plano adjunto.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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